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Avances y desafíos en la construcción de una conducta empresarial responsable en Chile

"La Conducta Empresarial Responsable establece la expectativa de que todas las empresas aborden los impactos de sus operaciones sobre los derechos humanos y derechos fundamentales del trabajo, mientras contribuyen al desarrollo sostenible en los países donde operan", destaca Jaime Godoy, Coordinador Nacional para Chile, Argentina y Brasil del Proyecto CERALC/OIT.

Opinión | 19 de enero de 2023
Por Jaime Godoy, Coordinador Nacional para Chile, Argentina y Brasil, Proyecto CERALC/OIT

En dependencias de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica de Chile se realizó, el pasado 10 de enero, el lanzamiento del Primer Diagnóstico sobre el nivel de implementación de los Principios Rectores de Naciones Unidas (PRNU) sobre Empresas y Derechos Humanos, y de los Derechos Fundamentales del Trabajo. El estudio fue realizado por el Programa de Sostenibilidad Corporativa, en colaboración con la World Benchmarking Alliance (WBA) que facilitó la metodología e indicadores (Corporate Human Rights Benchmark) utilizados en la medición, basados en la información pública disponible de las empresas analizadas.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) acompañó esta iniciativa en el marco del Proyecto de Conducta Empresarial Responsable en América Latina y el Caribe, que se implementa en conjunto con la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, y la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos, con el financiamiento de la Unión Europea. La Conducta Empresarial Responsable establece la expectativa de que todas las empresas aborden los impactos de sus operaciones sobre los derechos humanos y derechos fundamentales del trabajo, mientras contribuyen al desarrollo sostenible en los países donde operan.

La protección de los derechos en el trabajo es así parte integral del cumplimiento de las obligaciones en materia de derechos humanos. En tal sentido, la Declaración de la OIT relativa a los principios y derechos fundamentales en el trabajo de 1998, considera cinco principios fundamentales que deben ser respetados por los países por el hecho de ser miembros de la OIT y aun cuando no hayan ratificado los Convenios pertinentes. Estos son: la libertad de asociación y la libertad sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; la eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; la abolición efectiva del trabajo infantil; la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación; y un entorno de trabajo seguro y saludable (añadido en 2022).

Por su parte, la Declaración Tripartita de Principios sobre las Empresas Multinacionales y la Política Social (Declaración EMN) de 1977, en su revisión de 2017 incorporó explícitamente el marco de los PRNU, para fortalecer sus orientaciones a las empresas sobre la política social y las prácticas inclusivas, responsables y sostenibles en el lugar del trabajo. El llamado es a que todas las empresas, sin importar el tamaño (pequeñas, medianas y grandes), la naturaleza (pública o privada) y el origen (nacionales o multinacionales), deben respetar los derechos humanos, incluidos los derechos fundamentales del trabajo, y proceder con la debida diligencia para detectar, prevenir y mitigar las consecuencias negativas directas o indirectas que sus operaciones puedan ocasionar.

Los indicadores de la WBA, que fueron utilizados en la medición, reflejan las expectativas fundamentales de los Principios Rectores de Naciones Unidas: compromisos concretos de las empresas a través de políticas formales de respeto de los derechos humanos y de los derechos fundamentales de los trabajadores; de sistemas de identificación y gestión de riesgos e impactos (debida diligencia) sobre los derechos humanos de las personas, comunidades y medioambiente; y de mecanismos de reclamación y remediación. El análisis consideró a 29 grandes empresas nacionales del Índice de Precios Selectivos de Acciones (IPSA Chile), que reúne a las empresas con mayor presencia bursátil en la Bolsa de Comercio de Santiago.

La evaluación brinda información desagregada por empresa analizada. Sin embargo, el conjunto de sus hallazgos permite asentar algunas interpretaciones generales positivas (de un total posible de 24 puntos, el mayor puntaje obtenido fue de 21.5 puntos, la mediana fue de 8.5 puntos, y el promedio fue de 9 puntos), mostrando una gran oportunidad para avanzar en mejoras de implementación de los PRNU.

Los mayores puntajes promedios refirieron a los pilares que analizaron la existencia de políticas formales (2.8 de 6 puntos) y la de mecanismos de reclamación/remediación (2.9 de 6 puntos), detectándose una mayor brecha en el componente que midió la integración de los derechos humanos y su debida diligencia (3.2 de 12 puntos). En tal sentido, la evaluación identificó que una amplia mayoría de empresas manifiesta su compromiso político de respeto de los derechos humanos, pero solamente un tercio del total de las empresas lo hace en una política formal aprobada por el máximo órgano directivo.

Otros desafíos apuntaron a la forma genérica del compromiso, faltando precisión sobre los derechos específicos, la extensión de la política a sus proveedores, o identificar quiénes son los responsables al interior de la empresa para la gestión de riesgos y debida diligencia continua. La evaluación igualmente identificó a un importante número de empresas con muy buenas políticas que demuestran un conocimiento avanzado del marco de los PRNU. Finalmente, en las conclusiones por sector, destacan los progresos de los sectores de infraestructura y energía, lo que se relaciona con una tendencia también mundial. En otros sectores, como en el rubro de retail y en el sector financiero, se destacan liderazgos empresariales, que alientan a pensar en efectos expansivos que puede promover el intercambio de buenas prácticas entre pares.

La Declaración EMN busca fomentar la contribución positiva que las empresas pueden aportar al progreso económico y social y a la consecución del trabajo decente, subrayando la importancia que revisten el Estado de derecho, el cumplimiento de la legislación, el diálogo social, y la celebración de consultas en lo que respecta a la política social y laboral.

Acorde con los PRNU, asimismo, orienta a las empresas en su deber general de respeto de los derechos humanos y fundamentales del trabajo, al tiempo que promueve un instrumento moderno de gestión de sus riesgos -de debida diligencia- sobre los derechos de las personas y comunidades. Esta gestión continua comprende cuestiones específicas de trabajo decente, tales como seguridad social, seguridad y salud, erradicación del trabajo forzoso e infantil, no discriminación en el empleo y ocupación, acceso a mecanismos de reparación de víctimas, entre otras.

Esta evaluación - la primera en su tipo en Chile, pero con vocación de ser renovada anualmente- ofrece entonces una valiosa oportunidad para relacionar esfuerzos, logros, comunicación efectiva y oportunidades de mejora continua para la consecución del trabajo decente para todos, avanzando en transparencia, fortaleciendo el diálogo social tripartito y contribuyendo a la consolidación de una cultura empresarial responsable en el país.

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