OIT Home

OIT Logo
ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO
Oficina Regional para América Latina y el Caribe, Lima - Perú
 

 IPEC 
PROGRAMA INTERNACIONAL PARA LA ERRADICACION DEL TRABAJO INFANTIL

IPEC desde su creación
¿Porqué el IPEC?
Edades mínimas
Países Donantes
Países Participantes
IPEC en América Latina
Estructura de IPEC en los países
Actividades en las regiones
CD-ROM en línea "Trabajo Infantil" (Si es la primera vez que lo usa lea estas instrucciones)
CD-ROM (Documentos IPEC para grabar)



IPEC DESDE SU CREACION

Desde su creación, en 1919, la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha considerado la lucha contra el trabajo infantil como un objetivoprioritario. Los Estados Miembros de la OIT han adoptado doce conveniosinternacionales del trabajo que están directamente relacionados con eltrabajo infantil. Desde comienzos del decenio de 1990, la OIT ha lanzadouna vasta ofensiva en este campo por medio de su Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC)

Inicio




¿POR QUÉ EL IPEC?
  PORQUE hay, en todo el mundo, niños muy pequeños a quienes se hace trabajar a la fuerza.
PORQUE hay niños sometidos a servidumbre o esclavitud; empleados en trabajos peligrosos; privados de derecho a la educación o, simplemente, de vivir su propia infancia.
PORQUE están sujetos a explotación y no gozan de los derechos humanos fundamentales que se reconocen a los adultos.\

El punto de partida de la estrategia OIT-IPEC lo constituyen la voluntad y el compromiso de cada país participante de combatir el trabajo infantil. Es una tarea que asume cada gobierno, en colaboración y consulta con las organizaciones no gubernamentales y sectores específicos de la sociedad, como las universidades y los medios de comunicación. El Programa les ayuda a adoptar medidas encaminadas a:

prevenir la utilización de mano de obra infantil
retirar a los niños de los trabajos de mayor explotación y riesgo y facilitar alternativas
mejorar las condiciones de trabajo, como medida transitoria hasta lograr la erradicación del trabajo infantil.

Inicio




EDADES MINIMAS SEGUN EL CONVENIO 138*
EDAD MINIMA GENERAL     
ARTICULO 2
TRABAJO LIGERO     
ARTICULO 7 
TRABAJO PELIGROSO    
ARTICULO 3
En circunstancias normales:    
15 o más años    
(no menos que edad escolar obligatoria) 
13 años 18 años    
(16 años en ciertas condiciones) 
Si la economía y los medios de educación están insuficientemente desarrollados: 14 años  12 años 18 años    
(16 años en ciertas condiciones) 
* OIT. El trabajo infantil. Lo intolerable en el punto de mira. Ginebra, OIT, 1996 

Inicio





PAISES DONANTES
Desde 1992:   
Alemania   
Bélgica 
Desde 1995:   
Australia   
España   
USA   
Francia   
Noruega 
Desde 1996   
Canadá   
Italia   
Luxemburgo   
Países Bajos 

Inicio




 
PAISES PARTICIPANTES
Desde 1992:   
Brasil
India  
 
Indonesia   
Kenya   
Tailandia   
Turquía 
Desde 1994:   
Bangladesh   
Filipinas   
Nepal   
Pakistán   
Tanzanía 
Desde 1996:  
Bolivia   
Argentina   
Colombia   
Costa Rica   
Chile   
Ecuador
Egipto   
El Salvador
 
Honduras  
México   
Nicaragua   
Panamá   
Paraguay   
Perú   
República Dominicana   
Uruguay   
Venezuela 

Inicio




 
IPEC EN AMERICA LATINA*
 
El 22 de marzo de 1995 la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) y la Oficina Internacional del Trabajo firmaron un Memorándum de Entendimiento AECI-OIT que establece el "Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) en América Latina", el cual se encuentra plenamente operativo a partir de 1996 y tendrá una duración de 5 años. La contribución financiera del Gobierno de España al Programa es de 12.500.000 (doce millones quinientos mil) dólares USA, distribuida en aportaciones anuales durante los cinco años de duración del programa (1995-1999).

Inicio




ESTRUCTURA DEL IPEC EN LOS PAISES
FIRMA DE MEMORANDUM
I
COORDINADOR IPEC  =====
COMITE NACIONAL
TRIPARTITO
=====
------SECRETARIA TECNICA  

MINISTERIO DEL TRABAJO 

I
PLAN NACIONAL DE ACCION
I
AREA DE INTERVENCION
I
I
-grupos
PRIORIDADES
temas--
  • niños sometidos a trabajo forzoso o en régimen de servidumbre 
  • niños que trabajan en ocupaciones o condiciones laborales peligrosas 
  • niños trabajadores menores de doce años 
(especial atención a las niñas, más vulnerables al abuso y explotación) 
  • Legislación 
  • estadística 
  • formación 
  • sensibilización 
  • fortalecimiento educativo 
  • apoyo familiar 
  • miniprogramas 
  • recopilación documental 

La OIT y el IPEC se han fijado un límite de diez años para la prestación de asistencia a un determinado país. Este período puede variar dependiendo de las características y la extensión del trabajo infantil en ese país, la etapa de desarrollo en que éste se encuentre y la determinación que demuestren las instancias políticas y sociales para combatirlo.

Inicio




ACTIVIDADES EN LAS REGIONES
 
AR BO BE BR CL CO  CR CU EC HT HN GT MX  NI PA PY PE RD UY  VE
MEMORANDUM  X X X X X X X X X X X
COMITE NACIONAL X X X X X X X X X
PLAN NACIONAL  X X X X
ESTUDIOS NAC. X X X X X X
PROG. DE ACCION XX XX  XXXX  X X X X X
SEMINARIOS X XX X XXX
MINIPROGRAMAS X XX  XXX XXX X
SIRTI X X X X X X X X X X X X X X
 
AR=ARGENTINA  
BE=BELIZE  
BO=BOLIVIA  
BR=BRASIL  
CL=CHILE  
CO=COLOMBIA  
CR=COSTA RICA  
CU=CUBA  
EC=ECUADOR  
HT=HAITI
HN=HOMDURAS  
GT=GUATEMALA  
MX=MEXICO  
NI=NICARAGUA  
PA=PANAMA  
PY=PARAGUAY  
PE=PERU  
RD=R.DOMINICANA  
UY=URUGUAY  
VE  =VENEZUELA

Inicio




 
 
Copyright© 1997 Organización Internacional del Trabajo (OIT)
Descargo de responsabilidad
Comentarios al Webmaster

Ultima actualización: 21/10/1997