Actores sociales en Ecuador solicitan proceso de elección de representantes en Consejo Directivo del IESS

La OIT acompaña a los actores sociales en el llamado al Consejo Nacional Electoral (CNE) para convocar al proceso de elección de nuevos representantes conforme a la ley, y los anima a seguir buscando la construcción de una reforma viable a la Ley de Seguridad Social que asegure una participación democrática y una gobernanza más eficaz del sistema de seguridad social ecuatoriano.

Noticia | 23 de diciembre de 2021
Quito - El Frente Unitario de Trabajadores (FUT) y sus centrales sindicales nacionales, así como las federaciones nacionales de cámaras e industrias de Ecuador han solicitado al Consejo Nacional Electoral (CNE) activar el proceso de elección de sus representantes en el Consejo Directivo del IESS, de acuerdo al art. 28 de la Ley de Seguridad Social.

La OIT acompaña a los actores sociales en el llamado al CNE para convocar al proceso de elección de nuevos representantes conforme a la ley, y los anima a seguir buscando la construcción de una reforma viable al art. 28 para su tratamiento cuando transcurra el plazo de 1 año después de la objeción total del Poder Ejecutivo previsto por la Constitución de la República.

El Convenio 102 sobre la seguridad social de la OIT considera como un pilar del sistema de seguridad social el principio de la gestión participativa de los beneficiarios, los empleadores y la autoridad gubernamental en los órganos de dirección.

En este sentido, la OIT, en el marco de su Programa de Asistencia Técnica para la Seguridad Social (PATSS) en Ecuador, ha desarrollado múltiples actividades para fortalecer la gobernanza y participación de los actores sociales en el Consejo Directivo del IESS. Y ha mantenido interlocuciones constantes con la Comisión del Derecho al Trabajo y Seguridad Social de la Asamblea Nacional para dotar a los actores sociales de insumos técnicos que fortalezcan su participación en los debates sobre la gobernanza del IESS.

En 2019, la OIT publicó un estudio comparado de los modelos de elección y participación de los representantes en los órganos de gobierno de la seguridad social de países de la región. Ver estudio AQUÍ.

En ese contexto, en 2019, el IESS y 16 representantes de las organizaciones de trabajadores, jubilados y campesinos, con el acompañamiento de la OIT, suscribieron una carta inédita dirigida a la presidenta del CNE solicitando el inicio del proceso de elecciones de los representantes ante el Consejo Directivo del IESS.

Así también, en el contexto de los debates del proyecto de ley elaborado por la Asamblea Nacional, en 2021, el PATSS difundió un podcast sobre la participación de los actores sociales en la gobernanza de la seguridad social en la región y en Ecuador.

 

Fortalecer la gobernanza del IESS es una condición necesaria para la justicia social en Ecuador, más aún en tiempos de COVID-19 donde la seguridad social tiene una función central en el bienestar y el cierre de las desigualdades que afectan más a quienes menos tienen.

Avances y retrocesos para una participación democrática en la gestión de la seguridad social

Como se recordará, en 2016, los incisos 2do y 3ro del art. 28 de la Ley de Seguridad Social –que regulan la elección de los representantes de los afiliados y de los empleadores en el Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS)– fueron declarados inconstitucionales por la Corte Constitucional, por incumplir los principios de participación y de igualdad y no discriminación, con efectos diferidos hasta que la Asamblea Nacional emita la nueva regulación que reemplace dichos párrafos y esté acorde con la Constitución en cuanto al cumplimiento de la participación sin discriminación.

En mayo de 2021, la Asamblea Nacional aprobó un proyecto de ley reformatorio de los párrafos 2do y 3ro de la Ley de Seguridad Social, que fue objetado por el Poder Ejecutivo, con la implicación de no poder volver a considerar la reforma hasta junio 2022.

A este contexto se suma la Sentencia de la Corte Constitucional N.º 70-20-IS/21 de noviembre 2021 que llama la atención a la Asamblea Nacional por no haber tratado el tema en un plazo razonable y por haber incumplido su obligación de informar a la Corte el cumplimiento de la sentencia de 2016.