Ministerio Público de Perú y OIT presentan Protocolo de Actuación Fiscal para el abordaje de los casos de trabajo forzoso

Se presentaron, además, resultados de las investigaciones sobre casos de trabajo forzoso durante el periodo 2017- 2020 y trata de personas con fines de explotación laboral 2015-2020.

Noticia | 21 de julio de 2021

Lima - En Perú, el trabajo forzoso y la trata de personas con fines de explotación laboral son problemáticas que han concitado gran atención por parte del Ministerio Público y la Organización Internacional del Trabajo (OIT) respecto a su abordaje y atención.

Es por esta razón que se presentó el Protocolo de Actuación Fiscal para el abordaje de los casos de trabajo forzoso, que tiene como finalidad brindar a los integrantes del Ministerio Público las herramientas de orientación para la atención de los casos en sus fases de prevención del delito, investigación y promoción de la sanción del mismo, así como atención y recuperación de las víctimas.

La presentación de esta importante herramienta de trabajo se realizó de manera virtual con la presencia del Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, la Fiscal Suprema de Control Interno, María Isabel Sokolich, la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, fiscal superior Rosario López Wong, y el gerente del Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Público, Juan Huambachano.

Asimismo, participaron en esta actividad, la directora de la Oficina de la OIT para los Países Andinos, Elena Montobbio, el Especialista en Legislación Laboral y Administración del Trabajo de la OIT para región andina, Italo Cardona, entre otros funcionarios del Ministerio Público, Ministerio del Interior, Justicia y Derechos Humanos, de Salud, de Trabajo y Promoción del Empleo, de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, así como de la Policía Nacional del Perú.

El Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, felicitó el esfuerzo institucional desplegado para la realización de este instrumento, el cual calificó como un medio eficaz, útil y necesario que permitirá encaminar la protección de los derechos de las personas en su ámbito laboral.

La directora de la Oficina de la OIT para los Países Andinos, Elena Montobbio, a su vez, refirió que las estimaciones de la OIT hablan de 25 millones de personas en el mundo en situación de trabajo forzoso, de los cuales 1.3 millones se encuentran en América Latina. En Perú, refirió que la principal actividad vinculada al trabajo forzoso es el trabajo doméstico.

Cifras de trabajo forzoso y trata de personas

Según el registro del Observatorio de la Criminalidad del Ministerio Público, entre enero de 2017 y agosto de 2020, de las denuncias recibidas por delito de trabajo forzoso, el 80,4% de las víctimas eran hombres, el 45,7% era menor de edad y el 97,8% era de nacionalidad peruana.

Por el delito de trata de personas, se tomó una muestra de las denuncias presentadas y de esa muestra, se identificó que el 62,5% eran mujeres, el 74,4%, menores de edad y el 98,2% eran peruanas.

Asimismo, el 54,4% de las denuncias analizadas por delitos de trata de personas se ubicaban en Lima, Madre de Dios, Puno, Loreto y Callao.

Lineamientos de actuación fiscal en casos de trabajo forzoso

Los objetivos centrales del Protocolo de Actuación Fiscal para el abordaje de los casos de trabajo forzoso, que fue aprobado el 12 de mayo de 2021, mediante Resolución n.°684-2021-MP-FN, firmado por la Fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera; son establecer criterios y una ruta común para el desarrollo de acciones de prevención del delito, la calificación de las denuncias, la realización de actos de investigación fiscal, la atención a víctimas de este delito, teniendo en cuenta las necesidades de atención legal, médica, psicológica, psiquiátrica, social y antropológica.

Esta herramienta, dirigida a las diferentes fiscalías especializadas, busca también elaborar un mapa de actores con competencia en la atención de acciones de prevención, investigación y sanción penal del trabajo forzoso, además de elaborar esquemas de procedimientos para la atención de acciones de prevención, investigación y sanción penal e incluir el enfoque centrado en la víctima, así como los de derechos humanos, género e interculturalidad.