Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006

Nueva Zelandia ratifica el Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006 (MLC, 2006)

Nueva Zelandia es el 71° Estado Miembro de la OIT en haber ratificado este histórico Convenio.

Noticia | 16 de marzo de 2016
El 9 de marzo de 2006, el Embajador de Nueva Zelandia ante la OMC, Sr. Vangelis VITALIS, depositó el instrumento de ratificación del Convenio sobre el Trabajo Marítimo, 2006 (MLC, 2006) ante la Organización Internacional del Trabajo.

Nueva Zelandia es el 71° Estado Miembro de la OIT en haber ratificado este histórico Convenio. Como cuarto pilar del régimen regulatorio marítimo internacional, sirviendo de complemento a los principales convenios de la Organización Marítima Internacional, el MLC,2006 establece condiciones de vida y trabajo decentes para los marinos, al tiempo que garantiza condiciones de competencia leal a los armadores. El MLC, 2006 establece un mecanismo para el cumplimiento y aplicación de sus disposiciones mediante la inspección y certificación por parte del Estado del pabellón de las condiciones de trabajo y de vida a bordo de los buques. Las inspecciones por parte de los Estados rectores del Puerto para asegurar el cumplimiento de las disposiciones del Convenio en los períodos que van de una inspección a otra, refuerzan dicho mecanismo. Con el propósito de proteger a 1.2 millones de marinos en el mundo, regula las realidades y necesidades en evolución de una industria que maneja el 90 por ciento del comercio mundial.

Al transmitir el instrumento de ratificación, Su Excelencia, el Sr Vangelis Vitalis, declaró: ““El Convenio sobre el Trabajo Marítimo es el primer instrumento que Nueva Zelandia ratifica en casi diez años y tiene especial trascendencia para nuestro país. En su calidad de nación de una pequeña isla dependiente del comercio marítimo, Nueva Zelandia reconoce la importancia de garantizar no sólo la eficiencia del transporte marítimo, sino también la seguridad y bienestar de quienes trabajan a bordo de los buques. En consecuencia, nos place ratificar este Convenio y contribuir con la aplicación del conjunto de normas mínimas reconocidas internacionalmente relativas al tratamiento de la gente de mar. Asimismo, deseamos elogiar la decisión de la OIT de consolidar un amplio conjunto de convenios conexos en un solo instrumento moderno y pertinente.”

Al recibir el instrumento de ratificación, el Director General de la OIT, Sr. Guy Ryder, manifestó: “La ratificación del MLC, 2006 por parte de Nueva Zelandia marca la entrada de un nuevo actor importante de la región Asia Pacífico en el ámbito del Convenio. Esta ratificación demuestra que el MLC, 2006 ha generado una nueva dinámica en la medida en que los Estados constatan la influencia innegable del MLC, 2006 en el comercio marítimo y la necesidad de poner su legislación y su práctica de conformidad con las disposiciones del Convenio. Esta ratificación es tanto más oportuna cuanto que permitirá a Nueva Zelandia garantizar que los buques que hagan escala en sus puertos sean inspeccionados de conformidad con las disposiciones del Convenio. De este modo, Nueva Zelandia promueve un comercio de calidad y ofrece una mayor protección a los marinos que transitan por sus aguas territoriales.”

Nueva Zelandia tiene 14 puertos internacionales y sus exportaciones anuales por vía marítima alcanzaron las 36.603.238 toneladas de mercadería el año pasado.

El MLC, 2006 entró en vigor el 20 de Agosto de 2013 para los primeros 30 Estados Miembros que registraron sus ratificaciones hasta el 20 de agosto de 2012. El Convenio entrará en vigor para Nueva Zelandia el 9 de marzo de 2017, es decir, un año después de su ratificación. Para mayor información, visite la página web dedicada al MLC,2006 en la dirección siguiente: /mlc.