Segunda reunión del Comité Tripartito Preparatorio para el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (Ginebra, 12-14 de diciembre de 2011)

Conforme a su mandato, el Comité Preparatorio «examinará regularmente los preparativos de los Miembros para la aplicación del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, determinará cualesquiera cuestiones comunes y preparará la labor del futuro Comité Tripartito Especial en relación con toda cuestión que fuese preciso tratar con carácter urgente después de la entrada en vigor del Convenio, inclusive la de las normas de procedimiento del Comité».

En su 306.ª reunión en noviembre de 2009 (GB.306/10/2(Rev.)), el Consejo de Administración decidió establecer un Comité Tripartito Preparatorio para el Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (en adelante, «el Comité Preparatorio») inspirado en el futuro «Comité Tripartito Especial» que se ha de establecer en virtud del artículo XIII del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006 (MLC, 2006) cuando éste entre en vigor. Al establecer el Comité Preparatorio, el Consejo de Administración previó que el Comité, a reserva de las consideraciones presupuestarias, se reuniría «al menos una vez durante el año 2010 y una vez durante el período de 12 meses posterior al depósito de la trigésima ratificación» . En respuesta al interés manifestado por los participantes en el Comité Preparatorio, la Oficina baraja la posibilidad de celebrar una segunda reunión del Comité Preparatorio entre el 12 y el 14 de diciembre de 2011.

Composición

A raíz de la decisión adoptada por el Consejo de Administración en su 307.ª reunión en marzo de 2010 (GB.307/18) relativa a la composición de la reunión, se convino en que a esta reunión podrán asistir los gobiernos de todos los Estados Miembros interesados. Podrán participar hasta diez representantes del Grupo de los Armadores y diez representantes del Grupo de la Gente de Mar, designados por los Grupos respectivos, previa consulta con la Comisión Paritaria Marítima, en la inteligencia de que también podrán asistir los representantes de los Armadores y de la Gente de Mar que estén dispuestos a sufragar sus propios gastos de participación.

Orden del día

Conforme a su mandato, el Comité Preparatorio «examinará regularmente los preparativos de los Miembros para la aplicación del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, determinará cualesquiera cuestiones comunes y preparará la labor del futuro Comité Tripartito Especial en relación con toda cuestión que fuese preciso tratar con carácter urgente después de la entrada en vigor del Convenio, inclusive la de las normas de procedimiento del Comité». Además, el Comité asesorará a la Oficina sobre el contenido del proyecto de Reglamento del Comité Tripartito Especial que se constituirá con arreglo al artículo XIII del MLC, 2006 antes de que la Oficina lo presente al Consejo de Administración para su examen. El Comité Tripartito Preparatorio para el MLC, 2006 también examinará cualquier otra cuestión urgente que pudiera plantearse en relación con la labor del futuro Comité Tripartito Especial.