Esta historia fue escrita por la Sala de Noticias de la OIT. Para ver las declaraciones y discursos oficiales de la OIT, por favor visite nuestra sección "Declaraciones y Discursos".

Normas Internacionales del Trabajo

El primer buque pesquero inmovilizado en virtud del Convenio de la OIT sobre el trabajo en la pesca

El Convenio dirigido a mejorar las condiciones de los pescadores a bordo de barcos de pesca comercial demuestra su utilidad.

Noticia | 17 de julio de 2018
CIUDAD DEL CABO (OIT Noticias) – Se inmoviliza por primera vez un buque pesquero en virtud de las disposiciones del Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188) de la Organización Internacional del Trabajo.

El buque de 380 toneladas brutas, fue detenido en Ciudad del Cabo, Sudáfrica, a raíz de las quejas presentadas por la tripulación sobre las condiciones de trabajo, y posteriormente liberado a finales de junio.

A su propietario se le exigió que adoptara medidas para rectificar los problemas identificados durante una inspección realizada en conformidad con las disposiciones del Convenio, que entró en vigor el 6 de noviembre de 2017.

El Convenio tiene el objetivo de garantizar condiciones de trabajo decente a los 38 millones de pescadores que trabajan a bordo de los buques de pesca comercial. Esto incluye las condiciones de servicio, alojamiento y alimentación, la seguridad y salud en el trabajo, la atención médica y la seguridad social. El Convenio exige que todos los pescadores tengan un contrato escrito, firmado por el propietario del barco de pesca o su representante, que sea comprensible para el trabajador y establezca los términos de su trabajo, incluidas cuestiones relativas a los métodos de remuneración y el derecho a la repatriación.

Una larga lista de problemas

Tras la inmovilización del buque, dos inspectores de la Autoridad Marítima de Seguridad Sudafricana (SAMSA), Thelma Paul y Pieter-Chris Blom, descubrieron una larga lista de problemas, incluida la falta de documentación, alojamiento precario y alimentación insuficiente para los pescadores, así como malas condiciones de seguridad y salud a bordo.

En general, las condiciones de salud y seguridad eran muy deficientes."

Thelma Paul, SAMSA
“Sólo dos miembros de la tripulación tenían un contrato de trabajo y ni siquiera existía una lista de la tripulación”, explicó Thelma Paul. “Los salvavidas debían ser reemplazados porque estaban averiados, las anclas no funcionaban y faltaba una. En general, las condiciones de salud y seguridad eran muy deficientes”.

Los miembros de la tripulación se quejaron de las difíciles condiciones de trabajo. Lo cual incluía tirar las redes con la pesca manualmente y transportar cargas pesadas hacia donde se almacenaba el pescado. Algunos miembros de la tripulación dijeron que querían abandonar el barco.

Los inspectores estaban especialmente preocupados por la estabilidad del buque. Fue declarado no navegable y toda la tripulación fue evacuada después de la primera inspección. El barco fue liberado una vez estabilizado, reparado y los otros problemas resueltos. El propietario del barco tuvo que pagar una multa de inmovilización de 12.365 rands (alrededor de 895 dólares).

Inspecciones

Sudáfrica es uno de los diez países que han ratificado el Convenio núm. 188 e instauró un sistema que permite inspeccionar tanto los buques sudafricanos como los extranjeros para verificar su conformidad con los requisitos del Convenio.

Las inspecciones del Estado del puerto pueden ser llevadas a cabo en los buques extranjeros que visitan los puertos de los países que ratificaron el Convenio. Los buques de los países que no han ratificado el Convenio también pueden ser inspeccionados.

Si bien la responsabilidad principal del cumplimento incumbe al propietario del buque pesquero y al Estado su bandera, son las inspecciones del Estado del puerto las encargadas de controlar que los pescadores disfruten de condiciones de trabajo decentes y protegen a los propietarios de los buques que proporcionan estas condiciones de una competencia desleal por parte de aquellos que no lo hacen.

El Convenio núm. 188 puede ser utilizado como un instrumento para resolver los problemas de maltrato hacia los pescadores que ocurren en muchos buques pesqueros."

Brandt Wagner, funcionario de la OIT
“La acción de Sudáfrica demuestra que el Convenio núm. 188 puede ser utilizado como un instrumento para resolver los problemas de maltrato hacia los pescadores que ocurren en muchos buques pesqueros y en muchas pesquerías”, declaró Brandt Wagner, funcionario de la OIT que se ocupa de las condiciones de trabajo en el transporte marítimo y la pesca. “La influencia y la eficacia del Convenio aumentará a medida que un número mayor de Estados lo ratifiquen e implementen como parte de sus esfuerzos para alcanzar una verdadera sostenibilidad de la pesca. Una aplicación generalizada del Convenio núm. 188 hará, a lo largo del tiempo, que sea cada vez más difícil maltratar a la tripulación, una preocupación de todos los que capturan, venden y consumen pescado”.

A nivel mundial, muchas de las tripulaciones de los barcos pesqueros trabajan en condiciones difíciles, peligrosas y desaseadas que representan una amenaza para su seguridad y, algunas veces, para sus vidas. Enfrentar estas condiciones contribuirá además con los esfuerzos dirigidos a eliminar problemas tan graves como el trabajo forzoso y la trata de pescadores.

A la pregunta sobre si el Convenio núm. 188 de la OIT es útil en sus actividades cotidianas, la inspectora Thelma Paul insistió en su efecto pedagógico: “Sí, es una herramienta extremadamente útil para educar a los agentes formadores, los capitanes y la tripulación de los buques pesqueros”.