Violencia de género

"Detener la violencia en el trabajo"

Intervención del Director General con ocasión del Día Internacional de la Mujer 2013 en la OIT.

Declaración | Geneva | 8 de marzo de 2013
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Panel de la OIT en ocasión del
Día Internacional de la Mujer 2013
Doctora Harland Scott,
Señora Brenda Cuthbert, Federación de Empleadores de Jamaica,
Señora Sarah Fox, AFL-CIO,
Estimados invitados,
Estimados colegas,

Gracias a todos por su presencia.

La lucha por la justicia, la igualdad y los derechos de las mujeres trabajadoras está firmemente arraigada en la historia de este Día Internacional de la Mujer. Por eso considero que la OIT es el lugar idóneo para celebrar este 8 de marzo.

Hay que buscar los orígenes de este movimiento en las manifestaciones de denuncia de las deficientes condiciones de trabajo de las trabajadoras de la confección en Nueva York que tuvieron lugar en marzo de 1857.

Más adelante, en 1911, año en que se celebró por primera vez en todo el mundo el Día Internacional de la Mujer, se produjo el trágico incendio de la fábrica Triangle, y el azar quiso que fuera en la misma ciudad, Nueva York, y en el mismo mes, marzo. Allí perecieron más de 140 trabajadoras de la confección, en su gran mayoría mujeres inmigrantes que acababan de llegar al país, algunas de apenas 14 años.

Hoy, cerca de un siglo después, no debemos olvidar que, por vergonzoso que sea, esas tragedias están a la orden del día. Cuando echamos la vista atrás y observamos los acontecimientos que en Europa marcaron ese primer Día Internacional de la Mujer en 1911, uno de los aspectos que cabe destacar es que las mujeres no sólo enarbolaban reivindicaciones políticas, como el derecho al voto y al desempeño de un cargo público, sino que también reclamaban el derecho a trabajar y acceder a la formación profesional, así como el fin de la discriminación en el trabajo.

Creo que todos reconocemos que esta lucha por la igualdad, la seguridad y el respeto sigue vigente y está presente en todo el mundo, sea cual sea nuestro lugar de origen. Las dificultades que afrontan las mujeres revisten diversas formas, algunas visibles, otras menos. No podemos dar por terminada nuestra labor.

Estoy seguro que todos estamos de acuerdo en que, de las diversas expresiones de la discriminación sexual que aún es preciso eliminar, la violencia de género es especialmente deshumanizante, omnipresente y opresiva.

Considero que poner fin a la violencia de género en el trabajo es parte integrante del objetivo de la OIT de promover el trabajo decente para todas las mujeres y todos los hombres en condiciones de libertad, igualdad, seguridad y dignidad humana.

La violencia en el mundo del trabajo es profundamente perjudicial para las mujeres y los hombres y entraña consecuencias inevitables para sus familias, así como para la sociedad y la comunidad. Se trata de una vulneración de los derechos humanos tanto como de un problema sanitario, educativo, jurídico y socioeconómico. Las mujeres suelen ser especialmente vulnerables a la violencia, ya sea debido a la naturaleza de sus empleos o a su situación en la sociedad en general.

No me cabe duda de que estamos todos vinculados por la obligación moral imperiosa de poner fin a la violencia de género. Existen también fundadas razones empresariales para eliminar la violencia en el lugar de trabajo debido a los costos que acarrea a las empresas: absentismo, aumento de la rotación del personal, menor rendimiento en el trabajo y disminución de la productividad, imagen pública negativa, pago de honorarios legales, costas procesales u otros gastos asociados, y aumento de las primas de los seguros. Para los trabajadores, estas situaciones pueden provocar estados de gran estrés, pérdida de motivación, aumento de accidentes y discapacidades, o incluso la muerte. La influencia de las políticas globales de seguridad y salud en el trabajo con una perspectiva de género y de una cultura de prevención es positiva e indica el rumbo que debemos tomar.

Las normas de la OIT ofrecen orientaciones para adoptar medidas al respecto. Quisiera citar cuatro normas en concreto:

En primer lugar, el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), que contribuye a mejorar la legislación y la práctica en materia de acoso sexual;

En segundo lugar, el Convenio sobre pueblos indígenas y tribales, 1989 (núm. 169), que requiere que los gobiernos que lo ratifican tomen medidas especiales para asegurarse de que los trabajadores indígenas estén protegidos frente al acoso sexual;

En tercer lugar, de adopción más reciente, el emblemático Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189), que prohíbe toda forma de abuso, acoso y violencia con respecto a un grupo ocupacional muy vulnerable y con un alto índice de participación femenina; y

En cuarto lugar, la Recomendación sobre el VIH y el sida, 2010 (núm. 200), que exige la adopción de medidas en el lugar de trabajo para reducir la transmisión del VIH y mitigar sus repercusiones, mediante acciones destinadas a prevenir y prohibir la violencia y el acoso.

Nuestro colega Michel Sidibé, de ONUSIDA, ha puesto de relieve hoy que la eliminación del VIH y el sida es tan importante como la eliminación de la violencia contra las mujeres.

Otros instrumentos con un alto índice de ratificaciones, como los convenios relativos al trabajo infantil y a la seguridad y salud en el trabajo (SST), también son fundamentales para combatir la violencia en el trabajo.

Todos sabemos que queda mucho por hacer en el ámbito jurídico, al igual que en otras áreas. Ningún tratado internacional en materia de derechos humanos contiene una prohibición explícita de la violencia contra las mujeres y, desafortunadamente, esta cuestión sigue estando mal definida y poco reconocida en el marco de las normas internacionales sobre derechos humanos, y con frecuencia en el lugar de trabajo y en las relaciones laborales.

Considero que todos estos elementos representan oportunidades para orientar la labor futura de la OIT y de otros organismos. Ahora bien, la OIT ya dispone de una gran experiencia contextual sobre maneras eficaces para abordar la violencia en el trabajo, incluido el acoso sexual y otras formas de acoso, la agresión física, verbal o psicológica, la intimidación, las vejaciones y el hostigamiento.

En algunas áreas en las que la fuerza de trabajo es fundamentalmente femenina, las mujeres están especialmente expuestas a la violencia. En el sector de la aviación civil, por ejemplo, las estadísticas de la Asociación del Transporte Aéreo Internacional (IATA) sobre la “rabia aérea” apuntan a un drástico incremento entre 2007 y 2009, y ponen de manifiesto que los trabajadores de los mostradores de facturación de los aeropuertos y otros miembros del personal de tierra son a menudo víctimas de agresiones verbales e incluso físicas, y que en su gran mayoría estas agresiones afectan directamente a mujeres.

La OIT ha elaborado herramientas y guías y ha preparado un conjunto de métodos con un fuerte enfoque sectorial, como por ejemplo, las directrices para afrontar la violencia laboral en el sector salud y el Código de Conducta contra la violencia en el lugar de trabajo en el sector servicios, sectores ambos con un alto índice de mujeres en la fuerza de trabajo.

En otro orden de cosas, quisiera hacer hincapié en el desarrollo progresivo de los pisos de protección social promovidos por el sistema de las Naciones Unidas en su conjunto, bajo la batuta de la OIT, como vía para introducir medidas correctivas en todos los sectores. Al garantizar una renta básica en forma de transferencias sociales y ofrecer acceso universal a servicios sociales asequibles, como la atención médica y la vivienda, los pisos de protección social atajan la pobreza que subyace en muchas situaciones de violencia contra las mujeres y puede ofrecer una importante ayuda directa a las víctimas.

Nuestro debate de hoy descansa en toda la experiencia que hemos adquirido ayudando a los distintos grupos que están especialmente expuestos a la violencia en el lugar de trabajo, como los trabajadores migrantes, los niños que trabajan, las minorías étnicas, los trabajadores del sector informal, los trabajadores rurales, los trabajadores domésticos y las personas expuestas a la infección por el VIH.

Si queremos poner fin a la violencia de género en el mundo del trabajo, debemos tomar en consideración las siguientes cuestiones:
  • la legislación y los mecanismos de aplicación en materia de derecho laboral deben ser coherentes y eficaces, con miras a la entrada en vigor de leyes de naturaleza proactiva y mecanismos específicos de presentación de denuncias que ejerzan un efecto disuasorio;
  • los códigos del trabajo y el derecho penal, civil o de familia, así como otros cuerpos legislativos, deben ser coherentes entre sí y no sólo contemplar sanciones, sino también prever incentivos para reforzar la lucha contra la violencia en el trabajo.
  • se deben eliminar los obstáculos para que las mujeres tengan acceso a la justicia, incluida la justicia laboral; y
  • se debe prestar una atención especial a la economía informal, en la que la OIT ya está trabajando, y que emplea a numerosas mujeres, a menudo de manera oculta y desprotegida.

En un momento en que la eliminación de la violencia contra las mujeres y las niñas ocupa la primera plana en los medios de comunicación internacionales, así como un lugar preponderante en las prioridades políticas de muchos países, se abre ante nosotros una ocasión excelente para realizar progresos concretos y significativos.

Espero que este debate tripartito nos permita dar a conocer las buenas prácticas del mundo del trabajo e imprimir un nuevo impulso al compromiso en favor de las medidas tomadas en el marco de la iniciativa encaminada a detener la violencia en el trabajo.