Decisión sobre el decimocuarto punto del orden del día:

Queja relativa al incumplimiento por la República Bolivariana de Venezuela del Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928 (núm. 26), del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144), presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT por varios delegados a la 104.ª reunión (2015) de la Conferencia Internacional del Trabajo

Repertorio de decisiones | 13 de noviembre de 2017

Decisión sobre el decimocuarto punto del orden del día: Queja relativa al incumplimiento por la República Bolivariana de Venezuela del Convenio sobre los métodos para la fijación de salarios mínimos, 1928 (núm. 26), del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y del Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144), presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT por varios delegados a la 104.ª reunión (2015) de la Conferencia Internacional del Trabajo

El Consejo de Administración, sumamente preocupado por la falta de progresos con respecto a las decisiones tomadas en sus reuniones anteriores y lamentando profundamente esta situación:

a) instó al Gobierno de la República Bolivariana de Venezuela a participar de buena fe en un diálogo concreto, transparente y productivo basado en el respeto por las organizaciones de empleadores y de trabajadores con miras a promover relaciones laborales sólidas y estables;

b) instó por última vez al Gobierno a que institucionalizara antes de finales de 2017 una mesa redonda tripartita para fomentar el diálogo social a fin de resolver todas las cuestiones pendientes, y a que invitara a tal efecto a una misión de alto nivel de la OIT dirigida por los miembros de la Mesa del Consejo de Administración, para que se reuniera con las autoridades gubernamentales, FEDECAMARAS y sus organizaciones miembros y empresas afiliadas, así como los sindicatos y líderes de todos los sectores sociales;

c) pidió al Director General de la OIT que pusiera a disposición todo el apoyo necesario a este respecto y a los miembros de la Mesa del Consejo de Administración que presentaran un informe sobre la misión de alto nivel de la OIT en su 332.ª reunión (marzo de 2018), a fin de determinar si se habían logrado progresos concretos por medio del diálogo social en el marco de la mesa redonda tripartita;

d) suspendió la aprobación de la decisión relativa al nombramiento de una comisión de encuesta hasta recibir el informe de la misión de alto nivel en su 332.ª reunión (marzo de 2018);

e) decidió que los costos de la misión de alto nivel, estimados en 45 000 dólares de los Estados Unidos, se financiarían, en primer lugar, con cargo a los ahorros que pudieran obtenerse en la Parte I del Presupuesto para 2018-2019 o, en su defecto, con cargo a la partida presupuestaria para gastos imprevistos, en la Parte II. De no ser esto posible, el Director General propondría otros métodos de financiación en una etapa ulterior del bienio.

(Documento GB.331/INS/14 (Rev.), párrafo 7, conforme formulado tras las discusiones del Consejo de Administración.)