Decisión sobre el vigésimo primer punto del orden del día: Informes de la Mesa del Consejo de Administración Tercer informe: Reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte de Chile del Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187), presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por el Colegio de Profesores de Chile A. G.

Repertorio de decisiones | 27 de marzo de 2017

Decisión sobre el vigésimo primer punto del orden del día: Informes de la Mesa del Consejo de Administración

Tercer informe: Reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte de Chile del Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187), presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por el Colegio de Profesores de Chile A. G.

Habida cuenta de la información contenida en el informe (documento GB.329/INS/21/3) y por recomendación de su Mesa, el Consejo de Administración:

a) declaró que la reclamación era admisible;

b) invitó a la CEACR a examinar los alegatos contenidos en la última comunicación del Colegio de Profesores, en relación con el curso dado a las recomendaciones relativas a la reclamación anterior presentada por el Colegio de Profesores, en su reunión de noviembre-diciembre de 2017, y

c) pospuso la decisión de designar un comité tripartito para que examinara la nueva reclamación.

(Documento GB.329/INS/21/3, párrafo 7.)