Decisión sobre el cuarto punto del orden del día: Queja relativa al incumplimiento por Guatemala del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), presentada por varios delegados a la 101.ª reunión (2012) de la Conferencia Internacional del Trabajo en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT

Repertorio de decisiones | 15 de junio de 2015

Decisión sobre el cuarto punto del orden del día: Queja relativa al incumplimiento por Guatemala del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), presentada por varios delegados a la 101.ª reunión (2012) de la Conferencia Internacional del Trabajo en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT

Teniendo en cuenta que el Consejo de Administración examinaría, en su 325.ª reunión (noviembre de 2015), la decisión de constituir una comisión de encuesta y en vista de la información comunicada por el Gobierno y por las organizaciones de trabajadores y de empleadores de Guatemala en relación con los indicadores claves y los puntos de la Hoja de ruta, el Consejo de Administración, por recomendación de su Mesa:

a) instó al Gobierno a que tomara sin demora, con la asistencia de la Oficina, todas las medidas necesarias para dar plena aplicación a los indicadores claves y a la Hoja de ruta, con inclusión de los puntos prioritarios que aún requerían acciones adicionales y urgentes;

b) pidió a la Oficina que proporcionara a la Mesa del Consejo de Administración, en su 325.ª reunión (noviembre de 2015), información actualizada sobre los progresos alcanzados y que incluyera información proporcionada por el Gobierno y por las organizaciones de empleadores y de trabajadores de Guatemala, en particular acerca del seguimiento dado a los indicadores claves y los puntos de la Hoja de ruta;

c) invitó a la comunidad internacional a que facilitara los recursos necesarios para que la Oficina de la OIT en Guatemala pudiera seguir apoyando a los mandantes tripartitos en la aplicación del Memorándum de Entendimiento y de la Hoja de ruta.

(Documento GB.324/INS/4, párrafo 27.)