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Rapport où le comité demande à être informé de l’évolution de la situation - Rapport No. 351, Novembre 2008

Cas no 2566 (Iran (République islamique d')) - Date de la plainte: 25-MAI -07 - En suivi

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910. La queja figura en una comunicación de fecha 25 de mayo de 2007. La querellante presentó información adicional en las comunicaciones fechadas el 29 de enero y el 28 de febrero de 2008.

  1. 910. La queja figura en una comunicación de fecha 25 de mayo de 2007. La querellante presentó información adicional en las comunicaciones fechadas el 29 de enero y el 28 de febrero de 2008.
  2. 911. El Gobierno presentó sus observaciones en una comunicación fechada el 14 de mayo de 2008.
  3. 912. La República Islámica del Irán no ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), ni el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98).

A. Alegatos del querellante

A. Alegatos del querellante
  1. 913. En su comunicación de 25 de mayo de 2007, la querellante expresa que en los últimos años se han formado distintos grupos de docentes, muchos de ellos inscritos en el Ministerio del Interior como organizaciones autorizadas de docentes. Recientemente, a fin de coordinar sus actividades, 34 de esas organizaciones se agruparon en el CCCWA de Asociaciones de Trabajadores Culturales (en adelante denominado «CCCWA»). La primera declaración del CCCWA se publicó el 4 de febrero de 2007. El grupo más activo de los que componen el CCCWA es la Asociación Sindical de Docentes del Irán (Kanoone Senfiye Moallepiane Iran, en adelante denominada ITTA), que es dirigida por el superintendente Akbar Baghani y el vocero Beheshti Langroodi y tiene numerosas filiales en todo el país. Otro grupo es la Asociación de Docentes del Irán (Sazmane Moallemaneh Iran, en adelante denominada TAI), presidida por el Sr. Alireza Hashemi.
  2. 914. Desde la creación de la República, los docentes han luchado por su derecho a recibir una remuneración equivalente a la de otros funcionarios públicos, aumentos periódicos y el derecho a formar sindicatos. El 22 de enero de 2002 hubo en Kennanshah una manifestación de docentes que reclamaban «la recuperación de nuestra dignidad, ayuda para nuestra situación económica y medios de subsistencia, y el derecho a formar un sindicato», y el 23 de enero de 2002, en Ispahan, hubo otra manifestación de docentes en defensa de «sus medios de subsistencia y el derecho a formar una asociación de trabajadores». Sin embargo, estas primeras manifestaciones fueron reprimidas; ejemplo de ello fue lo ocurrido el 26 de enero de 2002, cuando numerosos docentes fueron detenidos después de las protestas. Este incidente fue mencionado en la primera declaración del CCCWA, publicada el 4 de febrero de 2007.
  3. 915. Las manifestaciones más recientes de docentes comenzaron en enero de 2007 y fueron creciendo gradualmente hasta incluir a unos 12.000 docentes de todo el país a mediados de marzo de 2007. El 23 de enero de 2007, la ITTA llevó a cabo una manifestación de las 13 a las 17 horas frente al Parlamento en Teherán para protestar contra el posible rechazo por parte del Consejo de Guardianes del proyecto de ley sobre paridad salarial, considerado a nivel general como la mayor esperanza de los docentes de lograr un sueldo que les permita sobrevivir. La ITTA advirtió que si el Gobierno rechazaba el proyecto de ley, los docentes irían a la huelga; en Teherán y otros municipios también tuvo lugar una protesta de académicos. El Gobierno ignoró esta protesta, y las demandas de los docentes quedaron sin respuesta. La segunda manifestación se llevó a cabo el 5 de febrero de 2007 y en ella participaron alrededor de 1.500 docentes de todo el país. Las asociaciones de docentes anunciaron que si el Parlamento no aprobaba el proyecto de ley sobre paridad salarial continuarían las protestas y que los días 19 y 20 de febrero de 2007 harían huelga con ocupación de las escuelas. Las autoridades públicas también hicieron caso omiso de estas protestas.
  4. 916. El 3 de marzo de 2007, unos 10.000 docentes se manifestaron frente al Parlamento pero sus demandas volvieron a ser ignoradas. Algunos voceros del Parlamento reprendieron a los docentes, tachándolos de «impacientes». El 4 de marzo de 2007, la ITTA anunció que los docentes irían a la huelga el 6 de marzo de 2007 a menos que se aprobara el proyecto de ley sobre paridad salarial. El 6 de marzo de 2007, varios miles de docentes se reunieron frente al Parlamento por segunda vez en esa semana. En esa ocasión se presentaron efectivos militares y de las fuerzas de seguridad. Los docentes también protestaron frente a los departamentos de educación de diversos municipios y ciudades, entre ellos Gilan, Harnadan, Kennanshah, Kurdistan, Shiraz, Ardabil, Astaueyeli Ashrafieb, Pakdasht, Khomeinishahr, Dezftif y Khorasan. El 7 de marzo de 2007, la ITTA anunció que los docentes harían huelga el 8 de marzo de 2007 a menos que se aprobara el proyecto de ley sobre paridad salarial.
    • Primeras detenciones
  5. 917. Alrededor de la medianoche del 7 de marzo de 2007, agentes vestidos de civil del Ministerio de Seguridad e Inteligencia visitaron en sus domicilios a más de 20 dirigentes de sindicatos docentes, incluidos Ali Akbar Baghani, superintendente de la ITTA, Beheshti Langroodi, vocero de la ITTA, Alireza Hashemi, superintendente de la TAI, y Mohammad Davari y Ali Poursoleiman, miembros del CCCWA. Los dirigentes fueron detenidos sin que mediara una orden judicial y sin que se les imputara delito alguno, y trasladados a lugares no revelados. Entonces, el 8 de marzo de 2007, tuvo lugar frente al Parlamento la manifestación de docentes más importante hasta ese momento, justo cuando el Parlamento comenzaba a sesionar y se aprestaba a examinar el proyecto de ley sobre paridad salarial. Las fuerzas militares y de seguridad habían cerrado las paradas de autobús y las estaciones del tren metropolitano más cercanas y habían cortado todos los medios de comunicación, incluidos los teléfonos celulares y los cibercafés. A pesar de ello, miles de docentes manifestaron a favor de la aprobación del proyecto de ley sobre paridad salarial. Todos los detenidos fueron finalmente puestos en libertad en las primeras horas de la mañana del 8 de marzo de 2007.
    • Nuevas amenazas y detenciones
  6. 918. Como resultado de las protestas del 8 de marzo de 2007, algunos dirigentes parlamentarios prometieron reunirse con representantes de los docentes en presencia del Ministro de Educación. Se programó una reunión para el 13 de marzo de 2007. Hasta ese momento, el Ministerio de Educación había guardado absoluto silencio con respecto a las protestas de los docentes, y el Gobierno había prestado oídos sordos a las demandas de éstos. No obstante, el Gobierno declaró que la reunión en el Parlamento sólo se llevaría a cabo a condición de que cesaran las protestas y los docentes regresaran a sus aulas. En consecuencia, el 12 de marzo de 2007, el superintendente Baghani anunció que todas las manifestaciones posteriores quedaban suspendidas hasta que se celebrara la reunión con los dirigentes parlamentarios. Los grupos de docentes eligieron una delegación de 12 representantes para que asistieran a la reunión, que se llevó a cabo dentro del edificio del Parlamento. Contrariamente a lo que se había anunciado, los representantes de los docentes fueron recibidos por apenas dos miembros del Parlamento, que fueron los únicos que hablaron durante toda la reunión. No había ningún representante del Ministerio de Educación y asistió solamente un representante de la Organización de Planeamiento y Presupuesto, que guardó silencio durante toda la reunión. Sin embargo, estaban presentes tres representantes del Ministerio de Seguridad e Inteligencia y tres representantes de las fuerzas armadas, dando la clara impresión de que el Gobierno quería intimidar a los docentes para forzarlos al silencio. Además, el Presidente del Parlamento, el Sr. Koohkan, dijo: «No entendemos la palabra ‘debate’. Sus presiones no influyen en nuestras decisiones. Para nosotros es indiferente que estén presentes o ausentes».
  7. 919. La noche del 12 de marzo de 2007, en la ciudad de Kermanshah, el presidente de la ITTA de Kermanshah, el Sr. Sadeghi, que iba a participar en la reunión con el Parlamento, fue detenido por causas que se desconocen. Cuando otros miembros de la ITTA de Kermanshah acudieron a las autoridades para preguntar por su detención, otros dos docentes, el Sr. Heshmati y el Sr. Tavakoli, también fueron detenidos. El 13 de marzo de 2007, académicos de Kermanshah se manifestaron frente al Departamento de Educación, exigiendo la liberación de los docentes activistas.
    • Aumento del número de detenciones
  8. 920. Tras la interrupción de la comunicación entre el Gobierno y los grupos de docentes, se programó otra concentración para el 14 de marzo de 2007, en la que se informaría a los académicos sobre los resultados de la reunión con los parlamentarios. Al amanecer, cientos de efectivos de los servicios de seguridad e inteligencia y de las fuerzas armadas salieron a las calles a imponer su presencia, deteniendo a los autobuses que trasladaban a los manifestantes y amenazando con llevarlos presos a todos. En el Parlamento fueron detenidos entre 50 y 60 manifestantes, incluidos el Sr. Baghani y el Sr. Beheshti Langroodi. Todo peatón que se encontrara en la zona era considerado manifestante y no se le permitía subir a las aceras; cuando algunos grupos de docentes se atrevieron a hacerlo, los guardias antimotines los atacaron inmediatamente a golpes de puño y cachiporra.
  9. 921. Como el número de detenidos aumentaba, al principio retuvieron a los docentes en el patio baldío de una escuela ruinosa cercana, y posteriormente los trasladaron al sótano de un edificio del Gobierno. Las fuerzas armadas mantenían un control estricto de casi toda la zona cercana al Parlamento y paraban a cualquier persona que supusieran que era docente o a cualquier persona que entablara conversación. En vista de que las detenciones y golpizas continuaban, el miedo empujó a la multitud de manifestantes a trasladarse del Baharestan Circle, donde se encuentra el Parlamento, al Ministerio de Educación. Allí, las fuerzas armadas aprehendieron a más docentes, los golpearon y los retuvieron en el Hotel Mannar, ubicado frente al Ministerio de Educación, hasta el momento en que los trasladaron en autobuses a establecimientos carcelarios.
  10. 922. Fueron detenidos alrededor de 300 docentes y académicos. El Gobierno no dio los nombres de los detenidos y no permitió que éstos se comunicaran con sus abogados o sus familias. Como habían viajado a Teherán docentes de todo el país para participar en la manifestación, no se sabía exactamente cuántas personas estaban presas. Entre los detenidos se encontraban los presidentes de varios sindicatos docentes y del CCCWA, incluidos Ali Akbar Baghani, Mahmoud Beheshti Langroodi y Alireza Hashemi. También fueron detenidos Mohammad Davari, Ali Poursoleiman, los Sres. Gashghavi y Bodaghi, Noorollah Akbari, Akbar Parvareshi, Mohammad Reza Khakbazan, Mahmoud Bagheri, Ahmad Borati, Akram Hassani, Zahra Shad, Fereshteh Sabbaghi y Narges Pilehforoush; cuatro superintendentes de Escuelas para Adultos Jóvenes llamados Taheri, Gharjavand, Mohammad Beigi y Sajjad Khaksari, y un periodista del boletín The Teacher’s Pen, que estaba informando sobre la situación. Del total de detenidos, unos 50 docentes, incluidos los presidentes de las asociaciones de docentes, fueron trasladados en autobuses a oficinas del servicio de inteligencia ubicadas en la calle Vahdatah Eslami y posteriormente a la cárcel de Evin. Algunas de las docentes mujeres que habían sido detenidas fueron puestas en libertad a pedido de sus esposos.
  11. 923. Mientras se llevaban a cabo las detenciones, algunos parlamentarios hicieron gestiones para que los docentes encarcelados fueran puestos en libertad. El 19 de marzo de 2007, el presidente del Poder Judicial, el Ayatola Shahroodi, declaró que protestar de manera civilizada era un derecho civil y que los docentes jamás debían haber sido detenidos. Pidió a todos los fiscales que pusieran en libertad a los docentes. A pesar de esta decisión, 14 dirigentes de los sindicatos docentes permanecieron 16 días en prisión, incluso durante el feriado más importante de la República Islámica del Irán, Norouz — el Año Nuevo iraní y la fiesta nacional más importante, que se extendió del 21 de marzo al 3 de abril de 2007. Para evitar nuevas protestas contra las detenciones masivas, el Gobierno declaró que todas las escuelas de Teherán cerrarían temprano para las fiestas de Norouz, del 16 de marzo al 4 de abril de 2007.
    • Escalada de la campaña de represión
    • contra las protestas de docentes
  12. 924. A pesar de las medidas de represión adoptadas por el Gobierno, el CCCWA se reunió el 30 de marzo de 2007, apenas un día después de que sus dirigentes salieran de la cárcel. El CCCWA emitió una declaración ese mismo día, en la que indicaba que los docentes mantenían abierto el diálogo con el Gobierno, pero señalaban a éste como responsable de la detención de docentes que estaban simplemente ejerciendo sus derechos fundamentales. También reiteraron su exigencia de que se aprobara el proyecto de ley sobre paridad salarial y se les permitiera ejercer libremente sus derechos sindicales. Ante la falta de respuestas justas a sus demandas de que se pusiera fin a la discriminación entre funcionarios públicos y la no aprobación del texto completo del proyecto de ley sobre paridad salarial, anunciaron que los días 15, 16 y 29 de abril de 2007 estarían presentes en sus escuelas pero no dictarían clase. También anunciaron que el 2 de mayo de 2007 se reunirían en señal de protesta desde las 9 hasta las 12 horas frente a todos los departamentos de educación de los municipios así como en los centros de las provincias. Además, el 8 de mayo de 2007, docentes de todo el país se congregarían frente al Parlamento en una protesta generalizada desde las 13 hasta las 17 horas. En lugar de responder a las demandas de los docentes, el 7 de abril de 2007 las fuerzas policiales y de seguridad de la ciudad de Hamedan rodearon la oficina de la ITTA en Hamedan mientras sus miembros celebraban una reunión. Detuvieron al menos a 30 personas y las llevaron en un autobús a lugares no revelados. Las fuerzas de seguridad también detuvieron como mínimo a otras 15 personas en sus hogares, incluidos todos los miembros de la junta directiva del Sindicato de Docentes de Hamedan.
  13. 925. Los nombres de los miembros conocidos del Sindicato de Docentes de Hamedan que fueron detenidos son los siguientes: Nader Ghadimi, Iraj Ansari, Yousef Refahiyat, Alireza Sajjadi, Mohammad Rafli, Alireza Vafai, Mohammad Paknahad, Ali Zarei, Alireza Moradi, Ali Ahmadvand, Ali Behnam Arzandeh, Hadi Gholami, Hamidreza Jabbari, Jaharigir Jaafari, Majid Forouzanfar, AH Armand, Mahmood Jalilian, Jaafar Mahmoodi, Ali Sadeghi, Jalal Naderi, Pirtaj, Ashtari, Faridian, Javad Moradi, Ghalandari, Nader Soleimani, Ali Najafi, Eskandari, Ghaderi, Zabihollah Rezai, Reza Sadeghi, Hossein Kashi, Mohammadreza Sayyadi, Salman Soltani, Hadi Oroumandi, Hossein Gholami, Neeraat Haratian, Mahmood Mahzoon y Seyd Ali Hosseini.
  14. 926. Los días 9 y 10 de abril de 2007, académicos de Hamedan se manifestaron frente al Ministerio de Educación para expresar apoyo a sus compañeros detenidos y exigir su liberación. Algunos docentes fueron puestos en libertad, pero entre 9 y 15 miembros activos del Sindicato de Docentes de Hamedan continúan en prisión, entre ellos Ali Sadeghi, Mahmoodi, Ansari, Forouzanfar y Refahiyat. La falta de claridad y las discrepancias en cuanto al número de detenidos se debe a que los docentes son detenidos más de una vez, no tienen abogados, y a la total falta de cooperación del personal militar y del Ministerio de Educación en Hamedan. Además, la mayoría de los centros de detención se encuentran en lugares desconocidos y muy distantes unos de otros. El Vicegobernador de Seguridad e Inteligencia de la Provincia de Hamedan declaró que el Sindicato de Docentes de Hamedan era ilegal porque estaba en posesión de 5.000 panfletos en los que se indicaban los horarios y lugares en que se llevarían a cabo determinadas huelgas; sin embargo, de acuerdo con el artículo 3 del Convenio núm. 87 de la OIT, los trabajadores pueden ejercer el derecho de huelga en defensa de sus intereses laborales legítimos.
  15. 927. El domingo 15 de abril de 2007, de los nueve docentes que continuaban presos, cinco fueron puestos en libertad, a saber: Jalilian, Forouzanfar, Sadeghi, Nader y Najafi; los Sres. Ghadimi, Refahiyat, Zarei y Gholami permanecieron en prisión. Tras recuperar su libertad, el Sr. Najafi declaró que durante su detención, los docentes de Hamedan fueron interrogados mientras estaban esposados y con los ojos vendados, y luego los pusieron con drogadictos en una celda oscura en condiciones tan antihigiénicas que no pudieron usar las instalaciones.
  16. 928. En Teherán, el 8 de abril de 2007, fuerzas del Ministerio de Seguridad e Inteligencia se presentaron en el domicilio particular de docenas de activistas de la ITTA con órdenes de allanamiento y registraron sus viviendas. Entregaron a los docentes citaciones a comparecer ante el tribunal y les advirtieron que si no se presentaban se librarían órdenes de detención en su contra. La noche del 11 de abril de 2007, la abogada defensora de los tres escritores de The Teacher’s Pen — Mohammad Taghi Falahi, Seyd Mahmood Bagheri y Montajabi (que son también parte demandada en la causa de las manifestaciones de marzo de 2007 frente al Parlamento) — dijo que en respuesta a una de esas citaciones, ella y sus clientes se habían presentado ante el Tribunal Revolucionario para un interrogatorio. Las autoridades no le permitieron estar presente durante el interrogatorio, y al caer la noche le dijeron a los hombres que tendrían que pasar la noche en la sede del tribunal porque el interrogatorio no había terminado aún. Una hora más tarde, los hombres llamaron por teléfono a sus familias para decirles que habían sido trasladados a la cárcel de Evin. Esa misma noche, unos agentes fueron a los domicilios de los docentes que escriben para The Teacher’s Pen y les confiscaron todos sus equipos y computadoras. El 14 de abril de 2007, otros tres docentes de la Asociación Sindical de Docentes, los Sres. Hamid Pourvosough, Mohammad Reza Rezai y Alireza Akbar Nabi, también recibieron citaciones para ser interrogados por los órganos judiciales y fueron detenidos y trasladados a la cárcel de Evin. Otro docente de Karaj, el Sr. Assad, también había sido citado la semana anterior. En otro incidente ocurrido en Ghoochan en la noche del 11 de abril de 2007, fuerzas de seguridad advirtieron a varios docentes que no participaran en las huelgas anunciadas para el 15 y el 16 de abril de 2007. Estos hechos coordinados marcaron el comienzo de una nueva ola de represión más intensa de las protestas de los docentes. El 15 de abril de 2007, se informó de que dos docentes de Marand habían sido citados y detenidos.
  17. 929. El 15 de abril de 2007, las autoridades pidieron a los docentes de Eslamshahr que estaban llevando a cabo una huelga con ocupación de los locales escolares, que se retiraran de las escuelas. Además, se les informó de que a partir del 17 de abril de 2007, todos los docentes que participaran en una huelga perderían definitivamente su condición de docentes y serían separados del cargo. Las autoridades alentaron a la asociación de padres y docentes a que presentara demandas oficiales contra los docentes ante el Poder Judicial, y agentes secretos de las fuerzas de seguridad recorrieron todo el municipio para poder interrogar a los docentes directamente y comunicar al Ministerio de Seguridad e Inteligencia los nombres de aquellos que estuvieran participando en la huelga. Las autoridades dijeron que los docentes cuyos nombres salieran a la luz en relación con la ocupación de las escuelas perderían todas las horas extraordinarias que hubiesen trabajado; que el Departamento de Seguridad se encargaría de que esas personas nunca volvieran a dar clase y que, de acuerdo con una declaración del Ministerio de Educación, dichos docentes no podrían continuar sus propios estudios en las universidades ni recibir servicios de especie alguna. Dijeron también que los directores de las escuelas que no comunicaran los nombres de los docentes en huelga serían reemplazados al día siguiente. El lunes 16 de abril de 2007, Ali Akbar Baghani volvió a ser detenido en su escuela. A las 9.30 horas, tres agentes vestidos de civil llegaron a la Escuela Secundaria de Roshd en la región 7 de Teherán. Dos de ellos se quedaron en el patio de la escuela, mientras el tercero fue directamente al salón del Sr. Baghani, le exhibió una orden de detención y lo condujo a un lugar no revelado.
  18. 930. El mismo día, el Sr. Mokhtar Asadi, miembro de la Asociación de Docentes, también fue detenido; el 16 de abril de 2007 fue citado a comparecer ante el consejo de enseñanza primaria del Departamento de Educación de los condados de Teherán. El Sr. Asadi, que participaba ocasionalmente en actividades sindicales, dijo en una entrevista reciente que su sindicato no abrigaba animosidad alguna contra la autoridad pública, pero que no se dejaría intimidar ni transigiría en la búsqueda de sus objetivos. En la reunión con el consejo de enseñanza primaria, se le preguntó al Sr. Asadi si era miembro del sindicato y si había participado en las manifestaciones de protesta de los docentes. Seguidamente fue suspendido de su cargo docente a partir del 21 de mayo de 2007. El Sr. Asadi, al considerar que la decisión del Consejo se basaba en su pertenencia al sindicato y sus actividades sindicales, interpuso un recurso de apelación contra ella. Por lo menos 12 docentes que habían participado en las protestas fueron suspendidos de sus cargos temporalmente (aproximadamente tres meses) debido a sus actividades sindicales. Los nombres de los docentes suspendidos son: Ghafar Dindar, Teimour Hassanpour (distrito de Ghale Hassan Khan), Hadi Azimi (distrito de Shahriar), Mohsen Ramshak, Ghorban Ali Nik Eish, Mohammad Reza Sanjabi y Ali Mohammad (primer distrito de Robatkarim), que pertenecen a la Asociación de Docentes del Irán, y Nader Ghadimi, Yousef Refahiat, Yousef Zareie y Hadi Gholami, que son miembros del Sindicato de Docentes de Hamedan.
  19. 931. Los docentes programaron más medidas de protesta para el 29 de abril de 2007 (en las que varios docentes permanecieron fuera de las aulas) y el 2 de mayo (Día del Maestro). Por orden del Ministerio del Interior se prohibió la realización de cualquier actividad sindical el Día del Maestro; las autoridades también prohibieron el Ghalam («Pluma») semanal de los docentes y ordenaron a los periódicos que no publicaran ninguna noticia de las protestas. Para intimidar a los huelguistas, el Ministerio de Educación pidió a los directores de las escuelas que le proporcionaran los nombres de los docentes que no se habían presentado a trabajar durante las huelgas. A pesar de ello, miles de docentes de todo el país manifestaron frente a los distintos departamentos de educación y frente al Ministerio de Educación en Teherán, exigiendo que se revocaran las decisiones de suspensión temporaria de los sindicalistas. Al 8 de mayo de 2007 no se habían confirmado aún algunas de las detenciones y abusos cometidos por la policía en esa oportunidad.
    • Sindicatos internacionales piden diálogo social
  20. 932. La Internacional de la Educación (IE) y la querellante han hecho muchas gestiones en los últimos meses para recordar al Gobierno de la República Islámica del Irán que los docentes tienen derecho a participar en actividades de defensa de los derechos laborales. El 9 de marzo de 2007, la IE escribió una carta al Presidente iraní, en la que condenaba la detención de los dirigentes de los sindicatos docentes y exigía al Gobierno que entablara un diálogo social con los docentes. También instó al Gobierno a que respetara el derecho de las organizaciones de trabajadores a organizar sus actividades, celebrar reuniones y hacer manifestaciones públicas de protesta relacionadas con sus condiciones de trabajo y la política económica y social.
  21. 933. La IE escribió otra carta al Presidente iraní, Mahmoud Ahmadinejad, el 16 de marzo de 2007, para condenar la dura represión de los docentes y recordarle que entablara un diálogo social con los docentes y respetara su derecho a realizar actividades sindicales. El 19 de marzo de 2007, la querellante también escribió al Presidente Ahmadinejad para exigir la liberación inmediata e incondicional de todas las personas detenidas en las manifestaciones de docentes en todo el país. La querellante exhortó al Gobierno a negociar mejores condiciones de trabajo con las organizaciones de docentes, a poner fin a toda discriminación contra éstos como funcionarios públicos, y a permitirles ganar un sueldo mínimo vital en condiciones de igualdad con otros funcionarios del Estado. También pidió al Gobierno iraní que respetara y protegiera el derecho de los trabajadores a reunirse, a manifestar en público y a dialogar en relación con sus condiciones de trabajo.
  22. 934. El 21 de marzo de 2007, en respuesta al pedido de la IE de que interviniera la OIT, el Grupo de los Trabajadores del Consejo de Administración de la OIT y la IE se reunieron con la delegación iraní para hablar de la crisis de los docentes en la República Islámica del Irán. La delegación iraní, encabezada por el Viceministro de Empleo y Recursos Humanos, afirmó que el Gobierno no quería que los docentes estuvieran en prisión; la IE pidió a la delegación que se pusiera en contacto con Teherán e insistiera para que se pusiera en libertad a todos los docentes y sindicalistas encarcelados para el comienzo de las celebraciones del Año Nuevo de la República Islámica del Irán, en esa fecha (21 de marzo de 2007). La IE pidió además a la delegación que obtuviera respuestas de la oficina del Presidente de la República Islámica del Irán a las cartas enviadas por la IE con fechas 9 y 16 de marzo de 2007, y el Grupo de los Trabajadores de la OIT insistió en que la República Islámica del Irán ratificara los Convenios núms. 87 y 98 relativos a la libertad sindical y el derecho de sindicación. El Gobierno no ha respondido a las exhortaciones realizadas recientemente por la CSI y la IE.
  23. 935. El 19 de abril de 2007, la IE escribió otra carta de protesta al Presidente Ahmadinejad en la que condenaba la detención de más miembros de las diversas asociaciones de docentes los días 7 y 15 de abril, en relación con las manifestaciones legítimas y pacíficas de los docentes para obtener un salario vital decoroso. La querellante indica que el Gobierno está encarando las actividades de los docentes con un criterio cada vez más militar y de seguridad y que reprime con creciente ferocidad la libertad sindical y los derechos de sindicación de los docentes, mientras que las asociaciones de docentes, bajo la égida de la organización coordinadora «CCCWA de todas las Organizaciones Sindicales de Docentes del Irán», han prometido continuar con sus medidas hasta que se satisfagan sus demandas. La querellante expresa preocupación por la posibilidad de que se lance una amplia campaña de represión contra los docentes.
    • Docentes en huelga acusados ante la justicia penal
  24. 936. En su comunicación de fecha 29 de enero de 2008, la querellante indica que el 28 de mayo de 2007, el último docente que permanecía en prisión, el Sr. Mojtaba Abtahi, salió en libertad de la cárcel de Evin mediante el pago de una fianza de 40.000 dólares de los Estados Unidos. Sin embargo, todos los docentes que estuvieron detenidos siguen sometidos a juicio penal. El 29 de mayo, Rooz Online, un periódico iraní que se publica en Internet, informó de que el Ministro de Educación había abierto expedientes por causas de seguridad contra por lo menos 226 docentes y había ordenado que se les sancionara con penas que oscilaban entre tres meses de suspensión temporal y la prohibición permanente de enseñar; además, se ha prohibido a 39 docentes que continúen enseñando. El 31 de julio de 2007, la ITTA publicó en su sitio web una lista de 86 docentes que recibieron notificaciones de despido o suspensión u órdenes de detención después de la manifestación de docentes realizada frente al Parlamento, en Teherán, el 2 de mayo de 2007.
  25. 937. El 26 de septiembre de 2007 se entabló juicio contra nueve miembros de la ITTA de Hamedan ante la 106.ª Sala del Tribunal Revolucionario de la Provincia de Hamedan. Este fue el segundo juicio iniciado contra estas personas por «alterar el orden público», «emitir anuncios» y «celebrar reuniones ilegales». Los docentes se defendieron amparándose en el artículo 27 de la Constitución, y recordaron a las autoridades que la ITTA de Hamedan era una entidad inscrita que podía realizar legalmente actividades de defensa laboral. Algunas de esas nueve personas también habían recibido sanciones disciplinarias por decisión de la Junta Disciplinaria Administrativa: al día de hoy, Yousef Zareie está exiliado durante 36 meses en Ham; Nader Ghadimi está exiliado durante 60 meses en el norte de Khorasan; Hadi Gholami está suspendido por 12 meses y a Yousef Refahiyat le han bajado el sueldo en dos grados de la escala salarial. El Tribunal Revolucionario también ordenó descuentos de entre 10.000 y 200.000 tumanes en la remuneración de más de 700 docentes permanentes que fueron identificados entre los que participaron en las protestas laborales.
  26. 938. El 6 de octubre de 2007, la 15.ª sala del Tribunal Revolucionario dictó contra Ali Asghar Montajabi, miembro del Consejo Central de la ITTA, una sentencia de condena condicional a cuatro años de prisión por «reunirse y conspirar para atentar contra la seguridad nacional» (de conformidad con el artículo 610 del Código Penal). Un miembro de la ITTA, Mohammad Tachi Falahi, fue acusado del mismo delito y se dictó en su contra una condena condicional de tres años de prisión.
  27. 939. El 17 de octubre, Mohammad Khaksari, Jefe de Redacción de The Teacher’s Pen, fue intimado judicialmente a pagar la fianza más alta fijada a un docente hasta ese momento: 100.000 dólares de los Estados Unidos. El 23 de octubre de 2007, algunos docentes de Teherán, todos ellos miembros o dirigentes de la ITTA, fueron condenados con penas muy severas por el Tribunal Revolucionario de Irán, como se indica a continuación:
    • Ali Akbar Baghani, superintendente de la ITTA
    • Condena condicional a cinco años de prisión
    • Mahmood Beheshti, vocero de la ITTA
    • Condena condicional a cuatro años de prisión
    • Noorollah Akbari
    • Condena condicional a cinco años de prisión
    • Hamid Pourvosough
    • Condena condicional a cuatro años de prisión
    • Mohammad Taghi Fallahi
    • Condena condicional a cuatro años de prisión
    • Ali Safar Montajabi
    • Condena condicional a cuatro años de prisión
    • Karim Ghashghavi
    • Condena condicional a cuatro años de prisión
    • Mohammadreza Rezai
    • Condena condicional a tres años de prisión
    • Alireza Akbari
    • Condena condicional a dos años de prisión
    • Rassoul Bodaghi
    • Condena condicional a dos años de prisión
    • Alireza Hashemi
    • Pena de tres años de prisión, a ser cumplida en forma inmediata
    • Mohammad Davari
    • Pena de cinco años de prisión, a ser cumplida en forma inmediata, sustituible únicamente por una multa en efectivo
  28. 940. El Tribunal Revolucionario de Mashad dictó las siguientes sentencias de condena contra docentes de Khorasan:
    • Hadi Lotfi
    • Condena a tres años de prisión, suspendida por cuatro meses, sustituible por una multa de 1.000 dólares de los Estados Unidos
    • Hassan Rajabi
    • Condena a tres años de prisión, suspendida por cuatro meses, sustituible por una multa de 1.000 dólares de los Estados Unidos (también fue inhabilitado para ocupar cualquier cargo público durante cuatro años)
    • Iraj Towbihai Najafabadi
    • Reducción del sueldo en un grado de la escala salarial por dos años (susceptible de revisión)
    • Profesor Khastar
    • Jubilación anticipada con reducción del sueldo en un grado de la escala salarial por decisión de la junta de infracciones administrativas del Departamento de Educación
  29. 941. El 14 de diciembre de 2007, la 106.ª Sala Penal de Hamedan dictó sentencia de condena contra nueve docentes y los envió a la cárcel durante 91 días: Yousef Zareie, Majid Fourouzanfar, Jalal Naderi, Yousef Refahiyat, Hadi Gholami, Nader Ghadimi, Ali Najafi, Mahmood Jalilian, Ali Sadeghi, presidente de la ITTA de Kermanshah.
  30. 942. En julio de 2007, Mohammad Khaksari, Jefe de Redacción de The Teacher’s Pen, fue invitado a participar en el 5.º Congreso Mundial de la Internacional de la Educación, celebrado en Berlín del 22 al 26 de julio de 2007. El Sr. Khaksari, en representación de la ITTA, describió a los participantes en el congreso de la IE las condiciones de trabajo y los derechos de los docentes en la República Islámica del Irán. A su regreso, el 27 de julio de 2007, el Sr. Khaksari fue detenido en el aeropuerto Imam Khomeini de Teherán y retirado por la guardia presidencial. El Sr. Khaksari fue interrogado sobre asuntos como «la gente que lo ayudaba», la agencia de radiodifusión con la que se había reunido o por la que había sido entrevistado, y la índole del Congreso de la IE. El Sr. Khaksari fue puesto en libertad, pero los agentes de seguridad le confiscaron el pasaporte y los documentos del Congreso de la IE.
  31. 943. En la carta que dirigió a la IE, la ITTA declaró que el Congreso de la IE
    • ... ofreció una valiosa oportunidad de formación a la comunidad de docentes de Irán. Los docentes de Irán han sido apartados de los demás trabajadores durante demasiados años. Este Congreso le dio al Sr. Khaksari la oportunidad de enterarse de que los maestros tienen derecho a la misma protección de los derechos fundamentales que los demás trabajadores. El Congreso también dio a los docentes iraníes la oportunidad de ver en acción principios sindicales democráticos tales como la celebración de elecciones y de debates para la adopción de resoluciones. Esto permitirá que la ITTA y las 40 agrupaciones afiliadas a ella puedan seguir empoderándose a través de una acción democrática y unificada.
    • La ITTA también había distribuido y difundido informes del Congreso de la IE en los medios de comunicación y en sitios de Internet de todas las agrupaciones de defensa de los derechos humanos y de los trabajadores de la República Islámica del Irán.
  32. 944. El 7 de septiembre de 2007 se denunció la desaparición del Sr. Khaksari en Shahrreza, en la provincia de Ispanan, al sur de Teherán; según declaraciones de testigos, policías vestidos de civil lo obligaron a subir a un coche. En otro incidente ocurrido en Shahrreza, el presidente del sindicato local de docentes, Hamid Ramati, fue esposado y retirado de su casa por una docena de hombres armados que dijeron ser agentes del Ministerio de Inteligencia.
  33. 945. El 5 de octubre de 2007, para celebrar el Día Mundial del Maestro, la ITTA solicitó oficialmente su admisión como miembro de la IE. Posteriormente, los apartamentos del Sr. Baghani, superintendente de la ITTA, y del Sr. Khaksari, fueron allanados, y sus computadoras y documentos de solicitud de ingreso a la IE fueron hurtados. El 30 de noviembre de 2007, un representante de la ITTA señaló que, como resultado de la intimidación del Gobierno, muchos docentes parecían ahora tener miedo de afiliarse a la Internacional de la Educación.
  34. 946. En su comunicación del 28 de febrero de 2008, la querellante adjuntó una lista actualizada de las penas impuestas a 165 docentes que habían participado en una marcha pacífica en febrero, marzo y mayo de 2007 en apoyo de mejores condiciones de trabajo y el diálogo con el Gobierno. A la mayoría los acusaron de «reunirse y conspirar y atentar contra la Seguridad Nacional, participando en reuniones ilegales y hablando en contra de las autoridades al proporcionar información a los enemigos y los grupos de oposición y hacer propaganda contra la República Islámica del Irán». Los docentes en cuestión han sido destituidos, obligados a jubilarse o exiliarse, o han sufrido descuentos en su remuneración, por decisión de la Junta Disciplinaria del Ministerio de Educación. El Tribunal Revolucionario ha llegado incluso a dictar condenas condicionales de uno a cinco años de prisión contra algunos docentes, y la mayoría de ellos han estado detenidos durante algún tiempo en régimen de aislamiento (la lista de docentes figura adjunta en el anexo I).
  35. 947. Como se indica en la lista, el superintendente de la ITTA, Ali Akbar Baghani, estuvo detenido durante 30 días, se le suspendió del cargo por tres meses, fue condenado a dos años de exilio y condenado en forma condicional a cinco años de prisión. El vocero de la ITTA, Beheshti Langroodi, estuvo detenido dos veces (durante 31 y 17 días en régimen de aislamiento, respectivamente) y condenado en forma condicional a cuatro años de prisión. Los miembros del CCCWA Mohammad Davari y Ali Poursoleiman fueron condenados a tres meses de suspensión del cargo y dos años de exilio tras 19 días de detención en régimen de aislamiento; Mohammad Davari fue además condenado a tres años de prisión. El dirigente de la TAI Alireza Hashemi estuvo detenido durante 16 días en régimen de aislamiento, fue suspendido del cargo por tres meses, exiliado durante dos años y condenado a tres años de prisión. Mohammad Khaksari, jefe de redacción de The Teacher’s Pen, estuvo detenido solamente un día pero tuvo que pagar una fianza de 100.000 dólares de los Estados Unidos.
  36. 948. La querellante alega que en febrero de 2008 el Ministerio del Interior también emitió una declaración en la que prohibía a las asociaciones de docentes realizar actividades sindicales legítimas, y que las fuerzas de seguridad han impedido al CCCWA de la ITTA celebrar reuniones. Por último, la querellante indica que los miembros de la ITTA que se están preparando para la reunión del Consejo de marzo de 2008 están siendo objeto de amenazas y presiones. El 16 de febrero de 2008, Ali Nazari, miembro fundador de la ITTA en Mazandaran, invitó a los miembros de la ITTA a reunirse en Sari, la capital de Mazandaran, y a visitar a Hamid Rahmati, miembro de la ITTA que había sido exiliado en una aldea cercana. El mismo día, Ali Nazari fue citado a comparecer ante el Departamento de Inteligencia de Mazandaran para dar una explicación sobre la reunión y fue interrogado durante cuatro horas.
  37. 949. En una comunicación de 26 de agosto de 2008, la organización querellante señala que Farzad Kamangar, miembro de 33 años del sindicato Kurdo de Maestros corre el riesgo de ser ejecutado como consecuencia de la sentencia del 25 de febrero de 2008 de la Corte Revolucionaria de Teherán. Kamangar fue acusado de ser terrorista en virtud de su supuesta afiliación al Partido de Trabajadores de Kurdistán, PKK. Según su abogado, Khalil Bahramina, no existe evidencia que permita considerar que el Sr. Kamangar «ha puesto en peligro la seguridad nacional» o de que es «moharebeh» – «en enemistad con Dios». El juicio del Sr. Farzad Kamangar no estuvo de conformidad con el artículo 168 de la Constitución de Irán, que establece que las «infracciones políticas y de prensa serán juzgadas de manera pública y en presencia de un jurado ante los tribunales». En esta ocasión, un solo juez examinó el caso en cinco minutos, y no se permitió hablar al acusado. A pesar de ello, la sentencia fue confirmada por la Corte Suprema de Irán el 11 de julio de 2008.
  38. 950. La organización querellante indica que antes de su detención, el Sr. Farzad Kamangar trabajó durante 12 años como maestro en la ciudad de Kamyaran, en la que era miembro activo de la asociación de maestros local encargado de las relaciones públicas del sindicato. También fue un activista de los derechos humanos, un miembro del directorio de un grupo ambientalista local, y también escribió en el diario mensual Royan, publicación del Departamento de Educación de Kamyaran. Kamangar fue detenido en julio de 2006, poco después de su llegada a Teherán para acompañar a su hermano durante un tratamiento médico. En un principio, las autoridades investigaron a Farzan Kamangar en relación con dos personas con las que compartió su viaje a Teherán. Desde entonces estuvo detenido en varios centros: en Ssanandaj en Kurdistán, en Kermanshah, en la prisión de Rajaishahr en Karaj y en la prisión de Evin en Teherán. En una carta que escribió durante su estadía en la prisión de Sanandaj en noviembre de 2007, Farzad denunció malos tratos y torturas por parte de las autoridades de la prisión en diferentes oportunidades durante la detención, para forzarlo a confesar que era responsable de los delitos de los que se lo acusaba. Durante muchos meses fue confinado en soledad y no se le permitió contacto alguno con su familia y abogado; Amnistía Internacional informó que «como resultado de la tortura, los brazos y las piernas [de Kamangar] empezaron a temblar involuntariamente».
  39. 951. Se ha denunciado la intimidación y el acoso permanentes a los sindicalistas y activistas de los derechos humanos de Irán, que demuestran su solidaridad con Farzad Kamangar. El 21 de julio de 2008, se estableció un comité de apoyo, el «Comité Salven a Farzad», compuesto de miembros del sindicato de maestros, antiguos colegas de Kamangar y abogados de derechos humanos, incluyendo a Shirin Ebadi, con el fin de defender los derechos civiles de Farzad Kamangar y para iniciar acciones legales a fin de modificar su sentencia a muerte. El mismo día, tres sindicalistas que también eran miembros del comité fueron detenidos y llevados al Centro de Inteligencia de Detención en Sanandaj. Uno de los maestros, Ahmad Ghorbani, fue liberado bajo caución después de dos semanas de detención. Los otros dos, Hasan Ghorbani y Kaveh Rostmani, fueron liberados el 14 de agosto después de pagar las respectivas cauciones de 22.000 dólares de los EE.UU. Los partidarios de Farzad y sus familias son intimidados en forma regular a través de llamados telefónicos del Ministerio de Inteligencia y Seguridad Nacional. Mohammad Khaksari, quien fuera invitado al último congreso de la Internacional de la Educación en Berlín en 2007 como representante de la ITTA, es también un miembro activo del Comité Salven a Farzad y está entre los que son acosados por el Ministerio de Inteligencia.
  40. 952. Numerosos anexos son adjuntados a la comunicación de la organización querellante de 26 de agosto de 2008, incluyendo: una carta de la ITTA protestando contra la condena de Kamangar; una declaración de Farzad Kamangar en la que declara haber sido sometido en prisión a torturas regulares, confinamiento y golpizas tan graves que lo dejaron incapaz de caminar desde entonces; declaraciones de la Internacional de la Educación, de Amnistía Internacional y de Human Rights Watch solicitando la revocación de la condena a muerte de Kamangar.

B. Respuesta del Gobierno

B. Respuesta del Gobierno
  1. 953. En su comunicación de 14 de mayo de 2008, el Gobierno declara que los maestros han desempeñado un papel importante en la sociedad iraní, puesto que cientos de funcionarios que ocupan altos cargos proceden del sector de la docencia, con inclusión de presidentes y primeros ministros, desde la culminación de la revolución islámica de 1979. Después de la revolución ningún maestro iraní ha presentado una queja, ya sea ante tribunales nacionales o ante organismos internacionales. Los maestros, con excepción de una pequeña minoría, confiaban en que el Gobierno garantizaría el trabajo decente y salarios decentes para su gremio. Además, la presentación de la presente queja ha sido algo inesperado, ya que el 21 de marzo de 2007 se celebró una reunión constructiva entre un grupo gubernamental compuesto por el Viceministro de Desarrollo de los Recursos Humanos, dos consejeros del Ministro de Trabajo y un miembro del Parlamento, por un lado, y, por otro, una delegación de funcionarios de la Confederación Sindical Internacional (CSI), encabezada por Sir Leroy Trotman, que incluía a la Sra. Anna Biondi Bird, al Sr. Tom Etty y al Sr. Bob Harris de IE.
  2. 954. Con arreglo a la promesa que hizo al Sr. Harris en dicha reunión, en una carta de 27 de marzo de 2007 el Gobierno presentó sus respuestas a las preguntas formuladas por el Sr. Van Leeuwen, Secretario General de IE, así como a otras cuestiones que IE había planteado en la carta que había dirigido el 9 de marzo de 2007 a su Excelencia el Presidente Ahmadinejad. El contenido de la comunicación del Gobierno tenía que haberse presentado a la Asamblea General de la IE.
  3. 955. El Gobierno sostiene que las medidas adoptadas recientemente respecto de las organizaciones mencionadas en la queja no habían sido adoptadas con la intención de suprimir sus actividades sindicales legítimas, sino más bien para contrarrestar lo que aparentemente era una infracción organizada de leyes nacionales vigentes. De acuerdo con la información recibida del Ministerio del Interior, que es responsable de la inscripción y verificación de los sindicatos, la inscripción del CCCWA no estaba aprobada. En cuanto a la TAI, ésta había decidido inscribirse no como un sindicato, sino más bien como un partido político, y fue inscrita como tal el 30 de diciembre de 2000. El mandato de la Junta Directiva de la TAI se venció ulteriormente y, en conformidad con la decisión de la Comisión del artículo 10 sobre los partidos políticos (en adelante «la Comisión del artículo 10»), la cual supervisa la correcta aplicación de los estatutos de los partidos políticos y examina las quejas presentadas contra estos últimos por violaciones de sus estatutos, la TAI está obligada legalmente a celebrar nuevas elecciones de directores para reanudar sus actividades.
  4. 956. El Gobierno indica que hasta el momento se habían inscrito nueve asociaciones de docentes en el Ministerio del Interior, varias de las cuales habían permitido que venciera la validez de su inscripción. En la comunicación del Gobierno se incluye una lista de nombres y de fechas de expiración de las inscripciones de las nueve asociaciones de docentes antes mencionadas, que incluyen a la ITTA. El Gobierno también sostiene que sencillamente ha establecido el marco jurídico que rige las actividades libres de los sindicatos, a fin de hacer extensivo a estas asociaciones el apoyo jurídico, social y financiero que establece la Constitución de la nación y de facilitar sus actividades políticas. Por esta razón, no busca coartar las actividades de las organizaciones, sino más bien garantizar el respeto y la protección de sus derechos y liberarlas de la competencia que a menudo se establece entre ellas.
  5. 957. En relación con la ITTA, el Gobierno declara que la organización fue establecida e inscrita como un partido político en noviembre de 2000, y que su inscripción tenía una validez inicial de tres años. Posteriormente, y debido a que lo que según el artículo 10 de la comisión constituía «una infracción constante de la legislación pertinente aplicable a los partidos políticos, en particular el incumplimiento del párrafo 2 del artículo 16 de la Ley sobre Partidos Políticos (PPA)»), la ITTA perdió su reconocimiento. El artículo 16 de los estatutos de la ITTA estipula que la asamblea general de la organización ha de elegir a los miembros de la junta directiva por un período de dos años, que los miembros de la junta pueden ser reelegidos y que la junta ha de invitar a la asamblea general a que celebre elecciones y a que comunique los resultados al Ministerio del Interior. La ITTA aparentemente perdió su reconocimiento por no respetar sus propios estatutos, y la Comisión del artículo 10 — a través de la notificación núm. 43/12500, fechada el 24 de abril de 2007 — había pedido a la ITTA que suspendiera sus actividades hasta que renovara su inscripción; estaba pendiente de examen ante la Comisión del artículo 10 un caso relacionado con la condición jurídica de la ITTA.
  6. 958. El Gobierno declara que las asociaciones de docentes, al igual que las de otros trabajadores, están sujetas a las disposiciones de la legislación relacionada con los partidos políticos. En virtud de la PPA, las organizaciones no pueden: dedicarse a actos que puedan poner en peligro la soberanía nacional; dedicarse a actividades de espionaje; colaborar con agentes extranjeros, de cualquier nivel o de cualquier manera que pueda poner en peligro la libertad, la soberanía, la unidad nacional o los intereses de la República Islámica del Irán; recibir ningún tipo de apoyo externo, ni financiero ni de otro tipo; violar la libertad legítima de otras personas; cometer calumnia o difamación; poner en peligro la integridad nacional; hacer campañas contra el Estado; violar los principios básicos del Islam y de la República Islámica del Irán; difundir publicaciones subversivas; y poseer armas ilegalmente. Las violaciones de la PPA se enuncian en el artículo 16 de esa ley, y en el artículo 17 se especifican las medidas disciplinarias que pueden adoptarse contra las partes que infringen las disposiciones de la ley. Esas medidas incluyen la suspensión de la licencia de una organización, y su disolución tras la realización de un examen imparcial por parte de un tribunal competente. Además, de acuerdo con los fallos pronunciados por el órgano judicial, además, el hecho de manifestarse en frente del Parlamento y del Ministerio de Trabajo, de perturbar el tráfico en el centro de la capital durante varios días consecutivos (en un momento en que los representantes de los docentes habían estado negociando libremente con parlamentarios y funcionarios del Gobierno) constituía una clara violación de la PPA.
  7. 959. En relación con la protesta de enero de 2007 organizada por la ITTA, el Gobierno sostiene que reconoce el derecho de hacer protestas o de expresar opiniones contra políticas y leyes nacionales que pueden afectar los intereses de algunos grupos, pero dando por sentado que el ejercicio de esos derechos se realiza de manera razonable y pacífica. Varias disposiciones de la PPA, con inclusión de los párrafos 6, 16 y 28 de dicha ley, garantizan esos derechos a las asociaciones debidamente inscritas en el Ministerio del Interior. Sin embargo, para hacer demostraciones, discursos públicos y convocar asambleas se requiere una coordinación previa con ese Ministerio, y una vez que se obtiene el permiso las organizaciones deben evitar cualquier acto que vaya en detrimento de las libertades civiles, la seguridad nacional y la soberanía del Estado. El artículo 29 de la PPA también exige que las organizaciones informen a la Comisión del artículo 10 sobre cualquier convocatoria para celebrar una asamblea y para pronunciar discursos públicos. La ITTA, al hacer un llamamiento para llevar a cabo una demostración ilegal en frente del Parlamento y del Ministerio de Educación, violó los reglamentos arriba mencionados, así como sus propios estatutos. El Gobierno también declara que las protestas contra la no aprobación del proyecto de ley sobre paridad salarial, que se celebraron cuando esta cuestión era objeto de examen en el Parlamento, ejercieron presiones innecesarias sobre las autoridades y fueron consideradas como una campaña política, más que como una reivindicación sindical, entre algunos elementos del Gobierno.
  8. 960. Según el Gobierno, las protestas contra la posible no adopción del proyecto de ley sobre paridad salarial se debían, en parte, a un malentendido en cuanto al proceso utilizado para aprobar las leyes en el Parlamento. En virtud del procedimiento en vigor, los proyectos de ley se presentaban al Parlamento, y una vez aprobados por éste, se remitían al Consejo de los Guardianes de la Constitución para garantizar su conformidad con la Constitución de la nación y con la Sharia (Código Jurídico Islámico). A continuación, esas leyes eran refrendadas ya sea por el Consejo de Guardianes o remitidas nuevamente al Parlamento para su reexamen y posible modificación. En este último caso, el proyecto de ley no era revocado; cuando el Parlamento insistía en aprobar un proyecto de ley que el Consejo de Guardianes estaba renuente a aprobar, el texto se remitía al Consejo de Examen, en el cual representantes del Parlamento, de la Asamblea de las Elites y del Consejo de Guardianes examinaban el proyecto de texto para llegar a un consenso acerca de su aprobación o rechazo. En cuanto al proyecto de ley sobre paridad salarial, este texto recibió una aprobación final unánime y las organizaciones gubernamentales pertinentes estaban formulando reglas para su aplicación. El Gobierno añade que el proyecto de ley sobre paridad salarial preveía un importante aumento de los sueldos de los funcionarios públicos, razón por la cual se habían hecho estudios suficientes para examinar su viabilidad. Además, las observaciones del Consejo de Guardianes también debían incorporarse en relación con los recursos presupuestarios requeridos por el proyecto de ley. Por lo tanto, algunas asociaciones de docentes actuaron precipitadamente al pedir que el proyecto de ley fuera adoptado inmediatamente. Además, la aprobación ulterior del proyecto de ley sobre paridad salarial demuestra que habían utilizado medios de acción erróneos y que hubieran podido obtener el mismo resultado sin recurrir a fuertes protestas, campañas en todo el país y a demostraciones constantes ante el Parlamento y otros edificios gubernamentales.
  9. 961. El Gobierno refuta los alegatos según los cuales ignoró las demandas de los docentes y se negó a discutir sobre el proyecto de ley sobre paridad salarial con sus representantes. Sostiene que los representantes de la ITTA habían sido recibidos, y que se habían celebrado con ellos negociaciones del más alto nivel. Además, se había formado una «facción de docentes» que comprendía 90 parlamentarios docentes, es decir, casi una tercera parte de los parlamentarios para supervisar de cerca los intereses de los maestros en todo el país. Estos actos, en particular si se consideran a la luz de la aprobación del proyecto de ley, indicaban la buena voluntad del Gobierno y su intención de proporcionar condiciones de trabajo decentes a los maestros y de mantener al mismo tiempo un diálogo constante con representantes de los docentes. El Gobierno también sostiene que la querellante debería retirar todas las quejas derivadas del proyecto de ley sobre paridad salarial.
  10. 962. El Gobierno, al haber atribuido una gran importancia a la libre educación para todos sus ciudadanos, y al estar obligado a ello por la Constitución, afirma que cuenta quizás con el mayor número de maestros de las regiones del Oriente Medio y del Asia Occidental, la mayoría de los cuales fueron reclutados con contratos de duración determinada. 40.000 de los cerca de 80.000 maestros que conforman el servicio actualmente fueron reclutados por el Ministerio de Educación en el trascurso del último año, tras una serie de negociaciones colectivas constructivas con los sindicatos de docentes, el Parlamento y el Gobierno, el Ministerio de Educación había contrato en total a cerca de 1.000.000 de personas, lo cual representa la mayor proporción en la administración pública. El 13 de marzo de 2007, el Sr. Farshidi, Ministro de Educación saliente, anunció que la aplicación del proyecto de ley sobre paridad salarial se había inscrito en la lista de prioridades del programa del Ministerio. Se prometió cuadruplicar los salarios de los maestros, y se incrementó en un 50 por ciento el presupuesto del Ministerio. El Gobierno indica que, según las disposiciones de la Ley sobre el Pago de Salarios Uniformes, los salarios se calculan sobre la base de factores tales como los títulos académicos, la experiencia y las condiciones de trabajo, y las condiciones en materia de calificaciones. El Gobierno ha luchado siempre por garantizar mejores condiciones de vida a los maestros a través de iniciativas tales como la concesión de contratos permanentes a los maestros empleados con contratos de corta duración y la facilitación de condiciones para que puedan obtener títulos académicos avanzados.
  11. 963. De acuerdo con el Gobierno, el hecho de que en los dos últimos decenios se hayan constituido numerosas organizaciones de docentes, cuando no hay pruebas de que esas organizaciones han sido suprimidas de alguna manera, demuestra la falsedad de los alegatos del querellante. Además, en reuniones celebradas con la OIT en junio de 2007, el miembro del Parlamento, Sr. Abbaspour, el que entonces era Subdirector de Trabajo, Sr. Marvi y el miembro del Parlamento, Sr. Papi, afirmaron que el Gobierno se estaba ocupando seriamente de las cuestiones relacionadas con los salarios y la libertad sindical, no sólo en el caso de los maestros, sino también en el de todos los trabajadores del sector público.
  12. 964. El Gobierno declara que el derecho de constituir sindicatos está inscrito en el artículo 26 de la Constitución y que el principio del derecho de organización está garantizado tanto en la legislación como en la práctica. Las organizaciones tienen derecho a presentar quejas contra el Gobierno ante los tribunales, pero hasta el momento no se han presentado quejas por denegación del derecho de sindicación ante la policía, o las autoridades disciplinarias o judiciales. Además, el artículo 15 de la Ley sobre las Actividades de los Partidos, Poblaciones, Sindicatos y Agrupaciones Políticas, sociedades Islámicas o las Minorías Religiosas reconocidas exige que los sindicatos informen a la Comisión del artículo 10 acerca de cualquier cambio en sus juntas directivas o en sus estatutos. Esta misma disposición jurídica establece las condiciones en virtud de las cuales pueden retirarse los permisos de las organizaciones, garantiza sus derechos contra la interpretación arbitraria de la reglamentación existente en decisiones que afectan sus derechos, y prevé el derecho de remitir quejas ante los tribunales, los cuales las examinan en un plazo de tres meses contado a partir del momento en que son recibidas.
  13. 965. El Gobierno indica que en marzo de 2007, representantes de más de 30 asociaciones de docentes se reunieron con el Presidente del Parlamento y con cuatro miembros del Consejo Ejecutivo del Parlamento. En dicha reunión, el Presidente del Parlamento, si bien reconoció las demandas de los representantes, les pidió paciencia, ya que el Gobierno no estaba en posición de cuadruplicar inmediatamente los salarios de todos los maestros. También añadió que este aumento se alcanzaría en un breve plazo. El aumento del salario indicado se aplicó pocas semanas después. Actualmente, el 95 por ciento del presupuesto del Ministerio de Educación — y el 40 por ciento de los gastos totales en salarios de los funcionarios públicos — se asigna a los maestros. En cuanto a las manifestaciones de marzo de 2007, el Gobierno añade que la policía no recurrió a medidas represivas contra los manifestantes, ya que las acciones masivas no se consideraban como una amenaza para la seguridad nacional ni como un delito. Sin embargo, se informó de varios enfrentamientos menores entre la policía y los manifestantes cuando estos últimos fueron dispersados de manera pacífica.
  14. 966. El Gobierno sostiene que los alegatos según los cuales no dio respuesta a las demandas de los docentes son falsos. Muchas declaraciones de varios funcionarios del Gobierno fueron formuladas durante las protestas: por ejemplo, el 8 de marzo de 2007, la Agencia de Noticias de los Estudiantes del Irán (ISNA) informó que el Presidente Ahmadinejad enumeró algunas de las medidas adoptadas por su Gabinete para mejorar las condiciones de vida de los maestros, con inclusión de un aumento de las asignaciones al presupuesto de educación, un plan para incrementar gradualmente los salarios de los maestros y modificaciones al proyecto de ley relacionado con la gestión de los servicios nacionales a fin de garantizar el bienestar y la justicia social de todas las personas, en particular los maestros. El Presidente Ahmadinejad también declaró que el proyecto de ley sobre vivienda, presentado por el Gobierno al Parlamento, buscaba resolver los problemas de vivienda que enfrentaban los docentes. El 4 de marzo de 2007, 20 miembros del Parlamento se reunieron con maestros que se habían congregado en frente del Parlamento. Además, varios representantes de la Organización de Gestión y Planificación del Ministerio de Educación se reunieron con seis representantes de la TAI para examinar una solución a las demandas de los maestros; los representantes del Gobierno eran el Sr. Haji Babaei, miembro del Consejo del Parlamento y presidente de la facción de docentes; el Sr. Ali Abaspor Tehranifard, presidente de la División de Educación e Investigaciones del Parlamento y otros tres miembros del Parlamento. El Sr. Tehranifard en particular ha declarado que los parlamentarios han apoyado siempre a los maestros y han aprobado muchas leyes para garantizarles mejores condiciones de vida; también puso en duda que los manifestantes que entonaban «eslóganes virulentos y difamatorios contra el Gobierno» eran realmente maestros y no miembros de grupos subversivos.
  15. 967. Con respecto a los alegatos relativos a la acusación del dirigente de la TAI Alireza Hashemi, el Gobierno indica que una vez que la 36.ª Sala del Tribunal de Apelaciones pronunció su veredicto en el caso de Hashemi, su abogada, Sra. Farideh Gheirat, pudo discutir este caso, así como los de otros maestros arrestados con el Ministro de Educación, lo cual demuestra el compromiso del Gobierno en mantener un diálogo permanente con los maestros. En cuanto al arresto de más de 20 dirigentes sindicales el 7 de marzo de 2007, el Gobierno indica que, en vista de que los maestros proseguían sus acciones hostiles, unos pocos maestros fueron convocados ante un tribunal y fueron sancionados con penas ligeras de suspensión. Casi todos ellos fueron liberados poco después gracias a la intervención del entonces Ministro de Educación, y todos han reiniciado sus labores de enseñanza en las clases. El Gobierno sostiene que el objetivo de asas detenciones era ayudar a aquellos que trataban de hacer oír sus demandas sindicales legítimas de manera pacífica y legal. De acuerdo con pruebas irrefutables, numerosos disidentes que no eran docentes fueron responsables del desorden causado entre los docentes que manifestaban. Se advirtió a los docentes que no se dejaran influenciar por esos elementos subversivos que, como en casos anteriores, tenían la intención de transformar las reivindicaciones sindicales legítimas de los maestros en verdaderos disturbios sociales; a fin de impedir que se propagaran los disturbios y de salvaguardar la seguridad nacional, algunos manifestantes que tenían la intención de perturbar el sistema educativo fueron detenidos temporalmente con las garantías legales. Las autoridades judiciales determinaron que cinco de estos últimos no eran maestros. Como se indica en la carta que envío el Gobierno en marzo de 2007 a la IE, la máxima autoridad del Poder Judicial y el Presidente del Parlamento hicieron un llamamiento para pedir la inmediata liberación de todas las personas detenidas, y el Fiscal General de Teherán recibió una orden de liberar a los maestros por decreto del Jefe Supremo del Poder Judicial.
  16. 968. Por lo que se refiere al arresto de aproximadamente 300 maestros el 14 de marzo de 2007, el Gobierno declara que el número de personas detenidas se elevaba a 200, y que la mayoría de ellas fueron liberadas casi inmediatamente; sin embargo, algunas de ellas deben comparecer ante el tribunal acusadas de disturbios sociales. Veinte personas fueron detenidas el 8 de marzo y otras seis el 9 de marzo de 2007. Según informes de las autoridades judiciales, 40 personas fueron detenidas el 7 de marzo de 2007 acusadas de haber participado a una reunión ilegal — se les exigió comparecer ante los tribunales, y recibieron sanciones muy ligeras en los casos en que fueron sancionadas.
  17. 969. Por lo que se refiere a la detención de aproximadamente 45 personas en Hamedan el 7 de abril de 2007, el Gobierno indica que se informó a la Oficina del Fiscal General en Hamedan que la ITTA de Hamedan tenía la intención de instigar el cierre de todas las escuelas de la provincia. Habida cuenta de los intentos anteriores de la ITTA de cerrar los centros de educación pública y de agitar a los estudiantes y a sus padres, el Fiscal General dio instrucciones a la policía para que incautara las publicaciones de la ITTA. Cuando la policía se presentó con las órdenes judiciales en la oficina de la ITTA y pidió que se le entregaran los folletos provocativos, las personas que estaban allí presentes se negaron a ello porque las órdenes de la policía no llevaban el sello correspondiente; ulteriormente la policía volvió con las órdenes judiciales debidamente firmadas y selladas pero se enfrentaron con la resistencia de esas personas y se vieron en la obligación de detener a varios docentes. De las personas detenidas, 23 fueron liberadas al día siguiente, otras nueve fueron liberadas los días 9 y 10 de abril y otras cinco más el 16 de abril de 2007. Se presentaron cargos contra nueve de las personas detenidas — Yousef Zarei, Yousef Refahiat, Hadi Gholami, Nader Ghadimi, Majid Forouzanfar, Jalal Naderi, Ali Najafi, Mahmoud Jalilian y Ali Sadequi — que prestaron declaración en la 106.ª Sala del Tribunal Penal Público de Hamedan el 25 de septiembre de 2007.
  18. 970. Por lo que se refiere al registro de los domicilios de decenas de activistas de la ITTA, el interrogatorio y la detención de varios escritores de The Teachers’ Pen y la confiscación del equipo y de las computadoras de algunos escritores en abril de 2007, el Gobierno declara que el órgano judicial es un órgano independiente, y que todos los ciudadanos y entidades tienen derecho a presentar quejas contra las decisiones del Gobierno ante dicho órgano. Las decisiones de los tribunales son de obligado cumplimiento y respetadas cabalmente, incluso cuando invalidan decisiones adoptadas por funcionarios de alto rango. El Gobierno añade que los docentes interrogados sólo fueron invitados a explicar la situación; estas medidas tenían por objetivo impedir una confrontación violenta y no deberían interpretarse de manera negativa.
  19. 971. El Gobierno sostiene que el alegato según el cual las autoridades alentaron a la asociación de padres de familia y de docentes a presentar quejas formales contra los docentes no tiene fundamento. Durante el primer semestre de 2007 se cerraron más de 4.000 escuelas debido a las demostraciones de los docentes, y sin embargo ningún padre de familia presentó quejas contra ningún docente.
  20. 972. Por lo que se refiere a la suspensión del Sr. Mokhtar Asadi de su cargo de docente el 21 de mayo de 2007, el Gobierno declara que el Sr. Asadi había sido suspendido por un período de tres meses a partir del 20 de abril de 2007 por haber violado leyes relacionadas con cuestiones disciplinarias y del lugar del trabajo y que fue transferido ulteriormente a una provincia vecina en virtud de un decreto del Consejo de sanciones administrativas de la Oficina de Educación.
  21. 973. El Gobierno sostiene que todas las personas mencionadas en la queja que fueron llevadas ante los tribunales fueron procesadas por organizar reuniones secretas y constituir grupos ilegales, cooperar con grupos de la oposición y conspirar contra la seguridad nacional. Las acusaciones de que fueron objeto se procesaron ante tribunales competentes y esas personas tuvieron derecho a ser defendidas por un abogado y a presentar recursos en apelación.
  22. 974. El Gobierno reitera que el derecho de los trabajadores de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a ellas, está protegido en la legislación nacional, con inclusión de la PPA. Además, el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (MLSA) ha dado prioridad a la promoción de las organizaciones de interlocutores sociales, y las estadísticas del MLSA indican que el número de asociaciones de trabajadores aumentó de 3.037 en 2005 a 3.837 en 2007. El Gobierno añade que los representantes de los docentes pueden visitar libremente las instituciones del Gobierno y el Parlamento, que se ha ganada la reputación de ser la «casa del maestro» tras la victoria de una mayoría de miembros constituida por docentes en las últimas elecciones. Sin embargo, de las 40 asociaciones nacionales de docentes, sólo 20 enviaron representantes para acompañar al Sr. Baghani a una reunión de 26 de noviembre de 2007 con parlamentarios, lo cual indica que hay una falta de voluntad de diálogo o bien que las asociaciones no han logrado definir sus objetivos de manera unánime. Los cuatro temas tratados en el orden del día fueron: 1) el examen del presupuesto anual del Ministerio de Educación para 2008; 2) el cumplimiento del proyecto de ley relativo a los servicios nacionales de administración; 3) poner fin a los casos pendientes contra sindicalistas; y 4) las asociaciones gremiales de docentes y las próximas elecciones parlamentarias. Dado que este último tema no estaba relacionado con los estatutos de las asociaciones, no fue abordado.
  23. 975. Con respecto a la carta de IE de 19 de abril de 2007, dirigida al Presidente Ahmadinejad y en la que se condenaban las detenciones del 7 y del 15 de abril relacionadas con manifestaciones legítimas y pacíficas de docentes a favor de salarios decentes, el Gobierno declara que era objeto de acusaciones basadas en informaciones sin verificar, y sin que se hubieran considerado debidamente las razones que justificaban las medidas que adoptó. Las manifestaciones mencionadas por el querellante no eran pacíficas y podían haber causado graves disturbios sociales en todo el país. El Gobierno sostiene que, si bien reconoce los derechos de la libertad sindical de los sindicatos, éstos también deben demostrar una mayor flexibilidad ante los retos con que se enfrenta la nación durante su transición hacia una economía abierta de mercado. De no alcanzarse un compromiso entre el Gobierno y los interlocutores sociales, sería prácticamente imposible poner en práctica el principio del tripartismo.

C. Conclusiones del Comité

C. Conclusiones del Comité
  1. 976. El Comité observa que en el presente caso se alega la violación de varios derechos relacionados con la libertad sindical en el contexto de una serie de manifestaciones relativas a los sueldos de los docentes. A continuación se resumen los alegatos presentados:
    • — Las protestas de los docentes comenzaron en enero de 2007 y fueron creciendo gradualmente hasta incluir a unos 12.000 docentes de todo el país a mediados de marzo de 2007. El 23 de enero de 2007, la ITTA llevó a cabo una manifestación frente al Parlamento para protestar contra el posible rechazo por parte del Consejo de Guardianes del proyecto de ley sobre paridad salarial, considerado a nivel general como la mayor esperanza de los docentes de lograr un sueldo que les permita sobrevivir.
    • — El 5 de febrero de 2007 tuvo lugar una manifestación en la que participaron aproximadamente 1.500 docentes. El 3 de marzo de 2007 se concentraron unos 10.000 maestros frente al Parlamento para expresar su apoyo a la aprobación del proyecto de ley sobre paridad salarial. El 6 de marzo se llevó a cabo otra concentración en la que participaron varios miles de docentes, y el 7 de marzo de 2007 la ITTA anunció que se convocaría a una huelga el 8 de marzo si no se promulgaba el proyecto de ley sobre paridad salarial.
    • — Alrededor de la medianoche del 7 de marzo de 2007, agentes vestidos de civil del Ministerio de Seguridad e Inteligencia visitaron en sus domicilios a más de 20 dirigentes de sindicatos docentes, entre ellos directores de la ITTA, la TAI y miembros del CCCWA. Los sindicalistas fueron detenidos sin una orden judicial, trasladados a lugares no revelados, y finalmente puestos en libertad en las primeras horas de la mañana del 8 de marzo de 2007.
    • — Tras otra manifestación realizada el 8 de marzo de 2007, una delegación de 12 representantes de sindicatos docentes se reunieron con representantes del Parlamento el 13 de marzo de 2007. Sin embargo, el grupo que representaba al Gobierno estaba compuesto únicamente por dos miembros del Parlamento y ningún representante del Ministerio de Educación, mientras que estaban presentes en la reunión tres representantes del Ministerio de Seguridad e Inteligencia y las fuerzas armadas. Las partes no llegaron a un acuerdo con respecto al aumento de sueldo de los docentes y, además, el Presidente del Parlamento, el Sr. Koohkan, dijo a la delegación de docentes que: «No entendemos la palabra ‘debate’. Sus presiones no influyen en nuestras decisiones».
    • — Tras la interrupción de la comunicación entre el Gobierno y los grupos de docentes, se programó otra concentración para el 14 de marzo de 2007. Al amanecer, cientos de efectivos de los servicios de seguridad e inteligencia y de las fuerzas armadas salieron a las calles a imponer su presencia, deteniendo a los autobuses que trasladaban a los manifestantes y amenazando con llevarlos presos a todos. Frente al Parlamento fueron detenidos alrededor de 50 a 60 manifestantes, y los guardias antimotines atacaban inmediatamente a golpes de puño y cachiporra a los docentes. Los docentes detenidos fueron llevados en primer término al patio baldío de una escuela cercana y posteriormente trasladados al sótano de un edificio del Gobierno. En vista de que las detenciones y golpizas continuaban, el miedo empujó a la multitud de manifestantes a trasladarse del Parlamento al Ministerio de Educación. Allí, las fuerzas armadas aprehendieron a más docentes, los golpearon y los retuvieron en el Hotel Mannar, ubicado en la acera de enfrente, hasta que los trasladaron en autobuses a establecimientos carcelarios. Fueron detenidos alrededor de 300 docentes y académicos, entre ellos los directivos de varias asociaciones sindicales de docentes y del CCCWA. Además, 14 dirigentes de sindicatos docentes permanecieron 16 días en la cárcel.
    • — El 30 de marzo de 2007, el CCCWA emitió una declaración en la que indicaba que los docentes mantenían abierto el diálogo con el Gobierno, pero señalaban a éste como responsable de la detención de docentes que estaban simplemente ejerciendo sus derechos fundamentales. Reiteraron su exigencia de que se aprobara el proyecto de ley sobre paridad salarial y se les permitiera ejercer libremente sus derechos sindicales. Ante la falta de respuestas justas a sus demandas de que se aprobara el texto completo del proyecto de ley sobre paridad salarial, anunciaron que los días 15, 16 y 29 de abril de 2007 estarían presentes en sus escuelas pero no dictarían clase. También anunciaron que el 2 de mayo de 2007 se reunirían en señal de protesta frente a todos los departamentos de educación de los municipios así como en los centros de las provincias. El 7 de abril de 2007, las fuerzas policiales y de seguridad de la ciudad de Hamedan rodearon la oficina de la ITTA en Hamedan mientras sus miembros celebraban una reunión. Detuvieron como mínimo a 30 personas y las llevaron en un autobús a lugares no revelados. Las fuerzas de seguridad también detuvieron como mínimo a otras 15 personas en sus hogares, incluidos todos los miembros de la junta directiva del Sindicato de Docentes de Hamedan.
    • — Los días 9 y 10 de abril de 2007, académicos de Hamedan manifestaron frente al Ministerio de Educación para expresar apoyo a sus compañeros detenidos y exigir su liberación. En ese momento, algunos docentes habían sido puestos en libertad, pero otros continuaban detenidos en lugares separados y no revelados; debido al silencio de las autoridades y al arresto de personas ya detenidas anteriormente, era difícil determinar la cantidad de sindicalistas que continuaban detenidos. Poco después de las protestas de Hamedan, el Vicegobernador de Seguridad e Inteligencia de la Provincia de Hamedan declaró que el Sindicato de Docentes de Hamedan era ilegal porque estaba en posesión de 5.000 panfletos en los que se indicaban los horarios y lugares en que se llevarían a cabo determinadas huelgas.
    • — El 15 de abril de 2007, de los nueve docentes que continuaban presos, cinco fueron puestos en libertad. Uno de ellos dijo que, durante su detención, los docentes de Hamedan fueron interrogados mientras estaban esposados y con los ojos vendados, y luego los pusieron con drogadictos en una celda oscura en condiciones tan antihigiénicas que no pudieron usar las instalaciones.
    • — El 8 de abril de 2007, fuerzas del Ministerio de Seguridad e Inteligencia registraron los domicilios particulares de docenas de activistas de la ITTA con órdenes de allanamiento. Entregaron a los docentes citaciones a comparecer ante el tribunal y les advirtieron que si no se presentaban se librarían órdenes de detención en su contra. La noche del 11 de abril de 2007, la abogada defensora de los tres escritores de The Teacher’s Pen dijo que, en respuesta a una de esas citaciones, ella y sus clientes se habían presentado ante el Tribunal Revolucionario para un interrogatorio. Las autoridades no le permitieron estar presente durante el interrogatorio, y al caer la noche le dijeron a los escritores que tendrían que pasar la noche en la sede del tribunal porque el interrogatorio no había terminado aún. Una hora más tarde, los hombres llamaron por teléfono a sus familias para decirles que habían sido trasladados a la cárcel de Evin. Esa misma noche, unos agentes fueron a los domicilios de los docentes que escriben para The Teacher’s Pen y les confiscaron todos sus equipos y computadoras. El 14 de abril de 2007, otros tres docentes de la Asociación Sindical de Docentes también recibieron citaciones para ser interrogados por los órganos judiciales y fueron detenidos y trasladados a la cárcel de Evin. Otro docente de Karaj también había sido citado la semana anterior, y en Ghoochan, en la noche del 11 de abril de 2007, fuerzas de seguridad advirtieron a varios docentes que no participaran en las huelgas anunciadas para el 15 y el 16 de abril de 2007. La querellante alega que estos hechos coordinados marcaron el comienzo de una nueva ola de represión de las protestas de los docentes.
    • — El 15 de abril de 2007, las autoridades pidieron a los docentes de Eslamshahr que estaban llevando a cabo una huelga con ocupación de los locales escolares, que se retiraran de las escuelas. Además, se les informó de que a partir del 17 de abril de 2007, todos los docentes que participaran en una huelga serían privados totalmente de su condición de docentes y separados del cargo. Las autoridades alentaron a la asociación de padres y docentes a que presentara demandas oficiales contra los docentes ante el Poder Judicial, y agentes secretos de las fuerzas de seguridad recorrieron todo el municipio para poder interrogar a los docentes directamente y comunicar al Ministerio de Seguridad e Inteligencia los nombres de aquellos que estuvieran participando en la huelga. Las autoridades dijeron que los docentes cuyos nombres salieran a la luz en relación con la ocupación de las escuelas perderían todas las horas extraordinarias que hubiesen trabajado; que el Departamento de Seguridad se encargaría de que esas personas nunca volvieran a dar clase y que, de acuerdo con una declaración del Ministerio de Educación, dichos docentes no podrían continuar sus propios estudios en las universidades ni recibir servicios de especie alguna. Dijeron también que los directores de las escuelas que no comunicaran los nombres de los docentes en huelga serían reemplazados al día siguiente. El lunes 16 de abril de 2007, el dirigente de la ITTA Ali Akbar Baghani volvió a ser detenido en su escuela.
    • — El mismo día, el Sr. Mokhtar Asadi, miembro de la Asociación de Docentes, también fue detenido y citado a comparecer ante el consejo de enseñanza primaria del Departamento de Educación de los condados de Teherán. El Sr. Asadi fue interrogado con respecto a su afiliación al sindicato y su participación en las manifestaciones de protesta de los docentes. Seguidamente fue suspendido de su cargo docente a partir del 21 de mayo de 2007. Por lo menos 12 docentes que habían participado en las protestas fueron suspendidos de sus cargos temporalmente (aproximadamente tres meses) debido a sus actividades sindicales.
    • — Los sindicatos docentes programaron más medidas de protesta para el 29 de abril de 2007 y el 2 de mayo (Día del Maestro). Por orden del Ministerio del Interior de Irán se prohibió la realización de cualquier actividad sindical el Día del Maestro; las autoridades también prohibieron The Teacher’s Pen y ordenaron a los periódicos que no publicaran ninguna noticia de las protestas. Para intimidar a los huelguistas, el Ministerio de Educación pidió a los directores de las escuelas que le proporcionaran los nombres de los docentes que no se habían presentado a trabajar durante las huelgas. A pesar de ello, miles de docentes de todo el país manifestaron frente a los distintos departamentos de educación y frente al Ministerio de Educación en Teherán, exigiendo que se revocaran las decisiones de suspensión temporaria de los sindicalistas.
    • — El 28 de mayo de 2007, el último docente que permanecía en prisión, el Sr. Mojtaba Abtahi, salió en libertad de la cárcel de Evin mediante el pago de una fianza de 40.000 dólares de los Estados Unidos. Sin embargo, todos los docentes que estuvieron detenidos siguen sometidos a juicio penal. El 29 de mayo, Rooz Online, un periódico iraní que se publica en Internet, informó de que el Ministro de Educación había abierto expedientes por causas de seguridad contra por lo menos 226 docentes y había ordenado que se les sancionara con penas que oscilaban entre tres meses de suspensión temporal y la prohibición permanente de enseñar; además, se ha prohibido a 39 docentes que continúen enseñando. El 31 de julio de 2007, la ITTA publicó en su sitio web una lista de 86 docentes que recibieron notificaciones de despido o suspensión u órdenes de detención después de la manifestación de docentes realizada frente al Parlamento, en Teherán, el 2 de mayo de 2007.
    • — Mohammad Khaksari Hashem, Jefe de Redacción de The Teacher’s Pen, fue invitado a participar en el 5.º Congreso Mundial de la Internacional de la Educación, celebrado en Berlín del 22 al 26 de julio de 2007. El Sr. Khaksari, en representación de la ITTA, describió a los participantes en el Congreso de la IE las condiciones de trabajo y los derechos de los docentes en la República Islámica del Irán. A su regreso a Teherán, el 27 de julio de 2007, el Sr. Khaksari fue detenido y retirado por la guardia presidencial. El Sr. Khaksari fue interrogado sobre asuntos como «la gente que lo ayudaba», la agencia de radiodifusión con la que se había reunido o por la que había sido entrevistado, y la índole del Congreso de la IE. El Sr. Khaksari fue puesto en libertad, pero los agentes de seguridad le confiscaron el pasaporte y los documentos del Congreso de la IE.
    • — El 7 de septiembre de 2007 se denunció la desaparición del Sr. Khaksari en Shahrreza, en la provincia de Ispahan, al sur de Teherán; según declaraciones de testigos, policías vestidos de civil lo obligaron a subir a un coche. En otro incidente ocurrido en Shahrreza, el presidente del sindicato local de docentes, Hamid Ramati, fue esposado y retirado de su casa por una docena de hombres armados que dijeron ser agentes del Ministerio de Inteligencia de la República Islámica del Irán.
    • — El 5 de octubre de 2007, para celebrar el Día Mundial del Maestro, la ITTA solicitó oficialmente su admisión como miembro de la IE. Posteriormente, los apartamentos del Sr. Baghani, superintendente de la ITTA, y del Sr. Khaksari, fueron allanados, y sus computadoras y documentos de solicitud de ingreso a la IE fueron hurtados. El 30 de noviembre de 2007, un representante de la ITTA señaló que, como resultado de la intimidación del Gobierno, muchos docentes parecían ahora tener miedo de afiliarse a la IE.
    • — El 26 de septiembre de 2007 se entabló juicio contra nueve miembros de la ITTA de Hamedan ante la 106.ª sala del Tribunal Revolucionario de la Provincia de Hamedan. Este fue el segundo juicio iniciado contra estas personas por «alterar el orden público», «emitir anuncios» y «celebrar reuniones ilegales». Los docentes se defendieron amparándose en el artículo 27 de la Constitución, y recordaron a las autoridades que la ITTA de Hamedan era una entidad registrada que podía realizar legalmente actividades de defensa laboral. Algunas de esas nueve personas también habían recibido sanciones disciplinarias por decisión de la Junta Disciplinaria Administrativa: al día de hoy, Yousef Zareie está exiliado por un período de 36 meses en Ham; Nader Ghadimi está exiliado por 60 meses en el norte de Khorasan; Hadi Gholami está suspendido por 12 meses y a Yousef Refahiyat le han bajado el sueldo en dos grados de la escala salarial. El Tribunal Revolucionario también ordenó descuentos de entre 10.000 y 200.000 tumanes en la remuneración de más de 700 docentes permanentes que fueron identificados entre los que participaron en las protestas laborales.
    • — El 6 de octubre de 2007, la 15.ª Sala del Tribunal Revolucionario dictó contra Ali Asghar Montajabi, miembro del Consejo Central de la ITTA, una sentencia de condena condicional a cuatro años de prisión por «reunirse y conspirar para atentar contra la seguridad nacional» (de conformidad con el artículo 610 del Código Penal). Un miembro de la ITTA, Mohammad Tachi Falahi, fue acusado del mismo delito y se dictó en su contra una condena condicional de tres años de prisión.
    • — El 17 de octubre de 2007, Mohammad Khaksari Hashem, Jefe de Redacción de The Teacher’s Pen, fue intimado judicialmente a pagar la fianza más alta fijada a un docente hasta ese momento: 100.000 dólares de los Estados Unidos. El 23 de octubre de 2007, 12 docentes de Teherán, todos ellos miembros o dirigentes de la ITTA, fueron condenados a penas de dos a cinco años de prisión por el Tribunal Revolucionario de la República Islámica del Irán. Todas las condenas fueron condicionales, salvo la de Alireza Hashemi, cuya pena de tres años de prisión debía ser cumplida de forma inmediata, y la de Mohammad Davari, condenado a una pena de cinco años de prisión de cumplimiento inmediato, sustituible únicamente por una multa en efectivo.
    • — En noviembre de 2007 aproximadamente, el Tribunal Revolucionario de Mashad dictó las siguientes sentencias de condena contra docentes de Khorasan: Hadi Lotfi — condena a tres años de prisión, suspendida por cuatro meses, sustituible por una multa de 1.000 dólares de los Estados Unidos; Hassan Rajabi — condena a tres años de prisión, suspendida por cuatro meses, sustituible por una multa de 1.000 dólares de los Estados Unidos (también fue inhabilitado para ocupar cualquier cargo público durante cuatro años); Iraj Towbihai Najafabadi — reducción del sueldo en un grado de la escala salarial por dos años (susceptible de revisión); Profesor Khastar — jubilación anticipada con reducción del sueldo en un grado de la escala salarial por decisión de la junta de infracciones administrativas del Departamento de Educación.
    • — El 14 de diciembre de 2007, el 106.º Juzgado Penal de Hamedan juzgó a nueve docentes y los sentenció a 91 días de cárcel.
    • — Al 28 de febrero de 2008, 165 docentes que habían participado en una marcha pacífica en febrero, marzo y mayo de 2007 en apoyo de mejores condiciones de trabajo y el diálogo con el Gobierno, fueron condenados judicialmente. A la mayoría los acusaron de «reunirse y conspirar y atentar contra la seguridad nacional, participando en reuniones ilegales y hablando en contra de las autoridades al proporcionar información a los enemigos y los grupos de oposición y hacer propaganda contra la República Islámica del Irán». Los docentes en cuestión han sido destituidos, obligados a jubilarse o a exiliarse, o han sufrido descuentos en su remuneración, por decisión de la Junta Disciplinaria del Ministerio de Educación. El Tribunal Revolucionario ha llegado incluso a dictar condenas condicionales de uno a cinco años de prisión contra algunos docentes, y la mayoría de ellos han estado detenidos durante algún tiempo en régimen de aislamiento (la lista de docentes figura adjunta en el anexo I).
    • — Como se indica en el anexo I, el superintendente de la ITTA, Ali Akbar Baghani, estuvo detenido durante 30 días, se le suspendió del cargo por tres meses, fue condenado a dos años de exilio y condenado en forma condicional a cinco años de prisión. El vocero de la ITTA, Beheshti Langroodi, estuvo detenido dos veces (durante 31 y 17 días en régimen de aislamiento, respectivamente) y condenado en forma condicional a cuatro años de prisión. Los miembros del CCCWA Mohammad Davari y Ali Poursoleiman fueron condenados a tres meses de suspensión del cargo y dos años de exilio tras 19 días de detención en régimen de aislamiento; Mohammad Davari fue además condenado a tres años de prisión. El dirigente de la TAI Alireza Hashemi estuvo detenido durante 16 días en régimen de aislamiento, fue suspendido del cargo por tres meses, exiliado durante dos años y condenado a tres años de prisión. Mohammad Khaksari, Jefe de Redacción de The Teacher’s Pen, estuvo detenido solamente un día pero tuvo que pagar una fianza de 100.000 dólares de los Estados Unidos.
    • — En febrero de 2008, el Ministerio del Interior emitió una declaración en la que prohibía a las asociaciones de docentes realizar actividades sindicales legítimas, y las fuerzas de seguridad han impedido al CCCWA de la ITTA celebrar reuniones.
  2. 977. El Comité toma nota de las indicaciones del Gobierno con respecto a la inscripción de varias de las organizaciones mencionadas en la queja. Según el Gobierno, la inscripción del CCCWA no fue aprobada por el Ministerio del Interior. Además, desde el punto de vista técnico, la TAI y la ITTA no fueron inscritas como sindicatos, sino como partidos políticos en diciembre y en noviembre de 2000, respectivamente. La Comisión del artículo 10, que supervisa la aplicación adecuada de los estatutos de los partidos políticos, dictaminó que la TAI estaba legalmente obligada a celebrar nuevas elecciones para los cargos de directores a fin de poder reanudar sus actividades, ya que el mandato de los miembros de la junta de directores había expirado. En cuando a la ITTA, perdió validez por el hecho de no cumplir sus propios estatutos. El 24 de abril de 2007, la Comisión del artículo 10 pidió a la ITTA que suspendiera sus actividades mientras no renovara su inscripción; dicha Comisión tenía ante sí un caso relacionado con la situación de la ITTA.
  3. 978. El Comité observa, en primer lugar, que parece haber una discrepancia entre los alegatos de la querellante — la cual sostiene que muchas agrupaciones de docentes estaban inscritas en el Ministerio del Interior como asociaciones autorizadas de docentes, sin que se mencionara de manera específica al CCCWA, a la TAI o a la ITTA — y las indicaciones del Gobierno arriba mencionadas. El Comité también observa que la información del Gobierno parece ser contradictoria, en la medida en que la ITTA está incluida en la lista de asociaciones de docentes inscrita en el Ministerio del Interior, y no ofrece explicaciones de por qué el Ministerio del Interior denegó la inscripción al CCCWA.
  4. 979. En cuanto a la inscripción de organizaciones, el Comité recuerda que en otro caso que tuvo ante sí relacionado con la República Islámica del Irán había mencionado varias disposiciones legislativas que consideraba contrarias a los principios de la libertad sindical, y había pedido al Gobierno que enmendara el marco legislativo vigente para garantizar que las organizaciones de empleadores y de trabajadores puedan ejercer libremente sus derechos sindicales sin interferencia de las autoridades públicas [véase el caso núm. 2567, 350.º informe, párrafos 1108-1166]. El Comité observa también que tradicionalmente, las organizaciones de trabajadores de la República Islámica del Irán han optado por inscribirse ya sea en el Ministerio del Interior o en el Ministerio de Trabajo, sin que ello tuviera ninguna consecuencia sobre la función que desempeñan como organizaciones de trabajadores que defienden los intereses laborales de sus miembros. También recuerda que la ausencia de reconocimiento oficial de una organización no puede justificar el rechazo de los alegatos cuando se desprende de la queja que dicha organización tiene por lo menos una existencia de hecho [véase Recopilación de decisiones y principios del Comité de Libertad Sindical, quinta edición, 2006, párrafo 35 del anexo 1]. En cuanto al principio arriba mencionado, el Comité considera que el CCCWA, la TAI y la ITTA, en razón de las actividades que han desempeñado en nombre de sus miembros, han demostrado que existen de hecho como organizaciones de trabajadores.
  5. 980. El Comité observa que las violaciones de los derechos sindicales alegadas por la querellante están relacionadas en su mayoría con las manifestaciones y huelgas organizadas por los sindicatos de docentes para respaldar la adopción del proyecto de ley sobre paridad salarial, así como la distribución de una publicación sindical (The Teachers’ Pen) y la realización de actividades sindicales internacionales. En cuanto a las manifestaciones y huelgas organizadas por los sindicatos de docentes, el Comité recuerda en primer lugar que la libertad sindical no implica solamente el derecho de los trabajadores y empleadores a constituir libremente las asociaciones de su elección, sino también el de las asociaciones profesionales mismas a entregarse a actividades lícitas en defensa de sus intereses profesionales. Además, el Comité ha estimado siempre que el derecho de huelga es uno de los derechos fundamentales de los trabajadores y de sus organizaciones únicamente en la medida en que constituya un medio de defensa de sus intereses económicos [véase Recopilación, op. cit., párrafos 495 y 521].
  6. 981. Por lo que se refiere a los graves alegatos sobre el arresto y la detención de sindicalistas en varias ocasiones entre marzo y mayo de 2007, que a menudo se llevaron a cabo sin un mandato judicial y con actos de violencia por parte de las fuerzas de seguridad, el Comité toma nota de las indicaciones del Gobierno, en particular de lo siguiente:
    • — El 7 de marzo de 2007, varios maestros fueron convocados a un tribunal y recibieron sanciones ligeras debido a que proseguían sus acciones hostiles. La mayoría de ellos fueron liberados al poco tiempo gracias a la intervención del entonces Ministro de Educación. Fueron objeto de estos arrestos elementos subversivos del movimiento de docentes que intentaban utilizar las reivindicaciones legítimas de los docentes para generalizar la agitación social. También fueron arrestados otros 40 por haber asistido a una reunión ilegal; se les exigió comparecer ante los tribunales y fueron objeto de sanciones ligeras, en los casos en que fueron sancionados.
    • — Veinte personas fueron arrestadas el 8 de marzo y otras seis el 9 de marzo de 2007. El 14 de marzo de 2007 fueron arrestadas aproximadamente 200 personas. La mayoría de ellas fueron liberadas casi inmediatamente; sin embargo, algunas de ellas deben comparecer ante el tribunal acusadas de disturbios sociales.
    • — El 7 de abril de 2007 aproximadamente 45 personas fueron arrestadas con órdenes judiciales en Hamedan por tratar de cerrar todas las escuelas de la provincia. Todas ellas fueron liberadas en un período de aproximadamente una semana después de los arrestos, y se presentaron cargos contra nueve de ellas, que se examinaron en la 106.ª Sala del Tribunal Penal Público de Hamedan el 25 de septiembre de 2007.
  7. 982. El Comité deplora el hecho de que el Gobierno, al igual que en otros casos presentados al Comité en relación con el arresto y detención de sindicalistas por haber participado en manifestaciones [véase, por ejemplo, el caso núm. 2508, 350.º informe, párrafo 1104], proporcione pocas informaciones específicas sobre estos alegatos: de hecho, como en ese caso, la respuesta del Gobierno se resume a poco más que declaraciones de orden general según las cuales las medidas de arresto estuvieron dirigidas contra «elementos subversivos», o en situaciones de «disturbios sociales», y de que las personas arrestadas serían tratadas con indulgencia. A partir de la respuesta del Gobierno, el Comité también observa que los mandatos aparentemente fueron expedidos únicamente en relación con los arrestos del 7 de abril de 2007 y que los actos de violencia, que en términos generales fueron negados por el Gobierno, sí se produjeron en el contexto de pequeños enfrentamientos de la policía y los manifestantes en marzo de 2007. En estas circunstancias, el Comité se ve en la obligación de recordar que el arresto y la detención de sindicalista, sin que se les impute delito alguno, y sin orden judicial, constituyen una grave violación de los derechos sindicales [véase Recopilación, op. cit., párrafo 69]. Además, las autoridades sólo deberían recurrir a la fuerza pública cuando se halla realmente amenazado el orden público. La intervención de la fuerza pública debe guardar debida proporción con la amenaza del orden público que se trata de controlar y los gobiernos deberían tomar disposiciones para que las autoridades competentes reciban instrucciones adecuadas con el objeto de eliminar el peligro que implica los excesos de violencia cuando se trata de controlar manifestaciones que pudieran entrañar alteración al orden público [véase Recopilación, op. cit., párrafo 140]. Por Consiguiente, el Comité pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias para garantizar que los sindicalistas puedan ejercer sus derechos en materia de libertad sindical, con inclusión del derecho de reunirse en forma pacífica, sin temer la intervención de las autoridades. También pide al Gobierno que se asegure de que las autoridades competentes reciban instrucciones adecuadas a fin de eliminar el peligro que entraña la utilización de violencia excesiva al controlar las manifestaciones.
  8. 983. El Comité expresa su profunda preocupación por el hecho de que el Gobierno no haya respondido al alegato de que, durante su detención, a varios sindicalistas se les vendaron los ojos y también fueron esposados en condiciones antihigiénicas. El Comité considera que durante el período de detención, los sindicalistas, al igual que cualquier persona, deben gozar de las garantías previstas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, según el cual todas las personas privadas de su libertad han de ser tratadas con humanidad y respeto de la dignidad inherente del ser humano [véase Recopilación, op.cit., párrafo 54]. Por esta razón, pide al Gobierno que inicie una investigación independiente sobre estos alegatos de malos tratos y, si se demuestra que son ciertos, indemnice a las partes interesadas por cualquier perjuicio que hayan sufrido como resultado de dicho trato.
  9. 984. El Comité toma nota con gran preocupación de los alegatos relativos a la acusación de 165 docentes que participaron en las protestas de marzo-mayo de 2007, principalmente por el motivo de «reunirse y conspirar y actuar contra la seguridad nacional al participar en reuniones ilegales y hacer declaraciones contra las autoridades proporcionando información a los enemigos y a los grupos de la oposición y haciendo propaganda contra la República Islámica del Irán». El Comité toma nota con preocupación de que, varios de los condenados recibieron sentencias particularmente severas: doce maestros de Teherán recibieron sentencias de prisión en suspenso por períodos de dos a cinco años en octubre de 2007, y en noviembre de 2007, cuatro maestros de Khorasan recibieron sanciones que oscilaron entre sentencias de prisión en suspenso y retiro obligatorio con reducción de un grado en el pago del salario. El Comité observa a este respecto que, según el Gobierno, varias personas fueron acusadas en relación con los arrestos del 14 de marzo y del 7 de abril de 2007. El Gobierno también sostiene que todas las personas acusadas mencionadas en la queja lo fueron por el motivo de organizar reuniones secretas, formar grupos ilegales, cooperar con grupos de la oposición, o conspirar contra la seguridad nacional, y que todos ellos tuvieron derecho a consultar a un abogado y a apelar contra sus acusaciones. Habida cuenta de la falta de informaciones más detalladas y específicas respecto de estos serios alegatos, sin embargo, el Comité se ve en la obligación de recordar que en numerosas ocasiones en que los querellantes alegaban que dirigentes sindicales o trabajadores habían sido detenidos a causa de sus actividades sindicales y en que los gobiernos en sus respuestas se limitaban a refutar dichos alegatos o a declarar que en realidad esas personas habían sido detenidas por actividades subversivas, por razones de seguridad interna o por delitos de derecho común, el Comité ha seguido siempre la regla de pedir a los gobiernos interesados que faciliten informaciones complementarias lo más precisas posible sobre las detenciones alegadas y, en particular, sobre los procedimientos judiciales incoados y el resultado de los mismos, a fin de poder examinar los alegatos con conocimiento de causa [véase Recopilación, op. cit., párrafo 111]. Además, habida cuenta de la acusación de muchos otros sindicalistas por cargos similares de «propaganda contra el Estado» y de «actuar contra la seguridad nacional» en otros casos relacionados con la República Islámica del Irán examinados actualmente en el Comité [véase, por ejemplo, el caso núm. 2508, 346.º informe, párrafos 1130-1191], el Comité considera que la situación que se está dando en el país puede caracterizarse por violaciones periódicas de las libertades civiles y una utilización sistemática del derecho penal para castigar sindicalistas por el hecho de ejercer actividades sindicales legítimas. En estas circunstancias, el Comité urge al Gobierno a que se asegure de que los cargos presentados contra todos los sindicalistas relacionados con su participación en las protestas de marzo-mayo de 2007 se retiren inmediatamente, que se anulen sus sentencias y que reciban una plena indemnización por cualquier perjuicio que hayan sufrido como resultado de las acusaciones presentadas.
  10. 985. El Comité toma nota con gran preocupación de los graves alegatos relativos al sindicalista Farzad Kamangar. Según los alegatos, Kamangar fue detenido en varias prisiones desde julio de 2006 y el 25 de febrero de 2008 fue condenado por la Corte Revolucionaria de Teherán por poner en peligro la seguridad nacional y ser «moharebeh» – «en enemistad con Dios», por su alegada afiliación al Partido de los Trabajadores del Kurdistán, o PKK. El juicio estuvo marcado por irregularidades procedimentales: nos se permitió a Kamangar declarar en su defensa y el único juez de la causa pasó sólo cinco minutos revisando el caso; a pesar de ello, la Corte Suprema confirmó su sentencia el 11 de julio de 2008; Kamangar ha sido además, sometido a torturas regulares y graves golpizas durante su detención. El Comité observa con grave preocupación que los alegatos relativos a Kamangar tienen muchas similitudes con los procesos penales de los sindicalistas a los que se hizo referencia con anterioridad — en particular en cuanto a que fue condenado por haber puesto en peligro la seguridad nacional, en un juicio que se caracterizó por la ausencia de las plenas garantías del debido proceso. Teniendo en cuenta la extrema gravedad de estos alegatos, el Comité urge al Gobierno a suspender la sentencia de muerte, anular la condena de Kamangar y garantizar su liberación. También pide al Gobierno que realice una investigación independiente sobre los alegatos según los cuales Kamangar fue sometido a torturas durante su detención y, si se demuestra su veracidad, se lo indemnice por todos los daños sufridos como resultado de dichos malos tratos. Además, tomando nota de los alegatos según los cuales numerosos miembros del «Comité Salven a Farzad» establecido para demostrar solidaridad con Kamangar fueron arrestados, detenidos y objeto de amenazas e intimidación, el Comité pide al Gobierno que tome las medidas necesarias para garantizar que los sindicalistas puedan ejercer sus derechos sindicales, incluyendo el derecho de manifestar pacíficamente su solidaridad, sin temor de una intervención de las autoridades.
  11. 986. Por lo que se refiere a las sanciones de suspensión, por períodos que van de dos meses a la suspensión de por vida del ejercicio de la docencia de los participantes en la huelga con ocupación de los locales y otras acciones de protesta de abril de 2007, el Comité lamenta profundamente que el Gobierno no responda a este alegato, aparte de declarar que una persona — Mokhtar Asadi — fue suspendida por violación de las leyes relativas a las cuestiones de disciplina y del lugar de trabajo. El Comité recuerda a este respecto que ninguna persona debe ser objeto de discriminación en el empleo a causa de su actividad o de su afiliación sindical legítimas, ya sean presentes o pasadas. Además, la protección contra los actos de discriminación antisindical debe abarcar no sólo la contratación y el despido, sino también cualquier medida discriminatoria que se adopte durante el empleo y, en particular, las medidas que comporten traslados, postergación u otros actos perjudiciales [véase Recopilación, op. cit., párrafos 770 y 781]. El Comité pide al Gobierno que inicie una investigación independiente sobre los alegatos de suspensión discriminatoria y, si se demuestra que es cierta, que levante las medidas de suspensión y cualquier otra medida perjudicial e indemnice a las partes interesadas por cualquier perjuicio, incluso el pago de salarios atrasados, en que se haya incurrido como resultado de la imposición de esas medidas.
  12. 987. El Comité lamenta profundamente que el Gobierno no haya respondido a los alegatos sobre el allanamiento de residencias de sindicalistas el 11 de abril y el 5 de octubre de 2007. En los primeros allanamientos se confiscaron computadoras y material pertenecientes a escritores de la publicación de la ITTA The Teachers’ Pen, mientras que en los efectuados en la segunda fecha se confiscaron material y solicitudes de inscripción de IE. Observando también que las autoridades habían prohibido The Teachers’ Pen y habían prohibido que los periódicos publicaran noticias sobre las protestas, el Comité recuerda que la publicación y distribución de noticias e informaciones de interés general o especial a los sindicatos y a sus miembros constituye una actividad sindical legítima, y que la aplicación de medidas diseñadas para controlar la publicación y los medios de información pueden constituir una seria injerencia por parte de las autoridades administrativas respecto de esta actividad. Pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias, incluido el levantamiento de la prohibición de publicación de The Teachers’ Pen y de la publicación de noticias relacionadas con las protestas o con otras actividades relacionadas con los trabajadores, para garantizar el derecho de los sindicatos de hacer publicaciones y expresar sus opiniones en la prensa. En relación con el allanamiento en octubre de 2007 de las residencias de sindicalistas, el Comité recuerda que la adquisición de la personalidad jurídica por las organizaciones de trabajadores, sus federaciones y confederaciones no puede estar sujeta a condiciones cuya naturaleza limite ese derecho [véase Recopilación, op. cit., párrafo 722]. Tomando nota también del alegato según el cual el Sr. Khajsari había sido detenido e interrogado en relación con su participación en el Congreso Mundial de IE de julio de 2007, y que se le había confiscado su pasaporte, el Comité pide al Gobierno que garantice que se le devuelva el pasaporte al Sr. Khajsari, así como que se respete el derecho de las organizaciones de trabajadores de afiliarse a federaciones y confederaciones que estimen convenientes — con inclusión del derecho de participar en reuniones sindicales internacionales — sin ninguna injerencia de las autoridades. Además, el Comité pide al Gobierno que inicie una investigación independiente sobre la confiscación de la propiedad de los sindicalistas durante los allanamientos y, si se determina que las confiscaciones constituyen una violación de los principios de la libertad sindical, que pague una indemnización completa a las partes interesadas por las pérdidas incurridas.
  13. 988. El Comité se ve en la obligación de expresar su profunda preocupación por la gravedad del clima sindical en la República Islámica del Irán y pide al Consejo de Administración que preste especial atención a la situación. Una vez más pide al Gobierno que acepte el envío de una misión de contactos directos en relación con las cuestiones que se examinan actualmente en el Comité.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 989. En vista de las conclusiones que preceden, el Comité invita al Consejo de Administración a que apruebe las recomendaciones siguientes:
    • a) el Comité pide al Gobierno que modifique el marco legislativo existente a fin de garantizar que las organizaciones de empleadores y trabajadores puedan ejercer sus derechos sindicales sin injerencia de las autoridades públicas;
    • b) el Comité pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias para que los sindicalistas puedan ejercer sus derechos sindicales, incluido el derecho de reunión pacífica, sin temor a la intervención de las autoridades. Pide asimismo al Gobierno que tome disposiciones para que las autoridades competentes reciban instrucciones adecuadas con el objeto de eliminar el peligro que implica el recurso excesivo a la violencia cuando se trata de controlar manifestaciones;
    • c) el Comité pide al Gobierno que ordene una investigación independiente de los alegatos de malos tratos recibidos por sindicalistas mientras estaban detenidos y, si se demuestra su veracidad, que indemnice a las partes interesadas por los perjuicios sufridos;
    • d) el Comité urge al Gobierno a que se asegure de que las acusaciones presentadas contra todos los sindicalistas relacionadas con su participación en las protestas de marzo-mayo de 2007 se retiren inmediatamente, que se anulen las sentencias pronunciadas en su contra, y que sean indemnizados plenamente por los perjuicios sufridos como resultado de las acusaciones;
    • e) el Comité urge al Gobierno a suspender la sentencia de muerte, anular la condena de Kamangar y garantizar su liberación. También pide al Gobierno que realice una investigación independiente sobre los alegatos según los cuales Kamangar fue sometido a torturas durante su detención y, si se demuestra su veracidad, se lo indemnice por todos los daños sufridos como resultado de dichos malos tratos. Además, tomando nota de los alegatos según los cuales numerosos miembros del «Comité Salven a Farzad» establecido para demostrar solidaridad con Kamangar fueron arrestados, detenidos y objeto de amenazas e intimidación, el Comité pide al Gobierno que tome las medidas necesarias para garantizar que los sindicalistas puedan ejercer sus derechos sindicales, incluyendo el derecho de manifestar pacíficamente su solidaridad, sin temor de una intervención de las autoridades;
    • f) el Comité pide al Gobierno que inicie una investigación independiente de los alegatos de suspensión discriminatoria y, si se comprueba su veracidad, que deje sin efecto las suspensiones y cualquier otra medida perjudicial e indemnice a las partes interesadas por los perjuicios — incluidos los sueldos no percibidos — que hayan sufrido como consecuencia de esas suspensiones;
    • g) el Comité pide al Gobierno que adopte las medidas necesarias, incluso el levantamiento de las prohibiciones impuestas a The Teacher’s Pen y a la publicación de noticias acerca de las protestas u otras actividades relacionadas con reivindicaciones laborales, para garantizar el derecho de los sindicatos a editar publicaciones y expresar sus opiniones a la prensa. Pide también al Gobierno que adopte las medidas necesarias para garantizar la devolución del pasaporte del Sr. Khaksari, así como el ejercicio del derecho de las organizaciones de trabajadores de poder afiliarse a las federaciones o confederaciones que estimen convenientes — incluido el derecho de participar en reuniones sindicales internacionales —, sin injerencia alguna por parte de las autoridades. El Comité pide además al Gobierno que inicie una investigación independiente de la confiscación de bienes sindicales realizada durante los allanamientos de abril y octubre de 2007 y, si se determina que dicha confiscación fue contraria a los principios de la libertad sindical, que indemnice plenamente a las partes interesadas por los perjuicios sufridos, y
    • h) el Comité expresa su profunda preocupación por la gravedad del clima sindical que impera en la República Islámica del Irán y pide al Consejo de Administración que preste especial atención a la situación. Solicita una vez más al Gobierno que acepte recibir una misión de contactos directos sobre las cuestiones que se examinan actualmente en el Comité.

Anexo

Anexo
  1. Nombre
  2. Ciudad de servicio
  3. Sentencia de condena
  4. Fianza de excarcelación
  5. 1.
  6. Hamid Mojiri
  7. Khomini Shahr
  8. Tres años de exilio en Yazd
  9. 2.
  10. Sayed Mojtaba Abtahi
  11. Khomini Shahr
  12. Jubilación anticipada/30 días de detención/rebaja de un grado en el escalafón
  13. 40.000 dólares de los EE.UU.
  14. 3.
  15. Abdolrasoul Emadi
  16. Khomini Shahr
  17. Tres años de exilio en Arak
  18. 4.
  19. Dibaji
  20. Khomini Shahr
  21. Jubilación anticipada
  22. 5.
  23. Satar Zareie
  24. Khomini Shahr
  25. Dos años de exilio en la provincia de Semnan
  26. 6.
  27. Norolah Barkhordar
  28. Khomini Shahr
  29. Tres años de exilio en Kohgilvieh va Boyerahmad
  30. 7.
  31. Naser Jazinie
  32. Khomini Shahr
  33. Dos años de exilio en Ghom
  34. 8.
  35. Sherafat
  36. Khomini Shahr
  37. Sanción y anotación en su foja de servicios
  38. 9.
  39. Esmaiel Akbari
  40. Khomini Shahr
  41. Tres años de exilio
  42. 10.
  43. Hadi Mirzaiee
  44. Teherán
  45. 52 días de detención en régimen de aislamiento
  46. Condena condicional a tres años de prisión y multa de 10.000 dólares de los EE.UU. en efectivo
  47. 60.000 (2003)
  48. 11.
  49. Mahmoud Beheshti
  50. Teherán
  51. Detenido dos veces: 31 y 17 días de detención en régimen de aislamiento
  52. Condena condicional a cuatro años de prisión
  53. 50.000 y
  54. 30.000 dólares de los EE.UU.
  55. 12.
  56. Aliakbar Baghani
  57. Teherán
  58. 30 días de detención/tres meses de suspensión del cargo/dos años de exilio
  59. Condena condicional a cinco años de prisión
  60. 30.000 dólares de los EE.UU.
  61. 13.
  62. Mohammad Khaksari
  63. Teherán
  64. Un día de detención
  65. Condena condicional a dos años de prisión
  66. 100.000 dólares de los EE.UU.
  67. 14.
  68. Mahmoud Dehghan
  69. Teherán
  70. Ocho días de detención
  71. Fianza personal
  72. 15.
  73. Khatoun Badpar
  74. Teherán
  75. Un día de detención
  76. Fianza personal
  77. 16.
  78. Alireza Akbari Nabi
  79. Teherán
  80. 26 días de detención en régimen de aislamiento/condena condicional a dos años de prisión
  81. 30.000 dólares de los EE.UU.
  82. 17.
  83. Hamid Pourvosough
  84. Teherán
  85. 26 días de detención en régimen de aislamiento/tres meses de suspensión del cargo/condena condicional a tres años de prisión
  86. 30.000 dólares de los EE.UU.
  87. 18.
  88. Mohammadreza Rezaiee
  89. Teherán
  90. 26 días de detención en régimen de aislamiento/tres meses de suspensión del cargo/condena condicional a tres años de prisión
  91. 30.000 dólares de los EE.UU.
  92. 19.
  93. Asghar Zati
  94. Teherán
  95. 40 días de detención/condena condicional a dos años de prisión
  96. 70.000 dólares de los EE.UU. (2003)
  97. 20.
  98. Karim Ghashghavi
  99. Teherán
  100. 16 días de detención/condena condicional a tres años de prisión
  101. 30.000 dólares de los EE.UU.
  102. 21.
  103. Mohammadtaghi Falahi
  104. Teherán
  105. 29 días de detención/condena condicional a tres años de prisión
  106. 30.000 dólares de los EE.UU.
  107. 22.
  108. Mahmoud Bagheri
  109. Teherán
  110. 33 días de detención en régimen de aislamiento
  111. 30.000 dólares de los EE.UU.
  112. 23.
  113. AIisafar Montajabi
  114. Teherán
  115. 26 días de detención/condena condicional a cuatro años de prisión
  116. 30.000 dólares de los EE.UU.
  117. 24.
  118. Soraya Darabi
  119. Teherán
  120. 10 días de detención
  121. 40.000 dólares de los EE.UU.
  122. 25.
  123. Rasoul Bodaghi
  124. Teherán
  125. 16 días de detención en régimen de aislamiento/descuento de cuatro días de sueldo/rebaja de un grado en el escalafón durante dos años/condena condicional a dos años de prisión
  126. 30.000 dólares de los EE.UU.
  127. 26.
  128. Mohsen Kamali
  129. Teherán
  130. 16 días de detención en régimen de aislamiento
  131. 30.000 dólares de los EE.UU.
  132. 27.
  133. Mirakbar Raieszadeh
  134. Teherán
  135. 14 días de detención
  136. 80.000 dólares de los EE.UU.
  137. 28.
  138. Norolah Akbari
  139. Teherán
  140. 19 días de detención en régimen de aislamiento/condena condicional a cinco años de prisión
  141. 30.000 dólares de los EE.UU.
  142. 29.
  143. Mohammad Davari
  144. Teherán
  145. 19 días de detención en régimen de aislamiento/tres meses de suspensión del cargo/condenado a tres años de prisión/dos años de exilio
  146. 30.000 dólares de los EE.UU.
  147. 30.
  148. Ali Poursoleiman
  149. Teherán
  150. 19 días de detención en régimen de aislamiento/tres meses de suspensión del cargo/dos años de exilio
  151. 30.000 dólares de los EE.UU.
  152. 31.
  153. Reza Abdi
  154. Teherán
  155. Seis días de detención
  156. Fianza depositada por un tercero
  157. 32.
  158. Saieed Tadayoni
  159. Teherán
  160. Detención
  161. Fianza depositada por un tercero
  162. 33.
  163. Tayebeh Mirzaiee
  164. Teherán
  165. Detención
  166. Fianza depositada por un tercero
  167. 34.
  168. Nader Ahangari
  169. Teherán
  170. Detención
  171. Fianza depositada por un tercero
  172. 35.
  173. Asghar Ghanbari
  174. Teherán
  175. Detención
  176. Fianza depositada por un tercero
  177. 36.
  178. Abdolhamid Mansouri
  179. Teherán
  180. Detención
  181. Fianza depositada por un tercero
  182. 37.
  183. Akbar Akbari
  184. Teherán
  185. Detención
  186. Fianza depositada por un tercero
  187. 38.
  188. Alireza Hashemi
  189. Teherán
  190. 16 días de detención en régimen de aislamiento/tres meses de suspensión del cargo/sentencia de condena definitiva a tres años de prisión/dos años de exilio
  191. 30.000 dólares de los EE.UU.
  192. 39.
  193. Yousef Mostafalou
  194. Teherán
  195. Tres meses de suspensión del cargo
  196. 40.
  197. Esmail Rasoulkhani
  198. Robat Karim
  199. Detención
  200. Fianza depositada por un tercero
  201. 41.
  202. Hosein Rameshkr
  203. Robat Karim
  204. Tres días de detención/tres meses de suspensión del cargo
  205. Fianza depositada por un tercero
  206. 42.
  207. Ghorbanali Nikaysh
  208. Robat Karim
  209. Tres meses de suspensión del cargo
  210. 43.
  211. Mohammad Reza Sanjabie
  212. Robat Karim
  213. Tres meses de suspensión del cargo
  214. 44.
  215. John Hosein Didar Amin
  216. Ghale Hasankhan
  217. Tres meses de suspensión del cargo
  218. 45.
  219. Taimour Hassanpour
  220. Ghale Hasankhan
  221. Tres meses de suspensión del cargo
  222. 46
  223. Golmostafa Ghahremanl
  224. Karaj
  225. Detención
  226. Fianza depositada por un tercero
  227. 47.
  228. Reza Abdi
  229. Karaj
  230. 14 días de detención
  231. 40.000 dólares de los EE.UU.
  232. 48.
  233. Mokhtar Asadi
  234. Karaj
  235. Tres años de exilio/dos meses de suspensión del cargo
  236. 49.
  237. Nader Ghadimi
  238. Hamedan
  239. 10 días de detención/cinco años de exilio/pena de 91 días de prisión
  240. Fianza depositada por un tercero
  241. 50.
  242. Yousef Refahiat
  243. Hamedan Ten
  244. 10 días de detención/descenso de dos grados en el escalafón durante un año/pena de 91 días de prisión
  245. Fianza depositada por un tercero
  246. 51.
  247. Ali Najafi
  248. Hamedan
  249. 10 días de detención/pena de 91 días de prisión
  250. Fianza depositada por un tercero
  251. 52.
  252. Hadi Gholaml
  253. Hamedan
  254. 10 días de detención/un año de suspensión del cargo/pena de 91 días de prisión
  255. Fianza depositada por un tercero
  256. 53.
  257. Yousef Zareiee
  258. Hamedan
  259. Nueve días de detención/tres años de exilio/pena de 91 días de prisión, cumplida
  260. Fianza depositada por un tercero
  261. 54.
  262. Ali Sadeghi
  263. Hamedan
  264. Ocho días de detención/sentencia definitiva de condena a 91 días de prisión
  265. 55.
  266. Jalal Naderi
  267. Hamedan
  268. Ocho días de detención/pena de 91 días de prisión, cumplida
  269. 56.
  270. Mahmoud Jalilian
  271. Hamedan
  272. Ocho días de detención/pena de 91 días de prisión, cumplida
  273. 57.
  274. Majid Forouzanfar
  275. Hamedan
  276. Ocho días de detención/pena de 91 días de prisión, cumplida
  277. Fianza depositada por un tercero
  278. 58.
  279. lraj Ansari
  280. Hamedan
  281. Tres días de detención/tres meses de suspensión del cargo
  282. Fianza depositada por un tercero
  283. 59.
  284. Nasrolah Dousti
  285. Hamedan
  286. Ocho meses de suspensión del cargo
  287. Fianza depositada por un tercero
  288. 60.
  289. Ghalandar Razan
  290. Hamedan
  291. Sanción escrita anotada en su foja de servicios
  292. 61.
  293. Ahmadvad
  294. Hamedan
  295. Sanción escrita anotada en su foja de servicios
  296. 62.
  297. Razan Moradi
  298. Hamedan
  299. Dos meses de suspensión del cargo
  300. 63.
  301. Mahmoud Hekmati
  302. Hamedan
  303. Cuatro meses de suspensión del cargo
  304. 64.
  305. Rzan Mohammadi
  306. Hamedan
  307. Cuatro meses de suspensión del cargo
  308. 65.
  309. Amir Asadian
  310. Hamedan
  311. Rebaja del cargo docente a cargo de auxiliar administrativo
  312. 66.
  313. Bahman Goudarzzadeh
  314. Isfahan
  315. Dos años de exilio en Maimeh
  316. 67.
  317. Mostafa Sepehmia
  318. Isfahan
  319. Jubilación anticipada/rebaja de un grado en el escalafón
  320. 68.
  321. Kazem Yousefi Zamanabad
  322. Isfahan
  323. Rebaja de un grado en el escalafón durante dos años
  324. 69.
  325. Yadolah Shabani
  326. lsfahan
  327. Un día de detención
  328. 100.000 dólares de los EE.UU.
  329. 70.
  330. Said Aboutalebi
  331. Isfahan
  332. Rebaja de un grado en el escalafón durante un año
  333. 71.
  334. Abdolkarim Noukandi
  335. Isfahan
  336. Sanción escrita anotada en su foja de servicios
  337. 72.
  338. Morteza Siahkari
  339. Isfahan
  340. 73.
  341. Kadijeh Ganji
  342. Isfahan
  343. 74.
  344. Hamid Rahmati
  345. Shahreza
  346. Dos días de detención/dos años de exilio
  347. 75.
  348. Gholamreza Shirvani
  349. Felaverjan
  350. Detención
  351. Fianza depositada por un tercero
  352. 76.
  353. Hemat Shabani
  354. Kermanshah
  355. Detención
  356. Fianza depositada por un tercero
  357. 77.
  358. Abas Mousavi Moradi
  359. 4 dangeh Sari
  360. Detención
  361. Fianza depositada por un tercero
  362. 78.
  363. Gholamali Abasi
  364. Ardabil
  365. Tres días de detención
  366. Fianza depositada por un tercero
  367. 79.
  368. Arsalan Ahmadzadeh
  369. Ardabil
  370. Tres días de detención
  371. Fianza depositada por un tercero
  372. 80.
  373. Saied Fathi
  374. Ardabil
  375. Tres días de detención
  376. Fianza depositada por un tercero
  377. 81.
  378. Hadi Lotfinia
  379. Khorasan
  380. Cuatro días de detención/pena de cuatro meses de prisión o multa de 1.000 dólares de los EE.UU.
  381. 50.000 dólares de los EE.UU.
  382. 82.
  383. lraj Najaf Abadi
  384. Khorasan
  385. Siete días de detención/rebaja de un grado en el escalafón durante dos años
  386. 80.000 dólares de los EE.UU.
  387. 83.
  388. Hasan Rajabi
  389. Khorasan
  390. Ocho días de detención/pena de cuatro meses de prisión o multa de 1.000 dólares de los EE.UU.
  391. 150.000 dólares de los EE.UU.
  392. 84.
  393. Mahmoud Delasamroui
  394. Khorasan
  395. Descuento de 10% del sueldo durante un año
  396. 85.
  397. Hassan Naghedi
  398. Khorasan
  399. Descuento de 10% del sueldo durante seis meses
  400. 86.
  401. Gholamreza Ahmadi
  402. Torbat e Haydarieh
  403. Dos días de detención/tres meses de suspensión del cargo
  404. Fianza depositada por un tercero
  405. 87.
  406. Hayedh Shahidi
  407. Torbat e Haydarieh
  408. Rebaja de un grado en el escalafón durante un año
  409. 88.
  410. Sayed Hashem Khastar
  411. Khorasan
  412. Condena condicional a tres años de prisión/jubilación anticipada impuesta/rebaja de un grado en el escalafón
  413. 250.000 dólares de los EE.UU.
  414. 89.
  415. Ali Heshmati
  416. Kermanshah
  417. 11 días de detención
  418. Fianza depositada por un tercero
  419. 90.
  420. Mohammad Tavakoli
  421. Kermanshah
  422. Dos períodos de detención: 11 días y 27 días
  423. Fianza depositada por un tercero/50.000 dólares de los EE.UU.
  424. 91.
  425. Ali Sadeghi
  426. Kermanshah
  427. Dos períodos de detención: siete días y 11 días
  428. 30.000 dólares de los EE.UU./Fianza depositada por un tercero
  429. 92.
  430. Asadolah Hayrani
  431. Kermanshah
  432. Siete días de detención
  433. Fianza depositada por un tercero
  434. 93.
  435. Jahandar Lorestani
  436. Kermanshah
  437. Cinco días de detención
  438. Fianza depositada por un tercero
  439. 94.
  440. Kumars Lorestani
  441. Kermanshah
  442. Siete días de detención
  443. Fianza depositada por un tercero
  444. 95.
  445. Payman Noudinian
  446. Sanandaj
  447. Dos años de exilio/dos meses de suspensión del cargo
  448. 96.
  449. Farzad Asadpour
  450. Sanandaj
  451. Tres años de exilio en Baneh
  452. 97.
  453. Eskandar Lotfi
  454. Sanandaj
  455. Tres años de exilio
  456. 98.
  457. Loghman Sedaghat
  458. Baneh
  459. Destituido (docente presupuestado con siete años de experiencia)
  460. 99.
  461. Siamak Moradi
  462. Baneh
  463. Destituido (docente presupuestado con cuatro años de experiencia)
  464. 100.
  465. Mohammad Ali Shirazi
  466. Yazd
  467. 14 días de detención/dos años de exilio
  468. 101.
  469. Mohammad Javad Hesamifar
  470. Yazd
  471. 14 días de detención/dos años de exilio
  472. 10.000 dólares de los EE.UU. (2003)
  473. 102.
  474. Ahmad Changizi
  475. Yazd
  476. 14 días de detención/dos años de exilio
  477. 14.000 dólares de los EE.UU. (2003)
  478. 103.
  479. Mansour Mirzaiee
  480. Yazd
  481. Dos períodos de detención: 14 días y 26 días/dos años de exilio
  482. 14.000 y 80.000 dólares de los EE.UU.
  483. 104.
  484. Ramezanali Nejati
  485. Yazd
  486. Condenado al pago de una multa de 140 dólares de los EE.UU. en efectivo y dos años de exilio
  487. 14.000 dólares de los EE.UU. (2003)
  488. 105.
  489. Aliakbar Chkhmagh
  490. Yazd
  491. Condenado al pago de una multa de 140 dólares de los EE.UU. en efectivo y dos años de exilio
  492. 14.000 dólares de los EE.UU. (2003)
  493. 106.
  494. Ali Moghimee
  495. Yazd
  496. Condenado al pago de una multa de 140 dólares de los EE.UU. en efectivo y dos años de exilio
  497. 14.000 dólares de los EE.UU. (2003)
  498. 107.
  499. Mohammad Ali Shahedi
  500. Yazd
  501. Condenado al pago de una multa de 140 dólares de los EE.UU. en efectivo y dos años de exilio
  502. 14.000 dólares de los EE.UU. (2003)
  503. 108.
  504. Gholamreza Dashan
  505. Tabriz
  506. Tres meses de suspensión del cargo
  507. 109.
  508. Hasan Kharatian
  509. Tabriz
  510. Descuento de dos meses de sueldo
  511. 110.
  512. Tofigh Mortezapour
  513. Tabriz
  514. A la espera de una decisión
  515. 111.
  516. Godarz Shafieeyan
  517. Mamasani/Fars
  518. Un día de detención/descuento de un día de sueldo
  519. 112.
  520. Taimour Bagheri Koudakani
  521. Rasht
  522. Cuatro días de detención en régimen de aislamiento en 2004/seis días de detención en el pabellón general en 2007/prohibición de enseñar
  523. 113.
  524. Anoush Arefi
  525. Rasht
  526. Cuatro días de detención en régimen de aislamiento en 2004 y seis días de detención en el pabellón general en 2007
  527. 114.
  528. Yadolah Baharestani
  529. Rasht
  530. Cuatro días de detención en régimen de aislamiento en 2004 y seis días de detención en el pabellón general en 2007
  531. 115.
  532. Amadeh Younes
  533. Rasht
  534. Cuatro días de detención en régimen de aislamiento en 2004 y seis días de detención en el pabellón general en 2007
  535. 116.
  536. Hamidreza Haghighi
  537. Rasht
  538. Cuatro días de detención en régimen de aislamiento en 2004 y seis días de detención en el pabellón general en 2007
  539. 117.
  540. Mohammadali Naghavi
  541. Rasht
  542. Detenido durante ocho horas e interrogado
  543. 118.
  544. Masoud Fayaz Sandi
  545. Rasht
  546. Separado de su cargo administrativo
  547. 119.
  548. Housein Pour
  549. Rasht
  550. Separado de su cargo administrativo
  551. 120.
  552. Hosein Zekri
  553. Astaneh
  554. Cuatro días de detención en régimen de aislamiento en 2004 y seis días de detención en el pabellón general en 2007
  555. 121.
  556. Mohammad Javad Saiedi Hojati
  557. Lahijan
  558. Cuatro días de detención en régimen de aislamiento en 2004 y seis días de detención en el pabellón general en 2007
  559. 122.
  560. Mahmoud Sedighipour
  561. Roudsar
  562. Cuatro días de detención en régimen de aislamiento en 2004 y seis días de detención en el pabellón general en 2007
  563. 123.
  564. Siavoush Lahouti
  565. Roudsar
  566. Cuatro días de detención en régimen de aislamiento en 2004 y seis días de detención en el pabellón general en 2007
  567. 124.
  568. Sahranavard
  569. Kouchesfehan
  570. Detenido durante ocho horas e interrogado
  571. 125.
  572. 40 docentes
  573. Hamedan
  574. Cada uno de ellos estuvo detenido durante un par de días
  575. Fianza depositada por un tercero
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