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Observation (CEACR) - adoptée 2023, publiée 112ème session CIT (2024)

Convention (n° 182) sur les pires formes de travail des enfants, 1999 - Venezuela (République bolivarienne du) (Ratification: 2005)

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La Comisión toma nota de las observaciones conjuntas de la Unión Nacional de Trabajadores de Venezuela (UNETE), la Confederación de Trabajadores de Venezuela (CTV), la Central de Trabajadores Alianza Sindical Independiente (CTASI), la Central Unitaria de Trabajadores de Venezuela (CUTV), la Federación de Asociaciones de Profesores Universitarios de Venezuela (FAPUV), la Confederación General de Trabajadores de Venezuela (CGT) y la Confederación de Sindicatos Autónomos de Venezuela (CODESA), recibidas el 30 de agosto de 2023. Pide al Gobierno que formule comentarios a este respecto.
Artículos 3, a) y 7, 1) del Convenio. Venta y trata de niños, y sanciones. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno en su memoria de que, en 2022, las autoridades judiciales registraron en total 55 víctimas de trata, incluidos diez niños menores de 18 años. Ese mismo año, se iniciaron acciones judiciales contra 212 personas por su presunta participación en la trata de personas, y 54 personas fueron condenadas por trata con fines de explotación sexual, pornografía, prostitución forzosa, trabajo forzoso y adopción irregular. La Comisión toma nota asimismo de que la UNETE, la CTV, la CTASI, la CUTV, la FAPUV, la CGT y la CODESA observan que el número de casos de trata registrados por los tribunales penales y el número de niños víctimas de trata identificados parecen ser bajos en comparación con la magnitud del problema.
La Comisión también toma nota de que el Gobierno no proporciona información sobre la situación del proyecto de ley contra la trata de personas. Toma nota de que, según las observaciones finales del Comité de Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (CMW), de las Naciones Unidas, de que no existe un marco temporal para la aprobación del proyecto de ley sobre la prevención y sanción del delito de trata de personas y asistencia integral a las víctimas (CMW/C/VEN/CO/1, 27 de octubre de 2023, párrafo 46). La Comisión toma nota asimismo, a la luz de las observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), de la preocupación que suscita: 1) el número limitado de medidas para prevenir, enjuiciar y castigar los casos de trata de personas, en particular de mujeres y niñas, con fines de explotación sexual y trabajo forzado, y 2) la falta de datos desglosados sobre la trata de mujeres y niñas en el país y con origen en él (CEDAW/C/VEN/CO/9, 31 de mayo de 2023, párrafo 27). La Comisión pide al Gobierno que redoble sus esfuerzos y adopte las medidas necesarias para garantizar: i) la adopción del proyecto de ley contra la trata de personas; ii) que se investigue a fondo y enjuicie a todos aquellos que se dedican a la trata de personas, y iii) la recopilación de datos actualizados sobre el alcance y la naturaleza de la trata de niños en el país. También pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre el número de violaciones notificadas, investigaciones, enjuiciamientos, condenas y sanciones penales impuestas por violaciones relacionadas con la trata de niños menores de 18 años. En la medida de lo posible, esta información debería estar desglosada por edad y género.
Artículos 3 y 7, 2). Peores formas de trabajo infantil y medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartados a) y b). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil y librarlos de estas, y asegurar su rehabilitación y su inserción social. Trata. La Comisión toma nota de que, entre 2022 y mayo de 2023, el Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (IDENNA) prestó asistencia a 17 niños víctimas de trata (14 niñas y 3 niños) para ayudarles a localizar a sus familias. La Comisión toma nota asimismo de la información proporcionada por el Gobierno sobre la asistencia prestada a los niños, pero no está claro cuántos de estos niños eran víctimas de trata: 1) entre enero y febrero de 2023, la Oficina Nacional para la Atención Integral a las Víctimas de Violencia (ONAIVV), prestó asistencia a 304 víctimas de delitos de violencia, y 2) se acogió a 110 niños y jóvenes en Centros de Atención Inmediata o en Casas de Abrigo, y se les prestó servicios de cuidado integrales.
La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que el IDENNA lleva a cabo campañas de sensibilización mensuales en las redes sociales a fin de prevenir la trata y el abuso de menores y de proteger a los niños contra ellos. Toma nota de que, según las observaciones de la UNETE, la CTV, la CTASI, la CUTV, la FAPUV, la CGT y la CODESA, se ha adoptado el Decreto Presidencial núm. 4.540 de 2021, por el que se aprueba el Plan Nacional contra la Trata de Personas 2021-2025. Sin embargo, la UNETE, la CTV, la CTASI, la CUTV, la FAPUV, la CGT y la CODESA observan que: 1) el Gobierno debería comunicar información detallada sobre su contenido y puesta en marcha; 2) no existe una evaluación gubernamental de la eficacia de los planes elaborados, y 3) el IDENNA debería comunicar los resultados de sus acciones, a través de informes y datos.
Además, la Comisión toma nota de que, según las observaciones finales del CMW, se han establecido: 1) en 2020, de una Defensoría Delegada Especial con competencia Nacional para la Protección de las Personas Migrantes, Refugiadas y Víctimas de la Trata de Personas, y 2) en 2021, de un Consejo Nacional contra la Trata de Personas para el seguimiento, evaluación y cumplimiento y control del mismo (CMW/C/VEN/CO/1, 27 de octubre de 2023, párrafo 6). La Comisión también toma nota de que en las observaciones finales del CEDAW, se señala la preocupación que suscita la falta de protocolos para la identificación temprana de las víctimas de trata y su desviación a los servicios apropiados (CEDAW/C/VEN/CO/9, 31 de mayo de 2023, párrafo 27). En relación con esto, la Comisión toma nota de que el Gobierno no comunica información nueva sobre la revisión en curso del protocolo para la asistencia a las víctimas de trata por la Oficina Nacional contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (ONCDOFT). Al tiempo que toma nota de ciertas medidas adoptadas por el Gobierno para combatir la trata de niños, la Comisión toma nota con preocupación de que el Gobierno, una vez más, no comunica información sobre los resultados obtenidos. La Comisión pide al Gobierno que lleve a cabo una evaluación de las medidas adoptadas, también en el marco del Plan Nacional contra la Trata de Personas 2021-2025, a fin de prevenir y combatir la trata de niños. La Comisión también pide al Gobierno que prosiga sus esfuerzos y comunique información detallada sobre: i) las medidas adoptadas a fin de prestar la asistencia directa necesaria y adecuada para librar a los niños víctimas de trata y garantizar su rehabilitación e inserción social; ii) el número de niños víctimas de trata que se han beneficiado de estas medidas, y iii) la situación de la revisión del protocolo para la asistencia a las víctimas de trata por la ONCDOFT.
Artículo 3, d). Niños ocupados en actividades de minería peligrosas. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que la Misión Piar, creada en 2005, es un programa social que tiene por objeto mejorar la vida de las personas dedicadas a la minería al prestar asistencia integral a los mineros, en particular elaborando programas para la promoción y la defensa de los derechos de las mujeres y los niños y otras medidas que contribuyen a reducir el riesgo de trabajo infantil, promoviendo al mismo tiempo el trabajo decente y un entorno de trabajo seguro y saludable. Toma nota de que la UNETE, la CTV, la CTASI, la CUTV, la FAPUV, la CGT y la CODESA, en sus observaciones: 1) indican que no existe una inspección del trabajo en las minas ilegales, y 2) observan que las actividades de minería ilegales en Arco Minero del Orinoco se vienen realizando desde hace muchos años, y que el trabajo forzoso de niños está aumentando en esta región y el Gobierno no está adoptando ninguna medida para poner fin al mismo. La Comisión pide al Gobierno que adopte medidas efectivas y en un plazo determinado para impedir que los niños realicen actividades de minería peligrosas, librarlos de estas actividades y proporcionarles servicios de rehabilitación. También pide al Gobierno que comunique información sobre las medidas concretas adoptadas a este respecto, inclusive en el marco de la Misión Piar, y sobre los resultados obtenidos, en particular información sobre los niños a los que se ha librado de estas actividades y se ha brindado asistencia con miras a su rehabilitación y reinserción social.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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