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Cas individuel (CAS) - Discussion : 1987, Publication : 73ème session CIT (1987)

Convention (n° 87) sur la liberté syndicale et la protection du droit syndical, 1948 - Ethiopie (Ratification: 1963)

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El Gobierno ha comunicado las informaciones siguientes:

Es necesario recordar que la delegación de Etiopía socialista en múltiples ocasiones había indicado que una vez que entrara en vigor la Constitución, se examinarían las disposiciones legales que la Comisión de Expertos considera que infringen los Convenios núms. 87 y 98, a la luz de dicha Constitución y las leyes adoptadas subsecuentemente.

La nueva Constitución de Etiopía, en virtud de la cual se constituirá y administrará la República Popular Democrática de Etiopía, ha sido ya aprobada por el 81 por ciento de la población registrada. La Constitución será aprobada en breve por la Asamblea Popular que se constituirá próximamente. Ya se han completado elecciones a nivel primario.

Las numerosas masas de Etiopía han sido habilitadas para participar activa y democráticamente en la redacción y en la sanción de la Constitución por medio de un referéndum y en la preparación para la elección de los miembros de la Asamblea Nacional. El pueblo participó, pues, por vez primera en un acontecimiento extraordinario en la historia de nuestro país.

En consecuencia, el Gobierno responderá a los diversos comentarios de la Comisión de Expertos una vez que se constituya la Asamblea Nacional y se promulgen las diversas leyes posteriormente.

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