National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno y de su respuesta a los comentarios de la Confederación Sindical Internacional (CSI) de fecha 29 de agosto de 2008. Los comentarios de la CSI se refieren principalmente a los asuntos planteados anteriormente por la Comisión sobre el derecho de huelga.
En sus comentarios anteriores, la Comisión, observando que los artículos 45, 3), y 47, 2), de Ley de Relaciones Profesionales permiten a las partes concernidas recurrir al Tribunal de Relaciones Laborales para determinar si una huelga afecta a un servicio esencial, había solicitado al Gobierno que proporcionara información sobre cualquier huelga que hubiese sido declarada ilegal y las justificaciones correspondientes, así como sobre cualquier otra decisión pronunciada por el Tribunal de Relaciones Laborales en virtud de estos artículos establecidos en la Ley de Relaciones Profesionales. El Gobierno indica a este respecto que los procedimientos establecidos en la Ley de Relaciones Profesionales sobre el procedimiento de convocatoria de huelga no suelen ser respetados por los sindicatos, siendo así que muchas huelgas han sido declaradas ilegales por este motivo, y añade que, con la ayuda internacional, se ha intensificado un debate tripartito sobre el problema de las huelgas ilegales, entre otras cuestiones. La Comisión pide una vez más al Gobierno que envíe información sobre cualquier huelga declarada ilegal, y sobre los motivos para ello, así como sobre toda decisión pronunciada por el Tribunal de Relaciones Laborales en virtud de los artículos 45, 3), y 47, 2), de la Ley de Relaciones Profesionales.
Se envía al Gobierno una solicitud directa relativa a otros puntos.