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Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical

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Derecho de huelga10

Orden de reanudar el trabajo, contratación de trabajadores durante la huelga, movilización

  1. La declaración de ilegalidad de la huelga no debería corresponder al gobierno sino a un órgano independiente de las partes y que cuente con su confianza.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2355Colombia348309
2355Colombia343470
2356Colombia348368
2356Colombia342360
2489Colombia346464
2489Colombia349686
2513Argentina349329
2587Perú3541060
2613Nicaragua3511091
2614Argentina353401
2619Comoras353575
2650Bolivia (Estado Plurinacional de)353420
2664Perú3551088
2664Perú357811
2664Perú360954
2697Perú357984
2723Fiji365778
2723Fiji362842
2735Indonesia358605
2794Kiribati3621137
2837Argentina363310
2866Perú364873
2867Bolivia (Estado Plurinacional de)363357
2867Bolivia (Estado Plurinacional de)36817
2928Ecuador371313
2994Túnez370735
3029Bolivia (Estado Plurinacional de)374109
3032Honduras374416
3033Perú371763
Digest: 2006628
  1. El Comité pidió al Gobierno que tome las medidas necesarias, inclusive propuestas de carácter legislativo si fuera necesario, para que la declaración de legalidad o ilegalidad de las huelgas no corresponda al Gobierno sino a un órgano independiente e imparcial.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
3029Bolivia (Estado Plurinacional de)374109
  1. La declaración de ilegalidad de la huelga no debería corresponder al gobierno sino a un órgano independiente e imparcial.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
3032Honduras378392
  1. Para pronunciar la ilegalidad de una huelga o cese de actividades, la autoridad judicial es la autoridad independiente por excelencia.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2355Colombia348309
2355Colombia343471
2356Colombia348368
  1. La decisión final de declaración de ilegalidad de las huelgas no debería ser pronunciada por el gobierno, particularmente en aquellos casos en que éste es par te en un conflicto.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2355Colombia348309
2355Colombia343471
2794Kiribati3621137
2860Sri Lanka3671182
Digest: 2006629
  1. No es compatible con la libertad sindical que el derecho de calificar una huelga como ilegal en la administración pública competa a los jefes de las instituciones públicas, ya que éstos son jueces y parte en el asunto.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2735Indonesia358605
2860Sri Lanka3671182
Digest: 2006630
  1. Refiriéndose a una circular oficial referente a la ilegalidad de toda huelga en el sector público, el Comité consideró que asuntos como éste no deberían ser competencia de las autoridades administrativas.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006631
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