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Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical

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Derecho de huelga10

Importancia del derecho de huelga y titularidad

  1. El Comité ha estimado siempre que el derecho de huelga es uno de los derechos fundamentales de los trabajadores y de sus organizaciones únicamente en la medida en que constituya un medio de defensa de sus intereses económicos.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006520
  1. El Comité ha reconocido siempre el derecho de huelga como un derecho legítimo al que pueden recurrir los trabajadores y sus organizaciones en defensa de sus intereses económicos y sociales.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2528Filipinas3461446
2552Bahrein349419
2566Irán (República Islámica del)351980
2589Indonesia353126
2602República de Corea363465
2602República de Corea355662
2696Bulgaria356306
2704Canadá363399
2737Indonesia358636
2741Estados Unidos de América362767
2803Canadá360340
2829República de Corea365577
2841Francia3621036
2938Benin367227
2994Túnez3761002
2994Túnez370735
3057Canadá374213
Digest: 2006521
  1. El derecho de huelga de los trabajadores y sus organizaciones constituye uno de los medios esenciales de que disponen para promover y defender sus intereses profesionales.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
1865República de Corea346780
2323Irán (República Islámica del)342695
2365Zimbabwe3421048
2471Djibouti344891
2473Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte3461532
2496Burkina Faso344407
2548Burundi349538
2581Chad3511329
2581Chad3541103
2602República de Corea350681
2696Bulgaria356306
2713República Democrática del Congo3571101
2723Fiji362842
2723Fiji365778
2803Canadá360340
3022Tailandia372614
3107Canadá377240
Digest: 2006522
  1. El derecho de huelga es corolario indisociable del derecho de sindicación protegido por el Convenio núm. 87.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2471Djibouti344891
2473Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte3461532
2506Grecia3461076
2552Bahrein349419
2581Chad3541114
2838Grecia3621077
Digest: 2006523
  1. Las huelgas por naturaleza, ocasionan perturbaciones y costos, y también requieren un sacrificio importante de los trabajadores que optan por ejercerla como último recurso y como medio de presión sobre el empleador a fin de corregir lo que consideran ser una injusticia.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2829República de Corea365577
  1. No parece que el hecho de reservar exclusivamente a las organizaciones sindicales el derecho de declarar una huelga sea incompatible con las normas establecidas en el Convenio núm. 87. Aunque es preciso, sin embargo, que los trabajadores, y en particular los dirigentes de los mismos en las empresas, estén protegidos contra eventuales actos de discriminación a consecuencia de una huelga realizada en dichas condiciones, y que puedan constituir sindicatos sin ser víctimas de prácticas antisindicales.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006524
  1. La prohibición impuesta a las federaciones y confederaciones de declarar la huelga no es compatible con el Convenio núm. 87.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
Digest: 2006525
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