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Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical

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Derecho de las organizaciones de elegir libremente sus representantes7

Impugnación de las elecciones de organizaciones de trabajadores y de empleadores

  1. Las medidas que puedan ser tomadas por vía administrativa en caso de impugnación de los resultados electorales corren el riesgo de parecer arbitrarias. Por eso, y también para garantizar un procedimiento imparcial y objetivo, los casos de esa índole deberían ser examinados por las autoridades judiciales.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2765Bangladesh368198
2765Bangladesh360286
2979Argentina371150
Digest: 2006440
  1. La competencia para anular las elecciones sindicales debería corresponder exclusivamente a una autoridad judicial independiente, única que pueda asegurar con suficientes garantías el derecho de defensa y el debido proceso.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2353Venezuela (República Bolivariana de)336864
2411Venezuela (República Bolivariana de)3401397
2422Venezuela (República Bolivariana de)3421036
  1. A fin de evitar el peligro de menoscabar seriamente el derecho de los trabajadores a elegir sus representantes con plena libertad, las quejas por las que se impugna el resultado de las elecciones, presentadas ante los tribunales del trabajo por una autoridad administrativa, no deberían tener por efecto la suspensión de la validez de dichas elecciones mientras no se conozca el resultado final de la acción judicial.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2764El Salvador358489
2765Bangladesh360287
2765Bangladesh368198
Digest: 2006441
  1. En los casos en que sean impugnados los resultados de elecciones sindicales, estas cuestiones deberían remitirse a las autoridades judiciales, quienes deberían garantizar un procedimiento imparcial, objetivo y rápido.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2411Venezuela (República Bolivariana de)3401392
2422Venezuela (República Bolivariana de)3421036
2476Camerún354284
2476Camerún350311
2621Líbano3501238
2952Líbano367877
Digest: 2006442
  1. Con el fin de evitar el peligro de graves limitaciones al derecho de los trabajadores a elegir libremente a sus representantes, los casos sometidos a los tribunales por las autoridades administrativas recusando los resultados de elecciones sindicales no deberían en espera del resultado definitivo de los procedimientos judiciales paralizar el funcionamiento de las organizaciones sindicales.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2394Nicaragua3401177
2621Líbano3501238
Digest: 2006443
  1. La presencia de observadores internacionales en un procedimiento disputado de voto no atenta contra los principios de la libertad sindical.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
3060México376800
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