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Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical

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Derecho de los trabajadores y de los empleadores de constituir las organizaciones que estimen convenientes y de afiliarse a las mismas5

Principios generales

  1. El derecho de los trabajadores a constituir libremente las organizaciones de su propia elección no puede considerarse existente si no es plenamente reconocido y respetado de hecho y de derecho.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2516Etiopía365685
2882Bahrein364301
Digest: 2006309
  1. El hecho de que la organización de empleadores no tuviera la calificación de organización sindical según la legislación nacional no dispensa al Gobierno de las obligaciones, dimanantes en particular de la ratificación del Convenio núm. 87, de respetar la libertad de los empleadores de constituir la organización que estimen conveniente y el derecho de esta última a organizar su administración y actividades y a formular su programa de acción sin intervención de las autoridades públicas que tienda a limitar este derecho.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
1007Nicaragua208386
  1. El Comité ha subrayado la importancia que atribuye a que los trabajadores y los empleadores puedan de manera efectiva constituir con plena libertad organizaciones de su elección y afiliarse libremente a ellas.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2439Camerún34338
2472Indonesia343957
2709Guatemala360661
2919México368651
Digest: 2006310
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