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Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical

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Derechos sindicales, derechos de las organizaciones de empleadores y libertades públicas2

Inculpación y condena de sindicalistas y de representantes de las organizaciones de empleadores

  1. En relación con la inculpación de dirigentes sindicales por sus actividades sindicales, el Comité señaló el peligro que para el libre ejercicio de los derechos sindicales representan las condenas pronunciadas contra representantes de los trabajadores en el ejercicio de actividades relacionadas con la defensa de los intereses de sus mandantes.
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Casos PaísInformePárrafo
Digest: 200692
  1. El procesamiento y la pena de prisión de dirigentes sindicales por motivo de sus actividades sindicales no fomenta un clima de relaciones laborales armoniosas y estables.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
1865República de Corea346773
  1. Nadie debe ser privado de libertad, ni ser objeto de sanciones por el mero hecho de organizar o haber participado en una huelga, reuniones públicas o desfiles pacíficos, sobre con ocasión del 1º de mayo.
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Casos PaísInformePárrafo
2323Irán (República Islámica del)3461122
  1. La detención y condena de sindicalistas a graves penas de cárcel por «perturbación del orden público» podría permitir, dado el carácter general de estos cargos, que se reprimieran las actividades sindicales.
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Casos PaísInformePárrafo
2812Camerún362395
Digest: 200693
  1. En los casos relativos al arresto, detención o condena de un dirigente sindical, el Comité, estimando que el interesado debería beneficiar de una presunción de inocencia, consideró que correspondía al gobierno demostrar que las medidas adoptadas por él no tenían su origen en las actividades sindicales de aquél a quien se aplicaban.
veanse los casos relacionados
Casos PaísInformePárrafo
2254Venezuela (República Bolivariana de)378850
2745Filipinas370677
2745Filipinas3601079
2745Filipinas3641007
Digest: 200694
  1. Las condenas pronunciadas en base al derecho penal ordinario contra ciertos sindicalistas no deberían conducir a las autoridades a adoptar una actitud negativa con respecto a la organización de que formen parte dichas personas junto con otras.
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Casos PaísInformePárrafo
Digest: 200695
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