ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 2022, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Bélgica (Ratificación : 1977)

Otros comentarios sobre C111

Observación
  1. 2022
  2. 2017
  3. 2008
  4. 2003
  5. 2000
  6. 1990

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

La Comisión toma nota de las observaciones conjuntas presentadas el 1.º de septiembre de 2022 por la Central General de Sindicatos Liberales de Bélgica (CGSLB), la Confederación de Sindicatos Cristianos (CSC) y la Federación General del Trabajo de Bélgica (FGTB).
Artículo 1, párrafo 1, a) del Convenio.Discriminación por motivo de sexo y/o de género.Embarazo y maternidad. La Comisión toma nota con interés de la aprobación, el 4 de febrero de 2020, de la Ley por la que se modifica la Ley de 10 de mayo de 2007 contra la Discriminación entre Mujeres y Hombres, por la que se amplía la prohibición de la discriminación a nuevos criterios protegidos, a saber, la paternidad, la comaternidad, la lactancia, la adopción, la procreación medicamente asistida y las características sexuales; el objetivo es, entre otros, dar mayor visibilidad a las situaciones relacionadas con la maternidad o el deseo de maternidad. Asimismo, la Comisión saluda la publicación de un folleto para informar a los progenitores que trabajan y las trabajadoras embarazadas de sus derechos y del apoyo que pueden recibir del Instituto para la Igualdad de Mujeres y Hombres (IEFH) y de la Inspección del Trabajo (Dirección de Supervisión de las Leyes Sociales), y toma nota de las numerosas decisiones judiciales pronunciadas a raíz de denuncias presentadas por el IEFH o en colaboración con esta institución (otras se han resuelto mediante un acuerdo amistoso). A este respecto, la Comisión señala que el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), en sus observaciones finales, expresó su preocupación por el elevado número de denuncias relativas a casos de discriminación en el empleo basada en el embarazo y la maternidad (CEDAW/C/BEL/CO/8, 31 de octubre de 2022, párrafo 43). Señala que en 2020, el 36 por ciento de las 350 quejas relativas a la situación laboral recibidas por el IEFH se referían a actos de discriminación relacionados con el embarazo y la maternidad. Como señala el IEFH en su informe de actividades para 2020, los casos de discriminación y desigualdad de trato motivados por el embarazo, la maternidad o el deseo de tener un hijo siguen constituyendo un problema considerable en la sociedad belga, constatación que corroboran la CGSLB, la CSC y la FGTB en sus observaciones. La Comisión pide al Gobierno que siga prestando su apoyo y tomando iniciativas concretas para prevenir y eliminar la discriminación basada en el embarazo, la maternidad o el deseo de tener un hijo, en particular reforzando los controles de la inspección del trabajo y llevando a cabo actividades de información y sensibilización entre los trabajadores y las trabajadoras, los empleadores, sus organizaciones respectivas y el público en general. Asimismo, solicita al Gobierno que siga proporcionando información sobre los casos de discriminación en el empleo y la ocupación tratados por el IEFH, la Inspección del Trabajo y los tribunales, así como acerca del resultado de los procedimientos judiciales entablados al respecto, indicando las sanciones impuestas y las indemnizaciones concedidas.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer