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Observación (CEACR) - Adopción: 2022, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Zimbabwe (Ratificación : 2003)

Otros comentarios sobre C087

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Seguimiento de las recomendaciones de la comisión de encuesta(queja presentada en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT)

La Comisión toma nota de las observaciones presentadas por el Congreso de Sindicatos de Zimbabwe (ZCTU) y por la Confederación Sindical Internacional (CSI), recibidas el 1.º de septiembre de 2022, que se refieren a las cuestiones abordadas por la Comisión a continuación.
La Comisión toma nota del informe de la misión de contactos directos, que visitó el país en abril de 2022 a raíz de una solicitud de la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia formulada en su 108.ª reunión (junio de 2019).
Libertades civiles y derechos sindicales. En su comentario anterior, la Comisión pidió al Gobierno que proporcionara información sobre todos los progresos realizados en relación con la demanda contra el presidente y el secretario general del ZCTU, detenidos en 2019; con el caso de la secretaria para asuntos de género del Sindicato Unificado de Maestros Rurales (ARTUZ), que fue presuntamente detenida y torturada; con los presuntos actos de violencia contra los dirigentes del ARTUZ tras las protestas de 2020; así como con otros actos hostiles durante las protestas de los trabajadores del sector de la salud y varios casos más de violación de las libertades civiles que tuvieron lugar en el país en 2020. La Comisión pidió además al Gobierno que proporcionara información sobre la sentencia y la condena de un profesor de escuela primaria por acto de violencia pública después de haber sido detenido mientras protestaba contra los bajos salarios. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica, al igual que la misión de contactos directos, que el caso del secretario general y del antiguo presidente del ZCTU está cerrado y que la Fiscalía Nacional no tiene intención de seguir con el asunto. La Comisión toma nota de que en el informe de la misión de contactos directos se advierte que, cuando un caso se retira antes de las declaraciones, como en el caso de los 2 dirigentes sindicales detenidos en 2019, mientras no se celebre el juicio, técnicamente no está cerrado y esto puede convertirse en una circunstancia agravante si hay más detenciones. La misión de contactos directos consideró que la laguna legal existente en el procedimiento de tramitación de los casos que se retiran antes de las declaraciones debería subsanarse y que, para ello, el Gobierno debería contar con todas las autoridades y partes interesadas pertinentes. La Comisión pide al Gobierno que le informe de todas las medidas adoptadas o previstas a este respecto. Además, la Comisión toma nota de que el Gobierno señala que aún espera recibir de los sindicatos en cuestión información sobre los alegatos relativos al caso de la secretaria para asuntos de género del ARTUZ y los incidentes violentos y las detenciones que supuestamente tuvieron lugar en 2020, con el fin de poder proceder a la investigación y el seguimiento por parte del Fiscal General y la Policía de la República de Zimbabwe. La Comisión insta al Gobierno a que se ponga en contacto con los sindicatos en cuestión sin más demora con el fin de investigar las presuntas violaciones de las libertades civiles y los derechos sindicales. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información en la materia.
Anteriormente, la Comisión instó al Gobierno a tomar todas las medidas necesarias para garantizar el pago, sin más demora, de la indemnización por los daños infligidos durante los disturbios de agosto de 2018 y también le pidió que la informara de todos los progresos realizados a este respecto. La Comisión toma nota de que, según el Gobierno, el antiguo asesor jurídico del ZCTU ha presentado una solicitud de indemnización ante el Tribunal de Primera Instancia, así como una solicitud de variación del importe de la indemnización, que el tribunal ha aceptado. La Comisión recuerda que el Gobierno indicó anteriormente que las consultas sobre las modalidades de indemnización seguían en curso. La Comisión toma nota con preocupación de que el ZCTU comunicó a la misión de contactos directos que no se había celebrado ninguna consulta. La Comisión lamenta que, más de cuatro años después de los acontecimientos, no se haya resuelto la cuestión de la indemnización, a pesar de las recomendaciones formuladas a tal efecto por una comisión establecida para investigar los disturbios. Por lo tanto, la Comisión insta al Gobierno a que se ponga en contacto con las personas que resultaron heridas durante los disturbios, entre otras, el antiguo asesor jurídico del ZCTU, con el fin de pagarles las indemnizaciones con arreglo a las recomendaciones de la comisión nacional de investigación. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre las modalidades de la indemnización concedida y el importe pagado a los sindicalistas afectados.
La Comisión toma nota con profunda preocupación de los alegatos del ZCTU y de la CSI denunciando que en enero de 2022 se agredió y detuvo a miembros del ARTUZ mientras participaban en una acción de protesta frente al edificio de la Oficina Nacional de la Seguridad Social, donde se estaba celebrando la reunión del Consejo Nacional de Negociación Paritaria entre el Gobierno y los sindicatos. Según el ZCTU, mientras los profesores se concentraban en el lugar, se detuvo a 16 dirigentes del ARTUZ, incluido el presidente del ARTUZ, que fueron puestos en libertad bajo fianza seis días después. Además, la Comisión toma nota de que la CSI alega que la Policía de la República de Zimbabwe detuvo al secretario general del ARTUZ en julio de 2022. Según la CSI, este se enfrenta a cargos por el asesinato de un colega en 2016, a pesar de que una investigación judicial sobre la muerte de ese colega concluyó que no ocurrió ningún delito. La CSI indica que la detención del secretario general del ARTUZ se produjo una semana después de la puesta en libertad bajo fianza del presidente del ARTUZ, sobre el que pesan cargos penales similares. La Comisión pide al Gobierno que proporcione sin demora sus comentarios detallados sobre todos estos graves alegatos de violación de los derechos sindicales y las libertades civiles.
Ley de Mantenimiento de la Paz y el Orden (MOPA). En su comentario anterior, la Comisión pidió al Gobierno que proporcionara información sobre todas las novedades en relación con el taller consultivo tripartito para analizar detenidamente la MOPA, así como sobre el resultado de este taller entre los sindicatos y los cuerpos de seguridad, y que incluyera un examen exhaustivo de los alegatos del ZCTU y la CSI sobre los casos de violación de las libertades civiles. La Comisión toma nota de que el Gobierno señala que los objetivos del taller, que se celebró en septiembre de 2022, eran explicar en detalle la MOPA, en lo relativo tanto a su contenido como a su puesta en práctica, a los diversos actores del Estado y los interlocutores sociales, y elaborar una estrategia acordada mutuamente para minimizar los enfrentamientos entre los cuerpos de seguridad y los sindicatos. El taller también pretendía fomentar la apreciación y el conocimiento profundo de las normas internacionales del trabajo. Dicho taller brindó la oportunidad de que la Fiscalía Nacional ofreciera una visión de conjunto del sistema nacional de enjuiciamiento, con referencia a algunos casos sindicales. El Gobierno indica que las principales recomendaciones resultantes del taller se refieren a la necesidad de mantener una interacción regular entre los agentes del orden y los interlocutores sociales. Entre las recomendaciones, también se encuentran el desarrollo continuo de la capacidad de los agentes del orden y de los interlocutores sociales en lo relativo a las normas internacionales del trabajo, la colaboración constante y las inspecciones tripartitas conjuntas, en particular cuando haya presuntas violaciones de los derechos de los trabajadores en los lugares de trabajo. La Comisión lamenta que el Gobierno no haya proporcionado información sobre el examen de la aplicación de los dos instrumentos elaborados para su uso por los cuerpos de seguridad (el manual sobre normas internacionales del trabajo y el Código de Conducta). Por lo tanto, la Comisión alienta al Gobierno a seguir colaborando con los interlocutores sociales y las autoridades estatales competentes con miras a supervisar la aplicación de la MOPA en la práctica, la utilización por parte de los cuerpos de seguridad de los dos instrumentos mencionados y, en relación con lo expresado anteriormente, los alegatos formulados por el ZCTU sobre la violación de las libertades civiles.
Reforma y armonización de la legislación laboral. La Comisión recuerda que desde hace varios años viene solicitando al Gobierno que ponga la Ley del Trabajo, la Ley de la Administración Pública y la Ley de los Servicios de Salud en conformidad con el Convenio, en estrecha consulta con los interlocutores sociales. 
Ley del Trabajo. La Comisión solicitó anteriormente al Gobierno que proporcionara información sobre todo progreso realizado en relación con los cambios legislativos de la Ley del Trabajo, la Ley de la Administración Pública y la Ley de los Servicios de Salud, y con la participación de los interlocutores sociales en el proceso tanto dentro como fuera del Foro Tripartito de Negociación (TNF). La Comisión toma nota que el Gobierno indica que la Comisión Parlamentaria de Proyectos sobre Trabajo y Bienestar Social (PPCL) celebró un taller consultivo tripartito en mayo de 2022 sobre el proyecto de ley de reforma de la Ley del Trabajo. El objetivo del taller era ofrecer a los interlocutores sociales la oportunidad de presentar sus puntos de vista y comentarios al Parlamento antes de la discusión del proyecto de ley. Tal como recomendó la misión de contactos directos, el Gobierno también presentó el proyecto de ley a la OIT y ha recibido comentarios y observaciones al respecto. El Gobierno señala además que el proyecto de ley ha sido objeto de la segunda lectura en el Parlamento y está ahora pendiente de debate en la Asamblea. La Comisión toma nota de que, según indica el Gobierno, el Ministerio de Servicios Públicos, Trabajo y Bienestar Social (el Ministerio) está colaborando con el Fiscal General con el fin de considerar posibles enmiendas al proyecto de ley de modo que se tengan en cuenta los comentarios de la OIT y el informe de la PPCL, lo que puede dar lugar a una notificación de enmienda del proyecto de ley durante los debates parlamentarios. El Gobierno espera que el proyecto de ley se apruebe durante la actual sesión del Parlamento. La Comisión alberga la firme esperanza de que el proyecto de ley de reforma se ponga en conformidad con el Convenio y se apruebe sin más demora, y pide al Gobierno que proporcione un ejemplar de la Ley del Trabajo enmendada.
Ley de la Administración Pública. La Comisión toma nota que el Gobierno señala que la Fiscalía General ha concluido la redacción del proyecto de ley de reforma de la Ley de la Administración Pública. El proyecto de ley se presentó al Gabinete ministerial sobre cuestiones legislativas para su examen a finales de octubre de 2022. La Comisión toma nota de que en el informe de la misión de contactos directos se observa que, si bien el proyecto de ley de reforma de la Ley de la Administración Pública contó con el visto bueno de la Comisión de Servicios Públicos, ya que tiene en cuenta las observaciones de los órganos de control de la OIT, este no se ha debatido en el TNF. La Comisión espera que se enmiende la Ley de la Administración Pública sin más demora para ponerla en conformidad con el Convenio. La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre todos los progresos realizados a este respecto y que aporte un ejemplar de la misma una vez que se apruebe el proyecto de ley de reforma.
Ley de reforma de la Ley de los Servicios de Salud. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que la Comisión Parlamentaria de Proyectos sobre Salud ha celebrado audiencias públicas y consultas sobre la Ley. Sin embargo, la Comisión toma nota de que la misión de contactos directos observó la falta de consultas sobre la Ley. Asimismo, la Comisión toma nota de que el ZCTU considera que el proyecto de ley, en su redacción actual, vulnera los derechos de libertad sindical. Por lo tanto, la Comisión insta al Gobierno a que se ponga en contacto con los interlocutores sociales, bajo los auspicios del TNF, para recabar sus opiniones y propuestas sobre el proyecto de ley que afecta a sus derechos e intereses, con el fin de garantizar la plena conformidad de dicho proyecto de ley con el Convenio. La Comisión pide al Gobierno que la informe de todas las medidas adoptadas a tal efecto.
La Comisión saluda el Plan de acción de los interlocutores tripartitos de Zimbabwe para abordar algunas de las cuestiones planteadas en las conclusiones preliminares de la misión de contactos directos. La Comisión alienta al Gobierno a seguir colaborando con los interlocutores sociales y con la Oficina para garantizar la ejecución de dicho Plan. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre todos los avances a este respecto.
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