ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

Convenio sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 (núm. 94) - Cuba (Ratificación : 1952)

Otros comentarios sobre C094

Solicitud directa
  1. 2017
  2. 2007
Respuestas recibidas a las cuestiones planteadas en una solicitud directa que no dan lugar a comentarios adicionales
  1. 2022

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en su memoria en relación con la promulgación de la ley núm. 116 de 20 de diciembre de 2013, Código del Trabajo y el decreto núm. 326 de 12 de junio de 2014, reglamento del Código del Trabajo. El Gobierno indica que el artículo 20 del Código del Trabajo establece que cualquier cláusula contractual contraria a la ley es considerada nula. Asimismo, la Comisión se refiere a sus comentarios en el marco del Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) en que tomó nota de las recientes evoluciones en el sistema económico y social del país como consecuencia de la actualización del modelo económico. No obstante, la Comisión constata otra vez más que el Convenio sigue prácticamente sin aplicarse. La Comisión solicita al Gobierno que facilite indicaciones generales sobre la manera en que se aplica el Convenio, proporcionando, por ejemplo, casos en que se haya autorizado la conclusión de contratos públicos con empleadores privados, y la manera en qué se da efecto al artículo 2 del Convenio en dichos casos. Solicita igualmente que el Gobierno comunique resúmenes de los informes de inspección, información relativa al número y naturaleza de las infracciones observadas y cualquier otra información relacionada con la aplicación práctica del Convenio.
© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer