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Observación (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

Convenio sobre la protección contra las radiaciones, 1960 (núm. 115) - Bélgica (Ratificación : 1965)

Otros comentarios sobre C115

Observación
  1. 2016
Solicitud directa
  1. 2010
  2. 2005
  3. 2001
  4. 1997
  5. 1992

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Observación general de 2015. La Comisión desea señalar a la atención del Gobierno su observación general de 2015 en virtud de este Convenio, y, en particular, su solicitud de información que figura en el párrafo 30 de esa observación.
Artículo 7, párrafo 2, del Convenio. Jóvenes trabajadores de menos de 16 años. En sus comentarios anteriores, la Comisión pidió al Gobierno que trasmitiera información sobre las medidas legislativas adoptadas para dar efecto a esta disposición. La Comisión toma nota de la adopción del Real decreto de 31 de mayo de 2016, por el que se modifica el Real decreto de 3 de mayo de 1999, relativo a la protección de los jóvenes en el trabajo y el Real decreto de 21 de septiembre de 2004, relativo a la protección de los pasantes. Toma nota con satisfacción de que en virtud de este nuevo decreto la edad a partir de la que se pueden efectuar trabajos considerados peligrosos, incluidos los trabajos que implican la exposición de los jóvenes trabajadores a radiaciones ionizantes, pasó de 15 a 16 años, con arreglo al artículo 7, 2), del Convenio.
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