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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

Convenio sobre el trabajo subterráneo (mujeres), 1935 (núm. 45) - Argentina (Ratificación : 1950)

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Solicitud directa
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La Comisión toma nota de las observaciones de la Confederación General del Trabajo de la República Argentina (CGT RA), recibidas el 2 de septiembre de 2015, indicando la ausencia de regulación en relación con el artículo 176 de la Ley núm. 20744 de Contrato de Trabajo. A este respecto, la Comisión toma nota de que el Gobierno indica en su respuesta que el artículo 11 de la ley núm. 11317, de 30 de septiembre de 1924, prohíbe ocupar a mujeres en trabajos subterráneos. El Gobierno precisa que el artículo 176 de la ley núm. 20744 es complementario a esta disposición y no necesita reglamentación.
En relación con sus anteriores comentarios sobre la intención de ratificar el Convenio sobre seguridad y salud en las minas, 1995 (núm. 176), la Comisión toma nota de que el Gobierno indica en su memoria que se ha presentado un proyecto de ley al respecto. La Comisión también toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en relación con la publicación, por la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, de un «Manual de Buenas Prácticas para la Industria Minera», para la prevención de riesgos del trabajo, protección y promoción de la salud, elaborado en colaboración y consenso con los distintos actores sociales.
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