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RECLAMACIÓN (artículo 24) - ARGENTINA - C155, C187 - 2020

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Informe del Comité encargado de examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte de la Argentina del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) y del Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187)

Informe del Comité encargado de examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte de la Argentina del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) y del Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187)

Decisión

Decisión
  1. El Consejo de Administración:
  2. Por recomendación del Comité encargado de examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por parte de la Argentina del Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm. 155) y del Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187):
    • a) aprueba el informe del Comité;
    • b) recuerda al Gobierno que, en caso de considerarlo oportuno, puede recurrir a la asistencia técnica de la OIT;
    • c) invita al Gobierno a que envíe, en su próxima memoria a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, información relacionada con sus conclusiones, en particular, en lo que respecta a lo indicado en los párrafos 21 y 23 del presente informe, y
    • d) publica el informe y da por concluido el procedimiento incoado para el examen de esta reclamación.
  1. (Documento GB.344/INS/16/6, marzo de 2022)
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