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RECLAMACIÓN (artículo 24) - PORTUGAL - C029, C111 - 2014

Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores en la Función Pública y Social (FNSTFPS)

Cerrado

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Informe del Comité establecido para examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por Portugal del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), y del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores en la Función Pública y Social (FNSTFPS)

Informe del Comité establecido para examinar la reclamación en la que se alega el incumplimiento por Portugal del Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29), y del Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111), presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores en la Función Pública y Social (FNSTFPS)

Decisión

Decisión
  1. En virtud de las conclusiones expuestas en los párrafos 38 a 49 del informe del Comité (documento GB.327/INS/5/4), el Consejo de Administración:
    • a) aprobó el informe;
    • b) invitó al Gobierno a que entablara consultas tripartitas con los interlocutores sociales interesados para evaluar el conjunto de las condiciones y modalidades de aplicación de los contratos empleo-inserción, teniendo en cuenta las novedades reflejadas en los párrafos 46 y 49 del informe;
    • c) invitó al Gobierno a que facilitara información a ese respecto, para su examen por la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones, y
    • d) publicó el informe y declaró cerrado el procedimiento incoado por la reclamación.
  1. Informe (Document GB.327/INS/5/4, junio de 2016)
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