QUEJA (artículo 26) - 1998 - COLOMBIA - C087, C098
Sr. C. Agyei, delegado de los trabajadores, Ghana, Sr. A. Alvis Fernández, delegado de los trabajadores, Colombia, Sr. K. Ahmed, delegado de los trabajadores, Pakistán, Sr. L. Basnet, delegado de los trabajadores, Nepal, Sr. M. Blondel, delegado de los trabajadores, Francia, Sr. W. Brett, delegado de los trabajadores, Reino Unido, Sr. U. Edström, delegado de los trabajadores, Suecia, Sra. U. Engelen-Kefer, Alemania, Sr. R. Falbr, delegado de los trabajadores, República Checa, Sr. S. Ito, delegado de los trabajadores, Japón, Sr. Y. Kara, delegado de los trabajadores, Israel, Sr. I. Mayaki, delegado de los trabajadores, Níger, Sr. J. Miranda de Oliveira, delegado de los trabajadores, Brasil, Sr. B. Mpangala, delegado de los trabajadores, República Unida de Tanzanía, Sra. P. O'Donovan, delegada de los trabajadores, Irlanda, Sr. J.C. Parrot, delegado de los trabajadores, Canadá, Sr. W. Peirens, delegado de los trabajadores, Bélgica, Sr. F. Ramírez León, delegado de los trabajadores, Venezuela, Sr. Z. Rampak, delegado de los trabajadores, Malasia, Sr. I. Sahbani, delegado de los trabajadores, Túnez, Sr. A. Sánchez Madariaga, delegado de los trabajadores, México, Sr. M. Shmakov, delegado de los trabajadores, Federación de Rusia, Sr. G. Sibanda, delegado de los trabajadores, Zimbabwe, Sr. L. Trotman, delegado de los trabajadores, Barbados, Sr. T. Wojcik, delegado de los trabajadores, Polonia, Sr. J. Zellhoefer, delegado de los trabajadores, Estados Unidos
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