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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de
Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de
Administración- 24. El Comité examinó por última vez este caso, referido a alegados
despidos antisindicales en su reunión de junio de 2021 [véase 395.º informe, párrafos 30
a 33]. En esa ocasión, el Comité pidió una vez más al Gobierno que proporcionara
información sobre la evolución de los procesos judiciales relativos al despido de
dirigentes sindicales que se encontraban todavía pendientes y expresó la esperanza firme
de que dichos casos se resolvieran a la brevedad.
- 25. Mediante comunicaciones de 29 de septiembre de 2021, 14 de octubre y
29 de noviembre de 2022, el Gobierno transmitió la información proporcionada por la
Corte Suprema de Justicia en relación con los seis casos de despido de dirigentes
sindicales que se encontraban pendientes, en la que se indica lo siguiente:
- En
relación con los casos de los Sres. Rigoberto Cruz Vásquez, José Andrés Chevez Luna
y Wagner Cubillo Palacios, la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, confirmó
la sentencia de primera instancia a favor de dichas personas el 9 de enero de 2019 y
el 29 de julio de 2022 ordenó el archivo definitivo del proceso puesto que no
constaban asuntos pendientes de atender ni sumas por liquidar.
- En lo que
respecta al caso relativo al Sr. Vladimir Torres Montiel, los procedimientos han
sido archivados puesto que las partes llegaron a acuerdos conciliatorios. El caso
del Sr. Carlos José Padilla ha sido archivado a solicitud de las partes habiéndose
realizado los pagos correspondientes a dicha persona. Finalmente, en cuanto a la
Sra. Graciela Reyes Umaña, en un procedimiento la demandante se desistió de la
demanda (resolución de 15 de marzo de 2014). El Gobierno informa que un
procedimiento aún se encuentra pendiente y que está a la espera de mayores detalles
por parte de la Corte Suprema de Justicia.
- 26. El Comité observa que cinco de los seis procedimientos judiciales
pendientes han sido resueltos, con tres sentencias favorables a los dirigentes
sindicales y dos casos respecto de los cuales se ha llegado a acuerdos conciliatorios
entre las partes y se han efectuado los pagos correspondientes. En cuanto al caso de la
Sra. Graciela Reyes Umaña, el Comité toma nota, por una parte, del desistimiento de la
demanda en uno de los procedimientos judiciales de 2014 y, por otra, de la indicación
del Gobierno de que aún se encuentra a la espera de informaciones por parte de la Corte
Suprema de Justicia respecto de otro procedimiento judicial pendiente. El Comité
observa, asimismo, que las organizaciones querellantes no han enviado informaciones
adicionales en cuanto a este caso particular desde que la queja fue presentada ante el
Comité en diciembre de 2016. Tomando en consideración que cinco de los seis casos
pendientes han sido resueltos en el sentido antes descrito, el Comité confía que el caso
de la Sra. Reyes Umaña será resuelto a la brevedad y tomando en cuenta las
consideraciones que el Comité ha expresado en sus anteriores conclusiones y
recomendaciones al respecto. Habida cuenta de lo que antecede, el Comité considera que
el caso queda cerrado y no proseguirá con su examen.