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Informe provisional - Informe núm. 401, Marzo 2023

Caso núm. 3185 (Filipinas) - Fecha de presentación de la queja:: 05-FEB-16 - Activo

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Alegatos: las organizaciones querellantes alegan el deterioro de los derechos laborales en el país, caracterizado por numerosos incidentes de ejecuciones extrajudiciales de afiliados y dirigentes sindicales, tentativas de homicidio, arrestos y detenciones ilegales, señalamientos, acoso, intimidación y amenazas contra sindicalistas, así como represión sindical e injerencia en los asuntos del sindicato. Las organizaciones querellantes denuncian que el Gobierno no ha investigado adecuadamente estos casos ni ha puesto a los autores a disposición de la justicia, agravando el clima de impunidad, violencia e inseguridad, lo que ha tenido un efecto perjudicial en el ejercicio de los derechos sindicales

  1. 639. El Comité examinó por última vez este caso (presentado en febrero de 2016) en su reunión de noviembre de 2021, cuando presentó un informe provisional al Consejo de Administración [véase 396.º informe, párrafos 508 a 528, aprobado por el Consejo de Administración en su 343.ª reunión]  .
  2. 640. En una comunicación de fecha 1.º de septiembre de 2021, la Central Sindical Kilusang Mayo Uno (KMU) se sumó al caso y proporcionó información adicional.
  3. 641. El Gobierno presentó sus observaciones en una comunicación de fecha 30 de septiembre de 2022.
  4. 642. Filipinas ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) y el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98).

A. Examen anterior del caso

A. Examen anterior del caso
  1. 643. En su reunión de octubre-noviembre de 2021, el Comité formuló las recomendaciones siguientes [véase 396.er informe, párrafo 528]:
    • a) recordando que los asesinatos de Antonio «Dodong» Petalcorin, Emilio Rivera y Kagi Alimudin Lucman tuvieron lugar en 2013, y que el Gobierno señaló que se habían llevado a cabo las correspondientes investigaciones o que estas seguían abiertas con arreglo a los procesos ordinarios de investigación penal y enjuiciamiento, el Comité una vez más expresa su firme expectativa de que los autores sean juzgados y condenados sin más demora. El Comité confía en que el Gobierno seguirá haciendo todos los esfuerzos posibles a este respecto y urge al Gobierno a que lo mantenga informado de todo progreso realizado;
    • b) el Comité urge al Gobierno a que proporcione una respuesta detallada a los graves alegatos de ejecuciones extrajudiciales, arrestos ilegales, detenciones, amenazas, intimidación, acoso y señalamiento de sindicalistas formulados por la Federación Internacional de los Trabajadores del Transporte (ITF), la Federación de Trabajadores Agrícolas de Filipinas (UMA) y la Federación Nacional de Trabajadores del Azúcar, la Alimentación e Industrias Afines (FSW-FGT), y espera que el Gobierno garantice la pronta investigación de todos los alegatos mencionados, así como la identificación y puesta a disposición judicial de los responsables de la violencia contra sindicalistas —tanto si se trata de particulares como de agentes del Estado—, con vistas a combatir la impunidad y prevenir la repetición de tales actos. El Comité confía en que el Gobierno concederá prioridad a la investigación de estos graves incidentes y le pide que lo mantenga informado de los progresos alcanzados a este respecto, y en particular sobre la situación de los casos abiertos;
    • c) el Comité urge al Gobierno a que garantice la inmediata puesta en libertad de todo sindicalista que se encuentre detenido, en caso de que su arresto o detención estuviese ligado al legítimo ejercicio de sus derechos sindicales;
    • d) por último, haciendo hincapié en la responsabilidad que incumbe al Gobierno con respecto a la investigación de los alegatos de violencia contra los trabajadores sindicados o que defienden de otro modo los intereses de los trabajadores, el Comité espera que el Gobierno haga todo lo que esté a su alcance para asegurar la pronta y adecuada investigación de todo alegato pasado o futuro sobre ejecuciones ligadas a cuestiones laborales y otras formas de violencia contra sindicalistas, a fin de aclarar las circunstancias de los incidentes —en particular la existencia de toda relación directa o indirecta con la actividad sindical—, determinar las responsabilidades y castigar a los autores, con vistas a prevenir la repetición de tales actos. El Comité también urge al Gobierno a que redoble sus esfuerzos para combatir la violencia contra los sindicalistas mediante la definición y aplicación de todas las medidas que sean necesarias a tal efecto, en particular facilitando directrices e instrucciones claras a todos los funcionarios públicos y poniendo en práctica mecanismos nacionales de seguimiento e investigación, a fin de prevenir la reiteración de incidentes violentos contra afiliados y dirigentes sindicales y para garantizar que no se les vincule indiscriminadamente a la insurgencia ni a otros grupos paramilitares, teniendo en cuenta el efecto estigmatizador que ello podría tener sobre el ejercicio de actividades sindicales legítimas, y
    • e) el Comité señala a la atención del Consejo de Administración la naturaleza grave y urgente de los asuntos tratados en este caso.

B. Alegatos adicionales de las organizaciones querellantes

B. Alegatos adicionales de las organizaciones querellantes
  1. 644. El 1.º de septiembre de 2021, la KMU aportó información complementaria, alegando que el Gobierno ha designado abiertamente a los sindicatos afiliados a la KMU y a otras organizaciones —como la Confederación por la Unidad, el Reconocimiento y el Progreso de los Funcionarios Públicos (COURAGE) y la Alianza de Docentes Interesados (ACT)— como organizaciones terroristas comunistas, lo que dio lugar a la violación flagrante de los derechos de los trabajadores con total impunidad. Las organizaciones querellantes señalan el aumento drástico de incidentes de represión sindical y privación de los derechos de sindicación de los trabajadores desde la designación y la aplicación de la ley marcial en la región de Mindanao en 2017, así como el deterioro de la situación de los derechos laborales en la región de Tagalog Meridional. En particular, alegan numerosos incidentes de ejecuciones extrajudiciales, tentativas de homicidio, arrestos ilegales, detenciones, amenazas, acoso e intimidación de dirigentes sindicales, así como diversas formas de represión de sindicatos e injerencia en asuntos sindicales entre 2017 y 2021. También denuncian que el Gobierno no ha investigado adecuadamente estos casos ni ha puesto a los culpables a disposición de la justicia, lo cual ha agravado el clima de impunidad, violencia e inseguridad, y ha tenido un efecto perjudicial en el ejercicio de los derechos sindicales.
  2. 645. Las organizaciones querellantes alegan que, además de la «guerra contra las drogas», los sindicalistas y trabajadores también son blanco de asesinatos durante allanamientos por las fuerzas del Estado, cuyo objetivo es impedir que los sindicalistas ejerzan sus funciones y detener al sindicalismo por completo. Alegan que el clima de impunidad permite el asesinato de dirigentes sindicales y denuncian los siguientes incidentes concretos de homicidio y tentativa de homicidio:
    • El 31 de octubre de 2018, Danny Boy Bautista, un afiliado activo de Nagkahiusang Mamumuo sa Suyapa Farm Union (NAMASUFA-NAFLU-KMU) fue asesinado de un disparo en el mercado público de Compostela. La policía aún no ha informado del nombre del sospechoso, pero señaló que la muerte de Bautista estuvo estrechamente relacionada con su actividad sindical.
    • En noviembre de 2018, Jerry Alicante, también afiliado activo de NAMASUFA, recibió disparos, pero sobrevivió al intento de asesinato, al igual que otro sindicalista, Victor Ageas, en septiembre de 2018.
    • En noviembre de 2018, personas no identificadas provocaron un incendio en la casa de la familia del presidente de NAMASUFA, Paul John Dizon, pero el incendio fue apagado. Al día siguiente, regresaron, dispararon ocho veces y huyeron del lugar. En diciembre de 2018, los autores del incendio quemaron la residencia del presidente de NAMASUFA, así como la oficina sindical adyacente a la casa del presidente, y la casa del expresidente del sindicato, Vicente Barrios.
    • En noviembre de 2019, Reynaldo Malaborbor, coordinador pionero de Pagkakaisa ng Manggagawa sa Timog Katagalugan (PAMANTIK-KMU) y antiguo afiliado del Sindicato de Filipinas - Movimiento Seis de Febrero y dirigente de la Federación de Sindicatos de Filipinas y Servicios Aliados (TUPAS), recibió cuatro disparos perpetrados por un atacante desconocido, cuando regresaba del ayuntamiento de Cabuyao, donde estaba negociando la puesta en libertad de trabajadores en huelga que estaban detenidos. Murió al instante, y el atacante huyó con un cómplice. Más tarde ese mismo día, vecinos señalaron que hombres desconocidos habían estado merodeando la residencia de Malaborbor.
    • El 7 de marzo de 2021, nueve activistas fueron asesinados y siete fueron detenidos en los allanamientos conocidos como los «asesinatos sangrientos» o «domingo sangriento», perpetrados por la policía y el ejército. Emmanuel «Manny» Asuncion, coordinador provincial de Bagong Alyansang Makabayan, en la provincia de Cavite, y dirigentes sindicales de varias organizaciones fueron violentamente asesinados por agentes policiales en el Centro de Asistencia a los Trabajadores (WAC) en Dasmariñas, provincia de Cavite. Las unidades policiales ingresaron por la fuerza al local donde Asuncion, su esposa y otro voluntario dormían. Obligaron al voluntario, a punta de pistola, a que se acostara en el suelo y, acto seguido, lo obligaron a él y a la esposa de Asuncion a salir del local para registrarlo, pero dijeron que no podían mostrarles la orden de registro. A continuación, escucharon gritos y varios disparos dentro del edificio y vieron que el cuerpo de Asuncion era colocado en un patrullero. Asuncion sufrió seis heridas de bala. La policía procedió a registrar el edificio y, más tarde, un investigador le dijo a su esposa que no hallaron armas de fuego ni explosivos. Ese mismo día, Melvin Dasigao y Mark Lee «Makmak» Bacasno, miembros de la Fraternidad y Cooperación por el Sustento, la Justicia y la Paz de San Isidro Kasiglahan, fueron asesinados. Hombres no identificados llegaron a la residencia de Dasigao en la localidad de Kasiglahan, en Rodriguez, provincia de Rizal, les gritaron a los residentes y expulsaron de la casa a su esposa y sus dos hijos, que escucharon tres disparos y posteriormente vieron que el cuerpo de Dasigao era retirado de la residencia. En la misma localidad, hombres armados ingresaron por la fuerza al domicilio de Bacasno. Se escuchó a la policía gritar que hallaron armas y drogas dentro de la casa y los vecinos escucharon un disparo y una explosión. Al día siguiente, se impidió a los familiares de los dos hombres ver los cuerpos de las víctimas en la funeraria Antipolo, a donde fueron trasladados por la policía, al igual que los cuerpos de otras cuatro personas presuntamente asesinadas por la policía. Las organizaciones querellantes afirman que las unidades del Grupo de Investigación y Detección Penales (CIDG) de la policía, la Fuerza de Acción Especial y una brigada del ejército fueron los autores de los crímenes.
    • El 28 de marzo de 2021, Dandy Miguel, un dirigente sindical nacional y vicepresidente de PAMANTIK-KMU (una sección regional de la KMU), miembro del Consejo Nacional de la KMU y presidente del Poder de los Trabajadores Unidos de Fuji Electric Filipinas, fue asesinado cuando regresaba a su casa en motocicleta, tras una consulta con sindicalistas en Calambra, Laguna. Miguel fue acorralado por dos motocicletas, recibió múltiples disparos y murió a causa de ocho heridas de bala. En el momento de su muerte, Miguel estaba trabajando en los casos de los incidentes del «domingo sangriento», ayudando a familias a presentar demandas ante la Comisión sobre Derechos Humanos (CHR) y brindando asistencia a dirigentes sindicales para presentar denuncias de amenazas, acoso e intimidación.
    • Las organizaciones querellantes también señalan que, según información del Centro de Derechos Humanos y Sindicales, en agosto de 2021, se registraron 56 casos de ejecuciones extrajudiciales de trabajadores en el país bajo el Gobierno de Duterte, 17 de los cuales provenían de sindicatos agrícolas y fueron presentados previamente al Comité en el presente caso por la Federación de Trabajadores Agrícolas de Filipinas (UMA) y la Federación Nacional de Trabajadores del Azúcar, la Alimentación e Industrias Afines (NFSW-FGT).
  3. 646. Las organizaciones querellantes alegan, además, que el Gobierno utiliza la ley para encarcelar sindicalistas, ya que son perseguidos, vigilados, amenazados y sometidos a detención y arresto arbitrarios sobre la base de acusaciones penales y pruebas falsas, y órdenes de registro y arresto injustificadas o inventadas. Según las organizaciones querellantes, los sindicalistas están siendo criminalizados por sus actividades sindicales y permanecen detenidos durante años acusados de actos delictivos que no cometieron, lo cual es un golpe duro para el movimiento sindical del país. A menudo son interrogados durante horas, además de sufrir tortura y maltrato físico, verbal y psicológico. Las organizaciones querellantes señalan los siguientes incidentes específicos de arresto y detención arbitrarios de sindicalistas basados en acusaciones falsas:
    • En febrero de 2018, Marklen Maojo Maga, un activista sindical que participó en la organización de una huelga de conductores de vehículos de transporte público conocidos como jeepney y organizador de sindicatos afiliados a la KMU en Metro Manila y las provincias vecinas, fue detenido por la tenencia ilegal de un arma. Su pareja, Eleanor de Guzman, una dirigente de la KMU, y su hijo se vieron obligados a huir de su casa por motivos de seguridad. Maga fue condenado en junio de 2019 y su caso está en proceso de apelación.
    • Entre junio y octubre de 2018, Juan Alexander Reyes, Rowena y Oliver Rosales, e Ireneo Atadero, todos afiliados a organizaciones de trabajadores (KMU, la Asociación de Trabajadores de la Ciudad Quezón y COURAGE), fueron arrestados y detenidos ilegalmente sobre la base de acusaciones penales falsas. El Grupo de Investigación y Detección Penales (CIDG)-Región de la Capital Nacional de la Policía Nacional Filipina (CIDG-NCR) y el Servicio de Inteligencia de las Fuerzas Armadas de Filipinas llevaron a cabo las detenciones de manera conjunta. Se colocó una pistola o un explosivo a los sindicalistas y se los acusó de haber cometido homicidio o incendio provocado en Agusan del Norte, una provincia a la que nunca habían ido. No se les otorgó un debido proceso, se utilizaron testigos y testimonios falsos en las acusaciones presentadas en su contra, y durante su detención se les privó de desempeñar sus funciones como organizadores sindicales.
    • En marzo de 2019, Eugene Garcia, presidente del Sindicato de Trabajadores de la empresa Pioneer Float Glass Manufacturing Inc. fue detenido por portar un arma que había sido colocada como prueba durante el registro de su domicilio. La detención ilegal de García tuvo lugar en el momento en que el sindicato estaba afirmando su convenio colectivo mediante una serie de diálogos con la nueva dirección, que se negó a reconocer el acuerdo y al sindicato. Aún debe afrontar un juicio ante el Juzgado Regional.
    • En marzo de 2019, alrededor de 50 miembros de la policía llegaron en diez vehículos a la residencia de Ricky Chávez, miembro del directorio del sindicato de Toyota Motors Philippines Corporation, para entregarle una orden de registro, pero no lo encontraron. Antes de que se registrara su domicilio, Chávez participó en una manifestación organizada por el sindicato para conmemorar el 18. aniversario de los despidos de 233 sindicalistas en 2001.
    • En octubre de 2019, tras allanamientos policiales simultáneos de las oficinas de organizaciones populares en la ciudad de Bacólod, Negros Occidental, 55 personas fueron detenidas, entre ellas 21 conductores de autobuses y Noli Rosales, el secretario general de la filial de la KMU en la isla de Negros, que fue detenido por acusaciones falsas de tenencia ilegal de armas de fuego y municiones, pero su caso fue desestimado en 2021. Anne Krueger, una periodista y organizadora comunitaria, también fue arrestada por el CIDG durante un allanamiento en la oficina de GABRIELA (una alianza nacional de mujeres) en la ciudad de Bacólod y, a pesar de que posteriormente fue puesta en libertad bajo fianza, aún afronta acusaciones falsas de tenencia ilegal de armas y municiones.
    • El 7 de septiembre de 2020, Ramon Rescovilla, vicepresidente de PISTON, una federación nacional de conductores de jeepney afiliada a la KMU, fue detenido en el municipio de Daraga, provincia de Albay, por 20 oficiales de policía que lo esposaron y le entregaron una bolsa con una granada y una pistola y, más tarde, lo llevaron a la comisaría de Daraga, donde hombres que se sospechaban eran agentes de inteligencia del Estado lo interrogaron y le dieron cinco puñetazos. Se le denegó atención médica y ahora afronta falsas acusaciones de tenencia ilegal de armas de fuego y explosivos, y homicidio.
    • El 4 de diciembre de 2020, Jose A. Bernardino, un organizador sindical en los enclaves industriales y de los trabajadores del transporte en la provincia de Pampanga, fue detenido por la fuerza por agentes estatales y esposado cuando viajaba a la ciudad de Ángeles, en la provincia de Pampanga. Bernardino es acusado de rebelión y tenencia ilegal de armas de fuego, municiones y explosivos, a pesar de que cuando fue detenido por la policía no portaba ninguno de esos elementos.
    • El 10 de diciembre de 2020, hombres armados llevaron a cabo un allanamiento orquestado en el apartamento de Romina Astudillo en Ciudad Quezón, donde ella, Mark Ryan Cruz y Jaymie Gregorio se estaban alojando. Los hombres hallaron una mochila con una granada y trasladaron a los tres sindicalistas al CIDG-NCR en Camp Crame, donde fueron interrogados sin presencia de un abogado. Los tres son afiliados de la KMU; Astudillo fue elegida subsecretaria general y Cruz consejero general, mientras que Gregorio organizaba a trabajadores en las zonas portuarias y las comunidades aledañas en Montaña de Humo, en Manila.
    • El 10 de diciembre de 2020, 40 oficiales del CIDG-NCR llevaron a cabo un registro orquestado en el apartamento de la hija de Joel Demate y hallaron una granada, un rifle, una pistola y municiones. Demate, que es organizador sindical de Solidarity of Labor for Rights and Welfare, fue llevado a la policía y afronta múltiples acusaciones de tenencia ilegal de armas y explosivos.
    • El 10 de diciembre de 2020, alrededor de 30 funcionarios armados del Equipo de Asalto de Armas Especiales del distrito policial de Ciudad Quezón y el CIDG de Ciudad Quezón, algunos con uniforme y otros vestidos de civil, ingresaron por la fuerza al domicilio de Dennise Velasco, un organizador de Defend Jobs Philippines, su esposa y su hermano. Oficiales en uniformes negros les ordenaron a los hombres que se acostaran en el suelo con las manos atadas en la espalda, mientras la policía y oficiales barangay realizaron un allanamiento, en el que presuntamente hallaron armas, municiones y una granada.
    • El 4 de marzo de 2021, la policía se llevó por la fuerza a Arnedo «Nedo» Lagunias, exsecretario del sindicato de trabajadores de Honda Cars-OLALIA-KMU en la ciudad de Biñan, provincia de Laguna, y a otros habitantes de su domicilio, llevaron a cabo un registro y supuestamente hallaron una pistola y una granada, algo que Lagunias negó categóricamente. Lagunias ahora afronta acusaciones de tenencia ilegal de armas de fuego y explosivos.
    • El 4 de marzo de 2021, alrededor de 50 oficiales del CIDG rodearon y derribaron la puerta de la residencia de Ramir Corcolon en la ciudad de San Pablo, en Laguna, donde realizaron un registro, en el que presuntamente hallaron una pistola, una granada y un artefacto explosivo improvisado. Corcolon es presidente de la Asociación de Empleados del Servicio de Suministro de Agua del Distrito y secretario general del grupo de Respuesta de Funcionarios del Sistema de Suministro de Agua.
    • El 7 de marzo de 2021 (durante las detenciones del «domingo sangriento»), Steve Mendoza, vicepresidente ejecutivo de la federación de trabajadores OLALIA-KMU y expresidente del Sindicato de Trabajadores de Philsteel OLALIA-KMU, y su pareja, Rafaela Barquilla, se despertaron con el ruido de hombres armados en vestimenta camuflada que estaban destruyendo el portón de acero de su residencia. Aunque Mendoza insistió en ver la orden de registro y pidió a los hombres que se identificaran, estos ingresaron a la casa por la fuerza, obligaron a Mendoza a acostarse en el suelo a punta de pistola, expulsaron a su esposa e hijo de la casa y saquearon la propiedad. Más tarde declararon que habían hallado una pistola dentro del domicilio y Mendoza fue acusado de tenencia ilegal de armas de fuego, municiones y explosivos.
    • El 7 de marzo de 2021 (durante las detenciones del «domingo sangriento»), al menos 20 hombres armados en uniformes camuflados ingresaron por la fuerza en la oficina de Defend Yulo Farmers en Cabuyao, provincia de Laguna, donde Elizabeth «Mags» Camoral y otras cuatro personas se estaban alojando, apuntaron con una pistola a su acompañante, les gritaron y saquearon la oficina. Hallaron una pistola que supuestamente era propiedad de Camoral, quien fue puesta en libertad bajo fianza, pero aún afronta acusaciones falsas de tenencia ilegal de armas de fuego. Camoral es expresidenta del Sindicato de Trabajadores de F-Tech y coordinadora provincial de BAYAN-Laguna.
    • El 7 de marzo de 2021 (durante las detenciones del «domingo sangriento»), hombres armados ingresaron por la fuerza en la casa de Eugene Eugenio, afiliado del sindicato de trabajadores de F-Tech y presidente de la organización para la Promoción de los Derechos y Responsabilidades de los Trabajadores Sindicalizados. Los hombres señalaron que estaban buscando una pistola, que supuestamente encontraron.
    • El 30 de marzo de 2021, alrededor de 40 oficiales del CIDG rodearon la residencia de Florentino «Pol» Viuya, presidente de la Alianza de Trabajadores en la Región III y de Bagong Alyansang Makabayan en Luzon Central. Viuya insistió en que sus colegas y oficiales barangay debían estar presentes durante el registro, pero los oficiales del CIDG entraron por una ventana que estaba abierta en la parte posterior de la casa. Tras haber registrado el domicilio, la policía señaló que había una granada de mano a simple vista en el alféizar de la ventana que estaba abierta y procedieron a detener a Viuya. Ese mismo día, Joseph Canlas, líder campesino de la Alianza de Campesinos de Luzon Central (AMGL) fue arrestado y detenido por las mismas acusaciones falsas, basadas en haber colocado una granada como prueba falsa. A Canlas se le denegaron recursos preliminares, a pesar de que estaba enfermo, contrajo COVID 19 durante su detención y falleció en el hospital.
  4. 647. Además, las organizaciones querellantes señalan varias instancias de dispersión violenta de las huelgas de los trabajadores:
    • En junio de 2017, alrededor de 100 miembros fuertemente armados del ejército y la policía, junto con rompehuelgas de la empresa productora de frutas, dispersaron violentamente a trabajadores en huelga del Sindicato de Trabajadores de Shin Sun (SSWU), una filial de la Federación Nacional de Sindicatos de Trabajadores (NAFLU-KMU), los golpearon y utilizaron formaldehído para impedir que los trabajadores defendieran el piquete. Tras la dispersión de la huelga, 12 trabajadores y sus partidarios fueron arrestados: Vicente «Boy» Barrios, Eric Noble, Pio Salar, Elisar Lague, Angelito Atamosa, Crispo Atamosa, Gerry Atamosa, Ernesto Calinawan, Carmin Atamosa, Francisco Milallos, Ritiza Milallos y Lanie Rose Millalos.
    • En abril de 2018, tras la creación del Sindicato de Trabajadores Unidos de NutriAsia, la empresa productora de aderezos en Mariloa, provincia de Bulacán, intentó impedir su inscripción y despidió a los funcionarios sindicales, incluido a Jessie Gemola, presidente del sindicato. Como consecuencia del acoso antisindical, los despidos ilegales y otras formas de prácticas laborales injustas, el sindicato llevó a cabo una huelga en junio de 2018, durante la cual policías armados intentaron aproximarse a los trabajadores en huelga. Después de que los tribunales ordinarios dictaminaran que los trabajadores en huelga debían abstenerse de obstruir la entrada de la empresa, la policía provincial de Bulacán y guardias de seguridad privados de la empresa dispersaron violentamente a los trabajadores que se manifestaban y detuvieron a 23 de ellos y a sus partidarios por acusaciones de ataque físico: Mercy Macatabas Taborada, Elena Francisco Latoza, Mylene Arellano Baysa, Princess Punzalan Pineda, Ronello Hingpit Espejon, Jaymark M. Bautista, Jhon Paul L. Gonzales, Lloyd M. Salonga, Carmina R. Ileto, Romnick P. Agarpao, Ulysis Uy, Dinnis Datuin, Fernando Miguel B. Collantes, Christian S. Maniquiz, Rudy S. Magalang, Dinalyn V. Beringuel, Emerson C. Batarina, Reychelle Sta. Rosa, Jovilou Angcon, Lueuile Bangcat, Ronald Gillego, Francis Estrella y Jessie Villacastin. A finales de julio de 2018, se reiteraron los incidentes de violencia cuando guardias de seguridad privados de la empresa dispersaron el piquete de los trabajadores, que se situaba a más de 100 metros de distancia del portón principal de la empresa, utilizando palos, porras y piedras. Más de 40 trabajadores y sus partidarios resultaron heridos y 19 trabajadores fueron detenidos, ocho de los cuales eran huelguistas, a saber: Daisy Jane Heda, Robert Sequino, Sedney Villamor, Jerald Verano, Mark Ponce, Dannyboy Conel, Marylle Jons Peligro y Jeovelyn Bornales.
    • En julio de 2018, una sentada de trabajadores de Unified Power of Workers en Middleby Philippines Inc., un sindicato de trabajadores contractuales de una fábrica en la ciudad de Biñan, Laguna, fue dispersada violentamente. Cinco trabajadores resultaron heridos y siete fueron llevados a la comisaría.
    • En octubre de 2018, la policía, el ejército y la unidad del gobierno local llevaron rompehuelgas y trabajadores no huelguistas para dispersar la huelga de los trabajadores de NAMASUFA en Sumifru, una empresa exportadora de bananas en la localidad de Compostela. Unos días después, siete afiliados de NAMASUFA fueron abordados y golpeados por hombres no identificados, supuestamente matones contratados por la empresa. Más tarde, los rompehuelgas (matones contratados y trabajadores no huelguistas), escoltados por oficiales de las fuerzas armadas y de la policía, atacaron campamentos huelguistas, donde rompieron equipamiento, provocaron heridas a 27 trabajadores huelguistas y dañaron bienes del sindicato.
    • En junio de 2019, cientos de hombres vestidos de negro atacaron a 200 trabajadores del Sindicato de Trabajadores de Pepmaco que estaban durmiendo en el piquete, hirieron de gravedad a varios de ellos y destruyeron el piquete. En agosto de 2019, después de que los trabajadores en huelga realizaran una manifestación en la entrada del parque industrial, la policía arrestó arbitrariamente a 25 trabajadores, los obligó a ingresar a un patrullero y detuvo a 18 de ellos. Los trabajadores fueron puestos en libertad al día siguiente después de que una orden judicial hiciera referencia a una circular del Departamento de Justicia en la que se prohíbe a fiscales otorgar autorización al Departamento de Trabajo y Empleo antes de tomar conocimiento de las quejas y de presentar casos derivados de un conflicto laboral o relacionados con él.
    • En julio de 2019, la policía y guardias de seguridad privada de una empresa fabricante de aderezos en Cabuyao, provincia de Laguna, lanzaron piedras a los 400 trabajadores en huelga, los intimidaron con armas largas y los atacaron con barras de metal y porras. Como consecuencia de ello, 19 trabajadores resultaron gravemente heridos y 17 fueron detenidos, entre ellos tres funcionarios sindicales, y acusados de causar daños intencionales, coerción grave y agresión directa. Se les denegó interponer recursos, por lo que su detención se prolongó y fueron puestos en libertad bajo fianza en diciembre de 2019, mientras el caso sigue su curso.
  5. 648. Por último, las organizaciones querellantes afirman que el Gobierno puede, a través del Consejo contra el Terrorismo y en virtud de la Ley contra el Terrorismo, proscribir arbitrariamente a individuos y organizaciones por considerarlos terroristas, o simplemente utilizar la Ley de manera general para acusar a organizaciones legítimas y a sus dirigentes de terroristas. Según las organizaciones querellantes, acusar a la KMU de organización terrorista es una declaración política y una orden de erradicar a los sindicatos e impedir que los trabajadores se sindicalicen. Los materiales colocados en lugares públicos y publicados en las redes sociales (en cuentas oficiales de la policía o cuentas falsas financiadas por el Estado) califican a la KMU y sus funcionarios de partidarios del Nuevo Ejército del Pueblo (NPA) o su frente legal, de «terroristas» o miembros de «organizaciones terroristas comunistas», con el objetivo de que los trabajadores retiren su afiliación al sindicato o para disuadirlos de que se sindicalicen. Las organizaciones querellantes afirman que esta campaña de desprestigio contra sindicalistas tiene el objetivo de generar una excusa para seguir cometiendo abusos y violaciones de los derechos humanos y es parte del enfoque de seguridad nacional de «toda la nación», mediante el cual cada segmento del Gobierno tiene la responsabilidad de ayudar a identificar a posibles insurgentes y opositores al régimen, por lo que organismos gubernamentales realizan un inventario de miembros de organizaciones progresistas y presentan esta información al ejército en apoyo de los esfuerzos contra la insurgencia. En la práctica, ello redunda en amenazas graves de dirigentes y afiliados sindicales, campañas de desprestigio, propaganda antisindical por parte del ejército, rendiciones falsas, injerencia directa del ejército en los asuntos sindicales, incluido en las elecciones del sindicato y la desafiliación forzada de sindicatos y federaciones.
  6. 649. Las organizaciones querellantes alegan en este sentido que los responsables de algunos de estos incidentes en la región de Tagalog Meridional son unidades de las fuerzas armadas en Luzon Meridional, encabezadas por el ahora retirado Teniente General Parlade Jr, entre 2019 y mediados de 2021, y que tanto el Grupo de trabajo nacional para poner fin al conflicto armado comunista local (NTF-ELCAC) y la Oficina conjunta de coordinación de la paz laboral (ahora conocida como la Oficina de la Alianza y el Programa por la Paz Laboral) han realizado propaganda e incurrido en el acoso y la amenaza persistentes de dirigentes sindicales, a menudo mediante la visita de agentes estatales al domicilio de dirigentes sindicales con el objetivo de amenazarlos para que se entreguen como rebeldes del NPA o para que se desafilien de sus sindicatos a cambio del retiro de toda amenaza de detención o secuestro. También han interferido en asuntos sindicales, desalojando a funcionarios sindicales y desmantelando organizaciones de trabajadores. Las organizaciones querellantes señalan los siguientes incidentes concretos:
    • Desde febrero de 2018, el ejército llevó a cabo campañas casa por casa y asambleas entre trabajadores de la NAMASUFA y sus familiares en el municipio de Compostela, con el objetivo de convencer a afiliados de la KMU de que se entregaran al ejército para que se eliminaran sus nombres de la lista de partidarios y simpatizantes del NPA, o de que retiraran su afiliación de los sindicatos de la KMU. El gobierno local de la municipalidad de Compostela incluso declaró a la KMU persona non grata.
    • En febrero de 2019, tres dirigentes del Sindicato de Trabajadores de Musahamat (MWLU), una filial local de la NAFLU-KMU en Pantukan, valle de Compostela, a saber, Esperidion Cabaltera, presidente del sindicato, Richard Genabe, vicepresidente del sindicato, y Ronald Rosales, secretario, fueron secuestrados de sus hogares, trasladados a un campamento militar, detenidos toda la noche de manera injustificada, interrogados y obligados a admitir que eran afiliados del NPA, a renunciar de la KMU y decirle a otros sindicalistas que hicieran lo mismo. Los tres sindicalistas negaron las acusaciones, pero firmaron los documentos y, a pesar de que fueron puestos en libertad al día siguiente, están siendo vigilados de cerca por soldados. Tras su liberación, 153 afiliados sindicales fueron obligados a firmar un formulario que afirmaba que renunciarían a la KMU para que sus nombres fueran retirados de la lista. Antes de ser secuestrados en febrero de 2019, Cabaltera y Genabe ya habían sido acosados por hombres armados no identificados, que se sospechaba eran miembros del ejército. Las organizaciones querellantes señalan que los incidentes relacionados con Cabaltera y Genabe ya se habían denunciado al Comité en el caso núm. 3119 relativo a Filipinas, en el que el Comité pidió al Gobierno que adoptara las medidas necesarias para garantizar la investigación y la resolución plenas y rápidas de los presuntos actos de acoso contra los dirigentes y miembros mencionados de los sindicatos afiliados a la KMU, incluidos los afiliados y activistas de Musahamat (véase caso núm. 3119, 387.º informe, octubre de 2018, párrafo 626).
    • En julio de 2019, el presidente del Sindicato de trabajadores de la plantación de aceite de palma Filipinas presentó una carta a la dirigencia de la NAFLU-KMU para declarar su desafiliación de la Federación, aduciendo como motivo principal el señalamiento y acoso de sus miembros por el ejército.
    • En septiembre de 2019, durante las elecciones del sindicato, afiliados del sindicato United Workers of Mindanao Agriculture Inc. vieron pósteres y panfletos alrededor de la plantación que denigraban al sindicato y su federación afiliada, la NAFLU, utilizando el logo del NPA.
    • Entre febrero y mayo de 2020, PAMANTIK-KMU ha documentado que al menos diez afiliados del Sindicato de Empleados de la Planta de Coca-Cola en Santa Rosa fueron víctimas de acoso, intimidación y amenazas por agentes del NTF-ELCAC, lo que también dio lugar al secuestro de algunos sindicalistas en abril de 2020, que posteriormente fueron presentados como rebeldes que se entregaron.
    • En febrero de 2020, la policía comenzó a intimidar a sindicalistas de Nagkakaisang Manggagawa ng Supreme (NMS-NAFLU-KMU), un sindicato de una empresa fabricante de acero en Bulacán, mediante visitas frecuentes a la fábrica, señalamientos e injerencia en las actividades sindicales (reuniones y elecciones locales), lo que tuvo como consecuencia la elección de un sindicato de directivos en las últimas elecciones.
    • Desde abril de 2020, el presidente de OLALIA-KMU, Hermenigildo «Hermie» Marasigan, ha estado en la clandestinidad debido a amenazas a su seguridad. En julio de 2021, su esposa denunció que alrededor de cinco hombres uniformados fueron a su casa para ayudar a Marasigan a retirar su nombre de la lista y le advirtieron que la unidad de inteligencia lo localizaría. En agosto de 2021, cuatro oficiales del ejército visitaron su casa nuevamente con el mismo objetivo.
    • Entre mayo y noviembre de 2020, oficiales de policía que se presentaron como miembros de la Oficina de la Alianza y el Programa por la Paz Laboral, ingresaron e interfirieron en las actividades del Sindicato de Trabajadores de Alcophil-la Alianza de Organizaciones Genuinas de Trabajadores KMU. El presidente del sindicato, Eliseo Taping, ha sido desprestigiado y señalado mediante la colocación de pósteres en las inmediaciones de la fábrica de la empresa en la ciudad de Valenzuela, Manila.
    • Entre diciembre de 2020 y marzo de 2021, al menos dos funcionarios sindicales del Sindicato de Trabajadores de Optodev-NAFLU-KMU fueron víctimas de vigilancia, amenazas y acoso en sus domicilios en Laguna.
    • Entre noviembre de 2020 y septiembre de 2021, el Sindicato de Trabajadores de NXP NAFLU KMU documentó que agentes estatales habían visitado al menos una vez a 35 sindicalistas y afiliados sindicales en la fábrica o sus domicilios en Cabuyao y Canlubang, en la provincia de Laguna. Los agentes se presentaron como afiliados del NTF-ELCAC y preguntaron sobre las oficinas, las actividades sindicales y las cuotas sindicales.
    • Entre febrero y agosto de 2021, agentes estatales visitaron al menos una vez a 15 dirigentes y afiliados sindicales del Sindicato de Trabajadores Progresistas de Wyeth Filipinas-la Alianza de Fármacos y Alimentos-KMU. Los agentes se presentaron como afiliados del NTF ELCAC. El funcionario sindical Rico Dimaano y el presidente del sindicato recibieron amenazas para firmar una resolución del directorio en la que se declaraba la desafiliación del sindicato de la KMU.
    • En marzo de 2021, un exfuncionario de la KMU (cuyo nombre no se especifica) que estaba realizando obras de renovación en la casa de Eleanor de Guzman, la directora de derechos humanos de la KMU, fue interrogado por dos hombres del CIDG que señalaron que la unidad estaba vigilando periódicamente la residencia de, de Guzman y que enviaría a un equipo para secuestrarla a ella y a otras personas.
    • En junio de 2021, se detectaron pósteres en los que se acusaba a la KMU y su presidente Elmer Labog de terroristas, en las inmediaciones de la sede de la KMU en Barangay Claro, en las ciudades de Quezón, Laguna y Davao. La KMU y sus funcionarios también fueron acusados de terroristas en las redes sociales del Gobierno y en cuentas falsas financiadas por el Estado. Además, oficinas del centro de trabajadores están siendo vigiladas y sus bienes son frecuentemente destruidos, en particular en la sede de la KMU en Barangay Claro en la Ciudad Quezón, en la oficina de la Defensa del Empleo en Ciudad Quezón y en la oficina de OLALIA-KMU en Laguna.
    • Las organizaciones querellantes también hacen referencia a la campaña de desprestigio contra Lean Porquia, un voluntario de la KMU, mediante acusaciones de que reclutaba rebeldes y, en términos más generales, de que intimidaba a funcionarios y afiliados de sindicatos de trabajadores en TMA Group Phils, F-Tech, PIGLAS Middleby Phils Corp LIGA, Daiwa Seiko Phils, Sunlogistics Corp, Aichi Forge Phils y trabajadores de OLALIA KMU.
  7. 650. En cuanto a los alegatos anteriores, las organizaciones querellantes señalan que denunciaron a la CHR, al Ministerio de Trabajo y Empleo y al poder judicial los casos recientes de homicidio y otras violaciones de los derechos humanos en sindicatos afiliados a la KMU, pero el proceso avanza muy lentamente para evaluar adecuadamente el aparente plan del Estado de silenciar a grupos organizados que critican las políticas del Gobierno contrarias a los trabajadores. En el momento de presentar estos alegatos, las organizaciones querellantes señalan que ningún miembro del ejército o las fuerzas policiales ha sido sancionado o penalizado por violaciones de los derechos humanos, sino que, por el contrario, muchos fueron promovidos o se han jubilado. La KMU, PAMANTIK y los familiares de víctimas también han recurrido al mecanismo de la orden administrativa núm. 35 en el Departamento de Justicia para pedir una investigación de los incidentes ocurridos en el «domingo sangriento» y del asesinato de Dandy Miguel, y sostienen que los asesinatos no deberían desestimarse simplemente sobre la base de la presunción de la periodicidad de la acción policial o de que las personas arrestadas pusieron resistencia, o que los asesinatos no estuvieron relacionados con cuestiones laborales. En cambio, exigen una investigación justa y exhaustiva de todas las acciones de la policía y la rendición de cuentas de los autores. Las organizaciones querellantes afirman que para los sindicalistas detenidos y arrestados la defensa legal resulta difícil, los abogados especializados en derechos humanos están siendo asesinados, la ley es utilizada como arma y el sistema judicial corre peligro a causa de jueces que sufren coacción del ejército o amenazas de homicidio por ser independientes. La KMU planteó estas preocupaciones al Administrador del Tribunal Supremo y recomendó la reforma de las reglamentaciones y directrices judiciales para emitir órdenes de arresto y registro. El Tribunal Supremo publicó la circular núm. 13 en julio de 2021 que exige el uso de cámaras corporales durante las detenciones y registros, y restringe el poder de los jueces de Metro Manila para expedir órdenes de registro en locales fuera de su jurisdicción. La KMU también presentó una petición en la que cuestiona la constitucionalidad de la Ley contra el Terrorismo de 2020, así como una demanda a la Dirección Nacional de Investigación para que investigara las publicaciones estatales que califican a los líderes de la KMU de terroristas.
  8. 651. En función de lo anterior, las organizaciones querellantes alegan que las fuerzas de seguridad estatal siguen socavando los derechos de libertad sindical y cometiendo violaciones flagrantes de la Ley, del debido proceso, los derechos civiles y los derechos humanos fundamentales de los trabajadores filipinos, entre otros, al equiparar las actividades sindicales legítimas con el combate. A pesar de que el Departamento de Trabajo y Empleo ha afirmado que los homicidios entre trabajadores no están relacionados con asuntos laborales y que los grupos de trabajadores disponen de recursos en caso de violaciones (como el mecanismo de la orden administrativa núm. 35 y las directrices sobre la conducta de funcionarios públicos), el problema radica en la ausencia del Estado de derecho, la aplicación de directrices y si los mecanismos disponibles pueden ser imparciales cuando los organismos que participan en la investigación forman parte del NTF-ELCAC. Las organizaciones querellantes alegan que, si bien se cuenta con una Constitución, leyes, tribunales y directrices, las fuerzas de seguridad estatales no respetan a estas instituciones y el NTF-ELCAC, que cuenta con financiamiento abundante, se ha vuelto el principal instrumento de violaciones de los derechos humanos en el país, dado que no persigue a comunistas armados, sino a civiles desarmados y a organizaciones legítimas. Por consiguiente, las organizaciones querellantes sostienen que el Gobierno no ha garantizado, defendido ni protegido los derechos fundamentales de los trabajadores a la vida, la libertad, otros derechos humanos básicos y la libertad sindical. La persistencia y la intensificación de las violaciones de los derechos humanos desde la Conferencia Internacional del Trabajo de 2019 significa que el Gobierno no ha adoptado medidas necesarias para frenar estos abusos, sino que, por el contrario, ejecuta políticas y posee órganos que allanan el camino a las violaciones de los derechos humanos y sindicales. Las organizaciones querellantes instan al Gobierno a que ponga fin a la represión y las violaciones de los derechos humanos contra los sindicalistas y sus familias.

C. Respuesta del Gobierno

C. Respuesta del Gobierno
  1. 652. En su comunicación de fecha 30 de septiembre de 2022, el Gobierno indica que, a raíz de las elecciones presidenciales celebradas en mayo de 2022, los departamentos y organismos gubernamentales responsables de dar curso a las recomendaciones del Comité experimentaron una serie de cambios estructurales. El Gobierno afirma que se respetan plenamente las normas del trabajo de la OIT, reconoce las cuestiones de larga data presentadas ante los mecanismos de control de la OIT y recuerda su intención de abordarlas de forma objetiva. Añade que ha adoptado recientemente una política de diálogo abierto con diferentes organizaciones sindicales, incluidas las afiliadas a las organizaciones querellantes en el presente caso, a fin de obtener información más precisa sobre las numerosas quejas de acoso, señalamiento y violencia contra afiliados sindicales. El objetivo del Gobierno con este proceso de comunicación y diálogo es colaborar con las organizaciones sindicales a fin de mejorar el entorno para el ejercicio de los derechos sindicales. Estas medidas complementan los avances en el poder judicial, como el hecho de que el Tribunal Supremo emitiera una orden administrativa que limita de forma expresa el efecto de las órdenes judiciales a la jurisdicción territorial del juez que las emite, con el objetivo de abordar la práctica muy criticada que utilizaban los jueces de Manila y Ciudad Quezón consistente en emitir órdenes que podían ejecutarse en áreas no pertenecientes a su jurisdicción.
  2. 653. En relación con los casos relativos a los asesinatos de Antonio Petalcorin, Emilio Rivera y Kagi Alimudin, que originaron el presente caso, el Gobierno indica que el sistema de órdenes electrónicas puesto en marcha recientemente ayuda a seguir la pista a los sospechosos que siguen en libertad y que la policía lleva a cabo ahora operaciones policiales simultáneas contra la delincuencia, en virtud de las cuales las órdenes no ejecutadas se ejecutan cada dos meses. En consecuencia, la comisaría de Palomo, en la ciudad de Davao, que tiene jurisdicción sobre los casos de Petalcorin y Rivera, realiza una labor constante de coordinación con otras unidades encargadas de hacer cumplir la ley para localizar y detener a los sospechosos. A pesar de no estar clasificado como un caso de ejecución extrajudicial sobre la base de las directrices operativas de la orden administrativa núm. 35, el caso de Alimudin sigue abierto para su investigación de conformidad con los procedimientos habituales de investigación penal, pero la falta de testigos esenciales continúa obstaculizando la investigación.
  3. 654. En relación con los alegatos adicionales presentados por las organizaciones querellantes en marzo y junio de 2021, el Gobierno indica que están relacionados con incidentes diferentes a los señalados inicialmente en el presente caso y no deberían ser examinados en el marco de este. Asimismo, afirma que muchos de los presuntos incidentes se encuentran en diferentes etapas de los procesos de investigación, procesales y judiciales de instituciones nacionales plenamente operativas. En particular, indica que los alegatos de ejecuciones extrajudiciales han sido señalados por el Centro de Derechos Humanos y Sindicales y han sido objeto de seguimiento por órganos tripartitos regionales de control. De estos casos, cinco están siendo investigados por la policía (los relativos a Leonardo Escala, Alexander Ceballos, Flora Gemola, Ronald Manlanat y Felipe Dacal-Dacal) y tres están pendientes de resolución por los tribunales o hay un juicio en curso (los relativos a Ariel Diaz, Julius Broce Barellano y los nueve campesinos conocidos como «Sagay 9»). El Gobierno indica que, en el caso de Ariel Diaz, sobre la base de un informe de la oficina de la policía provincial de Isabela de agosto de 2021, se presentó una causa por asesinato en los tribunales contra un sospechoso identificado y varios no identificados. Según la policía, el motivo del delito fue un conflicto sobre tierras y se ha emitido una orden de detención contra los acusados, a los cuales se está buscando. En el caso de Julius Broce Barellano, se incoó una causa penal por asesinato contra los sospechosos en el tribunal local de la ciudad de San Carlos, en Negros Occidental, que fueron aprehendidos y actualmente se encuentran detenidos. Respecto de los campesinos de Sagay, se presentó una causa por asesinato múltiple contra dos personas identificadas y varias no identificadas, la cual sigue pendiente en el Juzgado regional núm. 73 de la ciudad de Sagay, en Negros Occidental.
  4. 655. Respecto de otros supuestos casos de ejecuciones extrajudiciales, detención ilegal y señalamiento presentados por las organizaciones querellantes en marzo y junio de 2021, el Gobierno indica que se ha comprometido a realizar un seguimiento de dichos casos, pero que, habida cuenta del elevado número de supuestos incidentes y el tiempo que ha pasado desde que ocurrieron, necesitará un plazo razonable para obtener información precisa y pertinente al respecto.
  5. 656. En relación con los alegatos adicionales presentados por las organizaciones querellantes en septiembre de 2021, el Gobierno dice que hacen referencia a dos incidentes adicionales de asesinato, a saber, el de Dandy Miguel y el de los allanamientos de Luzon Meridional, denominados «domingo sangriento». El Gobierno indica de que a Dandy Miguel le dispararon el 28 de marzo de 2021 y que su caso fue derivado al Comité Interinstitucional (IAC) del Departamento de Justicia constituido en virtud de la orden administrativa núm. 35 inmediatamente después del incidente. A continuación, el secretario del Departamento ordenó crear de inmediato un equipo especial de investigación para facilitar la investigación y reunir pruebas. En abril de 2022, el IAC celebró conferencias en las que se examinó ampliamente el caso de Dandy Miguel, y el Fiscal Adjunto del Estado y el Director de la Secretaría del IAC indicaron en informes de abril y septiembre de 2022 que se estaba investigando el caso.
  6. 657. Respecto del incidente del «domingo sangriento», el Gobierno indica que es el resultado de las redadas simultáneas llevadas a cabo por la policía y las fuerzas armadas en Luzon Meridional, las cuales se realizaron, según el portavoz de la policía de la región IV A, con el objetivo de ejecutar órdenes de registro por armas de fuego sin licencia y tenencia ilegal de explosivos. Nueve personas fallecieron: Emmanuel «Manny» Asuncion, Chai Evangelista, Ariel Evangelista, Melvin Dasigao, Mark Bacasno, Abner Esto, Edward Esto, Dumagat Puroy y Randy «Pulong» Dela Cruz. La Secretaría del IAC comunicó en septiembre de 2022 que el caso era objeto de un seguimiento continuo. En particular, el Gobierno indica que:
    • En enero de 2022, el Departamento de Justicia publicó un comunicado de prensa en el que indicaba que la Oficina Nacional de Investigación acusó de asesinato a 17 agentes y personal relacionados con el CIDG de la Policía Nacional de Filipinas de la región IV A que participaron en la ejecución de las órdenes de registro en Nasugbu, Batangas, que dieron lugar a las muertes de Ariel y Chai Evangelista.
    • En relación con la muerte de Emmanuel «Manny» Asuncion, el equipo especial de investigación recomendó que se acusara de homicidio a determinados agentes de las fuerzas de seguridad implicados en el incidente. Posteriormente, la esposa de Asuncion presentó una denuncia contra 17 agentes de policía identificados ante la fiscalía de la ciudad de Dasmariñas.
    • En septiembre de 2022, el Departamento de Justicia confirmó que al menos 30 agentes de policía serán acusados de los homicidios de los dirigentes sindicales Emmanuel «Manny» Asuncion y Ariel y Chai Evangelista. En cuanto a las otras víctimas, los incidentes están siendo investigados por el equipo especial de investigación.

D. Conclusiones del Comité

D. Conclusiones del Comité
  1. 658. El Comité recuerda que el presente caso se refiere a alegatos de la situación de deterioro de los derechos laborales en el país, caracterizada por numerosos incidentes de ejecuciones extrajudiciales de afiliados y dirigentes sindicales, tentativas de homicidio, arrestos y detenciones ilegales, señalamientos, acoso, intimidación y amenazas contra sindicalistas, así como alegatos de represión de sindicatos e injerencia en los asuntos sindicales y el hecho de que el Gobierno no haya investigado adecuadamente estos casos ni haya puesto a los culpables a disposición de la justicia, agravando el clima de impunidad, violencia e inseguridad, lo que ha tenido un efecto perjudicial en el ejercicio de los derechos sindicales.
  2. 659. El Comité toma nota de que del 23 al 26 de enero de 2023 tuvo lugar en el país una misión tripartita de alto nivel, tal como había solicitado la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia en sus recomendaciones de junio de 2019 sobre la aplicación del Convenio núm. 87.
  3. 660. Con respecto a los alegatos iniciales y el estado de los casos relativos a los homicidios de Antonio «Dodong» Petalcorin, Emilio Rivera y Kagi Alimudin Lucman (recomendación a)), el Comité recuerda que los asesinatos ocurrieron en 2013 y que el Gobierno ha señalado en varias ocasiones que se habían investigado o continuaban investigándose con arreglo a los procesos ordinarios de investigación penal y enjuiciamiento. Aunque el Comité toma nota de la indicación del Gobierno de que los tres casos continúan siendo objeto de una investigación y de que se han adoptado varias medidas para facilitar la labor para encontrar a los sospechosos que siguen en libertad, como la coordinación entre los órganos responsables del cumplimiento de la ley pertinentes, lamenta observar que no parece que se haya realizado un progreso real para poner a disposición judicial a los autores de los tres delitos. Si bien reconoce también los problemas que plantea investigar y procesar casos de delitos que ocurrieron hace casi una década y en los que los sospechosos siguen en libertad, el Comité debe expresar de nuevo su expectativa firme de que los responsables de dichos delitos sean enjuiciados y condenados sin más demora, para evitar la impunidad frente a estos graves delitos. El Comité urge al Gobierno a continuar desplegando todos los esfuerzos posibles en este sentido y a mantenerle informado de todo progreso realizado.
  4. 661. Con respecto a los alegatos adicionales comunicados por la ITF, la UMA y la NFSW FGT en marzo y junio de 2021 (recomendaciones b) y c)), el Comité recuerda que estos se refieren a una política de represión y criminalización sindical que en la práctica ha provocado graves violaciones de los derechos humanos y sindicales, incluidos 18 casos de ejecuciones extrajudiciales de dirigentes y afiliados sindicales desde 2016, arrestos ilegales, detención y acusaciones falsas contra más de 100 trabajadores, activistas de derechos humanos y sindicalistas, así como numerosos incidentes de intimidación, acoso, señalamiento y amenazas contra afiliados y dirigentes sindicales, en su mayoría caracterizados por un cierto grado de participación de agentes del Estado, en particular de oficiales de la policía, las fuerzas armadas u otras organizaciones bajo su control. El Comité toma nota de la indicación del Gobierno de que muchos de los supuestos incidentes se encuentran en diferentes etapas de los procesos de investigación, procesales y judiciales de instituciones nacionales plenamente operativas, como los órganos tripartitos regionales de control. En particular, el Gobierno comunica que cinco de los casos por acusaciones de homicidio están siendo investigados por la policía (los relativos a Leonardo Escala, Alexander Ceballos, Flora Gemola, Ronald Manlanat y Felipe Dacal Dacal) y tres están pendientes de resolución por los tribunales o hay un juicio en curso (los relativos a Ariel Diaz, Julius Broce Barellano y los nueve campesinos de Sagay). El Comité observa que el Gobierno no facilita ninguna información concreta sobre los otros alegatos presentados por las organizaciones querellantes, en particular dos casos adicionales de ejecuciones extrajudiciales y numerosos casos de detención ilegal y señalamiento (véase 396.º informe, octubre de 2021, párrafos 515 a 517), pero indica su compromiso de hacer un seguimiento de estos casos, al tiempo que hace hincapié en las dificultades a las que se enfrenta (por ejemplo, el elevado número de incidentes o el tiempo que ha transcurrido).
  5. 662. Tomando debida nota de los avances comunicados anteriormente por el Gobierno, el Comité recuerda que ha expresado en el pasado su profunda preocupación ante la gravedad de los alegatos formulados, así como por su carácter reiterado y prolongado en el tiempo, que da lugar a un clima de violencia e impunidad con un efecto extremadamente perjudicial sobre el legítimo ejercicio de los derechos sindicales en el país. En este contexto, y recordando también que la mera ausencia de un conflicto laboral o campaña sindical no descarta necesariamente un vínculo del delito con el ejercicio de las actividades, afiliación o cargo sindicales [véase Recopilación de decisiones del Comité de Libertad Sindical, sexta edición, 2018, párrafo 92], el Comité espera firmemente que las investigaciones y procesos judiciales en curso tengan plenamente en consideración toda posible relación directa o indirecta entre un acto violento y la actividad sindical de las víctimas. El Comité espera firmemente que el Gobierno conceda prioridad a las investigaciones de todos los incidentes graves enumerados supra y que los autores de actos de violencia contra sindicalistas sean identificados y puestos a disposición judicial, ya sean particulares o agentes del Estado, con miras a combatir la impunidad y evitar que estos actos se repitan. El Comité urge al Gobierno a que facilite información actualizada sobre todo progreso realizado, en particular en relación con la supuesta ejecución extrajudicial de Jose Jerry Catalogo y Antonio «Cano» Arellano, sobre la cual el Gobierno todavía no ha proporcionado ningún detalle. El Comité también urge al Gobierno a garantizar la liberación inmediata de los sindicalistas detenidos en el caso de que su arresto o detención esté vinculado al ejercicio legítimo de sus derechos sindicales.
  6. 663. Respecto de la información adicional proporcionada por las organizaciones querellantes en septiembre de 2021, el Comité observa que se refiere a alegatos de un aumento de la represión sindical y la privación del derecho de sindicación de los trabajadores desde 2017, que ha afectado seriamente al movimiento sindical del país. En particular, el Comité observa que las organizaciones querellantes denuncian el asesinato de seis sindicalistas —Danny Boy Bautista, Reynaldo Malaborbor, Emmanuel «Manny» Asuncion, Melvin Dasigao, Mark Lee Bacasno y Dandy Miguel— y de seis activistas, así como la tentativa de asesinato de otros cuatro dirigentes y afiliados sindicales durante allanamientos llevados a cabo por el ejército y la policía entre octubre de 2018 y marzo de 2021 que, según las organizaciones querellantes, es parte de una política estatal para impedir que los trabajadores se organicen y para obstaculizar el sindicalismo genuino en el país. El Gobierno, por su parte, no aborda los alegatos más amplios de una política de Estado de represión sindical, pero proporciona información actualizada sobre los supuestos asesinatos de sindicalistas y activistas. A este respecto, el Comité toma nota de la indicación del Gobierno de que el asesinato de Dandy Miguel el 28 de marzo de 2021 fue derivado al IAC constituido en virtud de la orden administrativa núm. 35 inmediatamente después del incidente, se creó un equipo especial de investigación para facilitar la investigación y se está investigando el caso y reuniendo pruebas. Asimismo, el Comité toma nota de que el Gobierno facilita información sobre el incidente denominado «domingo sangriento» y que se refiere a este como redadas simultáneas llevadas a cabo por la policía y las fuerzas armadas en Luzon Meridional, las cuales se realizaron, según la policía, con el objetivo de ejecutar órdenes de registro por armas de fuego sin licencia y tenencia ilegal de explosivos, y durante las cuales fallecieron nueve personas: Emmanuel «Manny» Asuncion, Chai Evangelista, Ariel Evangelista, Melvin Dasigao, Mark Bacasno, Abner Esto, Edward Esto, Dumagat Puroy y Randy «Pulong» Dela Cruz. Al respecto, el Comité observa la indicación del Gobierno de que, a raíz de una denuncia presentada por la Oficina Nacional de Investigación, al menos 30 agentes de policía serán acusados del asesinato de los dirigentes sindicales Emmanuel «Manny» Asuncion y Ariel y Chai Evangelista y que los otros incidentes están siendo investigados por el equipo especial de investigación.
  7. 664. A la luz de los nuevos alegatos, el Comité debe expresar de nuevo su profunda preocupación ante la gravedad y el carácter reiterado de los alegatos de asesinatos o tentativas de asesinato de sindicalistas y debe recordar que el derecho a la vida es el presupuesto básico del ejercicio de los derechos consagrados en el Convenio núm. 87 [véase Recopilación, párrafo 81]. Aunque toma nota de las investigaciones emprendidas y las acusaciones que se presentarán contra varios funcionarios estatales, tal como comunica el Gobierno, el Comité también observa la preocupación expresada por las organizaciones querellantes de que, a pesar de haber notificado a la CHR, el Departamento de Trabajo y Empleo y el poder judicial de los incidentes mencionados, los avances para abordar estos alegatos son lentos. En estas circunstancias, el Comité recuerda que el asesinato, la desaparición o las lesiones graves de dirigentes sindicales y sindicalistas exigen la realización de investigaciones judiciales independientes con el fin de esclarecer plenamente en el más breve plazo los hechos y las circunstancias en las que se produjeron dichos asesinatos, y así, dentro de lo posible, determinar las responsabilidades, sancionar a los culpables y prevenir la repetición de los mismos [véase Recopilación, párrafo 94]. Además, el mero inicio de la investigación no pone fin a la misión del Gobierno, sino que este debe poner todos los medios a su alcance para que las mismas culminen con la determinación de los culpables y su sanción. En vista de lo anterior, el Comité urge al Gobierno a que tome las medidas necesarias para garantizar que todos los supuestos casos de asesinatos y tentativas de asesinato denunciados por las organizaciones querellantes en septiembre de 2021 sean investigados exhaustivamente por un mecanismo independiente para identificar y sancionar a los autores y que informe sobre el progreso alcanzado al respecto. Observando que no se ha proporcionado ninguna información sobre los incidentes relativos al asesinato de Danny Boy Bautista y Reynaldo Malaborbor, el Comité urge al Gobierno a que proporcione detalles sobre todas las medidas adoptadas para abordar e investigar estos incidentes.
  8. 665. El Comité observa que en la información adicional las organizaciones querellantes también alegan la criminalización institucional de actividades sindicales, que en la práctica se expresa a través de la vigilancia, la detención y los arrestos arbitrarios de sindicalistas sobre la base de acusaciones penales y pruebas falsas, y denuncian la constante política de desprestigio y propaganda antisindical por parte del ejército y el señalamiento de la KMU y otros sindicatos como organizaciones terroristas, lo que dio lugar a amenazas generalizadas y acoso persistente, allanamiento de casas y oficinas, rendiciones falsas como partidarios del NPA, desafiliación forzada y otras formas de injerencia en asuntos sindicales, todo lo cual impide a los trabajadores ejercer plenamente su derecho de sindicación. En este sentido, las organizaciones querellantes proporcionan detalles sobre las circunstancias que dan lugar al arresto y la detención sobre la base de acusaciones falsas de alrededor de 76 sindicalistas entre febrero de 2018 y marzo de 2021, algunos de los cuales fueron posteriormente puestos en libertad bajo fianza, pero cuyos casos siguen pendientes en la justicia, y ahondan en al menos 14 situaciones adicionales en que numerosos sindicalistas de diversas organizaciones afiliadas a la KMU activas en varias empresas sufrieron diferentes formas de acoso, injerencia en asuntos sindicales y desafiliación forzada como consecuencia de acusaciones de estar asociados con o apoyar a una organización terrorista. Por último, el Comité toma nota de que las organizaciones querellantes denuncian la represión violenta de las huelgas de los trabajadores y señala varias instancias entre 2017 y 2019 en las cuales las fuerzas armadas, la policía y personal de seguridad privado recurrieron al uso de la fuerza (ataques, golpes con porras, barras de metal y cachiporras, lanzamiento de piedras y uso de formaldehído) para dispersar a los trabajadores huelguistas en diferentes sectores, lo que tuvo como consecuencia que varios trabajadores resultaran heridos y más de 100 trabajadores y sindicalistas fueran detenidos o privados de libertad, algunos de los cuales aún tienen casos pendientes en su contra.
  9. 666. Constatando la falta de información por parte del Gobierno a este respecto, el Comité se ve obligado a expresar su profunda preocupación ante la gravedad de estos alegatos adicionales, así como por su carácter reiterado y prolongado en el tiempo, que parece tener un efecto extremadamente perjudicial en el legítimo ejercicio de los derechos sindicales en el país, de acuerdo con lo que detallan las organizaciones querellantes. El Comité también observa con profunda preocupación que, de acuerdo con las organizaciones querellantes, los autores directos de la mayoría de los incidentes mencionados son agentes del Estado que a menudo actúan en colaboración con personal de seguridad privado de las empresas en cuestión, y que la violencia y los ataques intencionales contra sindicalistas son presuntamente perpetrados en el marco de un plan impuesto por el Estado para silenciar a organizaciones legítimas, entre ellas a sindicatos. En estas circunstancias, y habida cuenta de la multitud de alegatos graves presentados, el Comité debe recordar que el clima de temor generado por las amenazas de muerte a sindicalistas repercute inevitablemente en el ejercicio de las actividades sindicales, y dicho ejercicio es posible únicamente en un contexto de respeto de los derechos humanos fundamentales y en un clima desprovisto de violencia, de presiones y amenazas de toda índole [véase Recopilación, párrafo 116]. Con respecto a las preocupaciones de las organizaciones querellantes en cuanto a la supuesta criminalización de actividades sindicales y la equiparación de sindicatos legítimos a organizaciones terroristas, el Comité recuerda que vincular sin más a los sindicatos con el movimiento subversivo tiene un efecto estigmatizante y coloca por lo general a los dirigentes y afiliados sindicales en una situación de extrema inseguridad. No deben utilizarse acusaciones de conductas criminales con el fin de hostigar a sindicalistas a causa de su afiliación o actividades sindicales. No será posible un sistema de relaciones laborales estable que funcione de manera armoniosa en un país mientras los sindicalistas sean víctimas de arrestos y detenciones. El procesamiento y la pena de prisión de dirigentes sindicales por motivo de sus actividades sindicales no fomenta un clima de relaciones laborales armoniosas y estables [véase Recopilación, párrafos 93, 80, 127 y 155]. Asimismo, el respeto de los principios del derecho de sindicación implica que las autoridades públicas ejerzan un gran control en relación con la injerencia en los asuntos internos de los sindicatos y toda coerción de trabajadores o funcionarios sindicales para revocar su afiliación sindical sería contraria a estos principios. Por último, con respecto a los alegatos de la dispersión violenta de las huelgas, el Comité desea recordar que, si bien los trabajadores y sus organizaciones tienen la obligación de respetar la ley del país, la intervención de las fuerzas de seguridad en situaciones de huelga debe limitarse estrictamente al mantenimiento del orden público. El recurso a la policía para romper una huelga constituye una violación de los derechos sindicales [véase Recopilación, párrafos 933 y 931].
  10. 667. De conformidad con lo expuesto anteriormente, el Comité urge al Gobierno a que proporcione observaciones más detalladas y concretas sobre los graves alegatos adicionales de represión sindical y criminalización de actividades sindicales presentados por la KMU en septiembre de 2021. El Comité urge al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para garantizar la investigación rápida y exhaustiva de todos los supuestos casos de violencia física, arrestos ilegales, detención, amenazas, intimidación, acoso y señalamiento de sindicalistas, así como la identificación y puesta a disposición judicial de los autores de la violencia contra los sindicalistas, tanto si se trata de particulares como de agentes del Estado, con vistas a combatir la impunidad y prevenir la repetición de tales actos. El Comité urge al Gobierno a que garantice que se retiren todas las acusaciones penales pendientes y que los sindicalistas detenidos sean puestos en libertad de inmediato, en caso de que su arresto o detención esté ligado al legítimo ejercicio de sus derechos sindicales. El Comité también urge al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para abordar la presunta coerción de sindicalistas para retirarles su afiliación sindical, a fin de evitar que se repitan esos incidentes, y que garantice que la policía o el ejército no hagan un uso desproporcionado de la fuerza contra los trabajadores en huelga, siempre que esta se desarrolle pacíficamente.
  11. 668. Por último, con respecto al clima de violencia e inseguridad alegado anteriormente en el presente caso (recomendación d)) y denunciado en la información más reciente proporcionada por las organizaciones querellantes, el Comité toma nota de que el Gobierno reconoce las cuestiones de larga data pendientes ante el Comité e indica su intención de abordarlas de forma objetiva. En particular, el Comité toma nota de la indicación del Gobierno de que ha adoptado una política para entablar un diálogo con las organizaciones sindicales, incluidas las afiliadas a las organizaciones querellantes en el presente caso, la cual tiene por objeto obtener información más precisa sobre las numerosas quejas de acoso, señalamiento y violencia contra afiliados sindicales y, según el Gobierno, mejorar el entorno para el ejercicio de los derechos sindicales en el país. El Gobierno también indica que, con el objetivo de abordar la práctica muy criticada que utilizaban algunos jueces, consistente en emitir órdenes que podía ejecutarse en áreas no pertenecientes a su jurisdicción, el Tribunal Supremo emitió una orden administrativa que limita de forma expresa el efecto de las órdenes judiciales a la jurisdicción territorial del juez que las emite. El Comité también toma nota de la información facilitada por el Gobierno a la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones , que indica que el Tribunal Supremo, en su sentencia de diciembre de 2021, declaró que la Ley contra el Terrorismo no era, en su conjunto, inconstitucional, e invalidó dos de sus disposiciones, incluida una que permitía una interpretación sumamente vaga de lo que constituye terrorismo, para que ya no incluyera referencia amplias a actividades de promoción, protestas, disidencia, cese del trabajo, actividades de huelga o de masas, y el ejercicio similar de derechos civiles y políticos.
  12. 669. Tomando debida nota de estas medidas e iniciativas, el Comité desea recordar que un movimiento sindical libre e independiente solo puede desarrollarse dentro de un clima exento de violencia, amenazas y presiones, y que corresponde al Gobierno garantizar que los derechos sindicales puedan desarrollarse con total normalidad [véase Recopilación, párrafo 87]. De conformidad con lo anterior, el Comité urge al Gobierno a que haga todo lo que esté a su alcance, incluido a través de la colaboración directa, genuina y constructiva con las organizaciones sindicales, para abordar y solucionar adecuadamente los alegatos extremadamente graves de que se cometen actos de violencia y represión sindical en el marco de un plan promovido por el Gobierno para silenciar a sindicatos legítimos, alegatos que, de comprobarse, perjudicarían seriamente el desarrollo de un verdadero movimiento sindical en el país. En este sentido, el Comité urge al Gobierno a que redoble sus esfuerzos para combatir la violencia contra los sindicalistas mediante la definición y aplicación de todas las medidas que sean necesarias a tal efecto, en particular facilitando directrices e instrucciones claras a todos los funcionarios públicos y poniendo en práctica plenamente mecanismos nacionales de seguimiento e investigación, a fin de prevenir la reiteración de incidentes violentos contra afiliados y dirigentes sindicales y para garantizar que no se les vincule indiscriminadamente a la insurgencia ni a otros grupos paramilitares, teniendo en cuenta el efecto estigmatizante que ello podría tener sobre el ejercicio de actividades sindicales legítimas.
  13. 670. El Comité llama especialmente la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente de este caso.

Recomendaciones del Comité

Recomendaciones del Comité
  1. 671. En vista de las conclusiones provisionales que preceden, el Comité invita al Consejo de Administración a que apruebe las recomendaciones siguientes:
    • a) recordando que los asesinatos de Antonio «Dodong» Petalcorin, Emilio Rivera y Kagi Alimudin Lucman tuvieron lugar en 2013, y que el Gobierno señaló que se habían llevado a cabo las correspondientes investigaciones o que estas seguían abiertas con arreglo a los procesos ordinarios de investigación penal y enjuiciamiento, el Comité se ve obligado a expresar una vez más su firme expectativa de que los autores sean juzgados y condenados sin más demora, con vistas a combatir la impunidad frente a estos graves delitos. El Comité urge al Gobierno a seguir haciendo todos los esfuerzos posibles a este respecto y a que lo mantenga informado de todo progreso realizado;
    • b) respecto de los alegatos de represión sindical presentados por la ITF, la UMA y la NFSW FGT en marzo y junio de 2021 (relativos a ejecuciones extrajudiciales, arrestos ilegales, detención, cargos penales falsos, intimidación, acoso, señalamiento y amenazas contra afiliados y dirigentes sindicales), el Comité espera firmemente que las investigaciones y procesos judiciales en curso tengan plenamente en consideración toda posible relación directa o indirecta entre un acto violento y la actividad sindical de las víctimas. El Comité espera firmemente que el Gobierno conceda prioridad a las investigaciones de todos los incidentes graves y que los autores de actos de violencia contra sindicalistas sean identificados y puestos a disposición judicial, ya sean particulares o agentes del Estado, con miras a combatir la impunidad y evitar que estos actos se repitan. El Comité urge al Gobierno a que facilite información actualizada sobre todo progreso realizado, en particular en relación con la supuesta ejecución extrajudicial de Jose Jerry Catalogo y Antonio «Cano» Arellano, sobre la cual el Gobierno todavía no ha proporcionado ningún detalle;
    • c) el Comité urge al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para garantizar que todos los supuestos casos de asesinato y tentativa de asesinato notificados por las organizaciones querellantes en septiembre de 2021 sean investigados exhaustivamente por un mecanismo independiente con miras a identificar y sancionar a los autores y que informe sobre los progresos realizados al respecto. Observando que no ha recibido ninguna información sobre los incidentes relativos al asesinato de Danny Boy Bautista y Reynaldo Malaborbor, el Comité urge al Gobierno a que proporcione información sobre todas las medidas adoptadas para abordar e investigar estos incidentes;
    • d) el Comité urge al Gobierno a que proporcione observaciones detalladas y concretas sobre los graves alegatos adicionales de represión sindical y criminalización de actividades sindicales denunciados por la KMU en septiembre de 2021. El Comité urge al Gobierno a garantizar la investigación rápida y exhaustiva de todos los supuestos casos de violencia física, arrestos, detención, amenazas e intimidación, así como la identificación y la puesta a disposición judicial de los autores de la violencia contra los sindicalistas, tanto si se trata de particulares como de agentes del Estado, con vistas a combatir la impunidad y prevenir la repetición de tales actos;
    • e) el Comité urge al Gobierno a que garantice el retiro de todas las acusaciones penales pendientes y la inmediata puesta en libertad de todo sindicalista que se encuentre detenido, en caso de que su arresto o detención esté ligado al legítimo ejercicio de sus derechos sindicales;
    • f) el Comité también urge al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para abordar la presunta coerción de sindicalistas para retirarles su afiliación sindical, a fin de evitar que se repitan esos incidentes, y que garantice que la policía o el ejército no hagan un uso desproporcionado de la fuerza contra los trabajadores en huelga, siempre que esta se desarrolle pacíficamente;
    • g) por último, haciendo hincapié en la responsabilidad que incumbe al Gobierno con respecto a la investigación de los alegatos de violencia contra los trabajadores sindicados o que defienden de otro modo los intereses de los trabajadores, el Comité urge al Gobierno a que haga todo lo que esté a su alcance, incluido a través de la colaboración directa, genuina y constructiva con las organizaciones sindicales, para abordar y solucionar adecuadamente los alegatos extremadamente graves de que se cometen actos de violencia y represión sindical en el marco de un plan promovido por el Gobierno para silenciar a sindicatos legítimos, los cuales, de verificarse su veracidad, dificultarían gravemente el desarrollo de un verdadero movimiento sindical en el país. En este sentido, el Comité urge al Gobierno a que redoble sus esfuerzos para combatir la violencia contra los sindicalistas mediante la definición y aplicación de todas las medidas que sean necesarias a tal efecto, en particular facilitando directrices e instrucciones claras a todos los funcionarios públicos y poniendo en práctica plenamente mecanismos nacionales de seguimiento e investigación, a fin de prevenir la reiteración de incidentes violentos contra afiliados y dirigentes sindicales y para garantizar que no se les vincule indiscriminadamente a la insurgencia ni a otros grupos paramilitares, teniendo en cuenta el efecto estigmatizante que ello podría tener sobre el ejercicio de actividades sindicales legítimas, y
    • h) el Comité llama especialmente la atención del Consejo de Administración sobre el carácter extremadamente grave y urgente del presente caso.
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