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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 392, Octubre 2020

Caso núm. 3142 (Camerún) - Fecha de presentación de la queja:: 25-MAR-15 - Casos en seguimiento cerrados por falta de información de parte de la organización querellante o del Gobierno al término de dieciocho meses contados desde la fecha del último examen de los casos

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 24. El Comité examinó en su reunión de junio de 2016 este caso, en el que la organización querellante, la Confederación de Trabajadores Unidos del Camerún (CTUC), cuestiona lo dispuesto en la orden ministerial de 9 de marzo de 2015 por la que se constata la clasificación nacional de las confederaciones sindicales de trabajadores del Camerún tras los resultados de las elecciones de los delegados de personal del 15 de enero de 2014 [véase 378.º informe, párrafos 114-131]. En esa ocasión, el Comité pidió al Gobierno que le transmitiera el fallo del Tribunal Administrativo Central de Yaundé relativo a la impugnación por la organización querellante de la orden ministerial de 9 de marzo de 2015. En su comunicación de fecha 5 de marzo de 2020, el Gobierno se limita a indicar que la acción interpuesta por la organización querellante fue desestimada por el tribunal administrativo.
  2. 25. Lamentando tomar nota del carácter sumario de la información facilitada por el Gobierno, el Comité pide a este último a transmitir el fallo del Tribunal Administrativo Central de Yaundé e indicar si la CTUC ha recurrido esta decisión.
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