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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 386, Junio 2018

Caso núm. 3051 (Japón) - Fecha de presentación de la queja:: 06-NOV-13 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 44. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 2015 [véase 376.º informe, párrafos 586 a 704]. En esa ocasión, pidió al Gobierno que lo mantuviera informado del resultado de las acciones judiciales que seguían pendientes en relación con el Sr. Kawaguchi, y de las reclamaciones de indemnización interpuestas por los Sres. Kitakubo y Nakamoto.
  2. 45. En sus comunicaciones de 9 de febrero y 19 de diciembre de 2017, el Gobierno informa que, tras un recurso en apelación, el Tribunal Superior de Osaka determinó que los despidos del Sr. Kawaguchi y de otros trabajadores eran legales, que se debían a la decisión de eliminar todos los puestos burocráticos en el Organismo de Seguro Social del Japón, y que no había motivos para pensar que las sanciones disciplinarias contra los demandantes eran improcedentes. Señala asimismo que se han proporcionado al sindicato explicaciones acerca de las medidas adoptadas para evitar los despidos, y que los querellantes recurrieron el fallo ante la Corte Suprema que desestimó el recurso de apelación el 21 de noviembre de 2017, lo cual puso fin a todas las reclamaciones.
  3. 46. El Comité toma nota de estas informaciones y, en vista de que no hay ninguna otra solicitud pendiente en este caso, lo considera cerrado.
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