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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 368, Junio 2013

Caso núm. 2639 (Perú) - Fecha de presentación de la queja:: 15-ABR-08 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 99. En su anterior examen del caso, en marzo de 2013, el Comité pidió al Gobierno que informara sobre el alegato relativo al pago de la remuneración básica prevista en los convenios colectivos por la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste (SEAL) y por Electropuno S.A.
  2. 100. En sus comunicaciones de fechas 5 y 10 de abril de 2012, el Gobierno informa que la Inspección del Trabajo ha constatado el pago a los afiliados a la federación querellante de los incrementos remunerativos y el cumplimiento de las obligaciones sociolaborales en tales empresas.
  3. 101. El Comité toma debida nota de estas informaciones.
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