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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 355, Noviembre 2009

Caso núm. 2592 (Túnez) - Fecha de presentación de la queja:: 17-SEP-07 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 132. El Comité examinó por última vez este caso relativo a la negativa de reconocimiento por parte de las autoridades de la Federación General de Enseñanza Superior e Investigación Científica (FGESRS), medidas de discriminación antisindical contra dirigentes sindicales y violación del derecho de negociación colectiva, en su reunión de marzo de 2009 [véase 353.er informe, párrafos 1310-1336]. En esa oportunidad, el Comité formuló las recomendaciones siguientes:
    • a) el Comité pide al Gobierno que envíe toda la información pertinente en apoyo de su afirmación relativa a la decisión judicial que habría anulado la disolución de los sindicatos generales por el congreso unificador de la UGTT con fecha 15 de julio de 2006, así como los textos pertinentes y que indique, teniendo en cuenta las últimas informaciones de las organizaciones querellantes, el curso dado a la decisión judicial del Tribunal de Primera Instancia de Túnez de 10 de mayo de 2008 y toda sentencia que se pronuncie en el marco del asunto núm. 71409/28 que menciona;
    • b) el Comité confía en que en un futuro muy próximo el Gobierno estará en condiciones de comunicar una decisión judicial definitiva sobre la cuestión de la representación legítima de la Federación General de Enseñanza Superior e Investigación Científica (FGESRS) y que indicará el curso dado a esta decisión;
    • c) el Comité pide al Gobierno que aclare los criterios objetivos predeterminados que han sido establecidos para determinar la representatividad de los interlocutores sociales con arreglo al artículo 39 del Código del Trabajo, en particular en el ámbito de la enseñanza superior y la investigación científica. En el caso de que dichos criterios no se hayan fijado aún, el Comité espera que el Gobierno tome todas las medidas necesarias para establecerlos, en consulta con los interlocutores sociales y que lo mantenga informado al respecto;
    • d) el Comité pide al Gobierno o las organizaciones querellantes que lo mantengan informado de toda decisión judicial adoptada en relación con el caso de la agresión del sindicalista Moez Ben Jabeur, y
    • e) el Comité pide al Gobierno que le comunique todo acuerdo o convenio colectivo, que se celebre con la participación de la Federación General de Enseñanza Superior e Investigación Científica (FGESRS).
  2. 133. Por comunicación de 6 de mayo de 2009, el Gobierno presenta las observaciones siguientes relativas a las recomendaciones del Comité: en cuanto a la solicitud de anular la disolución de los sindicatos generales de la enseñanza superior por el congreso unificador de la UGTT del 15 de julio de 2006, el asunto (núm. 71409/28) sigue pendiente ante el Tribunal de Primera Instancia de Túnez. En cuanto a la representación legítima del Sindicato de la Enseñanza Superior y de la Investigación Científica (SGESRS), el Gobierno declara que no escatima esfuerzos por alentar la búsqueda de una solución amigable o jurisdiccional al conflicto, respecto de lo cual mantendrá informado al Comité. En relación con la agresión de que fue objeto el sindicalista Moez Ben Jabeur, el Gobierno reitera que la agresión no guarda relación con el ejercicio de sus actividades sindicales y que toda decisión judicial que se dicte al respecto se transmitirá al Comité. Con respecto a los criterios por los que se determina la representatividad de los sindicales, el Gobierno está elaborando un proyecto de texto que se someterá a los interlocutores sociales.
  3. 134. En lo referente a la participación de la Federación General de Enseñanza Superior e Investigación Científica (FGESRS) en las negociaciones colectivas, el Gobierno indica que dicha Federación formaba parte de la delegación de la Unión General Tunecina del Trabajo (UGTT) que negoció con las autoridades gubernamentales en 2008 en el marco de la séptima ronda de negociaciones colectivas. Esas negociaciones culminaron con la firma, el 3 de abril de 2009, de tres acuerdos relativos al aumento general de los salarios de los funcionarios para el período 2008-2010, al aumento de indemnizaciones específicas para algunos cuerpos dependientes de la función pública, entre ellos la enseñanza superior, y al fortalecimiento del ejercicio del derecho sindical en la función pública. El Gobierno adjunta a su comunicación copias de los acuerdos firmados, así como las hojas de presencia en las que se certifica la participación de la FGESRS en los trabajos de las comisiones constituidas.
  4. 135. Al mismo tiempo que toma nota de que, tras las negociaciones celebradas entre el Gobierno y los interlocutores sociales incluida la FGESRS, se firmaron en 2009 tres acuerdos colectivos relativos al aumento general de los salarios de los funcionarios, al aumento de indemnizaciones específicas para algunos cuerpos dependientes del sector de la función pública, entre ellos la enseñanza superior, y el fortalecimiento del ejercicio del derecho sindical en la función pública, el Comité lamenta, sin embargo, que aún no se haya dictado ninguna decisión judicial definitiva concerniente a las diferentes cuestiones que han quedado pendientes en el presente caso. El Comité recuerda que manifestó, en particular, su preocupación ante la prolongada duración del procedimiento relativo a la representación legítima del SGESRS que se inició en 2003 y que, en su opinión, pudo suscitar un clima de incertidumbre respecto de la representación sindical en el sector. El Comité, recordando una vez más que el retraso en la administración de la justicia equivale a su denegación, expresa la firme esperanza de que se dicten rápidamente las decisiones judiciales definitivas en relación con los asuntos siguientes: 1) la solicitud de anular la disolución de los sindicatos generales de la enseñanza superior por el congreso unificador de la UGTT del 15 de julio de 2006 (asunto núm. 71409/28 ante el Tribunal de Primera Instancia de Túnez); 2) la representación legítima del SGESRS; et 3) la agresión del sindicalista Moez Ben Jabeur. El Comité pide al Gobierno que lo mantenga informado acerca del curso que se dé a estos diferentes asuntos.
  5. 136. El Comité toma nota de la declaración del Gobierno, según la cual se está elaborando un texto referente a los criterios para determinar la representatividad de los interlocutores sociales, que les será sometido a consideración. El Comité pide al Gobierno que lo mantenga informado de cualquier avance al respecto y que le transmita, llegado el caso, una copia del texto final.
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