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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 359, Marzo 2011

Caso núm. 2575 (Mauricio) - Fecha de presentación de la queja:: 21-JUN-07 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 96. El Comité examinó por última vez este caso que se refiere a alegatos de violación de convenios de la OIT en lo que respecta a la creación, la composición, el nombramiento de los mismos y establecimiento de los objetivos del Comité Nacional de Remuneración (NPC), en su reunión de marzo de 2010. En esa ocasión, el Comité expresó la esperanza de que el Gobierno y la Plataforma Común de Sindicatos (TUCP) encontrarían inmediatamente una solución a la crisis en la que se encontraban respecto de la composición y el funcionamiento del NPC, y que el Gobierno seguiría esforzándose para celebrar consultas francas y sin trabas sobre cómo mejorar el funcionamiento del NPC, y especialmente, sobre la determinación de los criterios en los que debe basarse el cálculo de la compensación salarial. Asimismo, el Comité invitó nuevamente al Gobierno a que le proporcione información adicional sobre el seguimiento dado a las recomendaciones del TUCP en el sentido de que el Gobierno acepte o rechace en su totalidad las recomendaciones del NPC que puedan decidirse por consenso, y que aclare si los trabajadores pueden declararse en huelga como respuesta a una decisión del NPC en caso de que no haya consenso [véase 356.º informe, párrafos 86 a 90].
  2. 97. En su comunicación de fecha 15 de octubre de 2010, el Gobierno indica que gradualmente ha dejado de lado el NPC y que, tras la celebración de consultas con los mandantes tripartitos, estableció un foro nacional tripartito para asesorar y formular recomendaciones sobre cuestiones relativas a la industria y al trabajo, como también sobre políticas económicas y sociales. El Gobierno afirma que en el ámbito de dicho Foro nacional tripartito se han constituido comisiones para examinar y formular propuestas sobre cuestiones relacionadas con el desarrollo económico y social, el mercado de trabajo y la creación de empleo, como también respecto de la manera de calcular la compensación salarial anual sobre la base del índice de inflación. El Gobierno afirma que mantendrá al Comité informado de cualquier novedad que se produzca en cuanto la Comisión encargada de la cuestión relativa a la compensación salarial anual de los trabajadores comience a desarrollar sus actividades.
  3. 98. El Comité toma nota de estas informaciones. El Comité pide al Gobierno que tal como expresa su intención le envíe información detallada sobre el establecimiento y funcionamiento de la Comisión encargada de la cuestión relativa a la compensación salarial anual de los trabajadores que funciona en el ámbito del Foro nacional tripartito. El Comité espera que en el marco de este proceso se consulte plenamente al TUCP.
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