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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
- 73. El Comité examinó por última vez este caso, relativo a una decisión de la Junta Nacional de Relaciones Laborables (NLRB) en la que negaba a los asistentes de docencia e investigación de universidades privadas el derecho de sindicación y negociación colectiva consagrado en la Ley Nacional de Relaciones Laborales (NLRA), en su reunión de junio de 2008 [véase 350.º informe, párrafos 732 a 805]. En dicha ocasión, el Comité pidió al Gobierno que tomara las medidas necesarias, incluso legislativas si era preciso, para garantizar que los asistentes de docencia e investigación en su calidad de trabajadores no quedaran excluidos de la protección de la libertad sindical y la negociación colectiva. El Comité pidió que se le mantuviera informado de la evolución a este respecto.
- 74. Por comunicación de fecha 8 de octubre de 2009, el Gobierno señala que en marzo y abril de 2009 se presentaron proyectos de ley al Congreso de los Estados Unidos, el cual invalidaría la decisión de la NLRB y agregaría al párrafo 3), del artículo 2, de la NLRA el texto siguiente:
- El término «trabajador» abarcará a un estudiante matriculado en una institución de enseñanza superior (de conformidad con lo que disponen los artículos 101 o 102 de la Ley de Enseñanza Superior de 1965 (20 U.S.C. §§ 1001, 1002), con excepción de una institución de una subdivisión estatal o política) que esté desempeñando un trabajo remunerado en la dirección de la institución, independientemente de si la labor guarda relación o no con el plan de estudios del alumno.
- El Gobierno añade que los proyectos de ley han sido remitidos a las comisiones competentes para que los examinen nuevamente, pero aún no han sido aprobados.
- 75. El Comité toma nota de estas informaciones. El Comité pide al Gobierno que lo mantenga informado de todo progreso realizado a este respecto.