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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 335, Noviembre 2004

Caso núm. 2220 (Kenya) - Fecha de presentación de la queja:: 24-SEP-02 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 121. El Comité examinó este caso relativo al arresto y la detención del Presidente de la Federación de los Empleadores de Kenya (FKE) en su reunión de junio de 2003 [véase 331.er informe, párrafos 559 a 578]. En esa ocasión, el Comité pidió al Gobierno que lo mantuviera informado de los resultados de los autos procesales con respecto a la identificación y la sanción de las personas responsables del arresto del Sr. Mukuria.
  2. 122. En una comunicación de fecha 26 de agosto de 2004, el Gobierno reiteró que se había comprometido a respetar el derecho de los empleadores a la libertad sindical y que había presentado sus disculpas por escrito tanto al Sr. Mukuria como a la Federación. El Gobierno adjuntaba copia de una carta enviada por la Federación a la OIE en la que se señalaba que, habida cuenta de las medidas adoptadas por el Gobierno, «tal vez estimen oportuno informar al Comité de Libertad Sindical de que no tenemos intención de llevar más lejos este caso». El Gobierno declara que, por lo que respecta a las partes, la cuestión está zanjada e insiste en que, desde entonces, no se ha acosado ni detenido a ningún dirigente sindical por ejercer su legítimo derecho a participar en actividades sindicales.
  3. 123. El Comité toma nota de la intención de la Federación nacional de dar por zanjada la cuestión después de que el Gobierno presentara sus disculpas por escrito y se comprometiera a garantizar el respeto de la libertad sindical. También toma nota de la información presentada por el Gobierno, según la cual no se han vuelto a producir incidentes parecidos.
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