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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
- 123. El Comité examinó por última vez este caso en su reunión de noviembre de 2005. El caso se refiere al despido de ocho sindicalistas empleados en la empresa «Fruit of the Loom», así como a actos de represión antisindical a raíz de la creación de un comité sindical. En dicha ocasión, el Comité [véase 338.º informe, párrafos 232 a 235]:
- — había expresado su confianza en que se ejecutasen con prontitud las decisiones judiciales relativas a los Sres. Abdellah Sainane y Lahcen Toufik;
- — había instado al Gobierno a informarle de la situación de los trabajadores de los que faltaba información;
- — había manifestado la esperanza de que le fuese transmitida a la mayor brevedad posible la decisión del Tribunal de Apelación de Rabat relativa a las actas levantadas por la Inspección del Trabajo, y
- — había pedido al Gobierno que lo mantuviese informado de los resultados de la investigación en curso en los servicios de la Gendarmería Real sobre el despido colectivo ilícito.
- 124. Por comunicación de fecha 15 de febrero de 2006, el Gobierno declara, en lo que respecta al despido colectivo sin autorización, que el Sr. Abdel Malek el Wassini, antiguo director de la empresa «Fruit of the Loom», ha sido acusado y condenado en rebeldía al pago de una multa de 2000 dirhams más costas (el Gobierno adjunta una copia del juicio). En cuanto a las actas levantadas en relación con el despido abusivo sin aviso previo, el Gobierno indica que no hay datos nuevos que señalar, ya que el expediente ha sido remitido a las autoridades de Bouknadel para su examen y que el tribunal competente todavía no ha dado a conocer sus conclusiones.
- 125. El Comité toma nota de estas informaciones. El Comité solicita al Gobierno que lo mantenga informado de la evolución de la situación en relación con las cuestiones pendientes, a saber: la ejecución con prontitud de las decisiones judiciales relativas a los Sres. Abdellah Sainane y Lahcen Toufik; la situación de los trabajadores con respecto a los cuales falta información (es decir, Sra. Asia Atla y Sres. Khalid Llalmaoui, Abdelfettah Lasfar y Abdelhafid El Hachi), y la decisión del Tribunal de Apelación de Rabat relativa a las actas levantadas por la Inspección del Trabajo.