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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 327, Marzo 2002

Caso núm. 2049 (Perú) - Fecha de presentación de la queja:: 03-AGO-99 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 92. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de junio de 2001 [véase 325.º informe, párrafos 510 a 523]. En esta ocasión, el Comité pidió al Gobierno que iniciara una investigación independiente en relación con los alegados actos de violencia durante la huelga realizada en agosto de 1999 contra los trabajadores de ENAFER S.A. y sus familias a efectos de esclarecer los hechos, deslindar responsabilidades y sancionar a los culpables.
  2. 93. Por comunicaciones de 25 de junio, 27 de agosto de 2001 y 14 de enero de 2002 el Gobierno se comprometió a informar al Comité sobre los hechos expuestos una vez que hubiera obtenido la información solicitada y asumió la obligación de evitar en lo sucesivo cualquier exceso como el que es objeto de cuestionamiento. El Gobierno indica también que ha solicitado informaciones a la empresa ENAFER y que desea que la organización querellante (CGTP) identifique a los supuestos agraviados.
  3. 94. El Comité toma nota de dicha información al tiempo que lamenta que a más de dos años de ocurridos los hechos alegados, el Gobierno no cuente con resultados concretos de la investigación y pide que sin demora se tomen las medidas necesarias para que la investigación sea realizada y se obtengan resultados en un futuro muy próximo.
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