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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 321, Junio 2000

Caso núm. 1999 (Canadá) - Fecha de presentación de la queja:: 15-DIC-98 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 22. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de noviembre de 1999 [véase el 318.o informe, párrafos 119 a 171]. En aquella ocasión, pidió al Gobierno que garantizara la conformidad de la ley sobre el mantenimiento de la empresa de energía de la provincia de Saskatchewan, de 1998 (que se citará en adelante como "ley núm. 65"), con los principios de la libertad sindical, así como que en lo futuro estudiara la posibilidad de evacuar consultas con las organizaciones de trabajadores sobre el establecimiento de un programa presupuestario en relación con la negociación colectiva en el sector público.
  2. 23. En una comunicación de fecha 25 de abril de 2000, el Gobierno indica que la ley núm. 65 expirará el 31 de diciembre de este año y que, por consiguiente, no está contemplando la posibilidad de derogarla. Respecto a la cuestión de la celebración de consultas en la Administración Pública, el Gobierno indica que los departamentos y organismos competentes han examinado las recomendaciones del Comité y han aceptado considerar su recomendación por la que exhortaba a la celebración de consultas sobre las directrices del sector público. También acordaron examinar otros procedimientos de solución de conflictos para obviar los puntos muertos en la negociación colectiva.
  3. 24. El Comité toma nota con interés de esta información y confía en que la ley núm. 65 pierda vigencia a partir del 31 de diciembre de 2000.
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