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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 327, Marzo 2002

Caso núm. 1937 (Zimbabwe) - Fecha de presentación de la queja:: 09-SEP-97 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 130. El Comité examinó por última vez este caso en su reunión de noviembre de 2001 y en esa ocasión recordó una vez más la necesidad de enmendar los artículos 98, 99, 100, 106 y 107 de la ley de relaciones laborales, a fin de velar por que el arbitraje obligatorio fuera impuesto sólo en el caso de los servicios esenciales y en los casos de crisis nacional aguda [véase 326.º informe, párrafos 171-173].
  2. 131. En una comunicación de 9 de enero de 2002, el Gobierno declara, que el proyecto de enmienda de la ley de relaciones laborales se halla en la actualidad ante el Parlamento, y que los trabajadores y los empleadores tuvieron, en diciembre de 2001, la oportunidad de exponer sus posiciones sobre el contenido de dicho proyecto.
  3. 132. El Comité toma debida nota de la indicación del Gobierno y le solicita que le envíe una copia del proyecto para poder así examinar su conformidad con los principios de la libertad sindical y con su recomendación previa relativa a la ley de relaciones laborales.
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