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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 330, Marzo 2003

Caso núm. 1826 (Filipinas) - Fecha de presentación de la queja:: 27-MAR-95 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 138. Cuando el Comité examinó por última vez este caso, relativo a largas demoras y varios aplazamientos de una elección para la legitimación para negociar (certificación) (solicitada por primera vez en febrero de 1994) en la empresa Cebu Mitsumi Inc., en la zona franca de exportación de Danao, lamentó profundamente que aún no se hubiera resuelto la cuestión de la certificación a pesar del largo período de tiempo transcurrido e instó al Gobierno a que acelerara los procedimientos conexos. El Comité también lamentó, una vez más, que el Gobierno no hubiera suministrado información alguna sobre otras cuestiones, concretamente sobre la suspensión del Sr. Ulalan, presidente del Sindicato de Empleados de Cebu Mitsumi, y sobre las medidas adoptadas con mirar a fijar un marco legal de legitimación para negociar (certificación) apropiado, justo y rápido que garantizara una protección adecuada contra actos de injerencia de los empleadores en estas cuestiones [véase 329.º informe, párrafos 126-128].
  2. 139. En una comunicación de 6 de enero de 2003, el Gobierno declara que el Departamento de Trabajo celebró una reanudación de la conferencia previa a las elecciones el 13 de noviembre de 2002, la cual debía haberse celebrado el 10 de enero de 2003, y que se informará al Comité a este respecto. El Gobierno no proporcionó ninguna otra información.
  3. 140. El Comité toma nota de esta información. Recordando que este caso se examinó por primera vez hace siete años, después de haber hecho un llamamiento urgente al Gobierno, el Comité debe expresar de nuevo su gran preocupación por las demoras excesivas registradas en lo que se refiere al presente caso, relativo a la existencia misma de un sindicato, e insta al Gobierno a que acelere urgentemente el proceso de legitimación del sindicato para negociar (certificación) en Cebu Mitsumi Inc., y que le mantenga informado de los resultados concretos obtenidos a este respecto. El Comité lamenta profundamente que el Gobierno no haya suministrado ninguna otra información sobre las otras cuestiones (la suspensión del Sr. Ulalan y las medidas tomadas con miras a establecer un proceso de certificación justo y rápido que proporcione una protección adecuada contra los actos de injerencia de los empleadores en tales asuntos), y le insta firmemente una vez más a que proporcione esta información sin demora.
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