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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración - Informe núm. 309, Marzo 1998

Caso núm. 1618 (Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte) - Fecha de presentación de la queja:: 20-DIC-91 - Cerrado

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 34. En su reunión de noviembre de 1997, el Comité urgió al Gobierno a que considerara la incorporación a la legislación de una protección expresa contra la práctica de confección de listas negras (véase 308.o informe, párrafos 75 a 77).
  2. 35. En una comunicación de fecha 9 de febrero de 1998, el Gobierno afirma que, aun cuando no está en situación de saber si quedará definitivamente abarcada la práctica de la confección de listas negras, tiene intención de publicar al inicio del presente año un libro blanco sobre la justicia en el trabajo, y principalmente sobre el reconocimiento de los sindicatos. El libro blanco expondrá los planes del Gobierno para lograr condiciones laborales mínimas que sean dignas y, a la vez, mantener un mercado de trabajo flexible y mejorar la competitividad. El Gobierno añade que está deseoso de escuchar a los sindicatos, a las organizaciones de empleadores y a otros interesados para asegurarse de que se tienen en cuenta sus opiniones en el libro blanco.
  3. 36. El Comité toma nota de esta información. El Comité pide al Gobierno que lo mantenga informado de todo progreso logrado en la protección expresa dentro de la legislación contra la práctica de confección de listas negras u otras formas de discriminación basadas en la pertenencia anterior a un sindicato o en la realización de actividades sindicales.
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