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Informe provisional - Informe núm. 268, Noviembre 1989

Caso núm. 1337 (Nepal) - Fecha de presentación de la queja:: 21-MAY-85 - Cerrado

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  1. 336. El Comité ha examinado este caso en cinco ocasiones, a saber, en mayo de 1986, en mayo y noviembre de 1987, y en mayo y noviembre de 1988, donde presentó informes provisionales al Consejo de Administración (véase 244.o informe, párrafos 337 a 356, 251.er informe, párrafos 373 a 398, 253.er informe, párrafos 302 a 327, 256.o informe, párrafos 282 a 309 y 259.o informe, párrafos 427 a 475, respectivamente, aprobados por el Consejo de Administración). Desde entonces, la Confederación Mundial de Organizaciones de Profesionales de la Enseñanza (CMOPE) ha enviado informaciones adicionales en comunicaciones de fecha 27 de febrero, 5 de abril y 7 de septiembre de 1989.
  2. 337. El Gobierno envió nuevas observaciones en una comunicación de 4 de octubre de 1989.
  3. 338. Nepal no ha ratificado el Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), ni el Convenio sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 (núm. 98).

A. Examen anterior del caso

A. Examen anterior del caso
  1. 339. Los alegatos originales de este caso se referían a lo siguiente: 1) la negativa de las autoridades, desde 1980, a proceder al registro de la Asociación Nacional del Personal Docente del Nepal (NNTA) y la posterior declaración de su carácter ilegal con arreglo al artículo 6 de la ley sobre orientación nacional; 2) la represión llevada a cabo por las autoridades públicas, en particular, la muerte de siete responsables de distrito de la NNTA, en 1985, mientras estaban en manos de la policía (Sres. Gandir Shrestha, Tanka Bhushal, Min Bar Shand, Abikeshar Bharati, Mahendra Tadav, Suresh Shar Burja y Ram Dev Pandit) y la detención desde 1985 de ocho dirigentes de la NNTA (Sres. Y.M. Arjal, R.P. Paday, A.P. Sapkota, K.P. Bhattari, R. Yadar, C.P. Shingh, R.B. Thapa y Madhar, así como de S.C. Amatya y C.C. Dhakal, detenidos en agosto de 1987); 3) la disolución por la policía de la segunda y tercera conferencias nacionales de la NNTA y las detenciones en masa de profesores en el curso de manifestaciones, y 4) la destitución de 61 profesores de los que se han facilitado los nombres y el traslado de otros 35 por sus actividades sindicales.
  2. 340. A la vista de las conclusiones provisionales del Comité, en noviembre de 1988 el Consejo de Administración aprobó las recomendaciones siguientes sobre los aspectos pendientes del caso:
    • a) el Comité recuerda la importancia que concede al principio según el cual los trabajadores, incluidos los profesores, deben poder crear sindicatos de su elección sin autorización previa para la defensa de sus intereses económicos, sociales y profesionales;
    • b) el Comité recuerda también la importancia de la huelga como medio esencial del que deben poder disfrutar los trabajadores, incluidos los profesores, para la defensa de sus intereses profesionales;
    • c) el Comité pide por consiguiente encarecidamente al Gobierno que reconozca a la Asociación Nacional del Personal Docente del Nepal (NNTA) cuya declarada ilegalidad no parece estar fundamentada y que ha solicitado su registro desde 1980;
    • d) el Comité pide al Gobierno que haga lo necesario para que todos los profesores que han apoyado la constitución de la NNTA y que han participado en acciones de huelga en el sector de la enseñanza desde 1980 puedan ser reintegrados en su empleo, y que le envíe informaciones detalladas sobre la manera en que ha procedido a estas reintegraiones;
    • e) el Comité pide también al Gobierno que se asegure de que todos los profesores detenidos sean liberados o juzgados por una autoridad judicial independiente, y pide al Gobierno que le mantenga informado de cualquier evolución que se produzca a este respecto, y
    • f) el Comité pide, por último, al Gobierno que le envíe sus observaciones sobre los alegatos bastante detallados de los querellantes que figuran en las comunicaciones de la CMOPE de 5 de julio de 1985 y de 3 de abril de 1987 relativas a la muerte de siete sindicalistas del sector de la enseñanza.

B. Nuevos alegatos del querellante

B. Nuevos alegatos del querellante
  1. 341. En su comunicación de 27 de febrero de 1989, la CMOPE indica que el Sr. S.C. Amatya de la NNTA fue puesto en libertad incondicionalmente el 28 de diciembre de 1988 después de casi 18 meses de encarcelamiento, mientras que continúan en prisión los siguientes sindicalistas de la NNTA: Chabi Chandra Dhakal, Prem Pakhrin, Bharat Gurung y Shanta Pradhan.
  2. 342. En su carta de 5 de abril de 1989, la CMOPE añade que todavía se ejercen presiones contra la NNTA y que las actividades de esta asociación están estrictamente vigiladas por el Gobierno. Las dos asociaciones patrocinadas por el Gobierno celebraron su conferencia inaugural en febrero de 1989. La CMOPE cita los nombres de los miembros de la NNTA que todavía están encarcelados: Hem Raj Rai, Kamal Jung Rai, Naka Pati Chapagnai, Yub Raj Sharma y Chudamani Sharma. También indica que no se tienen informaciones sobre el encarcelamiento del Sr. Prem Pakhrin, al que se ha hecho referencia más arriba, con lo que el número total de detenidos cuyos nombres se han comunicado recientemente es de ocho.
  3. 343. En su carta de 7 de septiembre de 1989, la CMOPE presenta las siguientes informaciones suplementarias con respecto a dos miembros de la Asociación Nacional del Personal Docente de Nepal:
    • - el Sr. Bharat Gurung, secretario de la NNTA, distrito de Taplejung, que estuvo encarcelado aproximadamente durante un año y que fue puesto en libertad recientemente, y
    • - el Sr. Rishi Kattel, miembro del Comité Central de la NNTA, que fue detenido en mayo de 1989, y que fue puesto en libertad bajo fianza.

C. Respuesta del Gobierno

C. Respuesta del Gobierno
  1. 344. En su carta de 4 de octubre de 1989, el Gobierno afirma que, en lo que se refiere a los diferentes dirigentes y miembros de la NNTA que supuestamente están todavía encarcelados, no tiene noticias de la detención de las personas citadas, e indica que o bien no son profesores o bien han sido encarcelados por delitos penales o de otra índole. Dado que en la lista de la CMOPE no se indican detalles de las causas ni de los lugares de su detención, resulta difícil investigar si todavía están recluidos.
  2. 345. En lo que se refiere al alegato de que muchos de los profesores que fueron destituidos y trasladados sin ningún motivo continúan en la misma situación y de que el Gobierno no ha adoptado ninguna medida para resolver este problema, el Gobierno afirma que no se ha destituido ni trasladado a ningún profesor sin una razón válida.
  3. 346. El Gobierno reitera que el Sr. S.C. Amatya ha sido puesto en libertad incondicionalmente, y cita los nombres de otros dirigentes de la NNTA que han sido liberados recientemente: el Sr. Senam Sherpa, miembro activo del distrito de Delakha (PSA), y el Sr. Jagan Nath Timalsina, miembro activo del distrito de Dhading (PSA).

D. Conclusiones del Comité

D. Conclusiones del Comité
  1. 347. Antes que nada, el Comité expresa su profundo pesar por la falta de informaciones de parte del Gobierno sobre los puntos pendientes en este caso que se ha examinado en cinco ocasiones anteriores y que, según las comunicaciones regulares del querellante, parece que sigue sin solucionar en lo que se refiere a los profesores nepaleses que deseaban seguir afiliados a un sindicato de su elección.
  2. 348. El Comité recuerda a este respecto el principio expresado en su primer informe (párrafo 31) de que el objeto del procedimiento instituido por la OIT para el examen de alegatos de violaciones de la libertad sindical es promover el respeto de los derechos sindicales de jure y de facto. Dado que el procedimiento protege a los gobiernos contra acusaciones infundadas, los gobiernos por su parte deben, para permitir un examen objetivo, enviar respuestas lo más detalladas y completas que sea posible sobre los alegatos que puedan formularse contra ellos. El Comité señala que, en todos los casos que se le han presentado desde su creación, ha considerado que las respuestas de los gobiernos contra los que se presentan quejas no deberían limitarse a observaciones de carácter general.
  3. 349. En estas circunstancias, el Comité nota únicamente que el Gobierno guarda silencio sobre los alegatos de muerte y desmiente las detenciones o despidos injustificados. Por consiguiente, el Comité vuelve a formular las mismas preguntas que anteriormente e insta al Gobierno una vez más a que envíe informaciones específicas y detalladas sobre todos los alegatos relativos a este caso.
  4. 350. En particular, pide al Gobierno que lleve a cabo una investigación judicial sobre la supuesta muerte en manos de la policía de profesores sindicalistas, en 1985, que le informe de la liberación o de los cargos formulados contra los dirigentes de la NNTA que se encuentran detenidos y cuyos nombres fueron facilitados por la CMOPE, y que le indique si los profesores destituidos por tomar parte en las huelgas de 1980 han sido reintegrados en sus puestos. Las razones por las que se solicitan nuevamente estas informaciones se explican en los párrafos siguientes.
  5. 351. En general, dada la gravedad de estos alegatos, el Comité debe poner de relieve una vez más que los derechos sindicales sólo pueden ejercerse en un clima desprovisto de violencia de toda índole contra los sindicalistas e incumbe a los gobiernos garantizar el respeto de este principio (véase Recopilación de decisiones, tercera edición, 1985, párrafo 70). Cuando se presenta un alegato relativo a la muerte de sindicalistas en manos de miembros de las fuerzas públicas no basta con sostener que se desconocen estos hechos u objetar que el querellante no ha facilitado suficientes detalles, como el Gobierno hizo en un examen anterior de este caso (259.o informe, párrafos 447 y 457) o con guardar silencio, como se hace en la última respuesta del Gobierno.
  6. 352. En lo que se refiere a los sindicalistas detenidos, el Comité acoge con satisfacción las noticias facilitadas por la CMOPE de que tres de los profesores cuyos nombres se han citado en este caso han sido puestos en libertad. Ahora bien, parece ser que están aún detenidos por las autoridades nepalesas (algunos desde 1985) los quince dirigentes o miembros de la NNTA siguientes: los Sres. Arjal, Paday, Sapkota, Bhattari, Yadar, C.P. Shingh, Thapa, Madhar, C.C. Dhakal, S. Pradhan, Hem Raj Rai, Kamal Jung Rai, Nara Pati Chapangai, Yub Raj Sharma y Chudamani Sharma. El Comité observa que en su anterior respuesta sobre este alegato el Gobierno indicó que había liberado a todos los profesores y que si alguno se encontraba detenido no era a causa de sus actividades profesionales sino por delitos contra el Estado; en ese momento, el Gobierno admitió que dos miembros de la NNTA estaban detenidos, no por sus actividades sindicales sino por delitos de ese tipo. (Véase 259.o informe, párrafos 448 y 456.) El Comité toma nota de la respuesta más reciente del Gobierno de que no tiene noticias de la detención de las personas citadas e indica que o bien no son profesores o bien han sido encarcelados por delitos penales o de otra índole. Sin embargo, el Gobierno no facilita ninguna documentación en apoyo de este supuesto.
  7. 353. El Comité lamenta vivamente que el Gobierno nunca haya enviado informaciones en las que se describan los hechos o acontecimientos reales en los que se basan estas detenciones y que no haya hecho ninguna referencia específica a disposiciones del Código Penal o de la legislación sobre seguridad del Estado que podrían haber arrojado alguna luz sobre la auténtica naturaleza de estas detenciones. El silencio del Gobierno a este respecto y el hecho de que algunos de estos detenidos hayan estado encarcelados desde 1985 obligan al Comité a recordar que constituye uno de los derechos humanos fundamentales que las personas detenidas sean presentadas sin demora ante el juez correspondiente y, en el caso de los sindicalistas, que la protección contra la detención y el encarcelamiento arbitrarios y el derecho a un juicio justo y rápido figuran entre las libertades civiles que las autoridades deberían asegurar para garantizar el ejercicio de los derechos sindicales en condiciones normales.
  8. 354. Por último, en lo que se refiere a los supuestos traslados y destituciones de profesores por haber participado en huelgas en 1980, el Comité lamenta que el Gobierno simplemente responda que ningún profesor ha sido destituido ni trasladado sin una razón válida. En el examen anterior de este caso (véase 259.o informe, párrafo 450) el Gobierno fue menos evasivo y afirmó que los despidos se habían debido a actividades indeseables de carácter no profesional de un número "reducido" de profesores; el Gobierno añadió en ese momento que los que, después de haber comprendido sus errores, habían deseado reintegrarse en su escuela habían podido hacerlo.
  9. 355. Dado que el querellante había facilitado pruebas en apoyo de su alegato consistentes en listas en las que se citaban los nombres de 61 profesores destituidos y de 35 profesores trasladados (que el Comité considera importante reproducir de nuevo como anexos I y II del examen de este caso) el Comité únicamente puede recordar una vez más que uno de los principios fundamentales de la libertad sindical es que los trabajadores deberían disfrutar de una protección adecuada contra todos los actos de discriminación antisindical respecto de su empleo, tales como el despido, la degradación, el traslado o cualquier otra medida perjudicial.
  10. 356. El Comité observa que, según el querellante, todavía se ejercen presiones contra la NNTA y que las actividades de esta asociación están estrictamente vigiladas por el Gobierno. En estas condiciones, el Comité debe urgir nuevamente al Gobierno a que reconozca a la NNTA, cuyo registro viene solicitando esta organización desde 1980.

Recomendación del Comité

Recomendación del Comité
  1. 357. En vista de las conclusiones provisionales que preceden, el Comité invita al Consejo de Administración a que apruebe las recomendaciones siguientes:
    • a) el Comité expresa su profundo pesar de que el Gobierno no facilite detalles sobre los aspectos pendientes de este caso que se ha examinado en cinco ocasiones precedentes y que, según las comunicaciones regulares del querellante, parece que sigue sin solucionar;
    • b) dada la gravedad de los alegatos que se citan desde hace tiempo en este caso, el Comité insta una vez más al Gobierno a facilitar informaciones específicas y detalladas sobre todos los alegatos que actualmente tiene ante sí;
    • c) en particular, pide al Gobierno que lleve a cabo una investigación judicial sobre la supuesta muerte de siete funcionarios de distrito de la NNTA en manos de la policía, en 1985 (los Sres. Gandir Shrestha, Tanka Bhushal, Min Bar Chand, Abikeshar Bharati, Mahendra Tadav, Suresh Shar Burja y Ram Dev Pandit) y que informe al Comité de los resultados de la investigación;
    • d) el Comité recuerda la importancia que tiene la protección contra la detención arbitraria y del derecho a un juicio justo y rápido, y pide al Gobierno que le envíe información sobre los quince detenidos cuyos nombres se han mencionado, algunos de los cuales están encarcelados desde 1985 y, especialmente, que le proporcione precisiones sobre su liberación o sobre las acusaciones específicas formuladas contra los mismos y sobre la evolución de sus diferentes juicios y que le facilite las copias de las sentencias por las que se absuelve o se condena a los profesores sindicalistas de que se trata;
    • e) dada la importancia que concede al principio de no discriminación en el empleo como consecuencia de la afiliación a un sindicato o de llevar a cabo actividades sindicales, el Comité pide al Gobierno que le informe rápidamente de la situación actual de los dirigentes y miembros sindicales enumerados en el anexo I (61 destituidos) y en el anexo II (35 trasladados) del presente caso, y
    • f) el Comité urge nuevamente al Gobierno a que reconozca a la NNTA, cuyo registro viene solicitando esta organización desde 1980.

Z. ANEXO I

Z. ANEXO I
  • Profesores presuntamente despedidos por actividades
  • sindicales
  • (Información facilitada por la CMOPE en su comunicación de 3
  • de abril de 1987)
    1. 1 Vicepresidente Ram Chandra Shama - Comité Central
    2. 2 Vicepresidente Chuda Mani Shama - Comité Central
    3. 3 Secretario General Devi Prasad Ojha - Comité Central
    4. 4 Dina Nalti Sharma - Comité Central
    5. 5 Gore Bahadur Khapangee - Comité Central
    6. 6 Rabikira Nirgib - Comité Central Mekb
    7. 7 Baburau Thapa - Bhorpur
    8. 8 Chudamani Sharma - Myagdi
    9. 9 Khuma Malti Subedi - Myagdi
    10. 10 Ganesh Bhattarai - Dhanakuta
    11. 11 Madhar Ghimoree - Dhanakuta
    12. 12 Uman Alti - Secretario de la Asociación del distrito -
  • Dhanakuta
    1. 13 Agam Thapa - Dhanakuta
    2. 14 Pahal Mau Basnet - Dhanakuta
    3. 15 Nefra Pandhak
    4. 16 Surya Pandhak
    5. 17 Naraya Subedi
    6. 18 Hom Par Koirela
    7. 19 Badri Naraya Yadar - Saptari
    8. 20 Bishnu Ojha - distrito de Ghapa
    9. 21 Chandre Swore Prasad Sing - Presidente del distrito de
  • Dhanusa
    1. 22 Ram Sagar Pandit - distrito de Dhanusa
    2. 23 Vindaya Swore Mahota - Dhanusa
    3. 24 Dil Bahadur Joshi - Dhanusa
    4. 25 Luxari Prasad - Dhanusa
    5. 26 Ram Dev Pandit - Dhanusa
    6. 27 Ganegh Gha - Dhanusa
    7. 28 Ram Ratan - Dhanusa
    8. 29 Ram Nalti Akhol - Tanahu
    9. 30 Tunga Nalti Chapagi - Ghapa
    10. 31 Jula Bharai - Ghapa
    11. 32 Rabesi Phemaree - Ghapa
    12. 33 Metia Dahal - Ghapa
    13. 34 Buddhi Raj Dhimel
    14. 35 Ranga Par Dahal
    15. 36 Udab Dhimal
    16. 37 Dawodar Timelsika
    17. 38 Khau Bhandari
    18. 39 Thakar Mishra
    19. 40 Puspa Kharal
    20. 41 Bimala Dahal
    21. 42 Somanalli Ganlair
    22. 43 Maresh Shama
    23. 44 Kashar Adhikari
    24. 45 Luxmi Kiran Pandel
    25. 46 Radra Chapagar
    26. 47 Pradip Thapa
    27. 48 Buddhi Ma Adhikai
    28. 49 Puspa Bhottarin
    29. 50 Chirengabi Adhikari
    30. 51 Narayan Silwal
    31. 52 Tara Kharal
    32. 53 Shiba Kharal
    33. 54 Bhuban
    34. 55 Binod Oli
    35. 56 Pundeja Bhattarai
    36. 57 Divar Pokhral
    37. 58 Utan Bhattarari
    38. 59 Nefra Pathak
    39. 60 Krishna Chandari
    40. 61 Krishna Oli
  • ANEXO
  • ANEXO II
  • Profesores presuntamente trasladados por actividades
  • sindicales
  • (Información facilitada por la CMOPE en su comunicación de 3
  • de abril de 1987)
    1. 1 Monoralk Dhakal - Escuela Secundaria Urla Bari, distrito de
  • Morang
    1. 2 Bhegiralti Setaula - Escuela Secundaria Amar Daha, distrito
  • de Morang
    1. 3 Mukti Bazal - Escuela Primaria Ramahilo, distrito de Morang
    2. 4 Kashi Nalti Shama - Escuela Primaria Madhu Malla, distrito de
  • Morang
    1. 5 Bhadra Naraya Chandari - Bhogpur
    2. 6 Dal Bahadur Chhaya - Boghpur
    3. 7 Bishnu Bhakta Rai - Teralhain
    4. 8 Tika Subedi - Teralhein
    5. 9 Krishna Katel - Teralhein
    6. 10 Kunta Sharma - Teralhein
    7. 11 Shiva Chandra Yadar - Sankhuya Sabha
    8. 12 Nanda Lal Mehata - Bhojpur
    9. 13 Makar Gurung - Teralhein
    10. 14 Nara Prasad Biwalee - Solukhenbu
    11. 15 Shiba Setaula - Saptari
    12. 16 Hari Naraya Bhattalai - Solu
    13. 17 Chandra Madenba - Iuruwa
    14. 18 Krishna Subha - Siraha
    15. 19 Kari Prasad Pokral - Vicepresidente
    16. 20 Janaedan Upratee - Ghapa
    17. 21 Santa Prosahi - Ghapa
    18. 22 Bishnu Ojha - Ghapa
    19. 23 Tei Ray Khatibada - Ghapa
    20. 24 Dev Krishna Prashahi - Ghapa
    21. 25 Ambika Bhardari - Ghapa
    22. 26 Bharat Bimalee - Ghapa
    23. 27 Mohar Dahal - Ghapa
    24. 28 Garga Rau Dahal - Ghapa
    25. 29 Bhaksi Siba Kotee - Ghapa
    26. 30 Dinesa Chandra Gha - Dhanusa
    27. 31 Digember Gha - Dhanusa
    28. 32 Vindaya Swore - Dhanusa
    29. 33 Daya Rau - Dhanusa
    30. 34 Luxmi Naruyan Gha - Dhanusa
    31. 35 Rau Sagar - Dhanusa
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