C001 - Respuestas recibidas a las cuestiones planteadas en una solicitud directa que no dan lugar a comentarios adicionales (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
C022 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Impacto de la pandemia de COVID-19.
Artículos 3 a 14 del Convenio. Contrato de enrolamiento.
C026 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 3 del Convenio núm. 26. Participación de los interlocutores sociales
en la fijación del salario mínimo.
Artículo 4 del Convenio núm. 95. Pago en especie. «Cesta-ticket socialista».
Artículo 5. Pago electrónico del salario.
Artículo 12. Retraso en el pago del salario.
C087 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Seguimiento de las recomendaciones de la comisión de encuesta (queja presentada
en virtud del artículo 26 de la Constitución de la OIT)
Libertades civiles y derechos sindicales. Clima
desprovisto de violencia, amenazas, persecución, estigmatización, intimidación u
otra forma de agresión, en el que los interlocutores sociales puedan ejercer sus
actividades legítimas, incluida la participación en un diálogo social con todas
las garantías.
Artículos 2 y 3 del Convenio.
Respeto de la autonomía de las organizaciones de empleadores y trabajadores, en
particular con relación al Gobierno o a partidos políticos, así como supresión
de toda injerencia y favoritismo de las autoridades estatales.
Artículos 2 y 3. Cuestiones
legislativas.
C100 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 1, a) y 2 del Convenio. Definición de remuneración. Legislación.
Artículos 1, b) y 2. Igualdad de remuneración entre hombres y mujeres por un
trabajo de igual valor. Legislación.
C100 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículos 1 y 2 del Convenio. Brecha salarial por motivo de género.
C111 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 1, 1), a) del Convenio. Discriminación por motivo de sexo. Acoso sexual.
Artículo 1, 1), b). Discriminación por motivo de estado serológico respecto del VIH.
Artículos 2 y 3, f). Políticas nacionales de igualdad.
C111 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículo 1, 1), a) del Convenio. Discriminación basada en la opinión política.
Discriminación basada en la ascendencia nacional. Legislación.
C144 - Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)
Artículos 2, 5 y 6 del Convenio. Consultas tripartitas efectivas.
C029 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 1, 1), 2, 1) y 25 del Convenio.
Marco legislativo e institucional.
Prevención y sensibilización.
Protección de las víctimas.
Aplicación de sanciones efectivas.
C029 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 2, 2), d), del Convenio. Movilización de trabajadores.
Trabajo social de los empleados públicos.
C045 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Aplicación en la práctica de los Convenios núms. 13, 120, 127, 139 y 155.
A. Disposiciones Generales
Convenio sobre seguridad y salud de los trabajadores, 1981 (núm.
155)
Artículo 5, a) a d) del Convenio. Esferas que deberá tener en
cuenta la política nacional.
Artículo 11,
c). Establecimiento y aplicación de procedimientos para la declaración de
accidentes del trabajo y enfermedades profesionales.
Artículo 11, d).
Realización de encuestas cada vez que un accidente del trabajo parezca revelar
una situación grave.
Artículo 11, e). Publicación
anual de informaciones sobre los accidentes del trabajo, los casos de
enfermedades profesionales y otros.
Artículo 12, b) y c).
Obligaciones de las personas que diseñan, fabrican, importan, suministran o
ceden a cualquier título maquinaria, equipos o sustancias para uso profesional.
B. Protección contra riesgos particulares
Convenio sobre el peso máximo, 1967 (núm. 127)
Artículos 3 y 7 del
Convenio. Límite del peso máximo de la carga transportada manualmente por un
trabajador. Empleo de mujeres y jóvenes trabajadores en el transporte manual de
carga.
Artículo 5. Formación de trabajadores empleados en
el transporte manual de cargas, respecto de los métodos de trabajo que deba
utilizar.
Artículo 8. Implementación del Convenio.
Convenio sobre el cáncer profesional, 1974 (núm. 139)
Artículo 1 del
Convenio. Obligación de determinar periódicamente las sustancias y agentes
cancerígenos a los que la exposición en el trabajo estará prohibida, o sujeta a
autorización o control.
Artículo 2, 1).
Sustitución y niveles de exposición.
Artículo 2, 2). Reducción al mínimo
compatible con la seguridad de los trabajadores del nivel de exposición a
radiaciones ionizantes.
Artículo 3. Medidas de protección de
los trabajadores contra los riesgos de exposición a las sustancias y agentes
cancerígenos.
Artículo 5. Medidas para asegurar
que se proporcionan a los trabajadores los exámenes médicos.
Artículo
6. Medidas, organismos y servicios de inspección apropiados.
C. Protección en ciertas ramas de actividad
Convenio sobre el trabajo subterráneo (mujeres), 1935 (núm. 45)
La
C081 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Inspección del trabajo: Convenio núm. 81
Artículos 3, 4 y 6 del Convenio.
Estructura de la Inspección del Trabajo.
Artículos 6, 7, 1), y
15, a). Independencia y competencias de los inspectores del trabajo. Situación
jurídica y condiciones de servicio del personal que ejerce funciones de
inspección.
Artículos 20 y 21.
Informe anual.
Administración del trabajo: Convenio núm. 150
Artículo 3. Actividades de
la política laboral que se regulan mediante negociaciones.
Artículos 4 y 5.
Organización y funcionamiento eficaz del sistema de administración del trabajo.
Procedimientos apropiados para garantizar la consulta, la cooperación y la
negociación con los interlocutores sociales.
C081 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 3, 1), a) y b), 13 y 16 del Convenio. Actividades de inspección en el
ámbito de la seguridad y salud en el trabajo (SST).
Artículos 6, 7, 1), y 15, a). Independencia y competencias de los inspectores
del trabajo. Situación jurídica y condiciones de servicio del personal que ejerce
funciones de inspección. Selección de inspectores.
Artículos 10 y 11. Número de inspectores y medios materiales.
Artículos 12, 1) y 2), y 15, c). Notificación de la presencia del inspector al
efectuar una visita de inspección. Franja horaria de los controles. Obligación de
confidencialidad.
Artículo 16. Función de control de los inspectores del trabajo, frecuencia y
alcance de las visitas de inspección.
C095 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 8 y 15, d), del Convenio. Descuentos de los salarios. Registros de
salarios.
C102 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Parte II (Asistencia médica), artículo 10 del Convenio núm. 102, artículo 10
del Convenio núm. 121, y artículo 13 del Convenio núm. 130. Prestaciones de
asistencia médica.
Artículo 16, párrafo 1, del Convenio núm. 130. Asistencia médica durante todo
el transcurso de la contingencia.
Artículos 10 y 19 (conjuntamente con el artículo 5), y artículos 13 y 16,
párrafos 2 y 3, del Convenio núm. 130. Personas protegidas y legislación sobre la
asistencia médica.
Artículo 22, conjuntamente con el artículo 1, h), del Convenio núm. 130,
artículos 13, 14, párrafo 2, y 18, párrafo 1, conjuntamente con el artículo 19, del
Convenio núm. 121, y artículos 10, 17 y 23, conjuntamente con el artículo 26, del
Convenio núm. 128. Nivel de las prestaciones monetarias.
Artículo 4, artículo 7, artículo 8, y artículo 18, leído conjuntamente con el
artículo 1, e), i) del Convenio núm. 121.
Artículo 21 del Convenio núm. 121, y artículo 29 del Convenio núm. 128.
Revisión del monto de las prestaciones. Información estadística.
Artículo 22, párrafos 1), d) y e), y 2, del Convenio núm. 121, y artículo 32,
párrafos 1, d) y e) y 2, del Convenio núm. 128. Causas de suspensión de las
prestaciones.
Artículo 21, párrafo 1, leído conjuntamente con el artículo 1, h), i) del
Convenio núm. 128. Edad de los hijos para tener derecho a prestaciones monetarias en
caso de fallecimiento del sostén de la familia.
Artículo 38, párrafos 2 y 3, del Convenio núm. 128. Sector Agrícola.
Artículo 71, párrafo 3, y artículo 72, párrafo 2, del Convenio núm. 102.
Responsabilidad general del Estado en lo que se refiere al servicio de prestaciones
y a la buena administración de las instituciones y servicios de la seguridad social.
C105 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 1, a) del Convenio. Imposición de penas de prisión que impliquen la
obligación de trabajar como castigo por expresar opiniones políticas o por
manifestar oposición ideológica al sistema político, social o económico establecido.
C138 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 3, 2), del Convenio. Determinación de los tipos de trabajo peligrosos.
C138 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 1 del Convenio. Política nacional, inspección del trabajo y aplicación
del Convenio en la práctica.
Artículo 3, 3). Admisión a los trabajos peligrosos desde los 16 años de edad.
C153 - Respuestas recibidas a las cuestiones planteadas en una solicitud directa que no dan lugar a comentarios adicionales (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
C155 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 4 y 8 del Convenio. Formular, poner en práctica y reexaminar
periódicamente una política nacional coherente en materia de seguridad y salud de
los trabajadores y medio ambiente de trabajo, y medidas para dar efecto a dicha
política nacional en consulta con las organizaciones más representativas de
empleadores y de trabajadores interesadas.
Artículo 5, e). Protección de los trabajadores y de sus representantes contra
toda medida disciplinaria resultante de acciones emprendidas justificadamente por
ellos de acuerdo con la política nacional sobre seguridad y salud en el trabajo.
Artículos 6 y 15. Funciones y responsabilidades y coordinación.
Artículo 7. Realización de exámenes globales o relativos a determinados
sectores a intervalos adecuados.
C182 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 7, párrafo 2, del Convenio. Medidas efectivas a adoptar en un plazo
determinado. Apartado d). Niños particularmente expuestos a riesgos.
Artículo 8. Cooperación internacional.
C182 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 3, a), y 7, 1), del Convenio. Venta y trata de niños y sanciones.
Artículos 3 y 7, 2). Peores formas de trabajo infantil y medidas efectivas en
un plazo determinado. Apartados a) y b). Impedir la ocupación de niños en las peores
formas de trabajo infantil y librarlos de estas, y asegurar su rehabilitación y su
inserción social. Trata y explotación sexual con fines comerciales.
Artículo 3, d). Niños ocupados en actividades de minería peligrosas.