C029 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Seguimiento de las conclusiones de la Comisión de Aplicación de Normas
(Conferencia Internacional del Trabajo, 106.ª reunión, junio de
2017)
Artículos 1, 1), 2, 1), y 25 del Convenio.
Artículo 2, párrafo
2 c). Trabajo obligatorio de personas en detención preventiva.
C029 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 1, 1), 2, 1), y 25 del Convenio. Trata de personas.
Artículo 2, párrafo 2) c). Trabajo penitenciario.
C081 - Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 6, 7, 10 y 11 del Convenio. Inspectores del trabajo. Situación
jurídica, condiciones de servicio, contratación, formación, número y condiciones
materiales de trabajo.
Artículos 11, 12, 16 y 18. Aplicación en la región del Chaco.
Artículo 12, 1), a). Restricciones a la iniciativa de los inspectores del
trabajo de entrar libremente en los establecimientos sujetos a inspección.
Artículo 16. Frecuencia y esmero de las inspecciones del trabajo.
C081 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 3, 2) del Convenio. Funciones adicionales encomendadas a los
inspectores del trabajo.
Artículo 5, a). Cooperación de los servicios de inspección con otros servicios
gubernamentales e instituciones.
Artículo 18. Sanciones adecuadas y efectivamente aplicadas por obstrucción a
los inspectores del trabajo en el desempeño de sus funciones.
Artículos 20 y 21. Informe anual sobre la labor de los servicios de inspección.
C026 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Salario mínimo
Artículos 1 y 3, párrafos 1 y 2, apartados 1) y 2), del Convenio núm. 26 y artículos 1 y 3, párrafos 1, 2 y 3, del Convenio núm. 99. Ámbito de aplicación. Métodos para la fijación de los salarios mínimos.
Artículo 4 de los Convenios. Control y sanciones.
Protección del salario
Artículo 2 del Convenio núm. 95. Ámbito de aplicación.
Artículo 4, párrafo 1. Pago parcial del salario con prestaciones en especie. Prohibición de pago del salario con bebidas espirituosas o con drogas nocivas.
Artículos 3, 6, 7, párrafo 1, y 12, párrafo 1. Pago del salario en moneda de curso legal y prohibición de pago con formas representativas. Prohibición de limitar la libertad del trabajador de disponer de su salario. Prohibición de ejercer coacción sobre los trabajadores para que utilicen economatos. Pago del salario a intervalos regulares.
C059 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 2, 2), del Convenio. Edad mínima de admisión al empleo en empresas industriales.
C077 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 4, párrafos 1 y 2, de los Convenios núms. 77 y 78. Renovación del examen médico de aptitud para el empleo hasta la edad de 21 años.
Artículo 6. Aplicación de los Convenios en la práctica.
C090 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 3 del Convenio núm. 79 y artículo 2 del Convenio núm. 90. Período de tiempo en el que se prohíbe trabajar de noche.
C117 - Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Partes I y II del Convenio. Mejoramiento del nivel de vida.
Parte III. Trabajadores migrantes.
Parte IV. Remuneración de los trabajadores.
Artículo 13. Ahorro voluntario.
Parte V. Indiscriminación.
Parte VI. Educación y formación profesional.
C122 - Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 1 y 3 del Convenio. Medidas activas de empleo. Economía informal.
Coordinación de la política del empleo con la política económica y social.
C122 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 1 a 3 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. Participación de los interlocutores sociales.
Contribución del servicio de empleo a la promoción del empleo.
Empleo juvenil.
Promoción de las pequeñas y medianas empresas y promoción del empleo.
Coordinación de la política de formación con las oportunidades de empleo.
C138 - Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 1 del Convenio. Política nacional y aplicación del Convenio en la
práctica.
Artículo 3, 1). Edad mínima de admisión a los trabajos peligrosos. Trabajo
doméstico.
Artículo 8. Actuaciones artísticas.
Artículo 9, 1). Sanciones e inspección del trabajo.
C138 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 2, párrafo 3, del Convenio. Edad de finalización de la escolarización obligatoria.
C182 - Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 3, a), y b), y 7, párrafo 1, del Convenio. Venta y trata de niños, y
utilización, reclutamiento u oferta de niños para la prostitución. Sanciones.
Artículo 5. Mecanismos de vigilancia. Trata y explotación sexual.
Artículo 7, párrafo 2. Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartados
a) y b). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil,
librarlos de estas peores formas de trabajo y asegurar su rehabilitación e inserción
social. Trata y explotación sexual con fines comerciales.
Artículo 7, párrafo 2, a). Niños especialmente expuestos a riesgos e inspección
del trabajo. Niños que trabajan en el servicio doméstico. Sistema de
«criadazgo
C182 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 7, 2), del Convenio. Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartado d). Niños particularmente expuestos a riesgos.
Artículo 8. Cooperación internacional reforzada.
C189 - Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículo 1 del Convenio. Definición. Trabajadores domésticos ocasionales.
Artículo 2. Exclusiones. Trabajadores domésticos que realizan tareas paramédicas.
Trabajadores que realizan sus servicios de manera independiente y con sus propios elementos.
Artículo 5. Protección contra el abuso, acoso y violencia.
Artículos 6 y 9. Libertad de alcanzar un acuerdo con el empleador sobre si residir o no en su hogar. Documentos de viaje y de identidad.
Artículo 7. Información sobre sus condiciones de empleo.
Artículo 12. Pagos en especie.
Artículo 13. Derecho a un entorno de trabajo seguro y saludable.
Artículo 14. Condiciones no menos favorables con respecto a la protección de la seguridad social, incluida la maternidad.
Artículo 15. Agencias privadas de empleo.
Artículo 16. Acceso a la justicia.
Artículo 17, 1). Mecanismos de queja.
Artículo 17, 2) y 3). Inspección del trabajo y sanciones. Acceso al domicilio del hogar.
Parte VI. Observaciones de los interlocutores sociales.
Parte IV sobre fallos judiciales.
C189 - Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)
Artículos 3, 2), b) y c), y 4. Trabajo forzoso. Abolición del trabajo infantil.
Artículo 10. Igualdad de trato entre los trabajadores domésticos y los
trabajadores en general en relación con las horas normales de trabajo.
Artículo 11. Salario mínimo.