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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Artículos 1 y 2 del convenio. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en agosto de 2012. El Gobierno señala que desde 2006 está comprometido en un proceso de reformulación de la nueva política nacional del empleo (NPNE) que abarca el período 2010-2015 y que tiene por objeto situar las cuestiones de empleo en el centro de la estrategia de desarrollo económico y social. Elaborada sobre una base tripartita, la NPNE tiene tres objetivos específicos, la reducción de la presión del desempleo en el ámbito urbano, el desarrollo del empleo rural y la desaceleración del éxodo rural, así como la mejora de la empleabilidad de una mano de obra en constante aumento y de la calidad del empleo. El Gobierno indica que la adopción de la NPNE, cuya formulación ha finalizado, no se ha puesto en práctica hasta el momento, habida cuenta de los cambios producidos como consecuencia de las elecciones. El Gobierno indica que, con el fin de corregir los desequilibrios del mercado de trabajo que se acentuaron pese a sus esfuerzos, el Gobierno ha emprendido dos programas fundamentales en el marco de la aplicación de la NPNE: el Programa por País de Promoción del Trabajo Decente (PPTD), que representa la contribución de la OIT al documento de política económica y social (DPES) y el programa «Promoción del Empleo de los Jóvenes integrando la variable migratoria», producto de una iniciativa conjunta con el sistema de las Naciones Unidas. Habida cuenta de que la NPNE no se ha puesto en práctica hasta la fecha, la Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria transmita información detallada sobre los progresos realizados para adoptar y aplicar una política nacional del empleo. Además, la Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno también pueda indicar los resultados obtenidos por las medidas aplicadas en el marco de la estrategia de reducción de la pobreza para promover el pleno empleo productivo libremente elegido.
Artículo 2. Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno señala que la demora del sistema de información sobre el mercado del empleo para entrar en funcionamiento obedece a la limitación de sus recursos humanos y materiales. No obstante, desde 2008 se realizaran un cierto número de actividades. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando informaciones sobre todos los progresos realizados en el marco de esas iniciativas. En particular, el Gobierno hace referencia al seguimiento del empleo que se realiza en el marco del documento de política económica y social (DPES) desde 2008, la labor destinada a establecer un observatorio nacional del empleo y las calificaciones profesionales, la Clasificación Africana de Oficios y Empleos (ROAME). Por otra parte, el Gobierno indica que la Agencia Nacional de Estadística y Demografía (ANSD) prevé realizar una encuesta nacional anual sobre el empleo y las calificaciones profesionales a partir de 2013. Además, la Comisión toma nota de que la ANSD consagró la edición 2010 de la «Situación Económica y Social del País», a realizar un diagnóstico del déficit de datos sobre las cuestiones de empleo. Según esta misma publicación, la población potencialmente activa a partir de 15 o más años de edad pasó de 5 678 497 a 7 299 215 entre 2012 y 2010, es decir, un promedio anual de 202 000 nuevos solicitantes de empleo. La tasa de desempleo oscila entre el 10 y el 14 por ciento según las fuentes consultadas y sigue siendo muy elevada entre los jóvenes de edades comprendidas entre los 15 y 34 años. Sin embargo, la tasa de subempleo visible; que era del 22 por ciento en 2006, se estima que fue del 15,2 por ciento en 2010, mientras que la tasa de actividad global se estima en un 50 por ciento. La Comisión invita al Gobierno a que transmita informaciones sobre las tendencias del empleo, en particular las relativas a la evolución del desempleo y el subempleo.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la concepción y elaboración de políticas. En respuesta a los comentarios anteriores, el Gobierno indica que el Alto Consejo para el Empleo, de conformidad con el decreto núm. 1406, de diciembre de 2009, fue establecido oficialmente por el Primer Ministro el 15 de septiembre de 2011. El Gobierno subraya que los interlocutores sociales se han involucrado en la elaboración y aplicación de la Política Nacional del Empleo. Los interlocutores sociales forman parte integrante del Alto Consejo y participaron activamente en la adopción de la política nacional del empleo (PNE) así como a todas las etapas de su aplicación. La Comisión espera que el Alto Consejo reanude próximamente sus actividades y que el Gobierno esté en condiciones de proporcionar informaciones al respecto. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a que indique de qué manera la experiencia y opinión de los interlocutores sociales se ha tenido en cuenta en el marco de la aplicación de la NPNE.
Parte V del formulario de memoria. Asistencia técnica de la OIT. El Gobierno indica que la cooperación con la OIT, en el marco del examen de una estrategia de formalización de la economía informal y para la reactualización del proyecto de NPNE, permitió organizar un foro sobre de la estrategia de formalización y la financiación de la elaboración de la NPNE y la ayuda a su ejecución. Además, el Gobierno precisa que la PNE, el programa de «Promoción del Empleo de los Jóvenes integrando la variable migratoria», y el PPTD se elaboran sobre una base tripartita con la participación de todos los interlocutores sociales y partes interesadas. La Comisión invita al Gobierno a que continúe proporcionando informaciones detalladas respecto de las iniciativas que se han beneficiado de la cooperación con la OIT, en particular, sobre el impacto de estas iniciativas en el empleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

En respuesta a la observación de 2007, la Comisión toma nota de la memoria del Gobierno que se recibió en marzo de 2010 y de los comentarios de la Unión Nacional de Sindicatos Autónomos de Senegal (UNSAS).

Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. El Gobierno indica que el proyecto de política del empleo elaborado en 2006 no se pudo llevar a cabo pero que sus estrategias principales se han integrado en el documento de estrategia para el crecimiento y la reducción de la pobreza (DSRP2/2006-2010). El Gobierno estima que por sí solo el DSRP no permite ayudar de manera eficaz a reducir la pobreza y que esto explica los pobres resultados obtenidos por el DSRP en materia de creación de empleos decentes y productivos. La Comisión toma nota de que para superar esta situación se está finalizando el proyecto de «nueva política nacional del empleo». Según los datos disponibles, la tasa de ocupación es del 38,7 por ciento, lo que significa que de 100 personas en edad de trabajar menos de 40 tienen empleo. A nivel nacional se estima que la tasa de desempleo es de un 10 por ciento y que en la zona urbana de la región de Dakar el nivel es más elevado (16 por ciento frente al 6,3 por ciento en el medio rural) y en el caso de las mujeres (13,6 por ciento frente al 7,9 por ciento de los hombres). Cerca del 23 por ciento de los trabajadores se encuentran subempleados. La pobreza continúa afectando al 75 por ciento de la población rural. La Comisión recuerda que la primera etapa fundamental que contribuye a lograr el pleno empleo productivo y libremente elegido consiste en comprometerse políticamente a alcanzar el objetivo del pleno empleo. La Comisión observa que el artículo 2 del Convenio dispone que los Estados Miembros deben adoptar un marco claramente definido y establecido para coordinar las políticas económicas y sociales (véanse párrafos 785 a 787 del Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo que proporcionan otras orientaciones para garantizar la aplicación del Convenio). La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria transmita información detallada sobre los progresos realizados para adoptar y aplicar una política nacional del empleo. La Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno también pueda indicar los resultados obtenidos por las medidas aplicadas en el marco de la estrategia de reducción de la pobreza para promover el pleno empleo productivo y libremente elegido.

Artículo 2. Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que los diferentes proyectos como la Clasificación funcional de oficios y empleos (ROME), la Agencia Nacional para el Empleo y el Observatorio nacional del empleo y las calificaciones profesionales (ONEQP) no han evolucionado como se esperaba debido a que el proyecto de política nacional del empleo de 2006 no se adoptó. El Gobierno indica que, junto con la Agencia Nacional de Estadística y Demografía (ANSD), preparó un proyecto de plan rector en materia de estadística que permitirá disponer de información más fiable sobre el empleo. Por su parte, la UNSAS señala la falta de coordinación entre las diferentes estructuras de dirección de los programas y políticas de empleo y un retraso en lo que respecta a la recopilación de datos sobre el empleo que remonta a 1997. La UNSAS también da cuenta de la necesidad urgente de establecer un mecanismo de regulación de la oferta y la demanda y de dar seguimiento a los programas de inserción. La Comisión insiste en la importancia de establecer un sistema de recopilación de datos relativos al mercado del trabajo para poder determinar las medidas que conviene adoptar para alcanzar los objetivos del Convenio y una vez que se hayan adoptado revisarlas de forma regular. La Comisión pide al Gobierno que transmita, en su próxima memoria, información sobre los progresos realizados en este ámbito.

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la concepción y elaboración de políticas. La Comisión toma nota de la creación de un Alto Consejo para el Empleo, una estructura interministerial encargada de garantizar el seguimiento de la aplicación de las orientaciones definidas por el Gobierno en materia de empleo y formación. El Gobierno indica que los interlocutores sociales están representados en el Comité Nacional Intersectorial de seguimiento para la aplicación de la Declaración de jefes de Estado y de gobierno sobre el empleo y la lucha contra la pobreza, resultado de la Cumbre de Ouagadougou de 2004, y que participan de forma activa en todas las fases de concepción, aplicación y evaluación de las políticas del empleo. Asimismo, el Gobierno indica que el mandato y la nota de orientación para el nuevo proyecto de política nacional del empleo se han compartido con todos los interlocutores sociales, y que, una vez que se presente el informe provisional, se prevé realizar encuentros sectoriales con la administración, las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, ONG y organizaciones profesionales del sector rural y del sector informal antes de la reunión del Comité Nacional Intersectorial encargado de validar el documento que será sometido al Gobierno para su adopción. La Comisión pide al Gobierno que transmita información detallada sobre las actividades del Alto Consejo para el Empleo, precisando la contribución que realizan los interlocutores sociales a las políticas del empleo. La Comisión confía en que la próxima memoria contenga información que permita examinar la forma en la que la experiencia y la opinión de los interlocutores sociales se han tenido en cuenta al elaborar y aplicar la política nacional del empleo.

Parte V del formulario de memoria. Asistencia técnica de la OIT. El Gobierno indica que, en noviembre de 2008, recibió apoyo de la OIT para reflexionar sobre una estrategia de formalización de la economía informal, y que se ha elaborado un proyecto de plan de acción para mejorar la economía informal. Asimismo, el Gobierno indica que, en septiembre de 2009, la OIT proporcionó apoyo técnico y financiero para la actualización del proyecto de nueva política nacional del empleo. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria indique los resultados obtenidos gracias a estas actividades de asistencia técnica en lo que respecta a la creación de empleos y la mejora del acceso al mercado del trabajo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

La Comisión toma nota de que el Gobierno no ha transmitido información desde la memoria que se recibió en septiembre de 2006. La Comisión confía en que el Gobierno transmita una memoria, que incluya información en respuesta a los puntos planteados en la observación de 2007 de la Comisión, que abordaba las cuestiones siguientes:

Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política de empleo y reducción de la pobreza. La Comisión indicó que la tasa de desempleo en las zonas urbanas seguía siendo muy elevada, aunque disminuyó hasta el 12,7 por ciento en 2001, mientras que en 1994 era del 14,10 por ciento. La Comisión tomó nota del Documento de Estrategia para el Crecimiento y Reducción de la Pobreza (DSRP) 2006-2010, de octubre de 2006, en el que se pone de manifiesto que el problema principal del mercado del empleo es el subempleo visible, que afecta al 21,8 por ciento de la población. El Gobierno indicó que había elaborado, de manera participativa, una nueva política nacional del empleo (PNE), que estaba en curso de aprobación. A este respecto, la Comisión tomó nota de que del DSRP 2006-2010 se desprende que, para promover una política de trabajo decente, el Estado pondrá en práctica una política de empleo productiva e integradora que responda a los objetivos específicos siguientes: i) promover una mejor gestión y la empleabilidad de la mano de obra; ii) incrementar la eficacia y la transparencia del mercado del empleo; iii) promover el empleo independiente en los sectores rural y urbano; iv) aumentar la participación del empleo en el crecimiento; v) reforzar e intensificar la contribución de los sectores productivos a la creación del empleo y la reducción de la pobreza; vi) desarrollar y modernizar el régimen del empleo público; vii) promover una mejor organización de la participación de los trabajadores migrantes; viii) promover la realización de obras con un alto coeficiente de mano de obra; ix) mejorar la situación económica y social de las personas que encuentran dificultades en el mercado de empleo; y x) mejorar la salud y las condiciones de vida de los trabajadores. La Comisión solicita al Gobierno que transmita una memoria que contenga información detallada sobre la forma en la que se han alcanzado los objetivos de política del empleo establecidos en el contexto del DSRP 2006-2010. Asimismo, pide al Gobierno que facilite información sobre los resultados obtenidos por las medidas tomadas en el marco de la estrategia de reducción de la pobreza, en particular en relación con los jóvenes y las mujeres, y a través de todas las otras medidas implementadas para promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido.

Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indicó que el mercado del empleo se caracteriza por la falta de visibilidad, ya que no existe ninguna coordinación entre las diferentes fuentes de información. Para subsanar esta situación el Gobierno indicó que se había elaborado un proyecto para establecer un observatorio nacional del empleo y las calificaciones profesionales (ONEQP). La Comisión tomó nota de que el Gobierno también contó con la asistencia técnica de la OIT para iniciar otros proyectos, entre los que cabe mencionar la clasificación funcional de oficios y empleos (ROME). A este respecto, la UNSAS indicó que se observaban retrasos en el establecimiento de la Agencia Nacional para el Empleo, el ONEQP y el ROME. Por consiguiente, la Comisión pide al Gobierno que indique en su próxima memoria los progresos realizados en la compilación de datos sobre el empleo, indicando las medidas de política adoptadas en virtud del establecimiento de la Agencia de Estadísticas y el ONEQP.

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y formulación de políticas. En respuesta a los comentarios de la Unión Nacional de Sindicatos Autónomos de Senegal (UNSAS), el Gobierno subrayó que el tripartismo se utiliza sistemáticamente en todas las fases de concepción, aplicación y evaluación de todos los programas en materia de empleo. Añadió que el Comité de seguimiento de la política nacional del empleo fue sustituido por el Comité intersectorial de seguimiento para la aplicación, control y evaluación de la Declaración de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Africana y la lucha contra la pobreza. El Gobierno indicó que el comité tripartito había celebrado varias reuniones con el objeto de elaborar la nueva política nacional del empleo. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria transmita ejemplos de las consultas realizadas con los interlocutores sociales, en particular en el marco del comité intersectorial de seguimiento de las cuestiones abarcadas por el Convenio, incluyendo indicaciones sobre las opiniones expuestas y sobre la manera en que se han tenido en cuenta. La Comisión recuerda que las consultas previstas en el Convenio requieren la participación de los representantes de todas las personas interesadas, en particular las del sector rural y de la economía informal, y pide al Gobierno que indique las medidas previstas para garantizar que dichos sectores colaboran plenamente en la elaboración y aplicación de las políticas del empleo.

Parte V del formulario de memoria.  Asistencia técnica de la OIT. La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre las actividades que se hayan emprendido como consecuencia de la asistencia técnica recibida de la OIT para garantizar la aplicación de una política activa del empleo en el sentido del Convenio.

[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2010.]

Observación (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación de 2007, redactada como sigue:

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política de empleo y reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que finaliza en septiembre de 2006, así como de las observaciones de la Unión Nacional de Sindicatos Autónomos de Senegal (UNSAS) y de la respuesta del Gobierno, recibidas en octubre de 2006. El Gobierno indica que la tasa de desempleo en las zonas urbanas sigue siendo muy elevada, aunque disminuyó al 12,7 por ciento en 2001, mientras que en 1994 ascendía al 14,10 por ciento. La Comisión toma nota con interés del Documento de Estrategia para el Crecimiento y Reducción de la Pobreza (DSRP) 2006-2010, de octubre de 2006, en el que se pone de manifiesto que el problema principal del mercado del empleo es el subempleo visible que afecta al 21,8 por ciento de la población (es decir, 1.002.372 personas en actividad). El Gobierno indica que elaboró, de manera participativa, una nueva política nacional del empleo (PNE) en curso de aprobación. A este respecto, la Comisión toma nota de que del documento DSRP 2006-2010 surge que, para promover una política de trabajo decente, el Estado pondrá en práctica una política del empleo productiva e integradora que responda a los objetivos específicos siguientes: i) promover una mejor gestión y la empleabilidad de la mano de obra; ii) incrementar la eficacia y la transparencia del mercado del empleo; iii) promover el empleo independiente en los sectores rural y urbano; iv) aumentar la proporción del empleo en el crecimiento; v) reforzar e intensificar la contribución de los sectores productivos a la creación del empleo y la reducción de la pobreza; vi) desarrollar y modernizar el régimen del empleo público; vii) promover una mejor organización de la participación de los trabajadores emigrados; viii) promover la realización de obras con un alto coeficiente de mano de obra; ix) mejorar la situación económica y social de las personas que encuentran dificultades en el mercado del empleo; y x) mejorar la salud y las condiciones de vida de los trabajadores. La Comisión subraya la importancia de garantizar que el empleo, como elemento clave de la reducción de la pobreza, sea un aspecto esencial de las políticas macroeconómicas y sociales. La Comisión pide al Gobierno que comunique una memoria que contenga informaciones detalladas sobre la manera en que se han logrado los objetivos de política del empleo fijados en el marco del DSRP 2006-2010. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a facilitar informaciones sobre los resultados obtenidos por las medidas tomadas en el marco de la Estrategia de Reducción de la Pobreza, en particular en relación con los jóvenes y las mujeres, así como por toda otra medida aplicada para promover el pleno empleo productivo y libremente elegido.

2. Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que el mercado del empleo se caracteriza por la ausencia de visibilidad, ya que no existe ninguna coordinación entre las diferentes fuentes de informaciones. Para subsanar dicha situación, el Gobierno señala que se ha elaborado un proyecto para establecer un observatorio nacional del empleo y las calificaciones profesionales (ONEQP). La Comisión toma nota con interés de que el Gobierno contó con la asistencia de la OIT para iniciar otros proyectos, entre los que cabe mencionar la clasificación funcional de oficios y empleos (ROME). La UNSAS indica que se observan retrasos en el establecimiento de la Agencia Nacional para el Empleo, el ONEQP y el ROME. Por consiguiente, la Comisión pide al Gobierno indicar en su próxima memoria los progresos realizados en la compilación de datos sobre el empleo, exponiendo detalladamente las medidas de política del empleo adoptadas en virtud del establecimiento de la Agencia de Estadísticas y del Observatorio Nacional del Empleo y las Calificaciones Profesionales.

3. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y formulación de políticas. En respuesta a los comentarios de la UNSAS, el Gobierno subraya que el tripartismo se utiliza sistemáticamente en todas las fases de concepción, aplicación y evaluación de todos los programas en materia de empleo. El Comité de seguimiento de la política nacional del empleo fue sustituido por el «Comité intersectorial de seguimiento para la aplicación, control y evaluación de la declaración de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Africana sobre el empleo y la lucha contra la pobreza». Dicho Comité tripartito ha celebrado varias reuniones con el objeto de elaborar la nueva política nacional del empleo. La Comisión pide al Gobierno que transmita en su próxima memoria ejemplos de las consultas realizadas con los interlocutores sociales, en particular en el marco del Comité intersectorial de seguimiento, sobre las cuestiones abarcadas por el Convenio, incluyendo indicaciones sobre las opiniones expuestas y sobre la manera en que fueron tenidas en cuenta. La Comisión recuerda que las consultas previstas en el Convenio requieren la participación de los representantes de las personas interesadas, en particular los del sector rural y de la economía informal y pide al Gobierno que indique las medidas previstas para garantizar que dichos sectores colaboren plenamente en la elaboración y la aplicación de las políticas del empleo.

4. Parte V del formulario de memoria. Asistencia técnica de la OIT.La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones sobre las actividades que se hayan emprendido como consecuencia de la asistencia técnica recibida de la OIT para garantizar la aplicación de una política activa del empleo en el sentido del Convenio.

Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política de empleo y reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que finaliza en septiembre de 2006, así como de las observaciones de la Unión Nacional de Sindicatos Autónomos de Senegal (UNSAS) y de la respuesta del Gobierno, recibidas en octubre de 2006. El Gobierno indica que la tasa de desempleo en las zonas urbanas sigue siendo muy elevada, aunque disminuyó al 12,7 por ciento en 2001, mientras que en 1994 ascendía al 14,10 por ciento. La Comisión toma nota con interés del Documento de Estrategia para el Crecimiento y Reducción de la Pobreza (DSRP) 2006-2010, de octubre de 2006, en el que se pone de manifiesto que el problema principal del mercado del empleo es el subempleo visible que afecta al 21,8 por ciento de la población (es decir, 1.002.372 personas en actividad). El Gobierno indica que elaboró, de manera participativa, una nueva política nacional del empleo (PNE) en curso de aprobación. A este respecto, la Comisión toma nota de que del documento DSRP 2006-2010 surge que, para promover una política de trabajo decente, el Estado pondrá en práctica una política del empleo productiva e integradora que responda a los objetivos específicos siguientes: i) promover una mejor gestión y la empleabilidad de la mano de obra; ii) incrementar la eficacia y la transparencia del mercado del empleo; iii) promover el empleo independiente en los sectores rural y urbano; iv) aumentar la proporción del empleo en el crecimiento; v) reforzar e intensificar la contribución de los sectores productivos a la creación del empleo y la reducción de la pobreza; vi) desarrollar y modernizar el régimen del empleo público; vii) promover una mejor organización de la participación de los trabajadores emigrados; viii) promover la realización de obras con un alto coeficiente de mano de obra; ix) mejorar la situación económica y social de las personas que encuentran dificultades en el mercado del empleo; y x) mejorar la salud y las condiciones de vida de los trabajadores. La Comisión subraya la importancia de garantizar que el empleo, como elemento clave de la reducción de la pobreza, sea un aspecto esencial de las políticas macroeconómicas y sociales. La Comisión pide al Gobierno que comunique una memoria que contenga informaciones detalladas sobre la manera en que se han logrado los objetivos de política del empleo fijados en el marco del DSRP 2006-2010. Asimismo, la Comisión invita al Gobierno a facilitar informaciones sobre los resultados obtenidos por las medidas tomadas en el marco de la Estrategia de Reducción de la Pobreza, en particular en relación con los jóvenes y las mujeres, así como por toda otra medida aplicada para promover el pleno empleo productivo y libremente elegido.

2. Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que el mercado del empleo se caracteriza por la ausencia de visibilidad, ya que no existe ninguna coordinación entre las diferentes fuentes de informaciones. Para subsanar dicha situación, el Gobierno señala que se ha elaborado un proyecto para establecer un observatorio nacional del empleo y las calificaciones profesionales (ONEQP). La Comisión toma nota con interés de que el Gobierno contó con la asistencia de la OIT para iniciar otros proyectos, entre los que cabe mencionar la clasificación funcional de oficios y empleos (ROME). La UNSAS indica que se observan retrasos en el establecimiento de la Agencia Nacional para el Empleo, el ONEQP y el ROME. Por consiguiente, la Comisión pide al Gobierno indicar en su próxima memoria los progresos realizados en la compilación de datos sobre el empleo, exponiendo detalladamente las medidas de política del empleo adoptadas en virtud del establecimiento de la Agencia de Estadísticas y del Observatorio Nacional del Empleo y las Calificaciones Profesionales.

3. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y formulación de políticas. En respuesta a los comentarios de la UNSAS, el Gobierno subraya que el tripartismo se utiliza sistemáticamente en todas las fases de concepción, aplicación y evaluación de todos los programas en materia de empleo. El Comité de seguimiento de la política nacional del empleo fue sustituido por el «Comité intersectorial de seguimiento para la aplicación, control y evaluación de la declaración de Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Africana sobre el empleo y la lucha contra la pobreza». Dicho Comité tripartito ha celebrado varias reuniones con el objeto de elaborar la nueva política nacional del empleo. La Comisión pide al Gobierno que transmita en su próxima memoria ejemplos de las consultas realizadas con los interlocutores sociales, en particular en el marco del Comité intersectorial de seguimiento, sobre las cuestiones abarcadas por el Convenio, incluyendo indicaciones sobre las opiniones expuestas y sobre la manera en que fueron tenidas en cuenta. La Comisión recuerda que las consultas previstas en el Convenio requieren la participación de los representantes de las personas interesadas, en particular los del sector rural y de la economía informal y pide al Gobierno que indique las medidas previstas para garantizar que dichos sectores colaboren plenamente en la elaboración y la aplicación de las políticas del empleo.

4. Parte V del formulario de memoria. Asistencia técnica de la OIT. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones sobre las actividades que se hayan emprendido como consecuencia de la asistencia técnica recibida de la OIT para garantizar la aplicación de una política activa del empleo en el sentido del Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2004, Publicación: 93ª reunión CIT (2005)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1989, Publicación: 76ª reunión CIT (1989)

No disponible en español.
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