National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Repetición Artículo 4, 1), del Convenio. Determinación de los tipos de trabajos peligrosos. En sus comentarios anteriores, la Comisión manifestó su firme esperanza de que se adoptaría próximamente la Ley de Trabajo Decente que contiene una disposición que prohíbe la ocupación de niños menores de 18 años en tipos de trabajos peligrosos. Expresó asimismo su confianza en que se elaboraría una reglamentación que especifique los tipos y procesos de trabajo peligroso prohibidos a los menores de 18 años de edad tras realizar consultas con las organizaciones de empleadores y de trabajadores interesadas. La Comisión toma nota con interés de que se ha promulgado la Ley de Trabajo Decente de 2015. Toma nota de que el capítulo 21, artículo 21.4, a), de la Ley de Trabajo Decente prohíbe el empleo de niños menores de edad de 18 años en los tipos de trabajo peligroso enumerados en virtud del párrafo 2 de la Recomendación sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 190). El artículo 21.4, b), establece además que el Ministro podrá, dentro del plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley, dictar reglamentos en los que se especifiquen otros tipos de trabajos que puedan ser prohibidos a los niños y determine los procesos, las temperaturas, los niveles de ruido o de vibración que puedan perjudicar la salud de los niños. En este sentido, la Comisión toma nota de la información del Gobierno en su memoria, según la cual la comisión para la reforma de la legislación ha elaborado un proyecto de lista con los tipos de trabajos peligrosos prohibidos a los niños y que están en curso rondas de consultas con las partes interesadas para ultimar dicha lista.La Comisión expresa su firme esperanza de que el Gobierno adoptará las medidas necesarias para garantizar que el proyecto de lista de tipos de trabajo peligroso prohibidos a los niños menores de 18 años de edad será ultimada y adoptada a la mayor brevedad. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre todos los progresos realizados a este respecto.Artículo 7, 2). Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartado a). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil. Acceso a la enseñanza básica gratuita. La Comisión tomó nota anteriormente de la recopilación preparada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (documento A/HRC/WG.6/22/LBR/2, de 23 de febrero de 2015) con arreglo a la cual, según el Marco de Asistencia de las Naciones Unidas para el Desarrollo (MANUD), en Liberia la brecha de género se manifiesta en la educación, y las tasas de analfabetismo entre las mujeres y las niñas son especialmente altas con un 60 por ciento. Tomó nota asimismo de que en este informe de recopilación el Equipo de las Naciones Unidas en Liberia expuso que, debido al brote de la enfermedad por el virus del ébola, en junio de 2014 se había decretado la clausura de las escuelas y que alrededor de 1 400 000 alumnos se habían visto obligados a permanecer en el hogar. La Comisión pidió al Gobierno que adoptara las medidas necesarias para garantizar el adecuado funcionamiento del sistema educativo y redoblara sus esfuerzos para que los niños volvieran a las escuelas, que se adoptaran medidas también para aumentar las tasas de matriculación y de finalización escolar en los niveles de la enseñanza primaria y secundaria, y proporcionara información a este respecto. La Comisión toma nota de la aclaración del Gobierno de que, desde el último caso registrado de ébola en 2015, se han adoptado las medidas cautelares pertinentes, se han reabierto las escuelas y se ha alentado a los niños a volver a ellas. El Gobierno señala que se han puesto en marcha mecanismos más adecuados para mantener a los niños en las escuelas y lejos del trabajo infantil. En este sentido, la Comisión toma nota de la información que figura en la publicación titulada: Education in Liberia-Global Partnership for Education (La educación en Liberia, por la Alianza Mundial para la Educación), según la cual con el fin de hacer frente a las dificultades que se presentan en el sector educativo en relación con la reconstrucción y recuperación de las consecuencias de la guerra civil, la retracción de las finanzas nacionales, infraestructuras deficientes y la epidemia del ébola, el Gobierno ha desarrollado una respuesta estratégica a través del plan sectorial «Mejorar la educación entre 2017 y 2021». Este plan consiste en nueve programas destinados a: i) mejorar la eficiencia y la gestión del sistema educativo; ii) mejorar el acceso a una educación infantil de calidad; iii) proporcionar educación alternativa de calidad a los niños de más edad y que han abandonado la escuela; iv) impulsar la formación en materia de género y de salud en las escuelas en todo el sector educativo, y v) mejorar la calidad y la pertinencia de la formación profesional y técnica. La Comisión toma nota, no obstante, de que según las estadísticas de la UNESCO, en 2016, se registó una tasa neta de matriculación escolar de un 36,75 por ciento en la enseñanza primaria y de un 10,37 por ciento en la enseñanza secundaria. Además, 572 439 niños y adolescentes abandonaron la escuela en 2016. La Comisión toma nota con preocupación de las bajas tasas de matriculación escolar en la enseñanza primaria y secundaria y el elevado número de niños que han abandonado la escuela.Teniendo en cuenta que la educación es esencial para impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil, la Comisión insta al Gobierno a que redoble sus esfuerzos para mejorar el funcionamiento del sistema educativo y facilitar el acceso de todos los niños a una enseñanza básica gratuita, en particular a través del plan sectorial «Mejorar la educación entre 2017 y 2021». La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre las medidas concretas que ha adoptado o tiene previsto adoptar en este sentido, destinadas en particular a aumentar la matriculación escolar y las tasas de asistencia en la enseñanza primaria y secundaria y reducir las tasas de abandono escolar, así como que proporcione informaciones de estadísticas actualizadas sobre los resultados obtenidos, desglosadas por género y edad.