National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
Visualizar en: Inglés - Francés
Comentario anterior
Repetición Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión había expresado la esperanza de que el Gobierno pudiera indicar próximamente los progresos realizados en cuanto a la formulación y aplicación de una política de empleo. A este respecto, la Comisión toma nota con interés de las indicaciones del Gobierno, según las cuales se adoptó la Ley núm. 2015-040, de 9 de diciembre de 2015, relativa a la orientación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional (PNEFP), y actualmente es objeto de una campaña de sensibilización. Añade que el Plan Nacional de Empleo y Formación (PANEF) fue sustituido por el Plan de Acción Operativo (PAO), que contiene los diferentes ámbitos de aplicación de la PNEFP. El Gobierno indica que la PNEFP pretende, con la aplicación de la Política General Estatal (PGE), del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS), reducir el desempleo y el subempleo de aquí a 2020, mediante la creación de suficientes empleos formales para reabsorber a los solicitantes de empleo. La PNEFP aspira asimismo a crear un sistema de información pertinente sobre el mercado de trabajo y de formación profesional, y a concebir e implantar asimismo un sistema armonizado de certificación y formación. El Gobierno indica que en diciembre de 2015 se organizaron cuatro salones del empleo, y que se impartió formación a 1 119 jóvenes descolarizados, colocándoles a continuación en pequeños trabajos rurales en el marco de una alianza con la UNESCO. Siempre en el marco de la promoción del empleo, el Gobierno menciona dos iniciativas «Rapid Result» (IRR) del Ministerio de Empleo, Enseñanza Técnica y Formación Profesional (MEETFP) que, según ha indicado, ha llevado a cabo plenamente. La primera tenía por objeto ajustar debidamente la formación y el empleo en 12 sectores de crecimiento. En el marco de la segunda iniciativa se ha establecido un Centro de Formación Profesional (CFP) en la ciudad de Andranofeno Sud, a fin de generar empleo en la misma. El CFP imparte formación a unos 100 estudiantes en seis grandes ámbitos: el turismo, la hotelería y la restauración, la agricultura y la ganadería, la carpintería, la mecánica de automóviles, la construcción y las obras públicas. El Gobierno indica asimismo que 1 058 jóvenes no escolarizados provenientes de entornos rurales han recibido formación para 15 tipos de oficios en varias regiones, y que el Centro Nacional de Formación de Personas con Discapacidades (CNFPPSH) ha impartido formación a 59 personas con discapacidades en las regiones de Analanjirofo y Sava. Además, el Observatorio Nacional de Empleo y Formación se ha transformado en la Oficina Nacional de Empleo y Formación. En lo que respecta a la valoración de la enseñanza técnica y de la formación profesional, el Gobierno indica asimismo la rehabilitación, en 2015, de cinco escuelas técnicas profesionales y de 60 aulas, y la acreditación de 97 establecimientos técnicos públicos y privados. El Gobierno añade que actualmente están operativos cuatro CFP para las mujeres. La Comisión pide al Gobierno que siga comunicando todo cambio relativo a la aplicación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional, y su impacto en la tasa de empleo y en la reducción del desempleo, así como en la transición de la economía informal a la economía formal. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que proporcione información que permita examinar el modo en que las principales orientaciones de la política económica, en ámbitos como la política monetaria, presupuestaria, comercial o de desarrollo regional, contribuyen «en el marco de una política económica y social coordinada» a la consecución de los objetivos de empleo establecidos por el Convenio. La Comisión pide asimismo al Gobierno que comunique información actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para crear empleos sostenibles, reducir el subempleo y combatir la pobreza, especialmente entre las categorías particulares de trabajadores, como las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidades, los trabajadores rurales y los trabajadores de la economía informal. En este sentido, pide al Gobierno que suministre la información más detallada posible sobre el tipo de formación impartida por el CNFPPSH a las personas con discapacidades. Coordinación de la política de educación y formación con la política de empleo. La Comisión toma nota con interés de que, según el artículo 2 de la PNEFP, se propone aplicar una política de creación masiva de empleos y de promoción de la formación profesional. El artículo 10 de la PNEFP precisa que esta política está orientada específicamente a las actividades de creación de empleo, a la prestación de apoyo a las empresas, a la intermediación en el mercado de trabajo, a la promoción directa del empleo de los jóvenes, de las mujeres y de la población vulnerable, a la promoción del trabajo decente y a la ampliación de la protección social. La política prevé, en su artículo 5, el derecho a recibir una formación y a estar calificado, sea cual fuere la situación personal y social y el nivel de escolarización alcanzado. La Comisión toma nota asimismo de que el artículo 46 preconiza la creación de una alianza entre el Estado, las administraciones territoriales y los asociados técnicos y financieros, a fin de adoptar y financiar medidas de promoción del empleo para los jóvenes, las mujeres y la población desfavorecida. El Gobierno indica que la iniciativa llevada a cabo para potenciar el empleo de los jóvenes se traduce, por una parte, en la promoción del empleo por cuenta propia y de las empresas tradicionales o informales y, por otra, en el apoyo a la inserción en las empresas y las actividades clásicas. Entre los objetivos de esta iniciativa se cuentan el acompañamiento de los jóvenes en sus proyectos profesionales y el fortalecimiento de las capacidades de financiación. El Ministerio imparte formación a los jóvenes con objeto de promover el empleo por cuenta propia y la creación de pequeñas y medianas empresas y de industria. Así pues, a lo largo de 2015 y durante el primer semestre de 2016, se impartió formación a tal efecto a 1 436 jóvenes provenientes de seis regiones. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre los resultados de las medidas adoptadas para asegurar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política de empleo. Pide nuevamente al Gobierno que comunique los resultados obtenidos gracias a la puesta en marcha de estos programas, en términos de acceso de los jóvenes licenciados a un empleo sostenible. La Comisión pide asimismo al Gobierno que indique el impacto de las medidas adoptadas para promover la creación de pequeñas y medianas empresas. Recopilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que la Encuesta periódica a los hogares se llevó a cabo, y se sustituyó a continuación por el censo global de la población a causa de las prioridades del Estado habida cuenta del fuerte crecimiento de la población. Sin embargo, el Gobierno señala la elaboración de un proyecto en colaboración con la Oficina Internacional del Trabajo a fin de establecer un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. La Oficina Nacional del Empleo y la Formación se encargará de la gestión de este sistema. El Gobierno menciona asimismo que, en 2016, el MEETFP comenzó a establecer servicios regionales de inserción en el empleo (SRIE), y que nueve direcciones regionales cuentan actualmente con SRIE, cuya misión es gestionar el sistema regional de información sobre el empleo, lo que conlleva la intermediación entre los jóvenes que buscan empleo y las empresas. La Comisión pide al Gobierno que suministre información sobre los avances del proyecto con miras al establecimiento de un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. Asimismo, pide al Gobierno que transmita información más detallada sobre el impacto de los SRIE en relación con la recopilación y utilización de datos sobre el empleo. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. El Gobierno ha indicado que en octubre de 2015 se firmó un acuerdo nacional sobre el empleo y la formación profesional con los interlocutores sociales y, en noviembre de 2015, con los grupos de empresas provenientes de los cinco ámbitos prioritarios. El Gobierno menciona asimismo la firma de otros dos acuerdos en los cuales han participado los interlocutores sociales, a saber, el acuerdo de financiación del equipo de apoyo técnico de la PNEFP y el acuerdo sobre su fondo para aplicación. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información actualizada sobre las consultas celebradas con los representantes de los interlocutores sociales acerca de los temas cubiertos por el acuerdo. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que facilite información detallada sobre las consultas celebradas con los representantes de las categorías más desfavorecidas de la población, en particular las de los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal.
Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo y reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en octubre de 2008, que contiene respuestas sucintas a la observación de 2007. El Gobierno indica en su memoria que el Plan de Acción de Madagascar 2007-2011 (MAP), que establece la promoción del empleo y la reducción de la pobreza como objetivo central de las prioridades económicas, está supervisado por el Ministerio de Trabajo con la finalidad de integrarlo en los programas de todos los ministerios. El Gobierno indica también que se ha realizado la divulgación del Programa Nacional de Apoyo al Empleo (PNSE) en una decena de regiones por técnicos del ministerio con el apoyo de expertos del PNUD, estableciéndose como estructura de apoyo el Organismo Nacional de Ejecución del PNSE (OMPE/VATSI). El Sistema Nacional Integrado de Seguimiento y Evaluación (SNISE) permitió asimismo evaluar la puesta en marcha del MAP y advertir que la promoción del pleno empleo ha sido menos dinámica durante el primer semestre de 2008. Los datos registrados sobre el empleo por el Observatorio del Empleo y la Formación Profesional y Empresarial de Madagascar (OMEF) indican que, incluso si el desempleo alcanza al 6 por ciento de la población activa, es decir 483.000 desempleados, el subempleo (desempleo encubierto) sigue siendo muy elevado, y alcanza al 60 por ciento de la población activa. Además, aumentó el número de los nuevos solicitantes de empleo en un 4 por ciento anual, es decir, se presentan en el mercado de trabajo una media anual de 382.000 personas en edad de trabajar con edades comprendidas entre los 15 y 65 años de edad. Además, según estimaciones del PNUD, más de las dos terceras partes de la población (el 68,7 por ciento) se encuentra por debajo del umbral de la pobreza y aproximadamente las tres cuartas partes de los pobres habitan en zonas rurales donde reside cerca del 80 por ciento de la población. La Comisión también toma nota de que el Proyecto de Programa de Trabajo Decente por País 2008-2012 prevé que las mejoras de la política del empleo deben fundarse en el fortalecimiento de la empleabilidad de los grupos vulnerables, como los jóvenes, las mujeres y los trabajadores rurales, mediante la formación profesional y la adecuación de las calificaciones con las necesidades del mercado de trabajo. La Comisión no puede sino insistir sobre el papel central de una política del empleo en las políticas económicas y sociales para luchar contra la pobreza y crear empleos productivos. A este respecto, la Comisión pide al Gobierno que, en su próxima memoria, comunique informaciones detalladas sobre los resultados obtenidos en el marco del Plan de Acción de Madagascar en términos de creación de empleos duraderos, de reducción del subempleo y de lucha contra la pobreza. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que proporcione datos actualizados sobre las tendencias del mercado de trabajo, en particular sobre la situación general, el nivel y la evolución del empleo, el subempleo y el desempleo en todo el país, precisando cuáles son las medidas adoptadas para promover el empleo entre las categorías más vulnerables (mujeres, jóvenes y trabajadores rurales).
Coordinación de la política de educación y formación y la política del empleo. El Gobierno indica que la Oficina para la Promoción del Empleo de Madagascar (OMEP) y el programa de promoción del empleo puesto en práctica con el apoyo del PNUD tienen como objetivo prioritario los jóvenes, las mujeres y las personas con discapacidades, especialmente en el sector informal. La Comisión toma nota de que según las estimaciones del PNUD, el subempleo afecta a más del 45 por ciento de la población activa en el medio rural y que la tasa de analfabetismo sigue siendo preocupante: alcanza el 47 por ciento de la población, en particular la población femenina, y afecta a aproximadamente el 31 por ciento de los adolescentes. A pesar de los importantes progresos registrados en materia de educación, en 2006, el analfabetismo alcanzó aproximadamente al 27 por ciento de la población de más de 15 años, y una proporción aún más importante sólo recibió enseñanza elemental. Por otra parte, el 94 por ciento de los trabajadores carecen de formación profesional. La Comisión desea examinar en su próxima memoria informaciones sobre los resultados de las actividades llevadas a cabo por el Gobierno para garantizar la coordinación de las políticas de educación y formación profesional con la política del empleo. La Comisión solicita al Gobierno que comunique los resultados obtenidos en cuanto al acceso a un empleo duradero por parte de los jóvenes egresados de la universidad.
Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que se ha establecido una estrategia nacional de desarrollo de las estadísticas con la participación del Ministerio del Trabajo. El funcionamiento del Sistema Nacional de Información sobre el Empleo (SNIE) se ha asegurado mediante la puesta en marcha del OMEF, en cuyo sitio Internet pueden consultarse las ofertas y solicitudes de empleo. El Gobierno indica que en 2008, la OIT organizó un programa de formación sobre el «sistema de informaciones e indicadores de seguimiento del MAP/PNSE» en el que participaron, en particular, funcionarios superiores del Ministerio de Trabajo y del OMEF. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones sobre los progresos realizados para establecer datos estadísticos fiables, que permitan elaborar y ejecutar una política del empleo en el sentido del Convenio.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de las políticas. El Gobierno ha brindado informaciones sobre las funciones del Consejo Nacional del Trabajo (CNT) y del Comité Nacional de Seguimiento de la Promoción del Empleo y la Reducción de la Pobreza (CNSPERP), considerando que se trata de dos organismos tripartitos que se ocupan de la política del empleo. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones completas sobre las consultas llevadas a cabo con el auspicio del Consejo Nacional del Trabajo y del Comité Nacional de Seguimiento de la Promoción del Empleo y la Reducción de la Pobreza para la formulación y aplicación de una política activa del empleo. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que comunique en su próxima memoria indicaciones sobre las consultas llevadas a cabo con los representantes de los trabajadores del sector rural y de la economía informal, así como sobre el resultado de dichas consultas en lo concerniente a las políticas del empleo.
1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo y reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la detallada memoria del Gobierno recibida en diciembre de 2006 y, en particular, de la Ley núm. 004-2005 sobre la Política Nacional del Empleo (PNE). La Comisión toma nota con interés de que la PNE está destinada a «fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido» y que la «creación de empleos decentes es el objetivo principal del crecimiento económico durable y equitativo para la mejora de las condiciones de vida de la población en el contexto de un mercado de trabajo abierto al diálogo social» (artículos 1 y 3 de ley núm. 004-2005). Además, toma nota de que para la ejecución de la PNE, se ha formulado un programa nacional de apoyo al empleo (PNSE) con la asistencia técnica de la OIT, aprobado el 18 de octubre de 2006 en un taller nacional tripartito, pero que aún no ha sido adoptado por el Parlamento. Por otra parte, la Comisión toma nota de que según informaciones del Fondo Monetario Internacional (FMI) en febrero y julio de 2007 sobre el Documento de Estrategia de Reducción de la Pobreza, Madagascar elaboró su segunda estrategia de crecimiento y lucha contra la pobreza titulada Plan de Acción de Madagascar (MAP) 2007-2012. La Comisión toma nota con interés que la MAP incorpora integralmente la PNSE, permitiendo a Madagascar integrar el aspecto operativo de su política nacional del empleo en la estrategia de reducción de la pobreza. Al tomar nota en particular que en el compromiso núm. 8 del MAP se subraya la importancia de asegurar la estabilidad macroeconómica para alcanzar un crecimiento económico más elevado, la Comisión recuerda la importancia de las políticas macroeconómicas para estimular la inversión y el empleo. El Gobierno señala que para evaluar el impacto y eficacia de la PNE en cuanto a los objetivos perseguidos y en la perspectiva de crear nuevas orientaciones y emprender acciones en el marco de un diálogo social nacional abierto y dinámico, se establecieron mecanismos de seguimiento y evaluación de la PNE, como la reunión de los estados generales del empleo cada cinco años, la elaboración de cuadros de situación y evaluaciones técnicas, así como un amplio debate nacional sobre la ejecución del PNE. El Gobierno trabaja actualmente en la elaboración de una estructura institucional destinada a supervisar la aplicación general del MAP (informe del FMI núm. 07/240, de julio de 2007, párrafo 26). La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones sobre las medidas adoptadas para garantizar que el empleo, elemento clave para la reducción de la pobreza, sea el factor esencial de las políticas macroeconómicas. La Comisión espera que el Programa Nacional de Apoyo al Empleo aprobado en octubre de 2006 será adoptado a nivel nacional en un futuro próximo, para permitir la aplicación efectiva de la política nacional del empleo destinada a «promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido». La Comisión pide asimismo al Gobierno que comunique informaciones detalladas sobre la evaluación de las políticas y programas del empleo aplicados, como por ejemplo, el PNSE y el MAP, indicando en qué medida se han alcanzado los objetivos fijados inicialmente.
2. Políticas del mercado laboral. La Comisión toma nota que el mercado de trabajo se caracteriza por la falta de adecuación entre la educación y las necesidades de empleo. Si bien la población activa representa el 64,6 por ciento de la población total, el 13 por ciento de las personas ocupadas se encuentran en el sector formal. Aunque la tasa de desempleo sea relativamente baja, la de subempleo sigue siendo relativamente elevada (informe del FMI núm. 07/09 de febrero de 2007). El Gobierno indica que la situación de los jóvenes en el mercado de trabajo es muy preocupante en la medida en que son los más expuestos al desempleo, al subempleo y a los empleos de calidad inferior, y que la participación de la mujer en los sectores de actividad sigue siendo claramente insuficiente. La Comisión toma nota de que uno de los objetivos de la PNE consiste en facilitar el acceso de los grupos sociales vulnerables (jóvenes, mujeres y personas con discapacidad) al mercado del empleo (artículo 11 de la ley núm. 04-2005). A este respecto, la Comisión toma nota con interés de que el Ministerio de la Función Pública, Trabajo y Leyes Sociales colabora actualmente con el PNUD en la ejecución de la PNE en lo concerniente a la inserción y la reinserción de los jóvenes y de las mujeres en el mercado de trabajo. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones sobre las medidas adoptadas para equilibrar la oferta y la demanda de trabajo y satisfacer las necesidades de categorías particulares de trabajadores, especialmente las mujeres y los jóvenes, indicando detalladamente los resultados alcanzados en términos de creación de empleos.
3. Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno subraya la necesidad de establecer un observatorio del empleo que responda a las necesidades estructurales derivadas de la aplicación de una política nacional del empleo. Se refiere a este respecto al sistema nacional de información sobre el empleo (SNIE) destinado a valorizar un nuevo sistema de tratamiento de la información para promover el empleo (artículos 14 y 26 de la ley núm. 04‑2005). La Comisión toma nota con interés de que el Gobierno elabora actualmente una estrategia nacional de desarrollo de la estadística (SNDS) para reforzar las capacidades estadísticas, coordinar y racionalizar el sistema estadístico, mejorar la calidad de las estadísticas, asegurar un mejor acceso a esos datos y una mejor utilización de los mismos para la elaboración de la política, actualizar el marco jurídico y coordinar la asistencia externa. La aplicación de la SNDS es una prioridad clave (informe del FMI núm. 07/240, párrafo 27). La Comisión pide al Gobierno que indique en su próxima memoria los progresos realizados en la compilación de datos sobre el empleo, especialmente en el marco de la aplicación de la Estrategia Nacional de Desarrollo de la Estadística, indicando detalladamente las medidas de política del empleo adoptadas en virtud del Sistema Nacional de Información sobre el Empleo.
4. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. El Gobierno indica que la institucionalización del diálogo social como parte del proceso de concertación permanente entre los interlocutores sociales sobre los problemas del empleo es un notable progreso, aunque las repercusiones y el alcance del diálogo social son todavía relativamente limitados. La Comisión toma nota de que el Consejo Nacional del Empleo (CNE) órgano de consulta, concertación y negociación entre los interlocutores sociales, ha sido designado como organismo de orientación y conducción de la PNSE. La Comisión toma nota asimismo que en 2005 fue creado un Comité Nacional de Seguimiento de la Promoción del Empleo y Reducción de la Pobreza (CNSPERP), en el que participan los interlocutores sociales, y que se llevaron a cabo varias consultas en ese marco en 2006, tanto en nivel nacional como regional, para examinar el contenido y la aplicación de la PNSE. La Comisión toma nota con interés de que el CNSPERP recibió en agosto de 2006 formación proporcionada por la OIT en materia de actividades de promoción y negociación con el objetivo de influir en las estrategias y políticas nacionales para la reducción de la pobreza. La Comisión pide al Gobierno que comunique ejemplos de consultas mantenidas con los interlocutores sociales, especialmente en el marco del CNE y el CNSPERP, sobre las cuestiones abarcadas por el Convenio, haciendo llegar las opiniones emitidas y la manera en que fueran tenidas en cuenta. La Comisión recuerda que las consultas previstas por el Convenio exigen la participación de los representantes de las personas interesadas, en particular las del sector rural y de la economía informal, y pide al Gobierno que indique las medidas previstas para garantizar que dichos sectores cooperan plenamente en la formulación y ejecución de las políticas del empleo.
5. Parte V del formulario de memoria. Asistencia técnica de la OIT. La Comisión toma nota de las informaciones sobre la asistencia técnica recibida de la OIT y en particular de la colaboración estrecha del Ministerio de Trabajo y los interlocutores sociales con la OIT en la formulación de la PNE y el PNSE. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando informaciones sobre las medidas adoptadas como resultado de la asistencia técnica brindada por la OIT para garantizar la ejecución de una política activa del empleo en el sentido del Convenio.
La Comisión lamenta comprobar que, por sexto año consecutivo, la memoria no ha sido recibida. En 1984 la Comisión había formulado una solicitud directa planteando distintos asuntos sobre la aplicación del Convenio. Ha tomado nota de que Madagascar recibe asistencia técnica de la Oficina en materia de promoción del empleo, en particular para fomentar trabajos de alta intensidad de mano de obra y en materia de formación profesional. La Comisión espera que el Gobierno se servirá enviar una memoria completa para su examen en su próxima reunión.