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Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Madagascar (Ratificación : 1966)

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Observación (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

La Comisión toma nota de las observaciones de la Confédération générale des syndicats des travailleurs de Madagascar (FISEMA) y de la Confédération des syndicats des travailleurs révolutionnaires malagasy (FISEMARE), recibidas el 1.º de septiembre de 2022. La Comisión toma nota asimismo de que la memoria del Gobierno contiene observaciones atribuidas a la FISEMA, pero observa que estas son idénticas a las mencionadas observaciones de la FISEMARE y que la FISEMA declara en sus observaciones que no ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión pide al Gobierno que comunique sus comentarios sobre las observaciones recibidas de los interlocutores sociales.
Artículos 1 a 2 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión tomó nota de las indicaciones del Gobierno de que se había adoptado la Ley núm. 2015-040, de 9 de diciembre de 2015, sobre la política nacional de empleo y formación profesional (PNEFP), con un Plan de Acción Operativo (PAO) que contenía los distintos ejes de su aplicación. En su informe presentado en agosto de 2022, el Gobierno afirma que los logros de la Ley núm. 2015040 sobre la PNEFP y su PAO están siendo «validados» y que se está desarrollando una nueva política en colaboración con las partes interesadas. El Gobierno afirma que las principales implementaciones recientes del PNEFP son: la puesta en funcionamiento de comités de dirección y coordinación de asociaciones; el establecimiento de una estructura para el seguimiento de la información sobre competencias profesionales; la mejora de los establecimientos de educación y formación técnica y profesional (EETFP/DC); el establecimiento del Marco Nacional de Certificación de Madagascar (CNMC); la formación del personal del ministerio en ingeniería de enfoque basado en competencias (APC) y la formación de formadores. En cuanto al impacto del PNEFP en las tasas de empleo y desempleo, el Gobierno indica que se está llevando a cabo una encuesta periódica de hogares (EPM). Añade que, según el 3.er Censo General de Población y Viviendas (RGPH3), realizado en 2018, la tasa de desempleo sigue siendo baja, a pesar de un aumento de 0,4 por ciento en comparación con 2010 (es decir, 4,2 por ciento en 2018 frente a 3,8 por ciento en 2010). En cuanto al impacto del PNEFP en la transición de la economía informal a la formal, el Gobierno señala que la última Encuesta Nacional de Empleo y Sector Informal (ENEMPSI) data de 2012, es decir, antes de la aprobación de la Ley del PNEFP. En 2012, el 95,1 por ciento de los empleos procedían de la economía informal. En 2020, la Office national de l'emploi et de la formation (ONEF), en colaboración con la OIT, realizó un análisis de la economía sumergida en el sector de la construcción, sector prioritario del PNEFP. Según el estudio, en el que participaron 62 empresas de tres regiones del país, mientras que el 76,3 por ciento de las empresas del sector de la construcción son «formales», el 43,5 por ciento de los trabajadores de estas empresas tienen un empleo informal. En cuanto a la política económica de Madagascar y su contribución a los objetivos de empleo establecidos en el Convenio, el Gobierno indica que los servicios interesados no han facilitado información al respecto. Por lo que respecta a las medidas adoptadas o previstas para crear empleo sostenible entre determinadas categorías de trabajadores, el Gobierno indica que, en el marco de la aplicación de la Iniciativa para la Emergencia de Madagascar (IEM) y de acuerdo con la voluntad del Estado malgache de promover el espíritu empresarial y la creación de empleo decente para las personas vulnerables, el Ministerio de Trabajo, Empleo, Función Pública y Legislación Social (MTEFPLS), en colaboración con sus socios técnicos y financieros, ha puesto en marcha los siguientes proyectos y programas: un plan de seguimiento de la hoja de ruta para captar el dividendo demográfico; un proyecto de empoderamiento de las mujeres vulnerables; la creación del polo de pasantías; la orientación profesional para jóvenes licenciados y estudiantes de último curso; el programa Sera ben'ny asa y foros de empleo. Además, el Centro nacional de formación profesional para personas con discapacidad (CNFPPSH) ofrece dos tipos de formación: formación profesional cualificante (FPQ) y aprendizaje básico (AMB). En 2021, 191 personas con discapacidad recibieron formación en FPQ y 2 085 personas con discapacidad recibieron formación en AMB.
En cuanto a las observaciones de los interlocutores sociales, la Comisión toma nota de que la FISEMA denuncia la ausencia de una política de fomento del empleo en Madagascar. Observa que el PNEFP de 2015 y los textos adoptados posteriormente, en particular el PAO, han sido suspendidos o incluso abandonados. Considera que un documento de sustitución se ha hecho esperar. El Comisión también toma nota de que la FISEMARE, si bien reconoce la introducción de una política de empleo y formación profesional, observa que esta última no ha tenido el impacto esperado en la tasa de desempleo y la economía informal. La FISEMARE señala que persiste el desajuste entre la oferta de formación y el mercado laboral, que el nivel de «líderes» es bajo y que la cuestión de la pobreza está lejos de resolverse. Para la FISEMARE, la política de empleo debe ponerse en práctica y su aplicación debe ser objeto de un seguimiento periódico, que podría dar lugar a correcciones en la política de empleo si fuera necesario.
La Comisión recuerda que el objetivo del Convenio es estimular el crecimiento económico y el desarrollo, elevar el nivel de vida, satisfacer las necesidades de mano de obra y resolver el problema del desempleo y el subempleo mediante la aplicación de una política activa de fomento del empleo pleno, productivo y libremente elegido (artículo 1 del Convenio) (véase Estudio General de 2020, Promover el empleo y el trabajo decente en un panorama cambiante, párrafo 39). A este respecto, la Comisión reitera una vez más su solicitud al Gobierno de que proporcione información que permita examinar de qué manera los principales ejes de la política económica del país, en ámbitos como las políticas monetaria, presupuestaria, comercial o de desarrollo regional, contribuyen, en el marco de una política económica y social coordinada, a la consecución de los objetivos de empleo establecidos por el Convenio. Además, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información sobre los resultados de las encuestas, estudios y otros trabajos relativos al impacto de la Política Nacional de Empleo y Formación Profesional adoptada en 2015 (PNEFP) en el empleo, el desempleo y la transición a la economía formal. En particular, la Comisión pide al Gobierno que proporcione una copia de la Encuesta Periódica de Hogares (EPM), mencionada en su informe, tan pronto como se haya completado. La Comisión también pide al Gobierno que continúe proporcionando información actualizada sobre cualquier medida aplicada para reducir el desempleo y el subempleo, para crear puestos de trabajo sostenibles para categorías específicas de trabajadores, como las mujeres, las personas con discapacidad, los trabajadores rurales y los jóvenes, y para hacer la transición de la economía informal a la formal. Asimismo pide al Gobierno que siga facilitando información sobre la formación impartida por el Centro nacional de formación profesional para personas con discapacidad (CNFPPSH). En lo que concierne a la nueva política de empleo, actualmente en curso de elaboración, la Comisión pide al Gobierno que le mantenga informado de los progresos realizados en su formulación. La Comisión recuerda al Gobierno que puede recurrir a la asistencia técnica de la Oficina a este respecto.
Coordinación de la política de educación y formación con la política del empleo. En cuanto a los resultados de las acciones emprendidas para garantizar la coordinación de las políticas de educación y formación profesional con la política de empleo, el gobierno afirma que ha desarrollado diversos programas y objetivos para captar el dividendo demográfico en Madagascar. En concreto, el Gobierno ha puesto en marcha un sistema de «Validación de los aprendizajes y experiencias previas»; ha reforzado las estructuras de formación de formadores; ha establecido un sistema de asociación con las empresas para la revisión de los programas de formación y ha desarrollado la formación profesional de los jóvenes que han abandonado los estudios en los Centros de Promoción Socioeconómica. En cuanto a los resultados obtenidos por la aplicación de estos programas en términos de acceso de los jóvenes diplomados a un empleo duradero, el Gobierno indica que los departamentos en cuestión no han proporcionado la información solicitada. Del mismo modo, el Gobierno indica que los servicios interesados no han facilitado la información solicitada sobre el impacto de las medidas adoptadas para promover la creación de pequeñas y medianas empresas. La Comisión pide al Gobierno que indique cómo se tendrá en cuenta el objetivo de coordinar la política de educación y formación con la política de empleo en la nueva política de empleo que se está elaborando actualmente. Asimismo, reitera su petición al Gobierno de que facilite información sobre los resultados obtenidos por la aplicación de los programas de coordinación de estas políticas en términos de acceso de los jóvenes titulados a un empleo duradero. La Comisión también reitera su petición al Gobierno para que indique el impacto de las medidas adoptadas para promover la creación de pequeñas y medianas empresas.
Compilación y utilización de datos sobre el empleo. En su memoria anterior, el Gobierno mencionaba un proyecto, en colaboración con la OIT, de sistema de base de datos sobre el empleo e indicaba que había iniciado la creación de un Sistema Regional de Información sobre el Empleo (SRIE). En cuanto al proyecto de sistema de base de datos, el Gobierno afirma que en 2018 se publicó una orden por la que se creaba un Sistema de Información sobre el Mercado de Trabajo y la Formación Profesional (SIMTFP). Sin embargo, tras las dificultades financieras encontradas por la ONEF y un cambio «en el organigrama del ministerio al que está adscrita», la puesta en funcionamiento del SIMTFP, iniciada con la ayuda de la Oficina, se pospuso. La ONEF prevé ahora crear una plataforma digital denominada «e-KANDRA», para facilitar la adecuación entre la oferta y la demanda de empleo y garantizar la fluidez de la información sobre el mercado laboral. En cuanto a la aplicación del SRIE, el Gobierno afirma que ha estado operativo en cinco regiones. El Gobierno considera que el SRIE ha facilitado la recogida y la utilización de los datos relativos al empleo. En particular, la utilización de una aplicación ha permitido recoger información y enviarla a la ONEF para su tratamiento y análisis. Sin embargo, la aplicación solo funcionó durante un año. La COVID-19 recortó el presupuesto de funcionamiento del SRIE y se interrumpió su alojamiento. El MTEFPLS está buscando actualmente la manera de relanzar y desarrollar el SRIE. El Gobierno señala que la ONEF también ha realizado varios estudios sobre el empleo desde 2018, en particular sobre: la situación de los jóvenes en el mercado laboral, la participación de las mujeres en la vida laboral y en las esferas de toma de decisiones, la empleabilidad e inclusión de las personas con discapacidad, el trabajo infantil, los indicadores relativos al Objetivo de Desarrollo Sostenible 8 para el trabajo decente (ODS 8), la economía informal en el sector de la construcción, las necesidades de competencias en el sector del turismo, la hostelería y la restauración, el déficit y la oportunidad de trabajo decente en la cadena de valor textil. El Gobierno no divulga estos estudios ni la información que contienen. La Comisión observa que los datos de que dispone el Departamento de Estadística de la OIT (ILOSTAT) para Madagascar se remontan a 2015. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas para recopilar datos sobre el mercado de trabajo y utilizarlos para aplicar o revisar la política de empleo. A este respecto, la Comisión invita al Gobierno a proporcionar más información sobre el proyecto de plataforma digital «e-KANDRA» y sobre un posible relanzamiento del Sistema de Información sobre el Mercado de Trabajo y la Formación Profesional (SIMTFP) y del Sistema Regional de Información sobre el Empleo (SRIE). La Comisión también pide al Gobierno que proporcione copias o extractos de informes, encuestas, estudios e información estadística actualizados sobre las tendencias del mercado de trabajo, incluidos el empleo, el desempleo y el subempleo visible, desglosados por sexo y edad.
Artículo 3 del acuerdo. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de las políticas. El Gobierno indica que las dos estructuras de desarrollo de la nueva política nacional de empleo, a saber, la Unidad de Coordinación y el Comité Técnico de Aplicación, incluyen a representantes tanto de los empresarios como de los trabajadores. Más concretamente, la Unidad de Coordinación está compuesta por: dos representantes del Ministerio de Enseñanza Técnica y Formación Profesional (METFP), dos representantes del MTEFPLS, un representante del Gabinete del Primer Ministro, un representante del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), dos representantes de los empresarios y dos representantes de los trabajadores. El papel de la unidad de coordinación consiste en esbozar los aspectos más destacados de la reforma, velar por el cumplimiento de los plazos fijados en la hoja de ruta y actuar como intermediario entre los miembros del Comité Técnico de Aplicación y sus asesores. El Comité Técnico de Aplicación está compuesto por: dos representantes del METFP, dos representantes del MTEFPLS, un representante del Ministerio encargado de la Población, un representante del Ministerio encargado de la Juventud, cinco representantes de los ministerios sectoriales, dos representantes de los empresarios y dos representantes de los trabajadores. El papel del Comité Técnico de Aplicación consiste en recopilar y analizar los documentos oficiales, así como la información y las observaciones de las partes interesadas, y a continuación preparar las entrevistas y reuniones, antes de consolidar los datos acumulados y contribuir a la formulación del documento de política nacional, «garantizando al mismo tiempo el paralelismo con otros textos de referencia existentes». El Gobierno señala asimismo que, durante la consulta nacional más amplia sobre la revisión del Código Laboral, se invitó a representantes de las personas con discapacidad a participar en los debates. Un sindicato que representa a las personas con discapacidad también participó en los debates sobre la revisión del Estatuto General de los Funcionarios. Sin embargo, el Gobierno no facilita ninguna información sobre las consultas celebradas en materia de política de empleo con los representantes de los sectores más desfavorecidos de la población, en particular con los representantes de los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal. Por lo que se refiere a las observaciones de los interlocutores sociales, la Comisión toma nota de que la FISEMA lamenta que la consulta de los interlocutores sociales sobre cuestiones de política de empleo no tenga lugar en el seno del Comité Nacional del Trabajo (CNT), órgano tripartito de consulta de los interlocutores sociales en materia de empleo. La FISEMA señala que la disfunción del CNT impide una información y una evaluación adecuadas de la acción gubernamental en materia de empleo, y que la existencia de departamentos ministeriales separados para el empleo y la formación profesional complica aún más esta labor. La FISEMA constata que las solicitudes de apoyo a los empleos afectados por la pandemia de COVID-19 han sido rechazadas por el Gobierno.
La Comisión recuerda que el Gobierno está obligado a consultar a los representantes de los empleadores y de los trabajadores para tener plenamente en cuenta su experiencia y su opinión, y que estos colaboran plenamente en la elaboración de estas políticas (artículo 3 del Convenio) (véase Estudio General de 2020, Promover el empleo y el trabajo decente en un panorama cambiante, párrafo 94). Sin embargo, el Comité observa que existen desacuerdos entre el Gobierno y algunos de los interlocutores sociales más representativos en cuanto a la forma de diseñar y aplicar la política nacional de empleo. La Comisión considera que, en ausencia de un diálogo efectivo entre todas las partes interesadas, tal como exige el Convenio, su correcta aplicación, ya de por sí muy compleja, se ve aún más dificultada o podría verse totalmente comprometida. Por consiguiente, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información que demuestre cómo se persiguen los objetivos del Convenio con la participación adecuada de los representantes de todas las partes interesadas, en particular en el contexto del desarrollo de la nueva política nacional de empleo. A este respecto, reitera una vez más su solicitud al Gobierno de que proporcione información detallada sobre las consultas celebradas con los representantes de los sectores más desfavorecidos de la población, en particular con los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal.
Parte VII del formulario de memoria. Organizaciones representativas consultadas. La Comisión toma nota de que el Gobierno declara que consultó a las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores en un taller celebrado del 3 al 5 de agosto de 2022 para presentar y validar la memoria. El Gobierno declara haber enviado copias del informe a la «Groupement des entreprises de Madagascar» (GEM) y a la «Fivondronan'ny Mpandraharaha eto Magagasikara» (FIVMPAMA) (para las organizaciones de empleadores), así como a la FISEMARE, a la FISEMA y a la Confederación Cristiana de Sindicatos Malgaches (SEKRIMA) (para las organizaciones de trabajadores). La FISEMA señala, sin embargo, que no ha recibido el informe del Gobierno. La Comisión recuerda que, de conformidad con el artículo 23, 2) de la Constitución de la OIT, el Gobierno está obligado a comunicar la memoria a las organizaciones representativas y pide al Gobierno que comunique sus comentarios sobre la observación de la FISEMA en los que indica que no había recibido la memoria del Gobierno.

Observación (CEACR) - Adopción: 2021, Publicación: 110ª reunión CIT (2022)

La Comisión toma nota con profunda preocupación de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores. La Comisión informa al Gobierno de que si antes del 1.º de septiembre de 2022 no transmite las respuestas a los puntos planteados, podría examinar la aplicación del Convenio sobre la base de la información de que disponga en su próxima reunión.
  • -Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión había expresado la esperanza de que el Gobierno pudiera indicar próximamente los progresos realizados en cuanto a la formulación y aplicación de una política de empleo. A este respecto, la Comisión toma nota con interés de las indicaciones del Gobierno, según las cuales se adoptó la Ley núm. 2015-040, de 9 de diciembre de 2015, relativa a la orientación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional (PNEFP), y actualmente es objeto de una campaña de sensibilización. Añade que el Plan Nacional de Empleo y Formación (PANEF) fue sustituido por el Plan de Acción Operativo (PAO), que contiene los diferentes ámbitos de aplicación de la PNEFP. El Gobierno indica que la PNEFP pretende, con la aplicación de la Política General Estatal (PGE), del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS), reducir el desempleo y el subempleo de aquí a 2020, mediante la creación de suficientes empleos formales para reabsorber a los solicitantes de empleo. La PNEFP aspira asimismo a crear un sistema de información pertinente sobre el mercado de trabajo y de formación profesional, y a concebir e implantar asimismo un sistema armonizado de certificación y formación. El Gobierno indica que en diciembre de 2015 se organizaron cuatro salones del empleo, y que se impartió formación a 1 119 jóvenes desescolarizados, colocándoles a continuación en pequeños trabajos rurales en el marco de una alianza con la UNESCO. Siempre en el marco de la promoción del empleo, el Gobierno menciona dos iniciativas «Rapid Result» (IRR) del Ministerio de Empleo, Enseñanza Técnica y Formación Profesional (MEETFP) que, según ha indicado, ha llevado a cabo plenamente. La primera tenía por objeto ajustar debidamente la formación y el empleo en 12 sectores de crecimiento. En el marco de la segunda iniciativa se ha establecido un Centro de Formación Profesional (CFP) en la ciudad de Andranofeno Sud, a fin de generar empleo en la misma. El CFP imparte formación a unos 100 estudiantes en seis grandes ámbitos: el turismo, la hotelería y la restauración, la agricultura y la ganadería, la carpintería, la mecánica de automóviles, la construcción y las obras públicas. El Gobierno indica asimismo que 1 058 jóvenes no escolarizados provenientes de entornos rurales han recibido formación para 15 tipos de oficios en varias regiones, y que el Centro Nacional de Formación de Personas con Discapacidades (CNFPPSH) ha impartido formación a 59 personas con discapacidades en las regiones de Analanjirofo y Sava. Además, el Observatorio Nacional de Empleo y Formación se ha transformado en la Oficina Nacional de Empleo y Formación. En lo que respecta a la valoración de la enseñanza técnica y de la formación profesional, el Gobierno indica asimismo la rehabilitación, en 2015, de cinco escuelas técnicas profesionales y de 60 aulas, y la acreditación de 97 establecimientos técnicos públicos y privados. El Gobierno añade que actualmente están operativos cuatro CFP para las mujeres. La Comisión pide al Gobierno que siga comunicando todo cambio relativo a la aplicación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional, y su impacto en la tasa de empleo y en la reducción del desempleo, así como en la transición de la economía informal a la economía formal. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que proporcione información que permita examinar el modo en que las principales orientaciones de la política económica, en ámbitos como la política monetaria, presupuestaria, comercial o de desarrollo regional, contribuyen «en el marco de una política económica y social coordinada» a la consecución de los objetivos de empleo establecidos por el Convenio. La Comisión pide asimismo al Gobierno que comunique información actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para crear empleos sostenibles, reducir el subempleo y combatir la pobreza, especialmente entre las categorías particulares de trabajadores, como las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidades, los trabajadores rurales y los trabajadores de la economía informal. En este sentido, pide al Gobierno que suministre la información más detallada posible sobre el tipo de formación impartida por el CNFPPSH a las personas con discapacidades.
  • -Coordinación de la política de educación y formación con la política de empleo. La Comisión toma nota con interés de que, según el artículo 2 de la PNEFP, se propone aplicar una política de creación masiva de empleos y de promoción de la formación profesional. El artículo 10 de la PNEFP precisa que esta política está orientada específicamente a las actividades de creación de empleo, a la prestación de apoyo a las empresas, a la intermediación en el mercado de trabajo, a la promoción directa del empleo de los jóvenes, de las mujeres y de la población vulnerable, a la promoción del trabajo decente y a la ampliación de la protección social. La política prevé, en su artículo 5, el derecho a recibir una formación y a estar calificado, sea cual fuere la situación personal y social y el nivel de escolarización alcanzado. La Comisión toma nota asimismo de que el artículo 46 preconiza la creación de una alianza entre el Estado, las administraciones territoriales y los asociados técnicos y financieros, a fin de adoptar y financiar medidas de promoción del empleo para los jóvenes, las mujeres y la población desfavorecida. El Gobierno indica que la iniciativa llevada a cabo para potenciar el empleo de los jóvenes se traduce, por una parte, en la promoción del empleo por cuenta propia y de las empresas tradicionales o informales y, por otra, en el apoyo a la inserción en las empresas y las actividades clásicas. Entre los objetivos de esta iniciativa se cuentan el acompañamiento de los jóvenes en sus proyectos profesionales y el fortalecimiento de las capacidades de financiación. El Ministerio imparte formación a los jóvenes con objeto de promover el empleo por cuenta propia y la creación de pequeñas y medianas empresas y de industria. Así pues, a lo largo de 2015 y durante el primer semestre de 2016, se impartió formación a tal efecto a 1 436 jóvenes provenientes de seis regiones. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre los resultados de las medidas adoptadas para asegurar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política de empleo. Pide nuevamente al Gobierno que comunique los resultados obtenidos gracias a la puesta en marcha de estos programas, en términos de acceso de los jóvenes licenciados a un empleo sostenible. La Comisión pide asimismo al Gobierno que indique el impacto de las medidas adoptadas para promover la creación de pequeñas y medianas empresas.
  • -Recopilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que la Encuesta periódica a los hogares se llevó a cabo, y se sustituyó a continuación por el censo global de la población a causa de las prioridades del Estado habida cuenta del fuerte crecimiento de la población. Sin embargo, el Gobierno señala la elaboración de un proyecto en colaboración con la Oficina Internacional del Trabajo a fin de establecer un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. La Oficina Nacional del Empleo y la Formación se encargará de la gestión de este sistema. El Gobierno menciona asimismo que, en 2016, el MEETFP comenzó a establecer servicios regionales de inserción en el empleo (SRIE), y que nueve direcciones regionales cuentan actualmente con SRIE, cuya misión es gestionar el sistema regional de información sobre el empleo, lo que conlleva la intermediación entre los jóvenes que buscan empleo y las empresas. La Comisión pide al Gobierno que suministre información sobre los avances del proyecto con miras al establecimiento de un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. Asimismo, pide al Gobierno que transmita información más detallada sobre el impacto de los SRIE en relación con la recopilación y utilización de datos sobre el empleo.
  • -Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. El Gobierno ha indicado que en octubre de 2015 se firmó un acuerdo nacional sobre el empleo y la formación profesional con los interlocutores sociales y, en noviembre de 2015, con los grupos de empresas provenientes de los cinco ámbitos prioritarios. El Gobierno menciona asimismo la firma de otros dos acuerdos en los cuales han participado los interlocutores sociales, a saber, el acuerdo de financiación del equipo de apoyo técnico de la PNEFP y el acuerdo sobre su fondo para aplicación. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información actualizada sobre las consultas celebradas con los representantes de los interlocutores sociales acerca de los temas cubiertos por el acuerdo. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que facilite información detallada sobre las consultas celebradas con los representantes de las categorías más desfavorecidas de la población, en particular las de los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal.
La Comisión espera firmemente que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

La Comisión toma nota con preocupación de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Repetición
Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión había expresado la esperanza de que el Gobierno pudiera indicar próximamente los progresos realizados en cuanto a la formulación y aplicación de una política de empleo. A este respecto, la Comisión toma nota con interés de las indicaciones del Gobierno, según las cuales se adoptó la Ley núm. 2015-040, de 9 de diciembre de 2015, relativa a la orientación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional (PNEFP), y actualmente es objeto de una campaña de sensibilización. Añade que el Plan Nacional de Empleo y Formación (PANEF) fue sustituido por el Plan de Acción Operativo (PAO), que contiene los diferentes ámbitos de aplicación de la PNEFP. El Gobierno indica que la PNEFP pretende, con la aplicación de la Política General Estatal (PGE), del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS), reducir el desempleo y el subempleo de aquí a 2020, mediante la creación de suficientes empleos formales para reabsorber a los solicitantes de empleo. La PNEFP aspira asimismo a crear un sistema de información pertinente sobre el mercado de trabajo y de formación profesional, y a concebir e implantar asimismo un sistema armonizado de certificación y formación. El Gobierno indica que en diciembre de 2015 se organizaron cuatro salones del empleo, y que se impartió formación a 1 119 jóvenes descolarizados, colocándoles a continuación en pequeños trabajos rurales en el marco de una alianza con la UNESCO. Siempre en el marco de la promoción del empleo, el Gobierno menciona dos iniciativas «Rapid Result» (IRR) del Ministerio de Empleo, Enseñanza Técnica y Formación Profesional (MEETFP) que, según ha indicado, ha llevado a cabo plenamente. La primera tenía por objeto ajustar debidamente la formación y el empleo en 12 sectores de crecimiento. En el marco de la segunda iniciativa se ha establecido un Centro de Formación Profesional (CFP) en la ciudad de Andranofeno Sud, a fin de generar empleo en la misma. El CFP imparte formación a unos 100 estudiantes en seis grandes ámbitos: el turismo, la hotelería y la restauración, la agricultura y la ganadería, la carpintería, la mecánica de automóviles, la construcción y las obras públicas. El Gobierno indica asimismo que 1 058 jóvenes no escolarizados provenientes de entornos rurales han recibido formación para 15 tipos de oficios en varias regiones, y que el Centro Nacional de Formación de Personas con Discapacidades (CNFPPSH) ha impartido formación a 59 personas con discapacidades en las regiones de Analanjirofo y Sava. Además, el Observatorio Nacional de Empleo y Formación se ha transformado en la Oficina Nacional de Empleo y Formación. En lo que respecta a la valoración de la enseñanza técnica y de la formación profesional, el Gobierno indica asimismo la rehabilitación, en 2015, de cinco escuelas técnicas profesionales y de 60 aulas, y la acreditación de 97 establecimientos técnicos públicos y privados. El Gobierno añade que actualmente están operativos cuatro CFP para las mujeres. La Comisión pide al Gobierno que siga comunicando todo cambio relativo a la aplicación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional, y su impacto en la tasa de empleo y en la reducción del desempleo, así como en la transición de la economía informal a la economía formal. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que proporcione información que permita examinar el modo en que las principales orientaciones de la política económica, en ámbitos como la política monetaria, presupuestaria, comercial o de desarrollo regional, contribuyen «en el marco de una política económica y social coordinada» a la consecución de los objetivos de empleo establecidos por el Convenio. La Comisión pide asimismo al Gobierno que comunique información actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para crear empleos sostenibles, reducir el subempleo y combatir la pobreza, especialmente entre las categorías particulares de trabajadores, como las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidades, los trabajadores rurales y los trabajadores de la economía informal. En este sentido, pide al Gobierno que suministre la información más detallada posible sobre el tipo de formación impartida por el CNFPPSH a las personas con discapacidades.
Coordinación de la política de educación y formación con la política de empleo. La Comisión toma nota con interés de que, según el artículo 2 de la PNEFP, se propone aplicar una política de creación masiva de empleos y de promoción de la formación profesional. El artículo 10 de la PNEFP precisa que esta política está orientada específicamente a las actividades de creación de empleo, a la prestación de apoyo a las empresas, a la intermediación en el mercado de trabajo, a la promoción directa del empleo de los jóvenes, de las mujeres y de la población vulnerable, a la promoción del trabajo decente y a la ampliación de la protección social. La política prevé, en su artículo 5, el derecho a recibir una formación y a estar calificado, sea cual fuere la situación personal y social y el nivel de escolarización alcanzado. La Comisión toma nota asimismo de que el artículo 46 preconiza la creación de una alianza entre el Estado, las administraciones territoriales y los asociados técnicos y financieros, a fin de adoptar y financiar medidas de promoción del empleo para los jóvenes, las mujeres y la población desfavorecida. El Gobierno indica que la iniciativa llevada a cabo para potenciar el empleo de los jóvenes se traduce, por una parte, en la promoción del empleo por cuenta propia y de las empresas tradicionales o informales y, por otra, en el apoyo a la inserción en las empresas y las actividades clásicas. Entre los objetivos de esta iniciativa se cuentan el acompañamiento de los jóvenes en sus proyectos profesionales y el fortalecimiento de las capacidades de financiación. El Ministerio imparte formación a los jóvenes con objeto de promover el empleo por cuenta propia y la creación de pequeñas y medianas empresas y de industria. Así pues, a lo largo de 2015 y durante el primer semestre de 2016, se impartió formación a tal efecto a 1 436 jóvenes provenientes de seis regiones. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre los resultados de las medidas adoptadas para asegurar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política de empleo. Pide nuevamente al Gobierno que comunique los resultados obtenidos gracias a la puesta en marcha de estos programas, en términos de acceso de los jóvenes licenciados a un empleo sostenible. La Comisión pide asimismo al Gobierno que indique el impacto de las medidas adoptadas para promover la creación de pequeñas y medianas empresas.
Recopilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que la Encuesta periódica a los hogares se llevó a cabo, y se sustituyó a continuación por el censo global de la población a causa de las prioridades del Estado habida cuenta del fuerte crecimiento de la población. Sin embargo, el Gobierno señala la elaboración de un proyecto en colaboración con la Oficina Internacional del Trabajo a fin de establecer un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. La Oficina Nacional del Empleo y la Formación se encargará de la gestión de este sistema. El Gobierno menciona asimismo que, en 2016, el MEETFP comenzó a establecer servicios regionales de inserción en el empleo (SRIE), y que nueve direcciones regionales cuentan actualmente con SRIE, cuya misión es gestionar el sistema regional de información sobre el empleo, lo que conlleva la intermediación entre los jóvenes que buscan empleo y las empresas. La Comisión pide al Gobierno que suministre información sobre los avances del proyecto con miras al establecimiento de un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. Asimismo, pide al Gobierno que transmita información más detallada sobre el impacto de los SRIE en relación con la recopilación y utilización de datos sobre el empleo.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. El Gobierno ha indicado que en octubre de 2015 se firmó un acuerdo nacional sobre el empleo y la formación profesional con los interlocutores sociales y, en noviembre de 2015, con los grupos de empresas provenientes de los cinco ámbitos prioritarios. El Gobierno menciona asimismo la firma de otros dos acuerdos en los cuales han participado los interlocutores sociales, a saber, el acuerdo de financiación del equipo de apoyo técnico de la PNEFP y el acuerdo sobre su fondo para aplicación. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información actualizada sobre las consultas celebradas con los representantes de los interlocutores sociales acerca de los temas cubiertos por el acuerdo. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que facilite información detallada sobre las consultas celebradas con los representantes de las categorías más desfavorecidas de la población, en particular las de los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
Repetición
Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión había expresado la esperanza de que el Gobierno pudiera indicar próximamente los progresos realizados en cuanto a la formulación y aplicación de una política de empleo. A este respecto, la Comisión toma nota con interés de las indicaciones del Gobierno, según las cuales se adoptó la Ley núm. 2015-040, de 9 de diciembre de 2015, relativa a la orientación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional (PNEFP), y actualmente es objeto de una campaña de sensibilización. Añade que el Plan Nacional de Empleo y Formación (PANEF) fue sustituido por el Plan de Acción Operativo (PAO), que contiene los diferentes ámbitos de aplicación de la PNEFP. El Gobierno indica que la PNEFP pretende, con la aplicación de la Política General Estatal (PGE), del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS), reducir el desempleo y el subempleo de aquí a 2020, mediante la creación de suficientes empleos formales para reabsorber a los solicitantes de empleo. La PNEFP aspira asimismo a crear un sistema de información pertinente sobre el mercado de trabajo y de formación profesional, y a concebir e implantar asimismo un sistema armonizado de certificación y formación. El Gobierno indica que en diciembre de 2015 se organizaron cuatro salones del empleo, y que se impartió formación a 1 119 jóvenes descolarizados, colocándoles a continuación en pequeños trabajos rurales en el marco de una alianza con la UNESCO. Siempre en el marco de la promoción del empleo, el Gobierno menciona dos iniciativas «Rapid Result» (IRR) del Ministerio de Empleo, Enseñanza Técnica y Formación Profesional (MEETFP) que, según ha indicado, ha llevado a cabo plenamente. La primera tenía por objeto ajustar debidamente la formación y el empleo en 12 sectores de crecimiento. En el marco de la segunda iniciativa se ha establecido un Centro de Formación Profesional (CFP) en la ciudad de Andranofeno Sud, a fin de generar empleo en la misma. El CFP imparte formación a unos 100 estudiantes en seis grandes ámbitos: el turismo, la hotelería y la restauración, la agricultura y la ganadería, la carpintería, la mecánica de automóviles, la construcción y las obras públicas. El Gobierno indica asimismo que 1 058 jóvenes no escolarizados provenientes de entornos rurales han recibido formación para 15 tipos de oficios en varias regiones, y que el Centro Nacional de Formación de Personas con Discapacidades (CNFPPSH) ha impartido formación a 59 personas con discapacidades en las regiones de Analanjirofo y Sava. Además, el Observatorio Nacional de Empleo y Formación se ha transformado en la Oficina Nacional de Empleo y Formación. En lo que respecta a la valoración de la enseñanza técnica y de la formación profesional, el Gobierno indica asimismo la rehabilitación, en 2015, de cinco escuelas técnicas profesionales y de 60 aulas, y la acreditación de 97 establecimientos técnicos públicos y privados. El Gobierno añade que actualmente están operativos cuatro CFP para las mujeres. La Comisión pide al Gobierno que siga comunicando todo cambio relativo a la aplicación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional, y su impacto en la tasa de empleo y en la reducción del desempleo, así como en la transición de la economía informal a la economía formal. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que proporcione información que permita examinar el modo en que las principales orientaciones de la política económica, en ámbitos como la política monetaria, presupuestaria, comercial o de desarrollo regional, contribuyen «en el marco de una política económica y social coordinada» a la consecución de los objetivos de empleo establecidos por el Convenio. La Comisión pide asimismo al Gobierno que comunique información actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para crear empleos sostenibles, reducir el subempleo y combatir la pobreza, especialmente entre las categorías particulares de trabajadores, como las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidades, los trabajadores rurales y los trabajadores de la economía informal. En este sentido, pide al Gobierno que suministre la información más detallada posible sobre el tipo de formación impartida por el CNFPPSH a las personas con discapacidades.
Coordinación de la política de educación y formación con la política de empleo. La Comisión toma nota con interés de que, según el artículo 2 de la PNEFP, se propone aplicar una política de creación masiva de empleos y de promoción de la formación profesional. El artículo 10 de la PNEFP precisa que esta política está orientada específicamente a las actividades de creación de empleo, a la prestación de apoyo a las empresas, a la intermediación en el mercado de trabajo, a la promoción directa del empleo de los jóvenes, de las mujeres y de la población vulnerable, a la promoción del trabajo decente y a la ampliación de la protección social. La política prevé, en su artículo 5, el derecho a recibir una formación y a estar calificado, sea cual fuere la situación personal y social y el nivel de escolarización alcanzado. La Comisión toma nota asimismo de que el artículo 46 preconiza la creación de una alianza entre el Estado, las administraciones territoriales y los asociados técnicos y financieros, a fin de adoptar y financiar medidas de promoción del empleo para los jóvenes, las mujeres y la población desfavorecida. El Gobierno indica que la iniciativa llevada a cabo para potenciar el empleo de los jóvenes se traduce, por una parte, en la promoción del empleo por cuenta propia y de las empresas tradicionales o informales y, por otra, en el apoyo a la inserción en las empresas y las actividades clásicas. Entre los objetivos de esta iniciativa se cuentan el acompañamiento de los jóvenes en sus proyectos profesionales y el fortalecimiento de las capacidades de financiación. El Ministerio imparte formación a los jóvenes con objeto de promover el empleo por cuenta propia y la creación de pequeñas y medianas empresas y de industria. Así pues, a lo largo de 2015 y durante el primer semestre de 2016, se impartió formación a tal efecto a 1 436 jóvenes provenientes de seis regiones. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre los resultados de las medidas adoptadas para asegurar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política de empleo. Pide nuevamente al Gobierno que comunique los resultados obtenidos gracias a la puesta en marcha de estos programas, en términos de acceso de los jóvenes licenciados a un empleo sostenible. La Comisión pide asimismo al Gobierno que indique el impacto de las medidas adoptadas para promover la creación de pequeñas y medianas empresas.
Recopilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que la Encuesta periódica a los hogares se llevó a cabo, y se sustituyó a continuación por el censo global de la población a causa de las prioridades del Estado habida cuenta del fuerte crecimiento de la población. Sin embargo, el Gobierno señala la elaboración de un proyecto en colaboración con la Oficina Internacional del Trabajo a fin de establecer un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. La Oficina Nacional del Empleo y la Formación se encargará de la gestión de este sistema. El Gobierno menciona asimismo que, en 2016, el MEETFP comenzó a establecer servicios regionales de inserción en el empleo (SRIE), y que nueve direcciones regionales cuentan actualmente con SRIE, cuya misión es gestionar el sistema regional de información sobre el empleo, lo que conlleva la intermediación entre los jóvenes que buscan empleo y las empresas. La Comisión pide al Gobierno que suministre información sobre los avances del proyecto con miras al establecimiento de un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. Asimismo, pide al Gobierno que transmita información más detallada sobre el impacto de los SRIE en relación con la recopilación y utilización de datos sobre el empleo.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. El Gobierno ha indicado que en octubre de 2015 se firmó un acuerdo nacional sobre el empleo y la formación profesional con los interlocutores sociales y, en noviembre de 2015, con los grupos de empresas provenientes de los cinco ámbitos prioritarios. El Gobierno menciona asimismo la firma de otros dos acuerdos en los cuales han participado los interlocutores sociales, a saber, el acuerdo de financiación del equipo de apoyo técnico de la PNEFP y el acuerdo sobre su fondo para aplicación. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información actualizada sobre las consultas celebradas con los representantes de los interlocutores sociales acerca de los temas cubiertos por el acuerdo. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que facilite información detallada sobre las consultas celebradas con los representantes de las categorías más desfavorecidas de la población, en particular las de los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

Observación (CEACR) - Adopción: 2017, Publicación: 107ª reunión CIT (2018)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión había expresado la esperanza de que el Gobierno pudiera indicar próximamente los progresos realizados en cuanto a la formulación y aplicación de una política de empleo. A este respecto, la Comisión toma nota con interés de las indicaciones del Gobierno, según las cuales se adoptó la Ley núm. 2015-040, de 9 de diciembre de 2015, relativa a la orientación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional (PNEFP), y actualmente es objeto de una campaña de sensibilización. Añade que el Plan Nacional de Empleo y Formación (PANEF) fue sustituido por el Plan de Acción Operativo (PAO), que contiene los diferentes ámbitos de aplicación de la PNEFP. El Gobierno indica que la PNEFP pretende, con la aplicación de la Política General Estatal (PGE), del Plan Nacional de Desarrollo (PND) y del Objetivo de Desarrollo Sostenible (ODS), reducir el desempleo y el subempleo de aquí a 2020, mediante la creación de suficientes empleos formales para reabsorber a los solicitantes de empleo. La PNEFP aspira asimismo a crear un sistema de información pertinente sobre el mercado de trabajo y de formación profesional, y a concebir e implantar asimismo un sistema armonizado de certificación y formación. El Gobierno indica que en diciembre de 2015 se organizaron cuatro salones del empleo, y que se impartió formación a 1 119 jóvenes descolarizados, colocándoles a continuación en pequeños trabajos rurales en el marco de una alianza con la UNESCO. Siempre en el marco de la promoción del empleo, el Gobierno menciona dos iniciativas «Rapid Result» (IRR) del Ministerio de Empleo, Enseñanza Técnica y Formación Profesional (MEETFP) que, según ha indicado, ha llevado a cabo plenamente. La primera tenía por objeto ajustar debidamente la formación y el empleo en 12 sectores de crecimiento. En el marco de la segunda iniciativa se ha establecido un Centro de Formación Profesional (CFP) en la ciudad de Andranofeno Sud, a fin de generar empleo en la misma. El CFP imparte formación a unos 100 estudiantes en seis grandes ámbitos: el turismo, la hotelería y la restauración, la agricultura y la ganadería, la carpintería, la mecánica de automóviles, la construcción y las obras públicas. El Gobierno indica asimismo que 1 058 jóvenes no escolarizados provenientes de entornos rurales han recibido formación para 15 tipos de oficios en varias regiones, y que el Centro Nacional de Formación de Personas con Discapacidades (CNFPPSH) ha impartido formación a 59 personas con discapacidades en las regiones de Analanjirofo y Sava. Además, el Observatorio Nacional de Empleo y Formación se ha transformado en la Oficina Nacional de Empleo y Formación. En lo que respecta a la valoración de la enseñanza técnica y de la formación profesional, el Gobierno indica asimismo la rehabilitación, en 2015, de cinco escuelas técnicas profesionales y de 60 aulas, y la acreditación de 97 establecimientos técnicos públicos y privados. El Gobierno añade que actualmente están operativos cuatro CFP para las mujeres. La Comisión pide al Gobierno que siga comunicando todo cambio relativo a la aplicación de la Política Nacional de Empleo y de Formación Profesional, y su impacto en la tasa de empleo y en la reducción del desempleo, así como en la transición de la economía informal a la economía formal. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que proporcione información que permita examinar el modo en que las principales orientaciones de la política económica, en ámbitos como la política monetaria, presupuestaria, comercial o de desarrollo regional, contribuyen «en el marco de una política económica y social coordinada» a la consecución de los objetivos de empleo establecidos por el Convenio. La Comisión pide asimismo al Gobierno que comunique información actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para crear empleos sostenibles, reducir el subempleo y combatir la pobreza, especialmente entre las categorías particulares de trabajadores, como las mujeres, los jóvenes, las personas con discapacidades, los trabajadores rurales y los trabajadores de la economía informal. En este sentido, pide al Gobierno que suministre la información más detallada posible sobre el tipo de formación impartida por el CNFPPSH a las personas con discapacidades.
Coordinación de la política de educación y formación con la política de empleo. La Comisión toma nota con interés de que, según el artículo 2 de la PNEFP, se propone aplicar una política de creación masiva de empleos y de promoción de la formación profesional. El artículo 10 de la PNEFP precisa que esta política está orientada específicamente a las actividades de creación de empleo, a la prestación de apoyo a las empresas, a la intermediación en el mercado de trabajo, a la promoción directa del empleo de los jóvenes, de las mujeres y de la población vulnerable, a la promoción del trabajo decente y a la ampliación de la protección social. La política prevé, en su artículo 5, el derecho a recibir una formación y a estar calificado, sea cual fuere la situación personal y social y el nivel de escolarización alcanzado. La Comisión toma nota asimismo de que el artículo 46 preconiza la creación de una alianza entre el Estado, las administraciones territoriales y los asociados técnicos y financieros, a fin de adoptar y financiar medidas de promoción del empleo para los jóvenes, las mujeres y la población desfavorecida. El Gobierno indica que la iniciativa llevada a cabo para potenciar el empleo de los jóvenes se traduce, por una parte, en la promoción del empleo por cuenta propia y de las empresas tradicionales o informales y, por otra, en el apoyo a la inserción en las empresas y las actividades clásicas. Entre los objetivos de esta iniciativa se cuentan el acompañamiento de los jóvenes en sus proyectos profesionales y el fortalecimiento de las capacidades de financiación. El Ministerio imparte formación a los jóvenes con objeto de promover el empleo por cuenta propia y la creación de pequeñas y medianas empresas y de industria. Así pues, a lo largo de 2015 y durante el primer semestre de 2016, se impartió formación a tal efecto a 1 436 jóvenes provenientes de seis regiones. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información sobre los resultados de las medidas adoptadas para asegurar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política de empleo. Pide nuevamente al Gobierno que comunique los resultados obtenidos gracias a la puesta en marcha de estos programas, en términos de acceso de los jóvenes licenciados a un empleo sostenible. La Comisión pide asimismo al Gobierno que indique el impacto de las medidas adoptadas para promover la creación de pequeñas y medianas empresas.
Recopilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que la Encuesta periódica a los hogares se llevó a cabo, y se sustituyó a continuación por el censo global de la población a causa de las prioridades del Estado habida cuenta del fuerte crecimiento de la población. Sin embargo, el Gobierno señala la elaboración de un proyecto en colaboración con la Oficina Internacional del Trabajo a fin de establecer un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. La Oficina Nacional del Empleo y la Formación se encargará de la gestión de este sistema. El Gobierno menciona asimismo que, en 2016, el MEETFP comenzó a establecer servicios regionales de inserción en el empleo (SRIE), y que nueve direcciones regionales cuentan actualmente con SRIE, cuya misión es gestionar el sistema regional de información sobre el empleo, lo que conlleva la intermediación entre los jóvenes que buscan empleo y las empresas. La Comisión pide al Gobierno que suministre información sobre los avances del proyecto con miras al establecimiento de un sistema de bases de datos fiables sobre el empleo. Asimismo, pide al Gobierno que transmita información más detallada sobre el impacto de los SRIE en relación con la recopilación y utilización de datos sobre el empleo.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. El Gobierno ha indicado que en octubre de 2015 se firmó un acuerdo nacional sobre el empleo y la formación profesional con los interlocutores sociales y, en noviembre de 2015, con los grupos de empresas provenientes de los cinco ámbitos prioritarios. El Gobierno menciona asimismo la firma de otros dos acuerdos en los cuales han participado los interlocutores sociales, a saber, el acuerdo de financiación del equipo de apoyo técnico de la PNEFP y el acuerdo sobre su fondo para aplicación. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando información actualizada sobre las consultas celebradas con los representantes de los interlocutores sociales acerca de los temas cubiertos por el acuerdo. La Comisión pide nuevamente al Gobierno que facilite información detallada sobre las consultas celebradas con los representantes de las categorías más desfavorecidas de la población, en particular las de los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal.

Observación (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa de empleo. En su memoria, el Gobierno indica ser consciente de que la adopción de la nueva política nacional de empleo reviste un carácter urgente y prioritario en el contexto actual de subempleo masivo. Además, el Gobierno señala que la Política Nacional de Empleo y Formación Profesional (PNEFP) se encuentra en una fase de sensibilización. El Gobierno señala que el Plan de Acción Nacional de Empleo y de Formación (PANEF), elaborado en 2014, constituye el marco de referencia para la promoción del empleo y de la formación profesional en Madagascar. La Comisión espera que el Gobierno se encuentre próximamente en condiciones de comunicar los progresos realizados en la formulación y la aplicación de una política de empleo. Además, la Comisión espera que el Gobierno esté en condiciones de facilitar informaciones que permitan examinar cómo las principales orientaciones de la política económica en temas tales como las políticas monetaria, presupuestaria, comercial o de desarrollo regional, contribuyen «en el marco de una política económica y social coordinada» a la consecución de los objetivos del empleo establecidos en el Convenio. La Comisión espera asimismo que el Gobierno suministre información sobre las medidas adoptadas para crear empleos sostenibles, reducir el subempleo y luchar contra la pobreza, precisando cuáles son las medidas adoptadas para promover el empleo entre las categorías más vulnerables de trabajadores (como ser, las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales).
Coordinación de la política de educación y formación con la política de empleo. El Gobierno indica que el programa destinado a reforzar las competencias profesionales en favor de la Educación Para Todos (EPT) en el ámbito de la Enseñanza y la Formación Técnica y Profesional (EFTP) para promover la formación y las ofertas educativas en favor de los jóvenes rurales desescolarizados (Cap EPT/EFTP) tiene por objeto insertar profesionalmente a los trabajadores mediante la adquisición de competencias profesionales y transversales de base (gestión simplificada y empresariado). Hay cinco ministerios involucrados en el Cap EPT/EFTP, cuyas actividades se han iniciado en 100 comunidades territoriales de base, distribuidas en 11 comunas de tres regiones piloto (a saber, Amoron’i Mania, Analanjirofo y Antsinanana). En 2014, en el marco de la primera campaña de formación, 1 019 jóvenes rurales no escolarizados recibieron formación en 13 oficios; la región de Menabe fue incluida en la segunda campaña de formación iniciada en 2015, destinada a impartir formación a 1 628 jóvenes rurales que no asisten a la escuela. El Gobierno puntualiza que al estarse ejecutando aún el Cap EPT/EFTP, los datos relativos al seguimiento de los resultados tras la formación aún no están disponibles. La Comisión pide al Gobierno el suministro de información sobre los resultados de las medidas tomadas para garantizar la coordinación de las políticas en materia de educación y de formación profesional con las políticas de empleo. Además, la Comisión pide al Gobierno que tenga a bien dar a conocer los resultados obtenidos en la aplicación de estos programas, en lo que se refiere al acceso de los jóvenes graduados a un empleo duradero.
Compilación y utilización de los datos sobre el empleo. El Gobierno señala que las instituciones estatales han sido objeto de restricciones presupuestarias tal fue el caso del Instituto Nacional de Estadística de Madagascar (INSTAT); sin embargo, se han realizado encuestas dentro del marco de la Encuesta Periódica sobre Hogares (EPM), en particular sobre el índice de precios al consumo. La Comisión pide al Gobierno que transmita los resultados de las encuestas de hogares realizadas por el INSTAT, cuando hayan sido publicadas. La Comisión pide asimismo al Gobierno que trasmita información sobre los progresos realizados en la obtención de datos fiables para elaborar una política de empleo como requiere el Convenio.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y la aplicación de políticas. El Gobierno señala que el Ministerio de Empleo, de Enseñanza Técnica y Formación Profesional tiene por objetivo elaborar una ley relativa a la política nacional de empleo. El Gobierno añade que los estados generales de empleo y de formación celebrados en julio de 2014 fueron organizados por el Ministerio de Empleo, con el objetivo de elaborar el Plan Nacional de Empleo y Formación (PANEF). La Agrupación de Empresas de Madagascar (GEM) y la Conferencia de Trabajadores Malgaches (CTM) participaron en dichos estados generales. La Comisión pide al Gobierno que suministre información actualizada sobre las consultas realizadas con los representantes de los interlocutores sociales sobre las materias comprendidas por el Convenio. Sírvase proporcionar informaciones detalladas sobre las consultas realizadas con los representantes de las categorías más vulnerables de la población, en particular con los de los trabajadores del sector rural y los de la economía informal.

Observación (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Aplicación de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en octubre de 2013, en respuesta a ciertos puntos abordados en su observación anterior. El Gobierno señala que las principales políticas económicas, sociales y de desarrollo no son efectivas en cuanto a su aplicación, en particular debido a la crisis que atraviesa el país. Además, la Política Nacional del Empleo, así como su programa de apoyo siguen siendo el marco referencial para la promoción del empleo. La Comisión toma nota igualmente de las observaciones formuladas por la Confederación General de Sindicatos de Trabajadores de Madagascar (FISEMA) en una comunicación transmitida al Gobierno en septiembre de 2013. La FISEMA reitera las observaciones formuladas conjuntamente con otras centrales afiliadas a la Confederación Sindical Internacional (CSI), en agosto de 2012. Además, la FISEMA destaca que la adopción de una nueva política nacional del empleo es una tarea urgente y prioritaria debido a la gravedad de la situación del desempleo juvenil, puesto que un joven de cada dos se encuentra desempleado y ocho de cada diez personas activas se encuentran subempleadas. La Comisión expresa nuevamente su preocupación en cuanto a la realización efectiva de «una política activa destinada a promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido», «como un objetivo de mayor importancia» y «como parte integrante de una política económica y social coordinada» (artículos 1 y 2 del Convenio). La Comisión espera que el Gobierno se encuentre en condiciones de hacer llegar, en 2015, una memoria que incluya información que permita examinar cómo las principales orientaciones de la política económica, en temas tales como las políticas monetaria, presupuestaria, comercial o relativa al desarrollo regional, contribuyen «como parte integrante de una política económica y social coordinada» a la consecución de los objetivos del empleo establecidos en el Convenio. La Comisión espera que el Gobierno suministre informaciones sobre las medidas adoptadas para crear empleos sostenibles, reducir el subempleo y luchar contra la pobreza, precisando cuáles son las medidas adoptadas para promover el empleo entre las categorías más vulnerables (las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales).
Coordinación de la política de educación y de formación con la política del empleo. El Gobierno señala que desde que se desencadenó la crisis, se han suspendido varios proyectos y programas centrados en el empleo. La Comisión toma nota de que el programa destinado a reforzar las competencias profesionales en favor de la Educación para Todos (EPT) en el ámbito de la Enseñanza y la Formación Técnica y Profesional (EFTP) para la promoción de la formación y las ofertas educativas en favor de los jóvenes rurales desescolarizados (Cap EPT/EFTP) se encuentran en fase de ejecución. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a incluir, en su próxima memoria, información sobre las medidas tomadas para garantizar la coordinación de las políticas en materia de educación y de formación profesional con las políticas del empleo, así como información sobre los resultados de éstas en particular sobre la implementación de la Cap EPT/EFTP. Además, la Comisión pide al Gobierno que tenga a bien dar a conocer los resultados obtenidos en la aplicación de estos programas, en lo que se refiere al acceso de los jóvenes graduados a un empleo duradero.
Compilación y utilización de los datos sobre el empleo. En su observación anterior, la Comisión invitó al Gobierno a comunicar los resultados de las encuestas de hogares realizadas por el Instituto Nacional de Estadística de Madagascar (INSTAT). El Gobierno señala que, a pesar de haberse realizado estas encuestas, los resultados no se han publicado todavía. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a que transmita los resultados de las encuestas de hogares realizadas por el INSTAT, cuando hayan sido publicados. Además, invita al Gobierno a dar cuenta, en su próxima memoria, de los progresos realizados en la obtención de datos fiables para estar en condiciones de elaborar y aplicar una política de empleo como requiere el Convenio.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y la aplicación de políticas. En su comentario precedente, la Comisión tomó nota de las observaciones de las cuatro centrales sindicales malgaches afiliadas a la Confederación Sindical Internacional (FISEMA, FMM, SEKRIMA y USAM) comunicadas al Gobierno en septiembre de 2012, donde se hacía referencia a la ausencia de consultas antes de la adopción de decisiones. Las cuatro centrales sindicales manifestaron su inquietud en cuanto a la práctica unilateral del Gobierno, y señalaron que prácticamente no existía diálogo entre el Gobierno y los interlocutores sociales en materia de empleo. El Gobierno informa que, en lo que se refiere a la elaboración y la aplicación de los programas y medidas en materia de política de empleo, sigue consultando a los interlocutores sociales, en particular en el marco del Consejo Nacional del Trabajo. Además, el Gobierno señala que ha consultado también a los representantes de los trabajadores más vulnerables de la población, a saber los sindicatos SEKRIMA – FISEMARE – SVS, con objeto de encontrar soluciones relativas a los casos de trabajadores expatriados. La Comisión recuerda nuevamente la importancia de dar pleno cumplimiento al artículo 3 del Convenio, especialmente en un contexto de subempleo masivo y persistente. La Comisión invita en consecuencia al Gobierno a suministrar informaciones precisas sobre las consultas realizadas con los representantes de los interlocutores sociales sobre las materias comprendidas por el Convenio. La Comisión pide asimismo al Gobierno que suministre informaciones detalladas sobre las consultas realizadas con las categorías más vulnerables de la población — en particular, con los representantes de los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal.
[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2015.]

Observación (CEACR) - Adopción: 2012, Publicación: 102ª reunión CIT (2013)

Aplicación de una política activa del empleo. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión toma nota de las observaciones de las cuatro centrales sindicales malgaches afiliadas a la Confederación Sindical Internacional (CSI) (FISEMA, FMM, SEKRIMA y USAM), transmitidos al Gobierno en septiembre de 2012. Las cuatro centrales se refieren a la ausencia de consultas antes de la adopción de decisiones, al abandono del Plan de Acción para Madagascar (MAP), a la supresión de la Política Nacional del Empleo, del Programa Nacional de Apoyo al Empleo (PNSE), del Programa de empleo aplicado con la asistencia del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), así como a la adopción del decreto núm. 2012 558, de mayo de 2012, relativo a la reorganización del Observatorio Malgache del Empleo. En la observación formulada en 2012, la Comisión observó también que el cierre de la mayoría de las empresas en las zonas francas de exportación y los problemas encontrados por las demás empresas tuvieron consecuencias nefastas para el empleo. En este contexto, la Comisión expresa su preocupación en cuanto a la realización efectiva de «una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido», «como un objetivo de mayor importancia» y «como parte integrante de una política económica y social coordinada» (artículos 1 y 2 del Convenio). La Comisión espera que el Gobierno se encuentre en condiciones de hacer llegar, en 2013, una memoria incluyendo informaciones que permitan examinar cómo las principales orientaciones de la política económica, en temas tales como las políticas monetaria, presupuestaria, comercial o de desarrollo regional, contribuyen «como parte integrante de una política económica y social coordinada» a la prosecución de los objetivos del empleo establecidos en el Convenio. La Comisión espera que el Gobierno comunique informaciones sobre las medidas adoptadas para crear empleos sostenibles, reducir el subempleo (que afecta a aproximadamente el 25 por ciento de la población activa) y luchar contra la pobreza, precisando cuáles son las medidas adoptadas para promover el empleo entre las categorías más vulnerables (las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales).
Coordinación de la política de educación y de formación con la política del empleo. En su última memoria, el Gobierno indica que se derogó, en 2009, el decreto de creación de la Oficina Malgache para la Promoción del Empleo (OMPE) y que los programas de empleo aplicados con el apoyo del PNUD también se suspendieron desde la crisis. Por otra parte, según las indicaciones proporcionadas por la Encuesta periódica de hogares de 2010, el nivel de instrucción parece ser un factor discriminatorio en la búsqueda del empleo, observándose una tendencia al aumento del desempleo junto con el del nivel de estudios. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a incluir en su próxima memoria informaciones sobre las medidas ejecutadas para garantizar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo, así como de sus resultados. Además, la Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien dar a conocer los resultados obtenidos en términos de acceso de los jóvenes titulados de la universidad a un empleo duradero.
Compilación y utilización de los datos sobre el empleo. La Comisión entiende que el Instituto Nacional de Estadística de Madagascar (INSTAT) realizó encuestas sobre el empleo y el sector informal. La Comisión invita al Gobierno a que transmita los resultados de las encuestas de hogares realizadas por el INSTAT. Teniendo en cuenta esas encuestas, la Comisión invita al Gobierno a dar cuenta, en su próxima memoria, de los progresos realizados en la obtención de datos fiables para estar en condiciones de elaborar y aplicar una política de empleo como requiere el Convenio.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y la aplicación de políticas. La Comisión toma nota de que las cuatro centrales sindicales expresaron su inquietud debido a que el Gobierno actuó en la práctica de manera unilateral. Las organizaciones indican que el diálogo sobre el empleo entre el Gobierno y los interlocutores sociales prácticamente no funciona, al haberse desactivado el Comité nacional de seguimiento de la promoción del empleo y la reducción de la pobreza. La Comisión destaca nuevamente la importancia de dar pleno efecto al artículo 3 del Convenio, especialmente en un contexto de subempleo masivo y persistente. La Comisión espera que la próxima memoria contenga informaciones precisas sobre las consultas realizadas con los representantes de los interlocutores sociales sobre las materias comprendidas por el Convenio. La Comisión solicita asimismo al Gobierno que tenga a bien comunicar informaciones acerca de las consultas realizadas con las categorías más vulnerables de la población — en particular, con los representantes de los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal — con el fin de obtener su colaboración para la elaboración y la aplicación de los programas y las medidas de política del empleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de las indicaciones transmitidas por el Gobierno en la memoria recibida en octubre de 2010. El Gobierno indica que, desde el cambio de régimen que tuvo lugar en 2009, el Plan de Acción para Madagascar 2007-2011 (MAP), que había situado la promoción del empleo y la reducción de la pobreza en el centro de las prioridades económicas, fue derogado y no se dispone de datos estadísticos sobre las tendencias de mercado de trabajo. Habida cuenta de la crisis nacional, y como consecuencia de las sanciones impuestas contra el nuevo régimen por la Unión Africana, la Unión Europea y la Comunidad para el Desarrollo del África Austral (SADC) se suspendieron las ventajas económicas y comerciales acordadas por los Estados Unidos en el marco de la ley sobre el crecimiento y las oportunidades en África (AGOA). El cierre de la mayoría de las empresas en las zonas francas y los problemas que encontraron las otras empresas también tuvieron consecuencias nefastas para el empleo. En este contexto, la Comisión expresa su preocupación en cuanto a la realización efectiva de «una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido», «como un objetivo de mayor importancia» y «como parte integrante de una política económica y social coordinada» (artículos 1 y 2 del Convenio). La Comisión espera que el Gobierno se encuentre en condiciones de hacer llegar, en su próxima memoria, las informaciones que permitan examinar cómo las principales orientaciones de la política económica, en temas tales como las políticas monetaria, presupuestaria, comercial o de desarrollo regional, contribuyen «como parte integrante de una política económica y social coordinada» a la prosecución de los objetivos del empleo establecidos por el Convenio. La Comisión confía en que el Gobierno comunicará informaciones sobre las medidas adoptadas para crear empleos sostenibles, reducir el subempleo (que afecta a aproximadamente el 25 por ciento de la población activa) y luchar contra la pobreza, precisando cuáles son las medidas adoptadas para promover el empleo entre las categorías más vulnerables (las mujeres, los jóvenes y los trabajadores rurales).
Coordinación de la política de educación y de formación con la política del empleo. En respuesta a la observación anterior, el Gobierno indica que se derogó, en 2009, el decreto de creación de la Oficina Malgache para la Promoción del Empleo (OMPE) y que los programas de empleo aplicados con el apoyo del PNUD también se suspendieron desde la crisis. El Gobierno señala que las grandes empresas que poseen centros de formación profesional están sensibilizadas para colocar a los trabajadores despedidos, ofreciéndoles posibilidades de formación. La Comisión espera poder examinar, en la próxima memoria del Gobierno, las informaciones sobre los resultados de las medidas ejecutadas para garantizar la coordinación de las políticas de educación y de formación profesional con la política del empleo. La Comisión invita al Gobierno a dar a conocer los resultados obtenidos en términos de acceso de los jóvenes titulados de la universidad a un empleo duradero.
Compilación y utilización de los datos sobre el empleo. El Gobierno recuerda que (la formación organizada por la OIT en junio de 2008 sobre el sistema de información y los indicadores de seguimiento) había sido beneficiosa para los miembros dirigentes de la política del empleo. Los datos estadísticos que permiten la aplicación de una política del empleo están lejos aún de ser fiables, habida cuenta de las perturbaciones de la compilación de datos causadas por la crisis nacional. La Comisión espera que el Gobierno se encuentre en condiciones de transmitir los resultados de las encuestas de hogares realizadas por el Instituto Nacional de Estadísticas. Por consiguiente, la Comisión invita al Gobierno a dar cuenta, en su próxima memoria, de los progresos realizados para obtener datos fiables para estar en condiciones de elaborar y aplicar una política de empleo como requiere el Convenio.
Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y la aplicación de las políticas. El Gobierno indica que, en el curso de las últimas consultas, los interlocutores sociales discutieron la disolución de la OMPE y el traslado de sus atribuciones al Observatorio Malgache del Empleo y de la Formación Profesional Continua y Empresarial (OMEF). La Comisión destaca nuevamente la importancia de dar pleno efecto al artículo 3 del Convenio, especialmente en un contexto de subempleo masivo y persistente. La Comisión espera que la próxima memoria contenga informaciones precisas sobre las consultas realizadas con los representantes de los interlocutores sociales sobre las materias comprendidas en el Convenio. La Comisión solicita asimismo al Gobierno que tenga a bien comunicar informaciones acerca de las consultas realizadas con las categorías más vulnerables de la población — en particular, con los representantes de los trabajadores de las zonas rurales y de la economía informal — con el fin de obtener su colaboración para la elaboración y la aplicación de los programas y las medidas de política del empleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo y reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en octubre de 2008, que contiene respuestas sucintas a la observación de 2007. El Gobierno indica en su memoria que el Plan de Acción de Madagascar 2007-2011 (MAP), que establece la promoción del empleo y la reducción de la pobreza como objetivo central de las prioridades económicas, está supervisado por el Ministerio de Trabajo con la finalidad de integrarlo en los programas de todos los ministerios. El Gobierno indica también que se ha realizado la divulgación del Programa Nacional de Apoyo al Empleo (PNSE) en una decena de regiones por técnicos del ministerio con el apoyo de expertos del PNUD, estableciéndose como estructura de apoyo el Organismo Nacional de Ejecución del PNSE (OMPE/VATSI). El Sistema Nacional Integrado de Seguimiento y Evaluación (SNISE) permitió asimismo evaluar la puesta en marcha del MAP y advertir que la promoción del pleno empleo ha sido menos dinámica durante el primer semestre de 2008. Los datos registrados sobre el empleo por el Observatorio del Empleo y la Formación Profesional y Empresarial de Madagascar (OMEF) indican que, incluso si el desempleo alcanza al 6 por ciento de la población activa, es decir 483.000 desempleados, el subempleo (desempleo encubierto) sigue siendo muy elevado, y alcanza al 60 por ciento de la población activa. Además, aumentó el número de los nuevos solicitantes de empleo en un 4 por ciento anual, es decir, se presentan en el mercado de trabajo una media anual de 382.000 personas en edad de trabajar con edades comprendidas entre los 15 y 65 años de edad. Además, según estimaciones del PNUD, más de las dos terceras partes de la población (el 68,7 por ciento) se encuentra por debajo del umbral de la pobreza y aproximadamente las tres cuartas partes de los pobres habitan en zonas rurales donde reside cerca del 80 por ciento de la población. La Comisión también toma nota de que el Proyecto de Programa de Trabajo Decente por País 2008-2012 prevé que las mejoras de la política del empleo deben fundarse en el fortalecimiento de la empleabilidad de los grupos vulnerables, como los jóvenes, las mujeres y los trabajadores rurales, mediante la formación profesional y la adecuación de las calificaciones con las necesidades del mercado de trabajo. La Comisión no puede sino insistir sobre el papel central de una política del empleo en las políticas económicas y sociales para luchar contra la pobreza y crear empleos productivos. A este respecto, la Comisión pide al Gobierno que, en su próxima memoria, comunique informaciones detalladas sobre los resultados obtenidos en el marco del Plan de Acción de Madagascar en términos de creación de empleos duraderos, de reducción del subempleo y de lucha contra la pobreza. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que proporcione datos actualizados sobre las tendencias del mercado de trabajo, en particular sobre la situación general, el nivel y la evolución del empleo, el subempleo y el desempleo en todo el país, precisando cuáles son las medidas adoptadas para promover el empleo entre las categorías más vulnerables (mujeres, jóvenes y trabajadores rurales).

Coordinación de la política de educación y formación y la política del empleo. El Gobierno indica que la Oficina para la Promoción del Empleo de Madagascar (OMEP) y el programa de promoción del empleo puesto en práctica con el apoyo del PNUD tienen como objetivo prioritario los jóvenes, las mujeres y las personas con discapacidades, especialmente en el sector informal. La Comisión toma nota de que según las estimaciones del PNUD, el subempleo afecta a más del 45 por ciento de la población activa en el medio rural y que la tasa de analfabetismo sigue siendo preocupante: alcanza el 47 por ciento de la población, en particular la población femenina, y afecta a aproximadamente el 31 por ciento de los adolescentes. A pesar de los importantes progresos registrados en materia de educación, en 2006, el analfabetismo alcanzó aproximadamente al 27 por ciento de la población de más de 15 años, y una proporción aún más importante sólo recibió enseñanza elemental. Por otra parte, el 94 por ciento de los trabajadores carecen de formación profesional. La Comisión desea examinar en su próxima memoria informaciones sobre los resultados de las actividades llevadas a cabo por el Gobierno para garantizar la coordinación de las políticas de educación y formación profesional con la política del empleo. La Comisión solicita al Gobierno que comunique los resultados obtenidos en cuanto al acceso a un empleo duradero por parte de los jóvenes egresados de la universidad.

Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que se ha establecido una estrategia nacional de desarrollo de las estadísticas con la participación del Ministerio del Trabajo. El funcionamiento del Sistema Nacional de Información sobre el Empleo (SNIE) se ha asegurado mediante la puesta en marcha del OMEF, en cuyo sitio Internet pueden consultarse las ofertas y solicitudes de empleo. El Gobierno indica que en 2008, la OIT organizó un programa de formación sobre el «sistema de informaciones e indicadores de seguimiento del MAP/PNSE» en el que participaron, en particular, funcionarios superiores del Ministerio de Trabajo y del OMEF. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones sobre los progresos realizados para establecer datos estadísticos fiables, que permitan elaborar y ejecutar una política del empleo en el sentido del Convenio.

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la formulación y aplicación de las políticas. El Gobierno ha brindado informaciones sobre las funciones del Consejo Nacional del Trabajo (CNT) y del Comité Nacional de Seguimiento de la Promoción del Empleo y la Reducción de la Pobreza (CNSPERP), considerando que se trata de dos organismos tripartitos que se ocupan de la política del empleo. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones completas sobre las consultas llevadas a cabo con el auspicio del Consejo Nacional del Trabajo y del Comité Nacional de Seguimiento de la Promoción del Empleo y la Reducción de la Pobreza para la formulación y aplicación de una política activa del empleo. Asimismo, la Comisión pide al Gobierno que comunique en su próxima memoria indicaciones sobre las consultas llevadas a cabo con los representantes de los trabajadores del sector rural y de la economía informal, así como sobre el resultado de dichas consultas en lo concerniente a las políticas del empleo.

Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo y reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de la detallada memoria del Gobierno recibida en diciembre de 2006 y, en particular, de la Ley núm. 004-2005 sobre la Política Nacional del Empleo (PNE). La Comisión toma nota con interés de que la PNE está destinada a «fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido» y que la «creación de empleos decentes es el objetivo principal del crecimiento económico durable y equitativo para la mejora de las condiciones de vida de la población en el contexto de un  mercado de trabajo abierto al diálogo social» (artículos 1 y 3 de ley núm. 004-2005). Además, toma nota de que para la ejecución de la PNE, se ha formulado un programa nacional de apoyo al empleo (PNSE) con la asistencia técnica de la OIT, aprobado el 18 de octubre de 2006 en un taller nacional tripartito, pero que aún no ha sido adoptado por el Parlamento. Por otra parte, la Comisión toma nota de que según informaciones del Fondo Monetario Internacional (FMI) en febrero y julio de 2007 sobre el Documento de Estrategia de Reducción de la Pobreza, Madagascar elaboró su segunda estrategia de crecimiento y lucha contra la pobreza titulada Plan de Acción de Madagascar (MAP) 2007-2012. La Comisión toma nota con interés que la MAP incorpora integralmente la PNSE, permitiendo a Madagascar integrar el aspecto operativo de su política nacional del empleo en la estrategia de reducción de la pobreza. Al tomar nota en particular que en el compromiso núm. 8 del MAP se subraya la importancia de asegurar la estabilidad macroeconómica para alcanzar un crecimiento económico más elevado, la Comisión recuerda la importancia de las políticas macroeconómicas para estimular la inversión y el empleo. El Gobierno señala que para evaluar el impacto y eficacia de la PNE en cuanto a los objetivos perseguidos y en la perspectiva de crear nuevas orientaciones y emprender acciones en el marco de un diálogo social nacional abierto y dinámico, se establecieron mecanismos de seguimiento y evaluación de la PNE, como la reunión de los estados generales del empleo cada cinco años, la elaboración de cuadros de situación y evaluaciones técnicas, así como un amplio debate nacional sobre la ejecución del PNE. El Gobierno trabaja actualmente en la elaboración de una estructura institucional destinada a supervisar la aplicación general del MAP (informe del FMI núm. 07/240, de julio de 2007, párrafo 26). La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones sobre las medidas adoptadas para garantizar que el empleo, elemento clave para la reducción de la pobreza, sea el factor esencial de las políticas macroeconómicas. La Comisión espera que el Programa Nacional de Apoyo al Empleo aprobado en octubre de 2006 será adoptado a nivel nacional en un futuro próximo, para permitir la aplicación efectiva de la política nacional del empleo destinada a «promover el pleno empleo, productivo y libremente elegido». La Comisión pide asimismo al Gobierno que comunique informaciones detalladas sobre la evaluación de las políticas y programas del empleo aplicados, como por ejemplo, el PNSE y el MAP, indicando en qué medida se han alcanzado los objetivos fijados inicialmente.

2. Políticas del mercado laboral. La Comisión toma nota que el mercado de trabajo se caracteriza por la falta de adecuación entre la educación y las necesidades de empleo. Si bien la población activa representa el 64,6 por ciento de la población total, el 13 por ciento de las personas ocupadas se encuentran en el sector formal. Aunque la tasa de desempleo sea relativamente baja, la de subempleo sigue siendo relativamente elevada (informe del FMI núm. 07/09 de febrero de 2007). El Gobierno indica que la situación de los jóvenes en el mercado de trabajo es muy preocupante en la medida en que son los más expuestos al desempleo, al subempleo y a los empleos de calidad inferior, y que la participación de la mujer en los sectores de actividad sigue siendo claramente insuficiente. La Comisión toma nota de que uno de los objetivos de la PNE consiste en facilitar el acceso de los grupos sociales vulnerables (jóvenes, mujeres y personas con discapacidad) al mercado del empleo (artículo 11 de la ley núm. 04-2005). A este respecto, la Comisión toma nota con interés de que el Ministerio de la Función Pública, Trabajo y Leyes Sociales colabora actualmente con el PNUD en la ejecución de la PNE en lo concerniente a la inserción y la reinserción de los jóvenes y de las mujeres en el mercado de trabajo. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones sobre las medidas adoptadas para equilibrar la oferta y la demanda de trabajo y satisfacer las necesidades de categorías particulares de trabajadores, especialmente las mujeres y los jóvenes, indicando detalladamente los resultados alcanzados en términos de creación de empleos.

3. Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno subraya la necesidad de establecer un observatorio del empleo que responda a las necesidades estructurales derivadas de la aplicación de una política nacional del empleo. Se refiere a este respecto al sistema nacional de información sobre el empleo (SNIE) destinado a valorizar un nuevo sistema de tratamiento de la información para promover el empleo (artículos 14 y 26 de la ley núm. 04‑2005). La Comisión toma nota con interés de que el Gobierno elabora actualmente una estrategia nacional de desarrollo de la estadística (SNDS) para reforzar las capacidades estadísticas, coordinar y racionalizar el sistema estadístico, mejorar la calidad de las estadísticas, asegurar un mejor acceso a esos datos y una mejor utilización de los mismos para la elaboración de la política, actualizar el marco jurídico y coordinar la asistencia externa. La aplicación de la SNDS es una prioridad clave (informe del FMI núm. 07/240, párrafo 27). La Comisión pide al Gobierno que indique en su próxima memoria los progresos realizados en la compilación de datos sobre el empleo, especialmente en el marco de la aplicación de la Estrategia Nacional de Desarrollo de la Estadística, indicando detalladamente las medidas de política del empleo adoptadas en virtud del Sistema Nacional de Información sobre el Empleo.

4. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. El Gobierno indica que la institucionalización del diálogo social como parte del proceso de concertación permanente entre los interlocutores sociales sobre los problemas del empleo es un notable progreso, aunque las repercusiones y el alcance del diálogo social son todavía relativamente limitados. La Comisión toma nota de que el Consejo Nacional del Empleo (CNE) órgano de consulta, concertación y negociación entre los interlocutores sociales, ha sido designado como organismo de orientación y conducción de la PNSE. La Comisión toma nota asimismo que en 2005 fue creado un Comité Nacional de Seguimiento de la Promoción del Empleo y Reducción de la Pobreza (CNSPERP), en el que participan los interlocutores sociales, y que se llevaron a cabo varias consultas en ese marco en 2006, tanto en nivel nacional como regional, para examinar el contenido y la aplicación de la PNSE. La Comisión toma nota con interés de que el CNSPERP recibió en agosto de 2006 formación proporcionada por la OIT en materia de actividades de promoción y negociación con el objetivo de influir en las estrategias y políticas nacionales para la reducción de la pobreza. La Comisión pide al Gobierno que comunique ejemplos de consultas mantenidas con los interlocutores sociales, especialmente en el marco del CNE y el CNSPERP, sobre las cuestiones abarcadas por el Convenio, haciendo llegar las opiniones emitidas y la manera en que fueran tenidas en cuenta. La Comisión recuerda que las consultas previstas por el Convenio exigen la participación de los representantes de las personas interesadas, en particular las del sector rural y de la economía informal, y pide al Gobierno que indique las medidas previstas para garantizar que dichos sectores cooperan plenamente en la formulación y ejecución de las políticas del empleo.

5. Parte V del formulario de memoria. Asistencia técnica de la OIT. La Comisión toma nota de las informaciones sobre la asistencia técnica recibida de la OIT y en particular de la colaboración estrecha del Ministerio de Trabajo y los interlocutores sociales con la OIT en la formulación de la PNE y el PNSE. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando informaciones sobre las medidas adoptadas como resultado de la asistencia técnica brindada por la OIT para garantizar la ejecución de una política activa del empleo en el sentido del Convenio.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1998, Publicación: 87ª reunión CIT (1999)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1997, Publicación: 86ª reunión CIT (1998)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1996, Publicación: 85ª reunión CIT (1997)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 83ª reunión CIT (1996)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

No disponible en español.

Observación (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

La Comisión lamenta comprobar que, por sexto año consecutivo, la memoria no ha sido recibida. En 1984 la Comisión había formulado una solicitud directa planteando distintos asuntos sobre la aplicación del Convenio. Ha tomado nota de que Madagascar recibe asistencia técnica de la Oficina en materia de promoción del empleo, en particular para fomentar trabajos de alta intensidad de mano de obra y en materia de formación profesional. La Comisión espera que el Gobierno se servirá enviar una memoria completa para su examen en su próxima reunión.

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