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Observación (CEACR) - Adopción: 2020, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

Artículo 2 del Convenio. Política nacional en materia de servicios y personal de enfermería. Consulta. La Comisión toma nota con interés de las diversas iniciativas en materia de políticas adoptadas por el Gobierno durante el periodo de memoria en relación con los servicios de salud pública y el personal sanitario, en particular en relación con los servicios y el personal de enfermería. Esas políticas se desarrollaron previa consulta con los interlocutores pertinentes y con la participación activa de estos, incluidos el sector privado, las instituciones de formación en materia de salud, los órganos normativos pertinentes y organizaciones de la sociedad civil. La Comisión toma nota de que, en julio de 2017, se adoptó la primera Política Nacional de Salud (NHP) de Malawi, que establece un marco general orientativo a fin de terminar de establecer el sistema sanitario del país e incluye entre sus áreas prioritarias: la prestación de servicios de salud; los recursos humanos para la salud; el liderazgo y la gobernanza; y la financiación de la salud. En relación con el personal sanitario, la NHP de 2017 contempla la adopción de medidas para garantizar que se contrata, despliega y retiene a un número suficiente de trabajadores sanitarios adecuadamente formados y motivados, en particular personal de enfermería, teniendo en cuenta las necesidades de la población en materia de salud y a todos los niveles de prestación de servicios de salud. Asimismo, la Comisión toma nota de la adopción del Plan estratégico a medio plazo del sector de la salud II (HSSP II), en 2017, que esboza una serie de objetivos y actividades y orienta el uso de los recursos entre 2017-22. El HSSP II establece una serie de estrategias prioritarias, entre las que se figuran: mejorar la contratación y la retención de trabajadores de la salud adecuadamente formados y motivados, y reforzar el proceso de planificación en lo que respecta al personal sanitario. La Comisión toma nota de la elaboración, de conformidad con las políticas antes mencionadas en materia de salud y personal sanitario, de la Política sobre Enfermería y Partería (NMP), adoptada en junio de 2018. La NMP de 2018 prevé un marco para proporcionar servicios de enfermería y partería amplios, de calidad y equitativos que contribuyan a que el país logre sus objetivos en materia de salud. Sin embargo, las dificultades señaladas en la NMP de 2018 incluyen la elevada tasa de morbilidad en el país, así como la elevada tasa de mortalidad materna (439 por cada 100 000 nacimientos) y de mortalidad neonatal (27 por cada 1 000 nacidos vivos), con una tasa de mortalidad de niños menores de cinco años del 64 por 1 000. Toma nota de que la tasa de mortalidad materna tendrá que reducirse un 84 por ciento para cumplir las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Los principales objetivos de la NMP de 2018 incluyen: reducir las tasas de vacantes en enfermería y partería del 63 por ciento actual al 50 por ciento para 2022; orientar a los responsables de la adopción de decisiones, así como a las partes interesadas y asociados en lo que respecta a la planificación y la prestación eficaz de los servicios de enfermería y partería; facilitar la prestación de servicios de enfermería y de partería de calidad; apoyar las tutorías clínicas y la supervisión de los estudiantes de enfermería para que se realicen bien, así como la colocación oportuna de los nuevos diplomados en enfermería y partería. Además, la NMP de 2018 prevé la participación en su seguimiento y aplicación de una amplia gama de actores, incluidas organizaciones de trabajadores, asociaciones de enfermeros, organizaciones del sector privado, asociados para el desarrollo y organizaciones no gubernamentales (ONG). Asimismo, la Comisión toma nota de la ejecución del Programa de Salud malauí-germano (MGHP), en el que se pide que se adopten medidas, en consonancia con la NHP de 2017 y el HSPP II, a fin de garantizar una mejor distribución y unas mejores calificaciones del personal clínico y de enfermería en el ámbito del cuidado de la salud de las madres y de los recién nacidos. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas en el contexto de la Política Nacional de Salud, el Plan estratégico del sector de la salud II 2017-22, la Política sobre Enfermería y Partería y el Programa de Salud malauí-germano, así como sobre su impacto en la práctica. En particular, la Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada sobre la aplicación y el impacto de las medidas elaboradas para ofrecer al personal de enfermería un empleo y unas buenas condiciones de trabajo, en particular en materia de perspectivas de carrera y remuneración, lo cual puede servir para atraer personas hacia la profesión y retenerlas en ella.
Enfermería para la salud comunitaria. La Comisión toma nota de que, según el HSSP II, un porcentaje significativo de la población de Malawi (el 84 por ciento) no tiene acceso a la atención de salud, especialmente las personas que residen en zonas rurales y de difícil acceso del país. En este contexto, la Comisión toma nota de la adopción de la primera Estrategia Nacional sobre Salud Comunitaria 2017-22 (NCHS) en noviembre de 2017, que está en consonancia con las políticas nacionales de salud existentes, así como con el HSSP II. La NCHS de 2017 se elaboró tras un proceso de consultas intensivo con las partes interesadas pertinentes del sector de la salud, incluidas las comunidades locales. El principal objetivo de la NCHS de 2017 es garantizar servicios de salud comunitaria integrados y de calidad, y que sean asequibles, culturalmente aceptables, apropiados desde la perspectiva científica, y a los que puedan acceder todos los hogares. A fin de alcanzar este objetivo, la NCHS de 2017 incluye entre sus objetivos estratégicos el lograr que haya suficientes agentes de salud comunitaria, bien formados y distribuidos equitativamente, en particular enfermeros comunitarios. La Comisión toma nota de que, según la NCHS de 2017, hacen falta más enfermeros comunitarios. Además, en la NCHS de 2017 se indica que los enfermeros comunitarios son utilizados para colmar lagunas en los establecimientos de salud y, en consecuencia, dedican menos tiempo al trabajo comunitario. Los enfermeros comunitarios tienen que hacer frente a retos que incluyen: la falta de claridad en relación con sus funciones y tareas; una formación y supervisión inadecuadas; y pocos incentivos. Para abordar la escasez de trabajadores de salud comunitarios, formados y motivados adecuadamente, la NCHS de 2017 establece una serie de intervenciones clave: contratar más trabajadores de salud comunitarios, incluido un mínimo de dos enfermeros comunitarios por centro de salud y una asistente de partería comunitaria por estructura sanitaria comunitaria; promover la distribución geográfica equitativa de los trabajadores de salud comunitarios; y proporcionar una formación integrada de buena calidad a todos los trabajadores de salud comunitarios antes de que entren en servicio y durante el servicio. La NCHS de 2017 también prevé el lanzamiento de un paquete más estandarizado de incentivos financieros, no financieros, sociales y basados en el desempeño a fin de aumentar la retención de trabajadores de salud comunitarios y apoyar su buen desempeño en todo el país. La Comisión también toma nota de que la NMP de 2018 incluye un área prioritaria en materia de políticas de enfermería y partería de salud comunitaria. A este respecto, la NMP de 2018 incluye, entre otras, las siguientes estrategias: aportar liderazgo para los servicios de enfermería y partería de salud comunitaria, y fortalecer dichos servicios integrando las intervenciones en materia de enfermería de salud comunitaria en todos los servicios de enfermería y partería. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre la aplicación y el control efectivos, así como sobre el impacto de las medidas adoptadas en el marco de la Estrategia Nacional sobre Salud Comunitaria 2017-22 y la Política sobre Enfermería y Partería de 2018 en lo que respecta a los servicios y el personal de enfermería, incluidos los enfermeros, las parteras y los trabajadores y las trabajadoras de salud comunitarios.
Enfermeros especializados en salud mental. La Comisión toma nota de que, según la HSSP II, en Malawi hay muchas personas que tienen problemas mentales, la mayor parte de las cuales buscan asistencia médica en los centros de salud, pero son mal diagnosticadas debido a que presentan síntomas físicos. Trastornos comunes como la depresión y la ansiedad, cuya prevalencia se estima que es de entre un 10 y un 20 por ciento, a menudo no se diagnostican o no se tratan. En la HSSP II, el Gobierno indica que, si bien cada año se forman al menos 20 enfermeros y funcionarios clínicos psiquiátricos, el personal psiquiátrico que lleva a cabo las tareas relacionadas con la salud mental resulta claramente insuficiente debido la escasez general de enfermeros de sufre el sistema de salud. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre las medidas adoptadas o previstas para garantizar que se dispone de la cantidad necesaria de buenos enfermeros especializados en salud mental para lograr el nivel más elevado posible de salud de la población.
Artículo 2, 2, a) y 3). Instrucción y formación del personal de enfermería. La Comisión toma nota de que el HSSP II da prioridad a la mejora de la calidad de la formación a través de la ampliación de las oportunidades de formación y educación, incluso a través del desarrollo profesional continuo. El HSSP II prevé la adopción de medidas específicas para promover la formación previa al trabajo a fin de conseguir unos servicios de enfermería y partería de calidad, como, por ejemplo, medidas para institucionalizar las revisiones periódicas de los currículos de todas las instituciones de formación, así como institucionalizar la proporción de alumnos por tutor en determinados programas de formación en materia de enfermería y partería; y medidas para promover la colaboración continua entre el personal docente y el personal clínico o comunitario. En el HSSP II también se pide la aplicación de medidas para alentar a todos los enfermeros y parteras a no dejar de lado su desarrollo profesional continuo, institucionalizando ese desarrollo y apoyando a los enfermeros y a las parteras para que sigan cursos de perfeccionamiento y reciban formación paralela a su trabajo. A este respecto, la Comisión toma nota de que el desarrollo profesional continuo obligatorio para enfermeros y parteras fue reintroducido por el Consejo de Enfermeros y Parteras de Malawi, con la asistencia del MGHP. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre la naturaleza, la aplicación, el control y el impacto de las medidas adoptadas para garantizar que el personal de enfermería, incluidas las parteras, recibe una educación y una formación de calidad que se adecúa al ejercicio de sus funciones, así como al desarrollo de su carrea profesional.
Artículo 5, 2). Determinación de las condiciones de empleo y de trabajo. En respuesta a los comentarios anteriores de la Comisión, el Gobierno indica que aún no se ha concluido el convenio colectivo para el sector de la enfermería. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información sobre la situación del proceso de negociación colectiva y sobre los progresos realizados a este respecto, y que transmita copia de todos los convenios colectivos concluidos para el sector de la enfermería.
Artículo 7. Higiene y seguridad del trabajo. La Comisión toma nota de que el Presidente de Malawi declaró el estado de desastre nacional en respuesta a la pandemia de COVID-19 el 19 de marzo de 2020. Posteriormente se inició el Plan Nacional de preparación y respuesta en relación con la COVID-19 para el periodo de marzo a junio 2020. Entre sus objetivos específicos, el plan incluye desarrollar las capacidades de los trabajadores sanitarios en materia de enfermedades muy contagiosas (como la COVID-19), así como adquirir y distribuir suministros y equipos para todos los centros de tratamiento. A este respecto, la Comisión señala a la atención del Gobierno el párrafo 49 de la Recomendación sobre el personal de enfermería, 1977 (núm. 157), que dispone que: «1) Deberían tomarse todas las medidas posibles para evitar que los miembros del personal de enfermería estén expuestos a riesgos particulares; solo deberían estar expuestos a tales riesgos cuando ello sea inevitable. Cuando no pueda evitarse la exposición a tales riesgos, deberían tomarse medidas para reducirla al mínimo. 2) Deberían preverse medidas tales como el suministro y la utilización de ropa protectora, la inmunización, la reducción de la duración del trabajo, las pausas más frecuentes, un alejamiento temporal del riesgo o vacaciones anuales más largas, para el personal de enfermería regularmente ocupado en actividades que ofrecen riesgos particulares, a fin de reducir su exposición a dichos riesgos. (3) Además, el personal de enfermería expuesto a riesgos particulares debería recibir una compensación económica.» Asimismo, la Comisión llama la atención del Gobierno sobre las Directrices de la OIT sobre el trabajo decente en los servicios públicos de urgencia (2018), en las que se reconoce la necesidad de proteger a los trabajadores de los servicios públicos de urgencia, incluidos los trabajadores de urgencia del sector de la salud, frente a la exposición a las enfermedades contagiosas. En particular, en los párrafos 50 y 51 de las Directrices se hace hincapié en que deberían proporcionarse a los trabajadores de los servicios públicos de urgencia equipos de protección personal (EPP) adecuados y en cantidad suficiente contra la exposición a condiciones peligrosas y en que debería consultarse a los trabajadores y/o sus representantes y prever su participación en lo que respecta a la selección y el uso correcto de EPP. Tomando nota de que el personal de enfermería, que a menudo está en estrecho contacto con los pacientes, corre un alto riesgo de infectarse mientras trata a pacientes con la COVID-19 si no se respetan estrictamente las precauciones para controlar las infecciones, en particular en lo que respecta al uso de equipos de protección personal, la Comisión pide al Gobierno que transmita información detallada y actualizada sobre las medidas de seguridad adoptadas o previstas, en particular en lo que respecta a proporcionar equipos de protección personal y formación sobre su utilización, así como sobre el hecho de conceder pausas de descanso adecuadas durante los turnos de los trabajadores y limitar el exceso de horas de trabajo siempre que sea posible, con miras a proteger la salud y el bienestar de los enfermeros y limitar todo lo que sea posible su riesgo de contraer la COVID 19.
Parte V del formulario de memoria. Aplicación en la práctica. La Comisión toma nota de que, según el Observatorio mundial de la salud de la OMS, en Malawi, el número total del personal de enfermería y partería aumentó, pasando de 4 573 en 2016 a 7 957 en 2018. Sin embargo, en el HSSP II se indica que la tasa global de vacantes para personal de enfermería actualmente es del 66 por ciento (el 63 por ciento de funcionarios encargados de la salud comunitaria o sus ayudantes, el 72 por ciento de enfermeros en jefe técnicos, el 45 por ciento de funcionarios enfermeros en jefe y el 31 por ciento de asistentes de parteras comunitarias). Esta escasez de personal impone una pesada carga sobre los enfermeros y parteras que están trabajando. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información detallada y actualizada sobre la aplicación del Convenio en la práctica, incluidos datos estadísticos desglosados por sexo, edad y región en relación con: la proporción de personal enfermería respecto del número de habitantes; el número de personas matriculadas en escuelas de enfermería; el número de enfermeras y enfermeros que entran en la profesión o la abandonan cada año; la organización y el funcionamiento de todas las instituciones que proporcionan servicios de salud; así como estudios, encuestas e informes oficiales que abordan las cuestiones relacionadas con el personal sanitario del sector de la salud de Malawi.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2018, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2014, Publicación: 104ª reunión CIT (2015)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2013, Publicación: 103ª reunión CIT (2014)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1999, Publicación: 88ª reunión CIT (2000)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1995, Publicación: 82ª reunión CIT (1995)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1994, Publicación: 81ª reunión CIT (1994)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1992, Publicación: 79ª reunión CIT (1992)

No disponible en español.

Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

No disponible en español.
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